Hawaii
Leyes de Gas Pimienta y Pistola Paralizante en Hawái (2026)
Revisado internamente antes de su publicación. · 18 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Hawái trata el gas pimienta y las pistolas paralizantes de forma muy distinta, y la respuesta sobre el gas pimienta depende de en qué parte de Hawái vive el lector y de qué tipo de aerosol se trate. Ningún estatuto estatal de Hawái menciona el gas pimienta por su nombre, pero Honolulu, hogar de aproximadamente siete de cada diez residentes de Hawái, regula los aerosoles químicos en dos frentes: una prohibición en toda la ciudad de los aerosoles de gas lacrimógeno CN y CS y de los repelentes de animales a base de OC, y una ordenanza separada que exime y regula el único producto estrictamente definido que llama «gas pimienta». Una disposición general estatal sobre armas también deja abierta una pregunta que esta página no puede resolver en ningún sentido. Las pistolas paralizantes, que Hawái llama «armas eléctricas», son lo contrario: un marco regulatorio detallado de venta con licencia, promulgado por la legislación de 2021, más cercano en estructura a cómo Hawái regula las armas de fuego que a cómo la mayoría de los estados trata una pistola paralizante de defensa propia.
Alcance jurisdiccional: Esta página cubre la ley estatal de Hawái, principalmente las Secciones 134-51 y 134-81 a 134-90 de HRS, y las ordenanzas de la Ciudad y el Condado de Honolulu sobre sustancias nocivas y gas pimienta, Secciones 41-12.3, 41-12.4 y 41-27.1 a 41-27.9 de la ROH. No cubre en detalle los estatutos de permisos de armas de fuego de Hawái, los procedimientos de licenciamiento a nivel de condado más allá de lo que establece el propio Capítulo 134, ni ninguna ordenanza sobre aerosoles químicos que pueda haber adoptado un condado de Hawái distinto de Honolulu.
¿Es legal portar gas pimienta en Hawái?
Ningún estatuto estatal de Hawái regula específicamente la posesión, compra o portación civil de gas pimienta o cualquier otro aerosol químico por su nombre. Los estatutos de armas de Hawái se concentran en el Capítulo 134 de HRS, y su parte sobre armas eléctricas (Secciones 134-81 a 134-90) trata exclusivamente de armas eléctricas; la sección de armas peligrosas del capítulo, la Sección 134-51 de HRS, tampoco menciona un aerosol químico o de gas pimienta. La Sección 134-51(a) convierte en delito menor que una persona "no autorizada por ley" porte ocultos a sabiendas "sobre su persona, o en un bolso u otro contenedor que lleve consigo, un puñal, daga, cachiporra, nudillos de metal u otra arma mortal o peligrosa," con la salvedad de que el inciso no se aplica a un bastón policial; conforme al inciso (b), poseer a sabiendas, o usar o amenazar con usar intencionalmente, dicha arma mientras se comete un delito grave o menor separado es un delito grave de Clase C. Su lista de exclusiones, la Sección 134-51(e), enmendada en 2024, elimina de la sección un arma de fuego, una navaja automática, una navaja mariposa y un arma eléctrica, pero no dice nada sobre un aerosol químico o de gas pimienta, de modo que esa exclusión ni lo alcanza ni lo descarta. La Sección 134-51(g) ofrece una defensa contra una acusación de portación oculta bajo el inciso (a): es una defensa ante el enjuiciamiento "que la persona estuviera legalmente presente en su propio hogar al momento del delito." La Corte Suprema de Hawái ha interpretado dos veces la misma frase "otra arma mortal o peligrosa," y ambas veces la interpretó de forma restrictiva y excluyó el objeto en cuestión. En State v. Rackle (1974), la corte determinó que una pistola de bengalas no era un "arma mortal o peligrosa." En State v. Giltner (1975), siguiendo Rackle, la corte explicó que el estatuto alcanza "instrumentos asociados con actividad delictiva cuyo único diseño es infligir la muerte o lesiones corporales," que "el hecho de que un objeto originalmente diseñado para un uso normal o legal pueda pervertirse para un uso peligroso contra quien es atacado no lo convierte en un 'arma mortal o peligrosa,'" y que la frase alcanza únicamente un instrumento "diseñado principalmente como arma, o uno que ha sido desviado de su uso normal y preparado y modificado para fines de combate," antes de determinar que una navaja de buceo no calificaba y revocar la condena. Ninguna decisión publicada de Hawái aplica la Sección 134-51 a un aerosol químico o de gas pimienta en ningún sentido, y las únicas dos decisiones que interpretan esta disposición general excluyeron ambas el objeto en cuestión, de modo que si una lata oculta de gas pimienta cae dentro de ella es una pregunta abierta según los propios términos del estatuto, no un resultado negativo establecido. La ley general de agresión de Hawái sigue aplicándose al uso de gas pimienta para lesionar a alguien, sin importar cómo se resuelva esa pregunta.

