Hawaii
Leyes de Polarizado de Vidrios de Hawái (2026): Límites Legales de VLT
Verificado de forma independiente contra fuentes primarias (última auditoría: 18 de agosto de 2026). · Ley verificada como vigente al 18 de agosto de 2026. · 1 fuente primaria citada en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

En Hawái, las ventanas delanteras laterales deben permitir el paso de al menos el 35% de luz visible (VLT). Según la Ley 129 de 2025 (Act 129), la luneta trasera puede tener cualquier nivel de oscuridad en cualquier vehículo de motor, y las ventanas traseras laterales pueden tener cualquier nivel de oscuridad en sedanes, vans, minivans, camiones y autobuses, siempre que el vehículo tenga espejos retrovisores a ambos lados.
¿Cuál es el límite legal de polarizado de vidrios en Hawái?
La ley de polarizado de vidrios de Hawái, el Estatuto Revisado de Hawái (Haw. Rev. Stat.) 291-21.5, establece un mínimo de 35% de VLT para las ventanas delanteras laterales. Esto significa que la película debe dejar pasar al menos 35 de cada 100 unidades de luz visible hacia el interior del vehículo. Un porcentaje de VLT más alto es más claro; un porcentaje más bajo es más oscuro. Por eso, 35% es la película más oscura permitida legalmente en las ventanas delanteras laterales.
Las ventanas traseras y laterales traseras se liberalizaron con la Ley 129 de 2025, aprobada el 29 de mayo de 2025, pero no en la misma medida. El HRS 291-21.5(e)(9) está redactado en dos cláusulas con alcances distintos. La cláusula de la luneta trasera exime las lunetas traseras, incluido el parabrisas trasero, en sedanes, vans, minivans, camiones, autobuses u otros vehículos de motor. La cláusula de las ventanas traseras laterales exime solo las ventanas laterales detrás del conductor en sedanes, vans, minivans, camiones o autobuses, sin una categoría general para ningún otro vehículo. Ambas cláusulas se aplican solo si el vehículo tiene espejos retrovisores a ambos lados.
Esa asimetría importa. Antes de la Ley 129, la exención cubría solo vans, minivans, camiones y autobuses. La ley agregó los sedanes y extendió la exención de la luneta trasera a cualquier vehículo de motor, pero no agregó una categoría general para las ventanas traseras laterales. Por lo tanto, un vehículo que no sea un sedán, van, minivan, camión ni autobús, como un crossover, un cupé o una station wagon, tiene una luneta trasera exenta pero ninguna exención expresa en el estatuto para las ventanas laterales detrás del conductor. La Ley 129 también redujo el alcance del inciso (e)(8) para que ahora abarque solo las ventanas delanteras laterales junto al conductor, de modo que tampoco existe ya una tolerancia expresa de 35% para las ventanas traseras laterales. El estatuto no define sedán, camión ni van, así que no está resuelto si una SUV determinada queda dentro de la lista. Si su vehículo no es claramente uno de esos cinco tipos de carrocería, no asuma que puede tener una oscuridad ilimitada detrás del conductor.
| Ventana | VLT mínimo |
|---|---|
| Ventanas delanteras laterales | 35% |
| Ventanas traseras laterales | Cualquier oscuridad en sedanes, vans, minivans, camiones y autobuses (espejos a ambos lados); sin exención expresa para otros tipos de carrocería |
| Luneta trasera | Cualquier oscuridad en cualquier vehículo de motor (espejos a ambos lados) |
| Parabrisas (debajo de la línea AS-1) | 70% (no se permite polarizado adicional debajo de la franja) |
La ley incluye una tolerancia de medición de más o menos 6%, una de las más generosas del país. Una lectura de polarizado tan baja como 29% en una ventana delantera lateral técnicamente todavía pasaría bajo esta tolerancia, aunque lo más seguro es apuntar a 35% o más claro.
Reglas de polarizado del parabrisas en Hawái
Hawái exige que el parabrisas mantenga al menos 70% de transmisión de luz visible en toda su superficie, una cifra establecida por el estándar federal de acristalamiento FMVSS 205 que el HRS 291-21.5(a)(1) incorpora por referencia en lugar de indicarla como un porcentaje autónomo. La película de polarizado adicional solo puede aparecer en la parte superior, por encima de la línea AS-1 del fabricante (la línea punteada cerca de la parte superior del parabrisas) o dentro de las 4 pulgadas superiores, lo que quede más abajo en el vidrio. Esa franja angosta es el único lugar permitido para una banda de polarizado en el parabrisas.

