California
Leyes de Montaje en el Parabrisas en California (Guia 2026)

La ley de California permite los dispositivos de GPS y las camaras de tablero montados en el parabrisas, pero solo dentro de zonas especificas con restriccion de tamano definidas por el Codigo Vehicular de California 26708. Los conductores pueden montar un GPS o una camara de tablero en un cuadrado de 7 pulgadas en la esquina inferior del lado del pasajero o un cuadrado de 5 pulgadas en la esquina inferior del lado del conductor.
California tiene uno de los marcos normativos mas detallados del pais sobre obstruccion del parabrisas. La Seccion 26708 del Codigo Vehicular (CVC 26708) establece la regla base de que los conductores no pueden colocar objetos o materiales en los parabrisas o ventanas que bloqueen su vision. Pero la ley tambien establece 14 excepciones especificas que cubren desde dispositivos de GPS y camaras de tablero hasta transpondedores de peaje y proteccion solar medica.
Comprender estas reglas es importante ya sea que este montando un soporte para telefono, instalando una camara de tablero o aplicando polarizado a las ventanas. Hacerlo mal puede significar una multa de transito, y el sistema de recargos de California convierte una pequena multa base en una cuenta que puede superar los $200.
Esta guia desglosa cada excepcion conforme a CVC 26708, explica los cambios de 2026 del SB 506 para vehiculos comerciales y cubre multas, defensas y consejos practicos para mantenerse dentro de la ley.
La Regla General: CVC 26708(a)
La Seccion 26708(a) del Codigo Vehicular de California contiene dos prohibiciones que funcionan en conjunto para mantener despejados los parabrisas y las ventanas.
CVC 26708(a)(1) establece que una persona no puede conducir un vehiculo motorizado con ningun objeto o material colocado, exhibido, instalado, fijado o aplicado en el parabrisas o en las ventanas laterales o traseras.
CVC 26708(a)(2) agrega que una persona no puede conducir un vehiculo motorizado con ningun objeto o material colocado, exhibido, instalado, fijado o aplicado dentro o sobre el vehiculo que obstruya o reduzca la vision clara del conductor a traves del parabrisas o las ventanas laterales.
CVC 26708(a)(3) aclara que esto incluye la obstruccion por nieve o hielo en el parabrisas, las ventanas laterales o las ventanas traseras.
Estas tres subsecciones significan que la ley de California prohibe tanto los elementos fisicamente fijados al vidrio como los elementos colocados en cualquier parte del vehiculo (como en el tablero) que bloqueen la linea de vision del conductor.
Las 14 Excepciones Conforme a CVC 26708(b)
La ley seria inaplicable sin excepciones. La subdivision (b) enumera 14 categorias de elementos o condiciones que estan exentas de la prohibicion general. Aqui esta cada una de ellas.

Excepcion 1: Espejos Retrovisores
Los espejos retrovisores interiores estandar fijados al parabrisas estan exentos. Esta es la excepcion mas basica y se aplica a todo vehiculo con un espejo montado de fabrica.
Excepcion 2: Viseras Solares No Transparentes Ajustables
Se permiten las viseras solares no transparentes ajustables que estan montadas delante de las ventanas laterales y no estan fijadas al vidrio. Esto cubre las viseras abatibles estandar que vienen con cada vehiculo. Los requisitos clave son que deben ser ajustables y no estar fijadas directamente al vidrio.
Excepcion 3: Letreros, Calcomanias y Otros Materiales (Zonas Designadas)
Esta excepcion crea tres zonas especificas donde se pueden exhibir letreros, calcomanias u otros materiales:
- Un cuadrado de 7 pulgadas en la esquina inferior del parabrisas mas alejada del conductor (lado del pasajero)
- Un cuadrado de 7 pulgadas en la esquina inferior de la ventana trasera mas alejada del conductor
- Un cuadrado de 5 pulgadas en la esquina inferior del parabrisas mas cercana al conductor (lado del conductor)
Estas zonas son donde se pueden colocar elementos como calcomanias de registro, permisos de estacionamiento y calcomanias de inspeccion. Los limites de area se aplican de manera estricta. Cualquier cosa mas grande que los cuadrados especificados puede resultar en una citacion.