Sin embargo, la ley estatal no es la única que alcanza al gas pimienta en Hawái. La Ciudad y el Condado de Honolulu, donde vive aproximadamente siete de cada diez residentes de Hawái, lo regula directamente mediante ordenanza; véase la siguiente sección. Otros condados de Hawái (Hawái, Maui y Kauai) pueden haber adoptado sus propias ordenanzas sobre gas pimienta, que esta página no cubre.
La ordenanza de gas pimienta de Honolulu
Honolulu no regula los aerosoles químicos mediante una sola ordenanza; prohíbe la mayoría de ellos de forma total en un artículo del código municipal y luego exime un producto estrictamente definido en otro. El Capítulo 41, Artículo 12 de la ROH («Sustancias Nocivas»), Sección 41-12.3(b), declara ilegal que cualquier persona «posea, descargue, use, transporte, venda u ofrezca vender cualquier cartucho, bomba, arma u otro dispositivo capaz de emitir cloroacetofenona (CN), o-clorobenzalmalononitrilo (CS) o cualquier derivado de estos en cualquier forma». La Sección 41-12.3(c) hace lo mismo con «cualquier cartucho, bomba, arma u otro dispositivo capaz de emitir oleorresina de capsicina o cualquier derivado de esta usado para repeler animales», lo que cubre productos vendidos como aerosol para osos o para perros. La Sección 41-12.3(a) añade una tercera prohibición, basada en la intención, que no se limita al CN, CS u OC: ninguna persona puede «usar o poseer con la intención de usar cualquier cartucho, bomba, arma u otro dispositivo capaz de emitir cualquier sustancia líquida, gaseosa o sólida, o cualquier combinación de estas, que sea nociva para las personas o la propiedad, o que sea nauseabunda, repugnante, irritante u ofensiva para cualquiera de los sentidos; para lesionar, molestar, incomodar o coaccionar a otra persona en el uso o control de su persona o propiedad». Ninguna de las dos prohibiciones tiene, en su texto, una excepción por edad, propósito o defensa propia; la Sección 41-12.4(a) permite que el jefe de policía y sus subordinados usen todos los dispositivos enumerados en el cumplimiento de sus funciones, el inciso (b) permite que los oficiales de seguridad privada empleados por agencias policiales o de seguridad privadas usen los dispositivos de los incisos (a) y (b), y el inciso (c) permite que los empleados de organizaciones gubernamentales y privadas que deban ingresar a propiedad privada por su trabajo usen los repelentes de animales del inciso (c), estos dos últimos sujetos a las condiciones de la Sección 41-12.6; ninguno de ellos cubre la posesión personal ordinaria. Una infracción del Artículo 12 se castiga conforme a la Sección 41-12.9 con una multa que no exceda $1,000, prisión que no exceda un año, o ambos, y cualquier licencia o permiso que tenga el infractor se revoca al ser condenado.
