EnglishEspañol
Oregon flag

Oregon

Leyes de Fuegos Artificiales en Oregón (2026): Prohibición, Ventana de Permiso, Sanciones

Asistido por IA, verificado con fuentesPor Equipo Editorial de Recording Law19 min de lectura

Revisado internamente antes de su publicación. · 15 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Leyes de Fuegos Artificiales en Oregón (2026): Prohibición, Ventana de Permiso, Sanciones

Preguntas frecuentes

¿Son legales los fuegos artificiales en Oregón?

Oregón parte de una prohibición general de vender, poseer o usar fuegos artificiales, según ORS 480.120(1). La excepción principal es una lista estrecha de «fuegos artificiales de consumo»: fuentes de cono, fuentes cilíndricas, bengalas centelleantes, giratorios terrestres, antorchas iluminadoras y ruedas, vendidos al por menor bajo un permiso del Jefe de Bomberos Estatal. Los petardos, cohetes de botella y dispositivos aéreos no están en esta categoría.

¿Cuándo se pueden comprar fuegos artificiales en Oregón?

La venta al por menor bajo un permiso del Jefe de Bomberos Estatal solo está autorizada durante una ventana de 14 días, del 23 de junio al 6 de julio, según ORS 480.127(2). Las ciudades, condados y distritos rurales de protección contra incendios pueden restringir esto aún más mediante ordenanza local.

¿Existe una edad mínima para comprar fuegos artificiales en Oregón?

Oregón no establece ninguna edad mínima de compra o posesión a nivel estatal en ninguna parte del capítulo 480 de ORS. Consulte directamente con un titular de permiso minorista o con el Jefe de Bomberos Estatal de Oregón en lugar de asumir una edad de 18.

¿Cuál es la sanción por una infracción de fuegos artificiales en Oregón?

Dos sanciones separadas pueden aplicarse a la misma infracción: una sanción civil de hasta $500 por infracción impuesta por el Jefe de Bomberos Estatal según ORS 480.165, y un delito menor de clase B según ORS 480.990(5) por cualquier infracción de ORS 480.111 a 480.165. Una persona que posea fuegos artificiales con un valor minorista de menos de $50 está exenta de la sanción civil.

¿Puede una ciudad o condado de Oregón prohibir los fuegos artificiales aunque el estado los permita?

Sí. Según ORS 480.160(1), la ley estatal y cualquier permiso estatal nunca autorizan una venta, uso o detonación que una ciudad, condado o distrito de protección contra incendios haya prohibido por separado mediante ordenanza. Un distrito rural de protección contra incendios puede agregar su propia ordenanza según ORS 480.160(4), pero no puede llegar tan lejos como una ciudad o condado: no puede prohibir nada que el propio capítulo autorice, y debe permitir al menos cinco días de venta al año, incluidos los cinco días consecutivos que comienzan el 30 de junio.

¿Es responsable un padre si su hijo causa un incendio con fuegos artificiales en Oregón?

Sí. Según ORS 480.158, el padre con custodia de un menor no emancipado es responsable de hasta $5,000 en costos que una agencia pública de bomberos incurra al extinguir un incendio causado por el uso de fuegos artificiales del menor. Un padre sin custodia y un padre de crianza no son responsables según esta sección.

Fuentes y referencias

  1. ORS 480.111 - Definiciones para ORS 480.111 a 480.165 (fuegos artificiales de consumo, de exhibición, exentos, límites de gramos específicos por dispositivo)(oregonlegislature.gov).gov
  2. ORS 480.120 - Prohibición de venta, posesión y uso de fuegos artificiales; excepciones; aplicación(oregonlegislature.gov).gov
  3. ORS 480.127 - Permiso para la venta minorista de fuegos artificiales de consumo; tarifa; reglamentos; ventana de venta(oregonlegislature.gov).gov
  4. ORS 480.150 - Permisos para venta o exhibiciones de fuegos artificiales; reglamentos; seguridad(oregonlegislature.gov).gov
  5. ORS 480.152 - Prohibición de publicar anuncios de venta de fuegos artificiales ilegales(oregonlegislature.gov).gov
  6. ORS 480.158 - Los padres de un menor son responsables de los costos de extinción de incendios causados por el uso de fuegos artificiales por el menor; excepción(oregonlegislature.gov).gov
  7. ORS 480.160 - Regulación local y efecto de la ley estatal; facultad de aplicación local(oregonlegislature.gov).gov
  8. ORS 480.165 - Sanción civil por infracciones de la ley de fuegos artificiales(oregonlegislature.gov).gov
  9. ORS 480.990(5) - Sanciones: la infracción de ORS 480.111 a 480.165 es un delito menor de clase B(oregonlegislature.gov).gov
  10. 16 C.F.R. § 1500.17 - Normas de la CPSC sobre dispositivos de sustancias peligrosas prohibidas para fuegos artificiales(ecfr.gov).gov
  11. 16 C.F.R. Parte 1507 - Norma de seguridad de productos de consumo para dispositivos de fuegos artificiales(ecfr.gov).gov
  12. 27 C.F.R. § 555.141(a)(7) - Exención de licencia de explosivos de la ATF para la importación, distribución y almacenamiento (no la fabricación) de fuegos artificiales de consumo(ecfr.gov).gov
  13. 18 U.S.C. § 836 - Transporte de fuegos artificiales a un estado que específicamente prohíbe o regula su uso(uscode.house.gov).gov
  14. USPS Publicación 52 § 341.22 - Todos los fuegos artificiales son explosivos no aptos para envío postal(pe.usps.com).gov
  15. Jefe de Bomberos Estatal de Oregón - Fuegos artificiales (guía en lenguaje sencillo sobre dispositivos legales/ilegales)(oregon.gov).gov
Compartir: