Nevada
Leyes de Poder Notarial en Nevada: POA Duradero, Médico y Financiero (2026)

Nevada adoptó la Ley Uniforme de Poder Notarial (UPOAA) como Capítulo 162A de NRS, dando al estado un marco moderno e integral para los poderes notariales financieros. Bajo la ley de Nevada, un poder notarial es duradero de forma predeterminada: sobrevive a la incapacidad del poderdante a menos que el documento diga expresamente lo contrario (NRS 162A.210). La toma de decisiones de atención médica se maneja bajo una parte aparte del mismo capítulo, NRS 162A.700 a 162A.870, y requiere su propio documento distinto con reglas de ejecución diferentes. Un poder notarial financiero no autoriza decisiones médicas, y un poder notarial de atención médica no controla las finanzas.
Para el panorama completo de los 50 estados, consulte nuestra guía nacional de Poder Notarial.
Qué hace un poder notarial en Nevada
Un poder notarial es un documento legal por escrito en el que una persona, el poderdante, autoriza a otra persona, el agente (también llamado apoderado), a actuar en nombre del poderdante en asuntos financieros, legales, de propiedad y relacionados. El alcance puede ser amplio, cubriendo banca, bienes raíces, inversiones, impuestos y operaciones comerciales, o estrecho, limitado a una sola transacción como firmar el cierre de una compraventa de bienes raíces. Sea cual sea la autoridad que otorgue el documento, esta termina en el momento en que el poderdante fallece. Un poder notarial no sustituye a un testamento y no puede dirigir la distribución de bienes después de la muerte.
Nevada traza una línea firme entre la autoridad financiera y la autoridad de atención médica. Los poderes financieros y de propiedad se rigen por NRS 162A.200 a 162A.660. La toma de decisiones de atención médica queda bajo un marco aparte en NRS 162A.700 a 162A.870. Un poder financiero no puede conferir autoridad sobre la atención médica, y un poder de atención médica no puede autorizar transacciones financieras. Muchos residentes de Nevada firman ambos documentos como parte de un plan patrimonial coordinado.
La autoridad de un agente continúa solo mientras el poderdante está vivo. También vale la pena señalar que la propia autoridad del poderdante sobre sus asuntos no disminuye al firmar un poder notarial. Bajo NRS 162A.460, el poderdante conserva plena autoridad para actuar en su propio nombre después de ejecutar un poder notarial, y las instrucciones directas del poderdante prevalecen sobre las decisiones contradictorias del agente.
Poder Notarial Duradero en Nevada
Bajo NRS 162A.210, un poder notarial creado bajo NRS 162A.200 a 162A.660 es duradero a menos que el documento disponga expresamente que se termina por la incapacidad del poderdante. Esta regla de duradero-de-forma-predeterminada es la piedra angular del marco de la UPOAA de Nevada.

El efecto práctico es significativo. Bajo la antigua regla del derecho común, un poder notarial se volvía nulo en el momento en que el poderdante perdía la capacidad, precisamente cuando la autoridad de un agente era más necesaria. La regla moderna de Nevada revierte ese resultado. Un poderdante que no hace nada especial obtiene un poder duradero que sobrevive a la incapacidad automáticamente.
Si un poderdante quiere un arreglo no duradero que termine con la incapacidad, el documento debe decirlo explícitamente. Un poderdante también puede crear un poder de efecto diferido (springing) que entra en vigor solo tras una fecha futura o un evento desencadenante, como una determinación de incapacidad por escrito hecha por un médico o una enfermera de práctica avanzada registrada. Bajo NRS 162A.260, si el poder entra en vigor con la incapacidad del poderdante y no hay nadie designado para hacer esa determinación, un APRN, médico, psiquiatra o psicólogo con licencia debe documentar la incapacidad por escrito.
La regla de duradero-de-forma-predeterminada también reduce el riesgo de que los cuidadores o familiares se encuentren sin autoridad financiera porque un poder más antiguo no contenía lenguaje de durabilidad explícito. Bajo NRS 162A.210, a menos que el documento renuncie expresamente a la durabilidad, esta se presume.
Cómo crear un poder notarial válido en Nevada
Los requisitos de ejecución para un poder notarial financiero de Nevada se establecen en NRS 162A.220.
Firma. El poderdante debe firmar el poder notarial. Si el poderdante está físicamente imposibilitado para firmar, otra persona puede firmar el nombre del poderdante por indicación de este, pero solo en la presencia consciente del poderdante.
Notarización. Se presume que una firma en un poder notarial es genuina si el poderdante la reconoce ante un notario público u otra persona autorizada por ley para tomar reconocimientos. La notarización es muy recomendable en la práctica: los bancos, las compañías de títulos y otras instituciones son mucho más propensos a aceptar un poder notarizado sin exigir mayor prueba de autenticidad.
Testigos. No se requiere ninguna firma de testigo aparte para un poder notarial financiero bajo NRS 162A.220. Esto distingue a Nevada de los estados que exigen dos testigos además de la notarización para un poder financiero.
Residentes de centros de cuidados. Hay un requisito adicional importante para los poderdantes que residen en un hospital, centro de enfermería especializada, centro residencial grupal o casa de cuidados residenciales individuales al momento de la ejecución. Debe adjuntarse al documento una certificación de la competencia del poderdante de una enfermera de práctica avanzada registrada, médico, psicólogo o psiquiatra.
Restricciones de agente para residentes de centros de cuidados. Si el poderdante reside en tal centro, el centro mismo, sus propietarios, operadores y empleados no pueden servir como agente, a menos que el agente propuesto sea el cónyuge, tutor legal o pariente más cercano del poderdante. Una excepción estrecha permite que un empleado del centro sirva como agente únicamente para ayudar a calificar al poderdante para la elegibilidad de Medicaid, sujeto a condiciones estrictas y a un límite de validez de seis meses. El uso indebido de esa autoridad limitada es un delito grave de categoría C bajo la ley de Nevada.
Un poder de Nevada bien redactado debe identificar claramente al poderdante y al agente por su nombre legal completo, indicar la fecha de vigencia o la condición desencadenante, especificar el alcance de la autoridad, y estar fechado al momento de la ejecución.
Qué puede y no puede hacer un agente en Nevada
El alcance de la autoridad de un agente de Nevada depende enteramente de lo que otorgue el documento. NRS 162A.460 dispone que cuando un poder notarial hace referencia a todos los actos que el poderdante podría realizar o cita las leyes que lo rigen, el agente tiene la autoridad general descrita en NRS 162A.200 a 162A.660. Esa autoridad general puede cubrir transacciones de bienes raíces, bienes muebles tangibles, cuentas bancarias y otras transacciones de instituciones financieras, acciones y bonos, seguros, planes de jubilación, impuestos, fideicomisos, y el mantenimiento personal y familiar.

Poderes calientes que requieren concesión expresa. Ciertas acciones se tratan como autoridades de alto riesgo que requieren una concesión expresa en el documento, aunque el poder use lenguaje amplio de autoridad general. Bajo NRS 162A.450, estos poderes incluyen la autoridad para:
- Crear, modificar, revocar o terminar un fideicomiso en vida (inter vivos).
- Hacer una donación en nombre del poderdante.
- Crear o cambiar derechos de supervivencia sobre bienes de propiedad conjunta.
- Crear o cambiar una designación de beneficiario en una póliza de seguro de vida, cuenta de jubilación o instrumento de transferencia al fallecimiento.
- Delegar la autoridad del agente a otra persona.
- Ejercer poderes fiduciarios que el poderdante tiene autoridad para delegar.
- Renunciar al derecho del poderdante de ser beneficiario de una anualidad conjunta y de supervivencia o de un beneficio de supervivencia bajo un plan de jubilación.
- Renunciar a un interés en bienes.
El lenguaje de autoridad general por sí solo no confiere ninguno de estos poderes. Cada uno debe detallarse expresamente. Un agente que no sea el cónyuge del poderdante no puede ejercer un poder caliente de una forma que cree un interés a su propio favor a menos que el documento lo permita expresamente.