Hawái prohíbe la película de polarizado espejada o muy reflectante que produzca una apariencia roja, amarilla, ámbar o azul vista desde el exterior del vehículo, en cualquier ventana, incluida la franja del parabrisas. El estatuto establece la prohibición sin dar una razón, y el inciso (g) permite que el Departamento de Transporte adopte reglas que fijen criterios estándar o referencias visuales para hacer cumplir los límites de color y reflectividad. Las películas neutras no reflectantes en tonos de gris, humo y similares son la opción más segura para los conductores de Hawái.
Exenciones médicas
Hawái no ofrece una exención médica para el polarizado de vidrios. El estatuto no lo dice con esas palabras; simplemente nunca menciona las condiciones médicas. La lista de exenciones del Haw. Rev. Stat. 291-21.5(e) cubre solo características físicas y ubicaciones de la película, como espejos retrovisores, parasoles, motores de limpiaparabrisas, bisagras de la tapa de la cajuela, pequeñas calcomanías en el parabrisas, la franja de película sobre la línea AS-1, las cortinas de las casas rodantes y las ventanas descritas arriba. Nada en la sección autoriza un polarizado delantero lateral más oscuro para un conductor o pasajero con una necesidad médica.
Por lo tanto, los conductores con condiciones médicas que los hacen sensibles a la luz solar, como el lupus o el xeroderma pigmentoso, no tienen una vía legal para obtener un polarizado delantero lateral más oscuro en Hawái. Si necesita protección contra los rayos UV por una razón médica, considere películas transparentes o muy claras que bloqueen los rayos UV y que aun así cumplan con el mínimo de 35% de VLT, o use ropa y accesorios de protección solar dentro del vehículo. Conviene consultar a un abogado de tránsito local antes de depender de cualquier solución alternativa basada en películas.
Cómo se mide y se certifica el polarizado en Hawái
Hawái hace cumplir sus reglas de polarizado tanto en controles en la vía como mediante el programa anual de inspección de seguridad. El inciso (c) exige que la inspección de seguridad incluya una prueba de que el material de acristalamiento y cualquier dispositivo de protección solar cumplen con los requisitos del estatuto, y los inspectores usan un medidor de VLT (también llamado tintómetro) para medir cuánta luz visible pasa a través del vidrio. La regla del 35% aplica a las ventanas delanteras laterales. Las lunetas traseras, y las ventanas traseras laterales en los tipos de vehículo que nombra el estatuto, se revisan por colores prohibidos y por reflectividad, no por un nivel de VLT.
La tolerancia de medición es de más o menos 6%. Eso significa que una lectura tan baja como 29% en una ventana delantera lateral sigue dentro del rango permitido, aunque la meta debe ser 35% o más. Esa tolerancia no es nueva: el mismo texto de treinta y cinco por ciento más o menos seis por ciento aparece en la versión de 2010 del estatuto y la Ley 129 lo mantuvo sin cambios.
Después de la instalación, el instalador debe entregar al propietario del vehículo un certificado que indique que el dispositivo cumple con la ley, y ese certificado debe guardarse en el vehículo en todo momento. Certifica el cumplimiento, no una licencia; el estatuto no crea ningún esquema de licencias para los instaladores de polarizado. Si el certificado no está en el vehículo cuando se emite una citación, su ausencia es prueba prima facie (a primera vista) de que el instalador no cumplió, y que un instalador no emita el certificado es en sí mismo una infracción. Un recibo del instalador, si lo lleva consigo, es prueba prima facie de quién hizo el trabajo.
Sanciones por polarizado ilegal en Hawái
Hawái tiene sanciones relativamente altas en comparación con la mayoría de los estados. Los propietarios que conduzcan con un polarizado que no cumpla con la norma enfrentan multas de entre $300 y $550. Los instaladores que coloquen un polarizado que no cumpla con los estándares estatales enfrentan sanciones más altas: de $700 a $1,200. Además, el instalador debe volver a instalar una película que cumpla con la norma sin costo alguno o reembolsar al propietario el costo de que otro instalador lo haga.

