District of Columbia
Secretos Comerciales en DC: UTSA, Remedios y Plazos

La ley de secretos comerciales del Distrito de Columbia, codificada en D.C. Code §§ 36-401 a 36-410, se basa en la Ley Uniforme de Secretos Comerciales y fue promulgada en 1988. La ley protege la información comercial confidencial calificada y otorga al propietario tres años a partir del descubrimiento para presentar una demanda civil por apropiación indebida en el Tribunal Superior de DC o en el tribunal federal.
Esta guía es parte de nuestra serie Leyes de secretos comerciales por estado.
Información verificada por última vez el 2026-06-25. Este artículo presenta información legal general, no asesoramiento legal. Esta guía cubre la protección civil de secretos comerciales en el Distrito de Columbia bajo D.C. Code §§ 36-401 a 36-410 y el DTSA federal; para otras jurisdicciones, consulte el índice completo de Leyes de secretos comerciales por estado.
¿Tiene el Distrito de Columbia una ley de secretos comerciales?
Sí. El Distrito de Columbia promulgó la Ley Uniforme de Secretos Comerciales en 1988, y la codificación actual aparece en D.C. Code §§ 36-401 a 36-410, Título 36, Capítulo 4 (Consejo del DC, code.dccouncil.gov). Las publicaciones anteriores citaban la ley en §§ 48-501 a 48-510; la codificación actual en el Título 36, Capítulo 4 es la referencia autorizada. La ley sigue la UTSA en sus definiciones de secreto comercial y apropiación indebida, su estructura de recursos y su desplazamiento de reclamaciones de responsabilidad civil de derecho consuetudinario conflictivas. Los tribunales del DC aplican la Ley como el recurso civil exclusivo por apropiación indebida de secretos comerciales, reemplazando el conjunto anterior de doctrinas de responsabilidad civil. La Ley Federal de Defensa de Secretos Comerciales de 2016 agregó una causa de acción federal paralela sin desplazar la ley del DC.

¿Qué se considera secreto comercial y apropiación indebida en el Distrito de Columbia?
Según § 36-401, un secreto comercial es información, incluyendo una fórmula, patrón, compilación, programa, dispositivo, método, técnica o proceso, que: (1) deriva valor económico independiente, real o potencial, de no ser generalmente conocida ni fácilmente determinable por medios adecuados por otras personas que puedan obtener valor económico de su divulgación o uso; y (2) es objeto de esfuerzos que son razonables en las circunstancias para mantener su confidencialidad. La concentración de contratistas gubernamentales, empresas de cabildeo, centros de investigación y organizaciones de servicios profesionales en el mercado del DC significa que la información propietaria valiosa frecuentemente toma la forma de listas de clientes, estrategias de licitación, metodologías analíticas y propuestas de política, todas las cuales pueden calificar como secretos comerciales bajo esta definición si se mantienen las medidas de confidencialidad.
La apropiación indebida según § 36-401 significa adquirir un secreto comercial por medios inapropiados, o divulgar o utilizar un secreto comercial sin consentimiento cuando la persona sabe o tiene razones para saber que fue obtenido mediante medios inapropiados, en violación de un deber de mantener la confidencialidad, o mediante accidente o error donde la persona tenía conocimiento del carácter protegido del secreto. La sección 36-401 trata expresamente la ingeniería inversa de un producto obtenido lícitamente y el desarrollo independiente como medios adecuados, por lo que un competidor que llega a la misma información a través de su propio trabajo legítimo no ha cometido apropiación indebida bajo la ley del DC.
Recursos y plazo de prescripción en el Distrito de Columbia
Un tribunal puede otorgar una medida cautelar bajo § 36-402 para detener la apropiación indebida real o amenazada. La medida cautelar puede continuar por el tiempo necesario para eliminar la ventaja comercial resultante de la apropiación indebida. Cuando una medida cautelar no es viable porque la información ya está en uso y causaría dificultades excesivas, el tribunal puede imponer en su lugar una obligación de regalía razonable por un período futuro definido.