La Sección 41-12.4(d) abre entonces una única y estrecha exención de la prohibición de la Sección 41-12.3: «Las prohibiciones de la Sección 41-12.3 no se aplicarán a la posesión, uso, transporte u otra distribución de cualquier gas pimienta según se define en la Sección 41-27.1 en la ciudad, de la manera permitida conforme al Capítulo 41, Artículo 27». El Artículo 27 tiene su propia sección de excepciones, la 41-27.2, pero funciona en sentido contrario: levanta las restricciones del Artículo 27 únicamente para «personas autorizadas conforme a las Secciones 41-12.4 y 41-12.7 a poseer, usar, vender, transportar o distribuir de otro modo dispositivos químicos en la ciudad; siempre que esas personas posean, usen, vendan, transporten o distribuyan de otro modo los dispositivos químicos mientras actúan en su capacidad de empleados de la ciudad, de agencias de seguridad privada y de otras organizaciones, o como vendedores con licencia, todo ello conforme al Capítulo 41, Artículo 12». Un residente que porta un envase para defensa propia personal no está dentro de esa salvedad, de modo que el Artículo 27 se aplica a esa persona en su totalidad. Así que el único aerosol químico que un residente de Honolulu puede poseer legalmente para defensa propia personal es el producto específico que define la Sección 41-27.1: un envase de aerosol u otro dispositivo diseñado para caber en un bolso o bolsillo del pantalón, con un seguro de gatillo, tapa abatible u otro mecanismo similar contra la liberación accidental, que emita oleorresina de capsicina (OC) o un derivado, sin cloroacetofenona (CN) ni orto-clorobenzalmalononitrilo (CS), usando un propelente no inflamable. Un aerosol CN o CS, y un producto de OC comercializado como repelente para osos o perros, siguen siendo ilegales de poseer, usar, transportar o vender en Honolulu sin importar quién lo porte o por qué, incluida una lata comprada en otra isla o en el continente y llevada a la ciudad.
Las Ordenanzas Revisadas de Honolulu (ROH) dedican un artículo completo, las Secciones 41-27.1 a 41-27.9, a la «Posesión, Uso y Venta de Gas Pimienta para Defensa Propia», y es este artículo el que rige el producto exento. La Sección 41-27.3 lo restringe en cuatro frentes: el inciso (a) limita el uso a la defensa propia, la defensa de otra persona o la protección de la propiedad; el inciso (b) exige una licencia municipal para vender u ofrecer vender gas pimienta en Honolulu; el inciso (c) prohíbe venderlo, ofrecerlo en venta o suministrarlo a un menor (definido como cualquier persona menor de 18 años); y el inciso (d) prohíbe por completo que un menor lo compre, posea o use. La Sección 41-27.3(e) también prohíbe venderlo donde se consuma alcohol, y el inciso (f) prohíbe alterar el nombre del fabricante en el envase. La Sección 41-27.9 establece la sanción por una infracción del Artículo 27: una multa que no exceda $2,000, prisión que no exceda un año, o ambos, con el riesgo adicional para quien tenga licencia de suspensión o revocación de esta, y cada transacción prohibida se cuenta como una infracción separada.
El marco de armas eléctricas de Hawái: cómo está estructurado
Hawái no trata la pistola paralizante como un artículo de defensa propia sin regular, como lo hace la mayoría de los estados. La Sección 134-81 de HRS define «arma eléctrica» como «cualquier dispositivo portátil diseñado para descargar energía eléctrica, carga, voltaje o corriente en el cuerpo mediante contacto directo o utilizando un proyectil», incluyendo expresamente «los dispositivos comúnmente llamados pistolas paralizantes y Tasers», pero excluyendo un desfibrilador externo automático usado en situaciones médicas de emergencia.

El uso de un arma eléctrica está limitado por la Sección 134-82(a) a la defensa propia, la defensa de otra persona o la protección de la propiedad; usarla para cualquier otro propósito es ilegal. Vender, ofrecer en venta, distribuir o transferir de otro modo un arma eléctrica o cartucho requiere una licencia anual emitida por el condado donde el vendedor hace negocios, conforme a la Sección 134-83. Un solicitante de esa licencia debe demostrar que no tiene condenas por delito grave y, dentro de los tres años anteriores, haber completado un curso de seguridad o capacitación sobre armas eléctricas aprobado por el condado que cubra el manejo seguro, los efectos y riesgos del dispositivo, y las leyes de armas eléctricas de Hawái. Quienes tengan licencia y sus empleados deben repetir esa capacitación al menos una vez cada tres años, y quien tenga la licencia debe exhibirla donde los clientes puedan verla (Sección 134-84(a)-(c)). Vender o transferir un arma eléctrica o cartucho a cualquier persona menor de 21 años es además ilegal conforme a la Sección 134-82(d), e infringir cualquier parte de la Sección 134-82 es un delito menor conforme al inciso (f).