La Ley 129 de 2025 aumentó esas multas, desde un rango anterior de $250 a $500 para los propietarios y de $500 a $1,000 para los instaladores. La misma ley agregó un requisito de bajar las ventanas, y es un mandato permanente y no una solicitud discrecional de un oficial: todos los conductores y pasajeros de un vehículo de motor con polarizado aplicado deben bajar por completo sus ventanas cuando un oficial de las fuerzas del orden los detenga en un control de tránsito. Que un conductor o un pasajero no cumpla puede ser citado como una infracción de tránsito no penal por sí sola, independiente de cualquier infracción de polarizado. El requisito no aplica a una persona que no pueda cumplir por una discapacidad física o una falla mecánica, siempre que el conductor se comunique o coopere por otros medios razonablemente disponibles.
Si recibe una citación por polarizado, verifique si su película se midió con exactitud y si la lectura se tomó con un tintómetro calibrado. Un certificado de su instalador que muestre el VLT al momento de la instalación puede ser una defensa útil si la película no ha sido alterada desde entonces.
Si desea polarizar sus vidrios en Hawái
El proceso para mantenerse en cumplimiento es sencillo. Primero, decida qué nivel de oscuridad se ajusta a sus necesidades. En las ventanas delanteras laterales, manténgase en 35% de VLT o más claro. En la luneta trasera, se permite cualquier oscuridad tras la Ley 129 de 2025 siempre que el vehículo tenga espejos retrovisores a ambos lados. En las ventanas laterales detrás del conductor, se permite una oscuridad ilimitada solo si su vehículo es un sedán, van, minivan, camión o autobús.
Elija un instalador que conozca las reglas actualizadas de Hawái bajo la Ley 129. Hawái no otorga licencias a los instaladores de polarizado, así que no hay una licencia estatal de polarizado que verificar; lo que la ley sí exige es que el instalador le entregue un certificado de cumplimiento. Antes de terminar el trabajo, confirme que la película delantera lateral cumple con 35% de VLT y que no se usará en ninguna ventana película espejada o muy reflectante que produzca un color prohibido (rojo, amarillo, ámbar o azul). Una vez terminado el trabajo, asegúrese de que el instalador le entregue ese certificado y manténgalo en el vehículo de forma permanente, ya que el estatuto exige que se guarde allí en todo momento.
En su próxima inspección de seguridad anual, la inspección debe incluir una prueba de que su acristalamiento y cualquier dispositivo de protección solar cumplen con los requisitos del estatuto. Mantener un registro limpio de la instalación facilita ese proceso. Si alguna vez vende o transfiere el vehículo, entregue el certificado o haga que el nuevo propietario obtenga una inspección nueva.
Este artículo es información legal general, no asesoría legal. Los límites de polarizado de vidrios varían según el estado y cambian, y su aplicación depende de la práctica local y de su vehículo específico. Para una respuesta definitiva, consulte al DMV de su estado o a un abogado local.
Lectura relacionada
Si también está investigando qué se permite específicamente en su parabrisas, consulte Restricciones de Montaje en el Parabrisas de Hawái.

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Preguntas frecuentes
¿Cuál es el polarizado legal en Hawái?
Hawái exige que las ventanas delanteras laterales dejen pasar al menos 35% de transmisión de luz visible. Según la Ley 129 de 2025, la luneta trasera puede tener cualquier oscuridad en cualquier vehículo de motor, y las ventanas laterales detrás del conductor pueden tener cualquier oscuridad en sedanes, vans, minivans, camiones y autobuses, en cada caso si el vehículo tiene espejos retrovisores a ambos lados. Los polarizados espejados o muy reflectantes que se vean rojos, amarillos, ámbar o azules desde el exterior del vehículo están prohibidos en todas las ventanas.
¿Qué tan oscuras pueden ser mis ventanas delanteras en Hawái?
La película más oscura permitida legalmente en las ventanas delanteras laterales es de 35% de VLT. Hawái aplica una tolerancia de más o menos 6%, así que una lectura del medidor tan baja como 29% podría pasar, pero apuntar a 35% o más claro le da la mayor protección contra una citación.
¿Es legal el polarizado al 20% en Hawái?
No en las ventanas delanteras laterales. Una película de 20% de VLT ahí no cumpliría con el mínimo de 35% de Hawái, incluso considerando la tolerancia del 6%. En la luneta trasera, se permite 20% o más oscuro en cualquier vehículo de motor con espejos retrovisores a ambos lados. En las ventanas laterales detrás del conductor, se permite solo si el vehículo es un sedán, van, minivan, camión o autobús, porque la exención del estatuto para esas ventanas no nombra ningún otro tipo de carrocería.
¿Puedo obtener una exención médica para el polarizado de vidrios en Hawái?
No. Hawái no cuenta con un proceso de exención médica para el polarizado de vidrios. El Haw. Rev. Stat. 291-21.5 no autoriza un polarizado delantero lateral más oscuro que el legal por ninguna condición médica.
¿Tengo que bajar mis ventanas en un control de tránsito en Hawái?
Sí. Desde la Ley 129 de 2025, todos los conductores y pasajeros de un vehículo con polarizado aplicado deben bajar por completo sus ventanas cuando un oficial de las fuerzas del orden los detenga en un control de tránsito. Que un conductor o un pasajero no lo haga puede ser citado como una infracción de tránsito no penal por sí sola. La regla no aplica a quien no pueda cumplir por una discapacidad física o una falla mecánica, siempre que el conductor se comunique o coopere por otros medios razonablemente disponibles.
¿Cuál es la sanción por polarizado ilegal en Hawái?
Los propietarios enfrentan multas de $300 a $550. Los instaladores que coloquen película que no cumpla con la norma enfrentan de $700 a $1,200 y deben volver a instalar una película que cumpla sin costo o reembolsar al propietario el costo de otro instalador. Las sanciones fueron aumentadas por la Ley 129 de 2025.
¿Es legal el polarizado del parabrisas en Hawái?
Solo se permite una franja no reflectante por encima de la línea AS-1 o dentro de las 4 pulgadas superiores del parabrisas. El resto del parabrisas debe mantener al menos 70% de VLT. La película espejada o muy reflectante que produzca una apariencia roja, amarilla, ámbar o azul está prohibida incluso en la franja.
¿Qué cambió la Ley 129 de 2025 de Hawái?
Aprobada el 29 de mayo de 2025, la Ley 129 agregó los sedanes a la exención para las ventanas laterales detrás del conductor y extendió la exención de la luneta trasera a cualquier vehículo de motor, mientras que la ley anterior cubría solo vans, minivans, camiones y autobuses. También prohibió la película espejada o muy reflectante en rojo, amarillo, ámbar o azul, aumentó las multas para propietarios e instaladores, agregó el requisito de bajar las ventanas en los controles de tránsito para conductores y pasajeros, e hizo que la ausencia del certificado del instalador en el vehículo sea prueba prima facie de que el instalador no cumplió.
Actualizaciones
Se actualizó la traducción para incorporar las correcciones más recientes de la versión en inglés.
Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas; ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Hawaii Revised Statutes, Chapter 291: TRAFFIC VIOLATIONS
§ 291-21.5Regulation of motor vehicle sun screening devices; penaltyVigentecitada en 2 de nuestros artículos
(a) No person shall operate, permit the operation of, cause to be operated, or park any motor vehicle on a public highway if the glazing material of the motor vehicle: (1) Does not meet the requirements of the Federal Motor Vehicle Safety Standards 205 in effect at the time of its manufacture; or (2) Is used in conjunction with sun screening devices not exempted from this section by subsection (e). (b) No person shall install, mount, adhere, affix, or use any sun screening device or combination of devices in conjunction with the glazing material of a motor vehicle: (1) That does not meet the requirements of the Federal Motor Vehicle Safety Standards 205 in effect at the time of the glazing material's manufacture except as provided in this section; and (2) With mirrored or high reflective finishes that produce a red, yellow, amber, or blue appearances as viewed from the exterior of the motor vehicle. Any person who violates this section shall be liable for the removal of any sun screening device applied contrary to this section.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-01 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en capitol.hawaii.gov
Fuentes y referencias
- Estatuto Revisado de Hawái 291-21.5 (Ley 129 de 2025 / HB 226) - Estatuto de polarizado de ventanas de Hawái(capitol.hawaii.gov).gov
- Leyes de Sesión de Hawái de 2025, Ley 129 (H.B. 226), aprobada el 29 de mayo de 2025 - ley que modifica el HRS 291-21.5(capitol.hawaii.gov)
- Leyes de Sesión de Hawái de 2010, Ley 103 - texto anterior del HRS 291-21.5 (lista de vehículos previa a la Ley 129 y tolerancia de 35% más o menos 6%)(capitol.hawaii.gov)