Deberes del agente. Bajo NRS 162A.310, un agente que acepta el nombramiento debe actuar de acuerdo con las expectativas razonables y el mejor interés del poderdante, de buena fe, y dentro del alcance de la autoridad otorgada. Los deberes adicionales (a menos que se modifiquen en el poder) incluyen mantener la lealtad al poderdante, evitar conflictos de interés, ejercer cuidado y competencia ordinarios, llevar registros de todas las transacciones, cooperar con quienes toman decisiones de atención médica, y preservar el plan patrimonial del poderdante en la medida consistente con su mejor interés. Un agente que incumpla estos deberes puede ser responsable por el daño resultante.
Aceptación por terceros. Bajo NRS 162A.370, una persona a la que se le presenta un poder notarial reconocido debe aceptarlo o, dentro de 10 días hábiles, solicitar una certificación de la autoridad del agente, una traducción o una opinión legal. Si se solicita documentación, la aceptación debe seguir dentro de cinco días hábiles de recibirla. La negativa indebida expone al tercero a la aceptación ordenada por un tribunal y a la adjudicación de los honorarios y costos razonables de abogado del poderdante o del agente.
Poder Notarial para Decisiones de Atención Médica en Nevada
La toma de decisiones de atención médica en Nevada se rige por una ley completamente aparte, NRS 162A.700 a 162A.870. Este es un instrumento legal enteramente distinto del poder notarial financiero y debe ejecutarse como un documento aparte.
Un poder notarial de atención médica de Nevada permite a cualquier poderdante adulto nombrar a un agente de atención médica para tomar decisiones médicas si el poderdante queda incapaz de dar consentimiento informado. La autoridad del agente puede cubrir cualquier cuidado, tratamiento, servicio o procedimiento para mantener, diagnosticar o tratar una condición física o mental, así como decisiones sobre la ubicación residencial en un centro de cuidados.
Requisitos de ejecución. Bajo NRS 162A.790, un poder notarial de atención médica debe ser firmado por el poderdante y ya sea:
- Reconocido ante un notario público, o
- Presenciado por dos adultos que conozcan personalmente al poderdante.
Si se usan testigos en lugar de notarización, ninguno de los testigos puede ser el propietario, operador o empleado de un hogar de ancianos en el que resida el poderdante. La ley de Nevada no restringe de otro modo quién puede servir como testigo.
Si el poderdante reside en un hospital, centro de enfermería especializada, centro residencial grupal o casa de cuidados residenciales individuales al momento de firmar, debe adjuntarse una certificación de competencia de un APRN, médico, psicólogo o psiquiatra, coincidiendo con el requisito para los poderes financieros.
Restricciones de agente. Bajo NRS 162A.840, un agente de atención médica no puede ser el proveedor de atención médica actual del poderdante, un operador de un centro de atención médica, ni un empleado de un centro de atención médica donde el poderdante recibe cuidados, a menos que el agente propuesto sea el cónyuge, tutor legal o pariente más cercano del poderdante.
Alcance y límites. Un agente de atención médica puede consentir, rechazar o retirar el consentimiento a cualquier cuidado médico. Sin embargo, NRS 162A.850 impone una prohibición absoluta: un agente nunca puede consentir el internamiento o la colocación del poderdante en un centro para tratamiento de enfermedad mental, el tratamiento convulsivo, la psicocirugía, la esterilización, el aborto, la intervención aversiva, ni la participación en tratamiento o investigación médica, biomédica o conductual de carácter experimental, sin importar lo que diga el documento de poder notarial. El poderdante puede agregar restricciones adicionales a la autoridad del agente en el documento, pero no puede usarlo para autorizar ninguno de estos actos. Las decisiones sobre el tratamiento para prolongar la vida deben basarse en los deseos conocidos del poderdante, que el poderdante puede documentar directamente en el poder de atención médica.
Vigencia. Bajo NRS 162A.810, un poder de atención médica es efectivo de inmediato tras su ejecución a menos que el documento especifique una fecha futura o un evento condicionante. Si el documento se activa solo con la incapacidad, la incapacidad debe documentarse por escrito por un APRN, médico, psiquiatra o psicólogo con licencia.