El lado del comprador en una venta tiene sus propias reglas. Antes de completar una venta, quien tenga la licencia o un empleado debe realizar una verificación de antecedentes penales del receptor, una búsqueda por nombre en los registros de condenas penales de adultos de Hawái, y hacer que el receptor revise los resultados y firme una declaración legal de que no está descalificado para poseer un arma eléctrica; si el receptor está descalificado, se niega o no puede firmar, quien tenga la licencia debe terminar la transacción (Sección 134-84(f)). Quien tenga la licencia también debe darle al receptor una orientación de seguridad y desecho y una certificación firmada de ello (Sección 134-84(g)-(h)). Y la Sección 134-82(e) impone un deber directamente al comprador: es ilegal que cualquier persona que no sea titular de una licencia, una agencia policial, o la Guardia Nacional del Ejército o de la Fuerza Aérea, compre, obtenga o reciba de otro modo, a sabiendas o de forma imprudente, un arma eléctrica o cartucho de una persona que no tiene una licencia conforme a la Sección 134-83, un delito menor conforme a la Sección 134-82(f).
Una persona que no tiene licencia no puede simplemente vender o desechar un arma eléctrica; la Sección 134-85 exige transferirla a quien tenga licencia o al jefe de policía del condado correspondiente, quien puede destruirla o usarla con fines educativos y debe mantener registros de su disposición.
A quién se le prohíbe poseer o tener un arma eléctrica
La Sección 134-86 de HRS establece la lista de personas a las que Hawái prohíbe poseer armas eléctricas, y las sanciones difieren marcadamente según la categoría. Poseer, tener consigo o controlar un arma eléctrica mientras se es prófugo de la justicia, o mientras se está bajo acusación formal por, se ha renunciado a la acusación formal por, se ha sido remitido a juicio por, o se ha sido condenado en Hawái o en otro lugar por un delito grave, un delito violento o la venta ilegal de drogas, es un delito grave de Clase C conforme a la Sección 134-86(a), (b) y (j). Varias otras categorías conllevan en cambio una sanción de delito menor: una persona que actualmente o en el pasado ha estado bajo tratamiento o consejería por adicción o dependencia a una droga peligrosa o nociva, un compuesto embriagante o licor embriagante; una persona absuelta de un delito por motivos de enfermedad, trastorno o defecto mental; una persona diagnosticada con un trastorno conductual, emocional o mental significativo; o una persona bajo tratamiento por un síndrome cerebral orgánico, salvo que se documente médicamente que ya no está afectada (inciso (c)); una persona menor de 25 años con una resolución del tribunal de familia por un delito grave, dos o más delitos violentos, o la venta ilegal de drogas (inciso (d)); y cualquier persona menor de 21 años (inciso (e)).
Dos reglas adicionales de nivel de delito menor se aplican sin importar el historial de la persona. La Sección 134-86(f) prohíbe poseer un arma eléctrica propiedad de otra persona, «sin importar si el propietario ha consentido la posesión», una disposición más estricta que una simple regla de posesión legal, ya que no depende de la elegibilidad propia de quien la posee. La Sección 134-86(g) prohíbe que una persona sujeta a una orden de protección o restricción, incluidas ciertas órdenes ex parte, posea, controle o transfiera un arma eléctrica mientras la orden esté vigente, a menos que la orden lo permita específicamente por causa justificada; una persona sujeta a tal orden debe entregar cualquier arma eléctrica al departamento de policía del condado correspondiente para su custodia. Cualquier persona descalificada conforme a la Sección 134-86 debe entregar o desechar un arma eléctrica por el mismo canal que la Sección 134-85 establece para quien no tiene licencia: transferirla a quien tenga licencia o a la policía.
