Hawaii
Leyes de Cuchillos en Hawái (2026): Reglas sobre Navajas Automáticas y Balisong
Revisado internamente antes de su publicación. · 5 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Los estatutos centrales de cuchillos de Hawái son más limitados de lo que parecen al principio. Cada una de las tres disposiciones de arma mortal del estado, que cubren un puñal o daga, una navaja automática y un cuchillo balisong, prohíbe portar el objeto de forma oculta, no poseerlo o portarlo abiertamente, y cada una lleva la misma defensa incorporada para una persona que se encuentra legalmente en su propia casa.
Alcance jurisdiccional: Esta página cubre únicamente la ley estatal de Hawái, principalmente Haw. Rev. Stat. §§ 134-51, 134-52, 134-53, 134-12.5 y 302A-1134.6. No cubre los estatutos separados de agresión o robo de Hawái, que se aplican a un cuchillo usado como arma sin importar cómo se portaba.
¿Puede poseer un cuchillo en Hawái?
La propiedad ordinaria de un cuchillo no está restringida por estos estatutos; cada una de las tres disposiciones de arma mortal de Hawái está redactada como un delito de porte, no una prohibición de posesión. Haw. Rev. Stat. § 134-51(a) dispone:

Toda persona, no autorizada por ley, que porte a sabiendas de forma oculta en la persona, o en una bolsa u otro contenedor que porte la persona, cualquier puñal, daga, cachiporra corta, nudilleras de metal, u otra arma mortal o peligrosa, será culpable de un delito menor; siempre que esta subsección no se aplique a una macana.
Haw. Rev. Stat. § 134-51(a)
La subsección (e) luego excluye expresamente una navaja automática y un cuchillo balisong de esta sección general, remitiendo a ambos a sus propios estatutos dedicados en su lugar. Una «macana», definida en la subsección (f) para incluir un garrote, tolete, bastón policial, bastón retráctil, macana corta o macana larga, está excluida del delito menor de porte oculto, pero está alcanzada por separado por el delito grave durante un delito de la subsección (b). La subsección (g) ofrece una defensa contra el delito menor de porte oculto si la persona estaba legalmente presente en su propia casa en ese momento. Al ser condenada, la subsección (d) requiere que el arma sea destruida sumariamente por el jefe de policía o el alguacil, y un estatuto separado, Haw. Rev. Stat. § 134-12.5, decomisa de forma independiente cualquier arma de fuego, munición, arma mortal o peligrosa, o navaja automática poseída o usada en infracción del capítulo 134 o del Código Penal de Hawái, a favor del Estado para su destrucción o transferencia a un departamento de policía.
La cláusula general del estatuto, «otra arma mortal o peligrosa», no se interpreta de forma amplia. En State v. Rackle, 55 Haw. 531, 523 P.2d 299 (1974), la Corte Suprema de Hawái determinó que la frase alcanza únicamente instrumentos estrechamente asociados con actividad criminal cuyo único diseño y propósito es infligir lesión corporal o la muerte a otro ser humano; un objeto diseñado para un propósito legal no se convierte en un «arma mortal o peligrosa» simplemente porque pudiera usarse indebidamente. En State v. Giltner, 56 Haw. 374, 537 P.2d 14 (1975), el tribunal se basó en Rackle para determinar que el instrumento proscrito es uno diseñado principalmente como arma, o uno que ha sido desviado de su uso normal y preparado y modificado para fines de combate, y sobre esa base determinó que un cuchillo de buceo recuperado del cinturón de una persona no era ni una «daga» ni un «arma mortal o peligrosa» según el estatuto. Es poco probable que una navaja de bolsillo, cuchillo utilitario o cuchillo de trabajo ordinario, portado para su propósito ordinario, caiga dentro de la cláusula general según este razonamiento, aunque el resultado aún depende de los hechos específicos.
Porte abierto
El capítulo de armas de Hawái no contiene ninguna prohibición específica de porte abierto para un puñal, daga, navaja automática o cuchillo balisong. Cada uno de los tres estatutos centrales analizados en esta página está redactado específicamente como un delito de porte oculto; ninguno prohíbe el porte abierto de estos objetos por completo. La exposición práctica para la mayoría de los lectores no es el porte abierto en absoluto, sino si un cuchillo ordinario cuenta como «otra arma mortal o peligrosa» según el estatuto general de porte oculto, § 134-51(a); la jurisprudencia de Hawái limita significativamente esa cláusula general, como se analiza más abajo.
Porte oculto: tres estatutos separados, la misma estructura
Hawái regula el porte oculto de estos tipos de cuchillos mediante tres estatutos paralelos en lugar de una sola regla general.