Excepcion 4: Ventanas Laterales Traseras
Las ventanas laterales que estan detras del conductor estan exentas. Esto significa que puede polarizar o cubrir legalmente las ventanas traseras de los pasajeros y el parabrisas trasero (sujeto a otras reglas de polarizado conforme a CVC 26708.5), siempre que el vehiculo cumpla con el requisito de espejo de la Excepcion 8.
Excepcion 5: Letreros de Transporte Publico y Autobuses Escolares
Se permiten los letreros de direccion, destino o terminal en los vehiculos de transporte publico de pasajeros o autobuses escolares, siempre que dichos letreros no interfieran con la vision clara del conductor del trafico que se aproxima.
Excepcion 6: Motor del Limpiaparabrisas Trasero
El motor del limpiaparabrisas trasero y su equipo asociado estan exentos. Dado que estos dispositivos se fijan al vidrio trasero, de otro modo infringirian la subseccion (a)(1).
Excepcion 7: Manija o Bisagras de la Tapa del Baul
La manija o las bisagras de la tapa del baul que puedan ser visibles a traves de la ventana trasera estan exentas. Esto cubre disenos comunes de vehiculos en los que el mecanismo del baul aparece dentro del area de la ventana trasera.
Excepcion 8: Cobertura de la Ventana Trasera con Espejos Laterales Dobles
La ventana o ventanas traseras pueden cubrirse u obstruirse si el vehiculo motorizado esta equipado con espejos exteriores tanto en el lado izquierdo como en el lado derecho del vehiculo. Cada espejo debe estar posicionado para reflejar una vista de la carretera a una distancia de al menos 200 pies detras del vehiculo.
Esta es la excepcion que permite que las camionetas SUV, las minivans y los camiones tengan ventanas traseras totalmente polarizadas u obstruidas, siempre que ambos espejos laterales proporcionen una visibilidad trasera adecuada.
Excepcion 9: Lente de Angulo Amplio para Vehiculos Anchos
Se permite un lente transparente y claro fijado a la ventana lateral opuesta al conductor en vehiculos de mas de 80 pulgadas de ancho. El lente debe ocupar un area que no exceda las 50 pulgadas cuadradas en la esquina mas baja hacia la parte trasera de esa ventana y debe proporcionar al conductor una vista de angulo amplio a traves del lente.
Esta excepcion beneficia principalmente a los vehiculos comerciales y camiones grandes que necesitan ayudas de visibilidad suplementarias.
Excepcion 10: Dispositivos Medicos de Proteccion Solar
Los dispositivos de proteccion solar que cumplen con los requisitos de la Seccion 26708.2 pueden instalarse en las ventanas laterales a cualquier lado del asiento delantero del vehiculo bajo condiciones medicas especificas.
Para calificar, el conductor o un pasajero del asiento delantero debe tener en su poder:
- Una carta firmada por un medico y cirujano con licencia que certifique que la persona debe protegerse del sol debido a una condicion medica, O
- Una carta firmada por un optometrista con licencia que certifique que la persona debe protegerse del sol debido a una condicion visual
Restricciones importantes:
- Los dispositivos deben cumplir con los estandares de la Seccion 26708.2 (color verde, gris o humo neutro; transmision luminosa minima del 35%; sujetos mediante marcos o cierres temporales que permitan su facil remocion)
- No deben usarse durante la oscuridad
- La documentacion medica debe estar en el vehiculo en todo momento
Excepcion 11: Dispositivos Electronicos de Peaje y Comunicacion con la CHP
Un dispositivo de comunicacion electronica puede fijarse en la parte superior central del interior del parabrisas dentro de un area no mayor a 5 pulgadas cuadradas si el dispositivo proporciona alguna de las siguientes capacidades:
- (A) La capacidad para que las instalaciones de aplicacion de la ley del Departamento de la Patrulla de Caminos de California se comuniquen con un vehiculo equipado con el dispositivo, O
- (B) La capacidad para el peaje electronico y la gestion del trafico en carreteras o instalaciones publicas o privadas
Esta es la excepcion que cubre los transpondedores FasTrak y dispositivos similares de cobro electronico de peaje. La ubicacion de montaje esta restringida al area central superior del parabrisas, y el dispositivo debe caber dentro de un cuadrado de 5 pulgadas.