Portar o usar un arma eléctrica durante otro delito
Dos secciones añaden una sanción adicional sobre cualquier delito que la persona ya esté cometiendo. La Sección 134-89(a) declara ilegal portar a sabiendas sobre la persona, tener bajo control inmediato, o usar o amenazar con usar intencionalmente un arma eléctrica mientras se comete un delito menor separado (distinto de un delito menor definido en otra parte del Capítulo 134); infringirla es un delito grave de Clase C conforme al inciso (c). La Sección 134-90 tiene la misma estructura para un delito grave separado, e infringirla es un delito grave de Clase B conforme al inciso (c). Ambas secciones disponen que la condena y sanción adicionales son «además de, y no en lugar de,» la sanción por el delito menor o grave subyacente, y las dos sanciones pueden cumplirse de forma concurrente o consecutiva.

Menores y almacenamiento seguro
La Sección 134-88 convierte en delito menor almacenar o guardar un arma eléctrica en un local que la persona controla si esa persona sabe, o razonablemente debería saber, que es probable que un menor tenga acceso a ella, a menos que el arma eléctrica se mantenga en una caja u otro contenedor con cierre seguro, en un lugar que una persona razonable consideraría seguro, o se porte sobre la persona o lo bastante cerca de modo que el menor no pueda acceder a ella.
Exenciones para las fuerzas del orden y la Guardia Nacional
La Sección 134-87 exime a las agencias del orden público y a los agentes que actúan en el curso de su empleo, y a la Guardia Nacional del Ejército o de la Fuerza Aérea cuando asiste a las autoridades civiles en el auxilio ante desastres, la gestión de emergencias o la aplicación de la ley, de la restricción general de uso de la Sección 134-82 y de la prohibición por condena de delito grave y delito violento de la Sección 134-86(b), siempre que las armas eléctricas sean adquiridas por la agencia y permanezcan bajo su custodia en lugar de la de un agente individual. Las agencias que autoricen el uso de armas eléctricas deben proporcionar capacitación basada en el fabricante antes del despliegue, mantener registros de uso, e informar a la legislatura sobre esos registros antes de cada sesión ordinaria.
Ley federal: qué alcanza y qué no
Ningún estatuto federal regula la compra o posesión civil de gas pimienta o una pistola paralizante. La ley federal importa en tres lugares.
Edificios federales. Conforme a 18 U.S.C. § 930(a), quien posea a sabiendas o haga que esté presente «un arma de fuego u otra arma peligrosa en una instalación federal (que no sea una instalación de un tribunal federal)» enfrenta una multa, prisión de hasta 1 año, o ambos. El inciso (e) establece hasta 2 años para una instalación de un tribunal federal, y el inciso (b) hasta 5 años cuando el arma esté destinada a usarse en un delito. La Sección 930(g)(2) define el término:
El término "arma peligrosa" significa un arma, dispositivo, instrumento, material o sustancia, animada o inanimada, que se usa para causar, o que es fácilmente capaz de causar, la muerte o lesiones corporales graves, salvo que dicho término no incluye una navaja de bolsillo con una hoja de menos de 2½ inches de largo.
La definición no menciona ninguno de los dos dispositivos. Si un aerosol o pistola paralizante en particular es "fácilmente capaz de" causar lesiones corporales graves es una cuestión de hecho que el estatuto no responde. El inciso (d)(3) exime "el porte legal de armas de fuego u otras armas peligrosas en una instalación federal incidental a la caza u otros fines legales," y el inciso (h) exige que se publique un aviso de la prohibición en cada entrada pública. Una "instalación federal" es "un edificio o parte de este, propiedad o arrendado por el Gobierno Federal, donde empleados federales están regularmente presentes con el propósito de desempeñar sus funciones oficiales."
Viajes aéreos. Las normas de inspección de la Administración de Seguridad en el Transporte (TSA), que son política de la agencia y no un estatuto, prohíben ambos dispositivos en el equipaje de mano. Se permite un envase de 4 fl. oz. (118 ml) de gas mace o gas pimienta en el equipaje facturado si tiene un mecanismo de seguridad que evite una descarga accidental, y los aerosoles que contengan más del 2 por ciento en masa de gas lacrimógeno (CS o CN) están prohibidos en el equipaje facturado. Los Tasers, pistolas paralizantes y otras armas de electrochoque pueden viajar en el equipaje facturado solo si se transportan de modo que el dispositivo no pueda descargarse accidentalmente. Las aerolíneas pueden establecer normas más estrictas.