Una navaja automática está cubierta por Haw. Rev. Stat. § 134-52:
(a) Quien porte a sabiendas de forma oculta en la persona, o en una bolsa u otro contenedor que porte la persona, cualquier navaja automática, será culpable de un delito menor. (b) Quien posea a sabiendas o use o amenace intencionalmente con usar una navaja automática mientras participa en la comisión de un delito grave o menor separado, será culpable de un delito grave de Clase C; siempre que una persona no sea procesada bajo esta subsección cuando el delito grave o menor separado sea un delito ya definido de otro modo por este capítulo. ... (d) Será una defensa contra un procesamiento según la subsección (a) que la persona estuviera legalmente presente en su propia casa en el momento del delito.
Haw. Rev. Stat. § 134-52
La subsección (e) define «navaja automática» como «cualquier cuchillo con una hoja que se abre automáticamente por: (1) Presión de la mano aplicada a un botón u otro dispositivo en el mango del cuchillo; o (2) Operación de inercia, gravedad, o ambas».
Un cuchillo balisong está cubierto por un estatuto de estructura idéntica, Haw. Rev. Stat. § 134-53, con el mismo delito menor para el porte oculto, la misma escalada a delito grave de Clase C durante un delito separado (incluida la misma cláusula del mismo capítulo contra el doble procesamiento), y la misma defensa de posesión en el hogar en la subsección (d). La subsección (e) define «cuchillo balisong» como «cualquier cuchillo con una hoja encerrada en un mango dividido que se despliega manualmente con la acción de la mano o la muñeca con la asistencia de inercia, gravedad, o ambas».
Un puñal, daga, cachiporra corta o nudilleras de metal caen bajo la disposición general, § 134-51, descrita anteriormente, que lleva la misma estructura de delito menor por porte oculto y delito grave de Clase C durante un delito, con la defensa de posesión en el hogar en la subsección (g) en lugar de (d). Una diferencia: la escalada a delito grave de § 134-51(b) no lleva la cláusula del mismo capítulo que sí llevan § 134-52(b) y § 134-53(b), por lo que los tres estatutos no son del todo idénticos.
Las secciones 134-51, 134-52 y 134-53 fueron enmendadas por última vez por la Ley 21 de 2024 (secciones 4, 5 y 6 respectivamente). La regla descrita en esta página refleja los estatutos tal como se leen actualmente.
Dónde no puede portar en absoluto: escuelas
Haw. Rev. Stat. § 302A-1134.6, la política de tolerancia cero del Departamento de Educación, dispone que «un menor que posea, venda o use un arma peligrosa o una navaja automática, mientras asiste a la escuela o mientras asiste a actividades supervisadas por el departamento realizadas dentro o fuera de la propiedad escolar, puede ser excluido de asistir a la escuela por hasta noventa y dos días escolares». Esta es una disposición de disciplina escolar, separada de los delitos penales anteriores, y se aplica específicamente a un «arma peligrosa» o a una navaja automática por nombre.
¿Hawái tiene preempción sobre las ordenanzas locales de cuchillos?
Hawái no tiene ningún estatuto estatal de preempción sobre cuchillos. El código tampoco establece una edad mínima para comprar o poseer un cuchillo.

Ley federal: qué abarca y qué no abarca
La ley federal no prohíbe que una persona posea o porte una navaja automática en todo el país. La Ley Federal de Navajas Automáticas, 15 U.S.C. §§ 1241 a 1245, en cambio regula el comercio interestatal de navajas automáticas, prohibiendo su fabricación, venta, transporte o introducción en el comercio interestatal, y, en 15 U.S.C. § 1245, convierte en delito federal poseer, fabricar, vender o importar a sabiendas un cuchillo balístico en el comercio interestatal, o que lo afecte, o dentro de la jurisdicción territorial federal. 15 U.S.C. § 1244, titulado «Excepciones», dispone que §§ 1242 y 1243 «no se aplicarán a» una lista de cuchillos específicos; es una exención de esos dos delitos de comercio interestatal e importación, no un cambio a la definición de navaja automática en sí, que se encuentra en § 1241(b) y no fue enmendada. Una adición de 2009, § 1244(5), exime de §§ 1242 y 1243 a cualquier cuchillo con un resorte, retén u otro mecanismo de cierre por sesgo que requiera el esfuerzo de la mano, la muñeca o el brazo para vencer el sesgo y ayudar a abrirlo, la excepción que mantiene legales en el comercio interestatal a las navajas plegables modernas de apertura asistida. Una excepción aparte, § 1244(4), exime a una persona con un solo brazo de esos mismos dos delitos al poseer o portar una navaja automática con una hoja de 3 pulgadas o menos. La propia definición de navaja automática de Hawái, vinculada a cómo se abre la hoja en lugar de a su largo, opera de forma independiente de esta excepción federal.