Documentos de otros estados. Un poder notarial de atención médica ejecutado fuera de Nevada es válido en Nevada si cumplió con las leyes del estado donde se ejecutó o con los requisitos federales de poder notarial militar.
Un poder notarial financiero no confiere ninguna autoridad sobre las decisiones de atención médica. Si quiere que alguien maneje tanto sus finanzas como su atención médica durante la incapacidad, debe ejecutar tanto un poder financiero bajo NRS 162A.200 a 162A.660 como un poder de atención médica aparte bajo NRS 162A.700 a 162A.870.
Cómo revocar o terminar un poder notarial en Nevada
Bajo NRS 162A.270, un poder notarial financiero de Nevada termina cuando ocurre cualquiera de lo siguiente:

- El poderdante fallece.
- El poderdante revoca el poder mientras conserva la capacidad para hacerlo.
- El poderdante queda incapacitado, si el poder no es duradero.
- El poder dispone una fecha de vencimiento y esa fecha llega.
- Se cumple el propósito de un poder limitado.
- El agente fallece, queda incapacitado o renuncia, y no hay un agente sucesor nombrado.
- Se presenta una acción de disolución o anulación del matrimonio del agente con el poderdante, a menos que el documento disponga lo contrario.
Un poderdante con capacidad puede revocar un poder financiero en cualquier momento notificando al agente. El aviso por escrito es la mejor práctica, y es importante también notificar a cualquier institución financiera, prestamista u otro tercero que tenga una copia del poder original. Si el poder se registró ante un registrador del condado porque involucraba transacciones de bienes raíces, la revocación también debe registrarse. Bajo NRS 162A.270, la revocación no es efectiva contra un agente o un tercero que, sin conocimiento real de la revocación, actúa de buena fe confiando en el poder.
De manera importante, ejecutar un nuevo poder notarial no revoca automáticamente uno anterior en Nevada. NRS 162A.270 establece que un poder posterior revoca uno anterior solo si el nuevo documento así lo dice expresamente. Los poderdantes que pretendan reemplazar a un agente deben incluir una cláusula de revocación explícita.
Un poder notarial de atención médica termina con la muerte del poderdante, la revocación del poderdante, o la muerte, incapacidad o renuncia del agente (NRS 162A.820). Sin embargo, si un poderdante pierde la capacidad para tomar decisiones mientras el documento está técnicamente vencido, NRS 162A.820 dispone que el documento permanece válido hasta que el poderdante pueda tomar tales decisiones de nuevo, evitando lagunas en la representación de atención médica.
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Aviso legal: Esta página brinda información legal general sobre las leyes de poder notarial de Nevada y no constituye asesoría legal. Las leyes cambian y las circunstancias individuales varían. Consulte a un abogado con licencia en Nevada para obtener asesoría específica a su situación.
Las leyes citadas reflejan su versión vigente al 31 de mayo de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Es duradero de forma predeterminada un poder notarial de Nevada?
Sí. Bajo NRS 162A.210, un poder notarial creado bajo la Ley Uniforme de Poder Notarial de Nevada (NRS 162A.200 a 162A.660) es duradero de forma predeterminada y sobrevive a la incapacidad del poderdante a menos que el documento declare expresamente que se termina con la incapacidad. No se requiere lenguaje especial de durabilidad. Un poderdante que quiera un poder no duradero debe incluir una disposición de renuncia explícita.
¿Requiere testigos un poder notarial financiero de Nevada?
No. Bajo NRS 162A.220, un poder notarial financiero solo requiere la firma del poderdante reconocida ante un notario público. No se requieren firmas de testigos aparte. Sin embargo, si el poderdante reside en un hospital, centro de enfermería especializada, centro residencial grupal o casa de cuidados individuales, debe acompañar al documento una certificación de competencia de un médico, APRN, psicólogo o psiquiatra.
¿Cuáles son los poderes calientes bajo la ley de poder notarial de Nevada?
Bajo NRS 162A.450, los poderes calientes son autoridades tan trascendentales que requieren una concesión expresa en el documento. Incluyen: crear, modificar o revocar un fideicomiso; hacer donaciones; crear o cambiar derechos de supervivencia; crear o cambiar designaciones de beneficiarios; delegar la autoridad del agente; ejercer poderes fiduciarios que el poderdante tiene autoridad para delegar; renunciar a derechos de una anualidad conjunta y de supervivencia; y renunciar a intereses en bienes. Si estos poderes no están listados expresamente en el poder, el agente no puede ejercerlos, sin importar cuán amplio sea el lenguaje de autoridad general.
¿Puede un poder notarial financiero de Nevada autorizar decisiones médicas?
No. Un poder notarial financiero bajo NRS 162A.200 a 162A.660 no autoriza a nadie a tomar decisiones de atención médica. La autoridad de atención médica debe crearse por separado bajo el Poder Notarial para Decisiones de Atención Médica en NRS 162A.700 a 162A.870. Los dos instrumentos son documentos legales distintos que cubren dominios separados, y ninguno sustituye al otro.
¿Cómo debe ejecutarse un poder notarial de atención médica de Nevada?
Bajo NRS 162A.790, un poder notarial de atención médica de Nevada debe ser firmado por el poderdante y ya sea reconocido ante un notario público o presenciado por dos adultos que conozcan personalmente al poderdante. Si se usan testigos, ninguno puede ser el propietario, operador o empleado de un hogar de ancianos en el que resida el poderdante; la ley de Nevada no restringe de otro modo quién puede servir como testigo.
¿Qué puedo hacer si un banco se niega a honrar mi poder notarial de Nevada?
Bajo NRS 162A.370, un banco u otra institución a la que se le presenta un poder notarial reconocido debe aceptarlo o, dentro de 10 días hábiles, solicitar una certificación, traducción u opinión legal. Si se solicita documentación, la institución debe entonces aceptar dentro de cinco días hábiles de recibirla. Una parte que se niegue indebidamente a aceptar un poder válido puede ser ordenada por un tribunal a honrarlo y puede ser obligada a pagar los honorarios y costos razonables de abogado del poderdante o del agente.
¿Cómo revoca un poder notarial de Nevada?
Un poderdante con capacidad puede revocar un poder financiero de Nevada en cualquier momento notificando al agente, preferiblemente por escrito (NRS 162A.270). Notifique también a cualquier institución financiera o tercero que tenga una copia del poder. Si el poder se registró para una transacción de bienes raíces, registre la revocación ante el registrador del condado. Tenga en cuenta que un nuevo poder no revoca automáticamente uno anterior en Nevada. Debe incluir una cláusula de revocación explícita en el nuevo documento.
Actualizaciones
Corrected two Nevada healthcare-POA errors: the witness-disqualification rule only bars a nursing home's owner, operator, or employee where the principal resides (not the broad, unrelated/non-heir rule the article stated), and the NRS 162A.850 prohibited-acts list is absolute with no 'express authorization' override.
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Fuentes y referencias
- NRS Capítulo 162A: Ley Uniforme de Poder Notarial (Legislatura de Nevada)(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.200: Aplicabilidad(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.210: El poder notarial es duradero de forma predeterminada(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.220: Ejecución del poder notarial(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.260: Cuando entra en vigor el poder notarial(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.270: Terminación del poder notarial o de la autoridad del agente(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.300: Aceptación del nombramiento por el agente(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.310: Deberes y obligaciones fiduciarias del agente(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.360: Confianza en el poder notarial reconocido(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.370: Responsabilidad por negarse a aceptar el poder notarial reconocido(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.450: Poderes que requieren concesión expresa (poderes calientes)(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.460: Concesión de autoridad general(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.700: Definiciones y alcance del poder de atención médica(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.790: Ejecución del poder notarial de atención médica(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.810: Cuando entra en vigor el poder de atención médica(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.820: Terminación del poder de atención médica(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.840: Restricciones de elegibilidad del agente de atención médica(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.850: Decisiones prohibidas del agente de atención médica(leg.state.nv.us)
- NRS 162A.860: Formulario de poder notarial duradero para atención médica(leg.state.nv.us)