Parques nacionales. Las regulaciones del Servicio de Parques Nacionales prohíben poseer, portar o usar un "arma" en un área del parque, salvo según lo dispongan las propias regulaciones (36 CFR 2.4(b)(1)). El 36 CFR 1.4 define "arma" para incluir un "dispositivo de gas irritante" y cualquier "arma cuya posesión esté prohibida conforme a las leyes del Estado en el que se ubica el área del parque o una parte de esta."
Aviso legal: Este artículo ofrece información legal general sobre las leyes de gas pimienta y pistola paralizante de Hawái vigentes a septiembre de 2026. No constituye asesoría legal. Consulte a un abogado con licencia en Hawái para obtener asesoría sobre una situación específica.
Para una comparación estado por estado, vea leyes de gas pimienta y pistola paralizante por estado. Los estatutos de legítima defensa de Hawái se cubren por separado en la página de leyes de legítima defensa de Hawái.
Los estatutos citados reflejan su versión vigente al 2026-09-18. Última actualización: 2026-09-18.
Preguntas frecuentes
¿Es legal el gas pimienta en Hawái?
Ningún estatuto estatal de Hawái lo restringe específicamente, y la disposición general de armas peligrosas de Hawái, la Sección 134-51 de HRS, tampoco lo menciona en ningún sentido. Pero en Honolulu, que cubre aproximadamente siete de cada diez residentes de Hawái, la ordenanza municipal prohíbe la mayoría de los aerosoles químicos de forma total: la Sección 41-12.3 de la ROH declara ilegal poseer un aerosol CN o CS, o un dispositivo de OC usado para repeler animales. El único aerosol que Honolulu exime y permite es el producto estrecho que define la Sección 41-27.1 de la ROH, un aerosol solo de OC con un mecanismo contra la liberación accidental; las Secciones 41-27.1 a 41-27.9 de la ROH limitan entonces el uso de ese producto por un adulto a la defensa propia, la defensa de otra persona o la protección de la propiedad, exigen una licencia municipal para venderlo, y prohíben que un menor lo compre, posea o use. Otros condados pueden tener sus propias reglas.
¿Es legal portar gas lacrimógeno o aerosol para osos en Honolulu?
No. La Sección 41-12.3(b) de la ROH prohíbe poseer, descargar, usar, transportar o vender cualquier dispositivo que emita gas lacrimógeno CN o CS, y la Sección 41-12.3(c) prohíbe un dispositivo de OC usado para repeler animales, como el aerosol para osos o para perros. La Sección 41-12.4(d) exime únicamente el producto de gas pimienta estrictamente definido en la Sección 41-27.1 de la ROH, un aerosol solo de OC sin CN ni CS; un aerosol CS o CN, o un repelente de animales, traído a la ciudad desde otro lugar sigue siendo ilegal de poseer.
¿Puede un menor poseer gas pimienta en Honolulu?
No. La Sección 41-27.3(d) de la ROH declara ilegal que un menor, definido como cualquier persona menor de 18 años, compre, posea o use gas pimienta en la ciudad, y la Sección 41-27.3(c) además prohíbe venderlo, ofrecerlo en venta o suministrarlo a un menor.
¿Son legales las pistolas paralizantes en Hawái?
Sí, para adultos de 21 años o más que no estén descalificados por otra razón. La Sección 134-86(e) de HRS fija 21 años como la edad mínima, y la Sección 134-86 prohíbe a varias categorías de personas, incluidos los prófugos, los delincuentes convictos por un delito grave, y quienes hayan sido condenados por un delito violento o por la venta ilegal de drogas, poseer o tener una.
¿Se necesita una licencia para comprar o vender una pistola paralizante en Hawái?
Vender una sí lo requiere: la Sección 134-83 de HRS exige que cualquiera que venda, distribuya o transfiera armas eléctricas tenga una licencia anual emitida por el condado, condicionada a no tener condenas por delito grave y haber completado la capacitación de seguridad, y quien tenga la licencia debe realizar una verificación de antecedentes y una orientación de seguridad a cada comprador conforme a la Sección 134-84(f)-(h). Comprar un arma eléctrica a alguien que no tiene licencia también es ilegal para el comprador conforme a la Sección 134-82(e), un delito menor.