La sección 36-403 permite la recuperación de daños reales por la pérdida causada por la apropiación indebida más cualquier enriquecimiento injusto que el demandado recibió más allá de lo capturado por la pérdida real, o, si ninguno es demostrable, una regalía razonable. Cuando la apropiación indebida fue intencional y maliciosa, el tribunal puede otorgar daños ejemplares de hasta el doble del monto compensatorio bajo § 36-403. Los honorarios de abogado son recuperables bajo § 36-404 cuando la apropiación indebida fue intencional y maliciosa, o cuando una reclamación o defensa fue presentada de mala fe.
El plazo de prescripción bajo § 36-408 es de tres años a partir de la fecha en que se descubrió la apropiación indebida o, mediante el ejercicio de la diligencia debida, debió haberse descubierto. Los tribunales del DC tratan la apropiación indebida continua como una sola reclamación que corre desde el primer acto que el propietario descubrió o debió haber descubierto. Debido a que este enfoque puede cancelar las reclamaciones por robo continuo si el primer acto ocurrió hace más de tres años, investigar la presunta apropiación indebida sin demora es fundamental.
Cómo aplica el DTSA federal en el Distrito de Columbia
La Ley de Defensa de Secretos Comerciales (18 U.S.C. §§ 1836-1839, vigente desde el 11 de mayo de 2016) otorga a los propietarios de secretos comerciales del DC una causa de acción civil federal paralela cuando el secreto se relaciona con un producto o servicio utilizado en, o destinado a utilizarse en, el comercio interestatal o extranjero. El plazo de prescripción del DTSA es de tres años a partir del descubrimiento (§ 1836(d)), coincidiendo con el plazo estatal del DC. La ley federal no desplaza la ley del DC (18 U.S.C. § 1838), por lo que los propietarios frecuentemente presentan ambas reclamaciones en el Tribunal de Distrito de los EE. UU. para el Distrito de Columbia, que tiene jurisdicción concurrente sobre las reclamaciones bajo el DTSA.
El DTSA añade dos características no presentes en la ley del DC. Primero, un tribunal federal puede emitir una orden de embargo civil ex parte en circunstancias extraordinarias para prevenir la difusión de un secreto apropiado indebidamente antes de que el demandado pueda ser escuchado (§ 1836(b)(2)). Segundo, bajo 18 U.S.C. § 1833(b)(3), cualquier acuerdo de confidencialidad o empleo firmado o actualizado después del 11 de mayo de 2016 debe notificar al empleado sobre la inmunidad estatutaria para denunciantes: los empleados no pueden enfrentar responsabilidad civil o penal bajo la ley federal o estatal de secretos comerciales por divulgar un secreto comercial a un funcionario gubernamental o abogado únicamente para reportar una presunta infracción legal. Un empleador que omita ese aviso en un acuerdo cubierto pierde los daños ejemplares y los honorarios de abogado contra ese empleado bajo el DTSA, incluso por robo deliberado. Las organizaciones con sede en DC, incluidos los contratistas con agencias federales, deben confirmar que los acuerdos posteriores a mayo de 2016 contengan el aviso requerido.
Esta es información legal general, no asesoramiento legal. Describe la ley de secretos comerciales del Distrito de Columbia bajo D.C. Code §§ 36-401 a 36-410 y el DTSA federal a partir de 2026-06-25 y no aborda sus hechos específicos. Las disputas sobre secretos comerciales son muy específicas a los hechos y los plazos son estrictos. Consulte a un abogado con licencia en el Distrito de Columbia antes de actuar.
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Última actualización: 2026-06-25.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el plazo de prescripción para una reclamación de secreto comercial en el Distrito de Columbia?
Tres años a partir de la fecha en que se descubrió la apropiación indebida o razonablemente debió haberse descubierto, según D.C. Code § 36-408. Los tribunales del DC tratan la apropiación indebida continua como una sola reclamación que corre desde el primer acto que el propietario conocía o debió haber conocido. Las organizaciones que sospechan robo en curso deben investigar de inmediato para evitar perder su reclamación bajo el plazo de prescripción.
¿Cuál es la cita correcta del estatuto de secretos comerciales del DC?
La cita actual es D.C. Code §§ 36-401 a 36-410, ubicada en el Título 36, Capítulo 4 del Código del DC (code.dccouncil.gov). Publicaciones anteriores citaban la misma ley como §§ 48-501 a 48-510; esa codificación ha sido reemplazada. Al investigar o citar la ley de secretos comerciales del DC, use siempre la referencia del Título 36, Capítulo 4.
¿Desplaza la ley de secretos comerciales del DC las reclamaciones de responsabilidad civil de derecho consuetudinario?
Sí. Bajo § 36-409, la Ley Uniforme de Secretos Comerciales del DC desplaza las reclamaciones civiles conflictivas basadas en la apropiación indebida de un secreto comercial que de otro modo surgirían bajo el derecho consuetudinario de responsabilidad civil del DC. La cláusula de desplazamiento no afecta los recursos contractuales, los estatutos penales ni las reclamaciones de responsabilidad civil que no dependan de la apropiación indebida de secretos comerciales.
¿Pueden las organizaciones con sede en DC recuperar daños ejemplares por apropiación indebida de secretos comerciales?
Sí. Bajo § 36-403, si la apropiación indebida fue intencional y maliciosa, un tribunal puede otorgar daños ejemplares de hasta el doble del monto compensatorio, más honorarios de abogado bajo § 36-404. Para también recuperar daños ejemplares bajo el DTSA federal, la organización debe haber incluido el aviso estatutario de inmunidad para denunciantes (18 U.S.C. § 1833(b)) en cualquier acuerdo de confidencialidad o empleo celebrado o actualizado después del 11 de mayo de 2016.
¿Es legal la ingeniería inversa de un secreto comercial en el Distrito de Columbia?
Sí. La Ley Uniforme de Secretos Comerciales del DC define la apropiación indebida como la adquisición mediante medios inapropiados, y § 36-401 clasifica expresamente la ingeniería inversa de un producto obtenido lícitamente y el desarrollo independiente como medios adecuados. Un competidor que determina información protegida a través de su propio trabajo legítimo no ha cometido apropiación indebida bajo la ley del DC.
Fuentes y referencias
- Ley Uniforme de Secretos Comerciales del DC, D.C. Code §§ 36-401 a 36-410 (Título 36, Capítulo 4)(code.dccouncil.gov).gov
- Ley de Defensa de Secretos Comerciales, 18 U.S.C. §§ 1836-1839(law.cornell.edu)
- Ley Uniforme de Secretos Comerciales (Uniform Law Commission)(uniformlaws.org)
- Ley de Espionaje Económico, 18 U.S.C. §§ 1831-1832(law.cornell.edu)