Aviso legal: Este artículo ofrece información legal general sobre las leyes de cuchillos de Hawái a partir de septiembre de 2026. No constituye asesoramiento legal. Consulte a un abogado con licencia en Hawái para obtener asesoramiento sobre una situación específica. Debido a que cada uno de estos estatutos depende de si el objeto estaba «oculto», cómo se porta en la práctica un cuchillo en particular puede afectar si cae dentro del delito.
Para ver una comparación estado por estado, consulte leyes de cuchillos por estado. Los estatutos de legítima defensa de Hawái se cubren por separado en la página de leyes de legítima defensa de Hawái.
Los estatutos citados reflejan su versión vigente al 2026-09-18. Última actualización: 2026-09-18.
Preguntas frecuentes
¿Son ilegales las navajas automáticas en Hawái?
Portar una navaja automática oculta en la persona o en una bolsa o contenedor es un delito menor según Haw. Rev. Stat. 134-52(a). Existe una defensa si la persona estaba legalmente presente en su propia casa. El estatuto no prohíbe el porte abierto.
¿Son ilegales los cuchillos balisong en Hawái?
Portar un cuchillo balisong oculto es un delito menor según Haw. Rev. Stat. 134-53(a), con la misma estructura y defensa de posesión en el hogar que el estatuto de navajas automáticas de Hawái.
¿Puedo portar un puñal o daga en Hawái?
Portar de forma oculta un puñal o daga es un delito menor según Haw. Rev. Stat. 134-51(a), con una defensa por presencia legal en la propia casa. Las navajas automáticas y los cuchillos balisong están expresamente excluidos de esta sección general y se rigen por sus propios estatutos separados.
¿Puedo portar un cuchillo en la escuela en Hawái?
Un estudiante que posea, venda o use un arma peligrosa o una navaja automática en la escuela o en una actividad supervisada por la escuela puede ser excluido de la escuela por hasta 92 días según la política de tolerancia cero del Departamento de Educación, Haw. Rev. Stat. 302A-1134.6.
¿Puedo portar una navaja de bolsillo o cuchillo de trabajo ordinario en Hawái?
Probablemente sí, según cómo los tribunales de Hawái han interpretado la cláusula general de «otra arma mortal o peligrosa» en la sección 134-51. En State v. Rackle, la Corte Suprema de Hawái limitó esa cláusula general a instrumentos cuyo único diseño es infligir la muerte o lesión corporal, y en State v. Giltner, aplicando esa prueba, el tribunal determinó que un cuchillo de buceo no era ni una daga ni un arma mortal o peligrosa según el estatuto. Es poco probable que una navaja de bolsillo o cuchillo de trabajo ordinario portado para su propósito ordinario caiga dentro de la cláusula general, aunque los hechos específicos aún importan.
Fuentes y referencias
- Haw. Rev. Stat. 134-51 - Armas mortales o peligrosas; prohibiciones; sanción (puñal, daga, cachiporra corta, nudilleras de metal; excluye navaja automática/cuchillo balisong)(capitol.hawaii.gov).gov
- Haw. Rev. Stat. 134-52 - Navajas automáticas; prohibiciones; sanción(capitol.hawaii.gov).gov
- Haw. Rev. Stat. 134-53 - Cuchillos balisong; prohibiciones; sanción(capitol.hawaii.gov).gov
- Haw. Rev. Stat. 302A-1134.6 - Política de tolerancia cero (exclusión de estudiante por arma peligrosa o navaja automática)(capitol.hawaii.gov).gov
- Haw. Rev. Stat. 134-12.5 - Decomiso de armas de fuego, municiones, armas mortales o peligrosas y navajas automáticas(capitol.hawaii.gov).gov
- State v. Rackle, 55 Haw. 531, 523 P.2d 299 (1974) - limita la cláusula general de 134-51 de «otra arma mortal o peligrosa» a instrumentos cuyo único diseño es infligir la muerte o lesión corporal(courtlistener.com)
- State v. Giltner, 56 Haw. 374, 537 P.2d 14 (1975) - un cuchillo de buceo no es ni una daga ni un arma mortal o peligrosa según 134-51(courtlistener.com)
- 15 U.S.C. 1241-1245 - Ley Federal de Navajas Automáticas, alcance del comercio interestatal e importación(law.cornell.edu)
- 15 U.S.C. 1244 - excepciones, incluida la excepción de 2009 para apertura asistida y la excepción de una sola extremidad(law.cornell.edu)