¿Se puede poseer la pistola paralizante de otra persona en Hawái?
No. La Sección 134-86(f) de HRS convierte en delito menor poseer un arma eléctrica propiedad de otra persona, sin importar si ese propietario dio su consentimiento, una regla más estricta que la lista ordinaria de personas prohibidas.
¿Qué sucede si se usa una pistola paralizante mientras se comete otro delito en Hawái?
Se suma una condena separada y adicional. La Sección 134-89 de HRS convierte en delito grave de Clase C portar, tener bajo control inmediato, o usar o amenazar con usar un arma eléctrica mientras se comete un delito menor separado, y la Sección 134-90 convierte en delito grave de Clase B hacer lo mismo durante un delito grave separado, además de cualquier condena que conlleve el delito menor o grave subyacente.
Fuentes y referencias
- HRS 134-51 - Armas mortales o peligrosas; prohibiciones; sanción (disposición general sobre portación oculta; lista de exclusiones enmendada en 2024)(capitol.hawaii.gov).gov
- ROH 41-27.1 a 41-27.9 - Ordenanza de Honolulu, Posesión, Uso y Venta de Gas Pimienta para Defensa Propia(codelibrary.amlegal.com).gov
- ROH 41-12.3 - Sustancias nocivas; prohibiciones (dispositivos CN/CS; repelentes de animales OC; disposición general basada en la intención)(codelibrary.amlegal.com).gov
- ROH 41-12.4 - Sustancias nocivas; excepciones, incl. (d) la exención de gas pimienta(codelibrary.amlegal.com).gov
- ROH 41-12.9 - Sustancias nocivas; infracción y sanción(codelibrary.amlegal.com).gov
- HRS 134-81 - Definiciones («arma eléctrica» incl. pistolas paralizantes y Tasers; «cartucho»; «titular de licencia»)(capitol.hawaii.gov).gov
- HRS 134-82 - Uso de armas eléctricas; requisito de licencia de venta/transferencia; prohibición de venta a menores de 21; delito menor del lado del comprador; sanción(capitol.hawaii.gov).gov
- HRS 134-83 - Licencia del condado para vender, distribuir o transferir armas eléctricas o cartuchos (sin delitos graves, capacitación de seguridad)(capitol.hawaii.gov).gov
- HRS 134-84 - Exhibición de la licencia, capacitación recurrente, verificación de antecedentes del comprador y requisitos de orientación(capitol.hawaii.gov).gov
- HRS 134-85 - Disposición de un arma eléctrica por quien no tiene licencia (transferencia a titular de licencia o a la policía)(capitol.hawaii.gov).gov
- HRS 134-86 - Propiedad o posesión prohibida (personas prohibidas, sanciones por inciso, edad mínima de 21+, prohibición de arma de otra persona, regla de orden de restricción)(capitol.hawaii.gov).gov
- HRS 134-87 - Exenciones para agencias del orden público y la Guardia Nacional del Ejército/Fuerza Aérea(capitol.hawaii.gov).gov
- HRS 134-88 - Deber de almacenamiento seguro cuando es probable que un menor tenga acceso(capitol.hawaii.gov).gov
- HRS 134-89 y 134-90 - Portación o uso de un arma eléctrica durante un delito menor separado (delito grave de Clase C) o delito grave (delito grave de Clase B)(capitol.hawaii.gov).gov
- 18 U.S.C. § 930 - Posesión de armas de fuego y armas peligrosas en instalaciones federales(law.cornell.edu)
- Administración de Seguridad en el Transporte (TSA) - ¿Qué Puedo Llevar? Gas Pimienta(tsa.gov).gov
- Administración de Seguridad en el Transporte (TSA) - ¿Qué Puedo Llevar? Pistolas Paralizantes/Dispositivos de Electrochoque(tsa.gov).gov
- 36 CFR 1.4 - Definiciones del Servicio de Parques Nacionales (arma)(ecfr.gov).gov
- 36 CFR 2.4 - Armas, trampas y redes(ecfr.gov).gov