Excepcion 12: Dispositivos Portatiles de Navegacion GPS
Un Sistema de Posicionamiento Global (GPS) portatil puede montarse en una de dos ubicaciones:
- Un cuadrado de 7 pulgadas en la esquina inferior del parabrisas mas alejada del conductor (lado del pasajero), O
- Un cuadrado de 5 pulgadas en la esquina inferior del parabrisas mas cercana al conductor (lado del conductor), fuera de la zona de despliegue de la bolsa de aire
El GPS debe usarse unicamente para navegacion de puerta a puerta mientras se opera el vehiculo motorizado.
Limitaciones clave:
- El dispositivo debe ser portatil (no instalado de forma permanente)
- Debe usarse exclusivamente para fines de navegacion
- Debe caber dentro de las zonas cuadradas designadas
- Del lado del conductor, debe colocarse fuera de la zona de despliegue de la bolsa de aire
- Esta excepcion no se aplica a los telefonos usados para navegacion, a menos que esten montados dentro de estas zonas
Excepcion 13: Grabadoras de Eventos de Video (Camaras de Tablero)
Esta es una de las excepciones mas detalladas de la ley. Una grabadora de eventos de video con la capacidad de monitorear el desempeno del conductor para mejorar la seguridad al conducir puede montarse en una de tres ubicaciones:
- Un cuadrado de 7 pulgadas en la esquina inferior del parabrisas mas alejada del conductor (lado del pasajero)
- Un cuadrado de 5 pulgadas en la esquina inferior del parabrisas mas cercana al conductor, fuera de la zona de despliegue de la bolsa de aire
- Un cuadrado de 5 pulgadas montado en la parte superior central del interior del parabrisas
Definicion de Grabadora de Eventos de Video
La ley define una "grabadora de eventos de video" como una grabadora de video que graba continuamente en un ciclo digital, registrando audio, video y niveles de fuerza G, pero que guarda el video solo cuando es activada por un movimiento inusual o un accidente, o cuando es operada por el conductor para monitorear su desempeno.
Requisito de Aviso Obligatorio
Un vehiculo equipado con una grabadora de eventos de video debe tener un aviso colocado en un lugar visible que indique que la conversacion de un pasajero puede ser grabada. Esto no es opcional. No colocar este aviso puede generar problemas legales aparte de las reglas de montaje en el parabrisas, particularmente dadas las leyes de California sobre grabacion con consentimiento de ambas partes.
Limites de Almacenamiento de Grabaciones
Las grabadoras de eventos de video no deben almacenar mas de 30 segundos antes y despues de un evento desencadenante. Los datos grabados son propiedad del propietario registrado o del arrendatario del vehiculo. El propietario registrado o el arrendatario puede desactivar el dispositivo.
Obligaciones del Empleador para Conductores Comerciales
Cuando una persona conduce por contrato como empleado en un vehiculo equipado con una grabadora de eventos de video, el empleador debe proporcionar copias sin editar de las grabaciones a solicitud del empleado o su representante. Estas copias deben proporcionarse sin costo y dentro de los cinco dias posteriores a la solicitud.
Excepcion 14: Tecnologia de Seguridad Vehicular en Vehiculos Comerciales (SB 506)
Vigente desde el 1 de enero de 2026, el Proyecto de Ley del Senado 506 reemplazo la anterior excepcion para grabadoras de eventos de video en vehiculos comerciales con una disposicion mas amplia para la tecnologia de seguridad vehicular.
Conforme a la ley actualizada, la tecnologia de seguridad vehicular tal como se define en la Seccion 393.5 del Titulo 49 del Codigo de Regulaciones Federales puede instalarse en cualquier vehiculo enumerado en la Seccion 34500 y sujeto a la Seccion 34500.7 que, por lo demas, cumpla con la Seccion 393.60 del Titulo 49 del Codigo de Regulaciones Federales.
Que Vehiculos Califican
Los vehiculos cubiertos conforme a CVC 34500 incluyen:
- Camiones motorizados de tres o mas ejes con un peso bruto vehicular de mas de 10,000 libras
- Tractocamiones
- Autobuses (incluidos los autobuses escolares y los vehiculos de transporte publico)
- Vehiculos de labor agricola
- Ciertos otros vehiculos motorizados comerciales
Que Dispositivos Estan Permitidos
Conforme a la definicion federal en 49 CFR 393.5, la tecnologia de seguridad vehicular incluye:
- Sistemas de gestion de incidentes de flotas
- Sistemas de gestion del desempeno y comportamiento del conductor
- Sistemas de advertencia o mitigacion de colision frontal
- Sistemas de advertencia de salida de carril
- Sistemas de control de crucero activo
- Transpondedores
- Sistemas de camara del conductor
- Sistemas de advertencia y asistencia de frenado
- Advertencias de asistencia de atencion
- Sistemas de Posicionamiento Global
- Sistemas de reconocimiento de senales de transito
- Sistemas que contienen camaras, lidar, radar, sensores o video
Reglas Federales de Montaje (49 CFR 393.60)
Conforme a la regla final de la FMCSA vigente desde mayo de 2022, los dispositivos de tecnologia de seguridad vehicular aprobados pueden montarse hasta 8.5 pulgadas por debajo del borde superior del area barrida por los limpiaparabrisas. Esto representa una ampliacion significativa respecto al limite anterior. Todos los dispositivos deben permanecer fuera de las lineas de vision del conductor hacia la carretera y las senales y semaforos.
Reglas de Pelicula y Polarizado del Parabrisas
Mas alla de las 14 excepciones para objetos montados, CVC 26708 tambien aborda los materiales transparentes que se pueden aplicar a los parabrisas y las ventanas.
Subdivision (c): Polarizado del Parabrisas
El material transparente puede instalarse, fijarse o aplicarse en el parabrisas si se cumplen todas estas condiciones:
- El material se instala a lo largo de la parte superior del parabrisas y el borde inferior esta a al menos 29 pulgadas por encima del asiento delantero sin comprimir
- No es de color rojo ni ambar
- No contiene letras opacas que afecten la vision del conductor
- No refleja mas luz solar que un parabrisas estandar
Subdivision (d): Pelicula de las Ventanas Laterales Delanteras
Se puede instalar material claro, incoloro y transparente en las ventanas laterales delanteras (puertas del conductor y del pasajero) si:
- Tiene una transmision minima de luz visible del 88% combinada con el vidrio
- Cumple con el Estandar Federal de Seguridad de Vehiculos Motorizados No. 205 (49 CFR 571.205)
- Esta disenado para bloquear los rayos ultravioleta A
- La empresa instaladora o el fabricante proporciona un certificado firmado que confirme el cumplimiento
- Si el material se rasga, forma burbujas o se desgasta al punto de impedir una vision clara, debe ser removido o reemplazado
Subdivision (e): Proteccion Medica contra Rayos UV
Se puede instalar pelicula clara, incolora y transparente en cualquier ventana (incluidos el parabrisas y las ventanas laterales delanteras) si:
- El conductor tiene un certificado firmado por un dermatologo con licencia que certifique que la persona no debe exponerse a los rayos ultravioleta debido a una condicion medica
- El material cumple con los mismos requisitos de transmision del 88% y el Estandar Federal de Seguridad de Vehiculos Motorizados No. 205 que la subdivision (d)
Multas por Infringir CVC 26708
Una infraccion de CVC 26708 se clasifica como una falta menor de transito conforme a la ley de California.
Estructura de la Multa
| Componente | Monto |
|---|---|
| Multa base | $35 |
| Recargos estatales y del condado | $162 a $215+ |
| Multa total | $197 a $250+ |
La multa base de $35 se multiplica por el sistema de recargos de California, que agrega cargos adicionales para el fondo de construccion de tribunales estatales, el fondo de identificacion de ADN, el fondo de instalaciones de los tribunales estatales y otros programas. El monto total exacto varia segun el condado.
Sin Puntos del DMV
Una condena por CVC 26708 no agrega puntos a su historial de conduccion del DMV de California. Esto significa que no desencadenara una audiencia de operador negligente ni afectara su privilegio de conducir.
Infraccion Corregible (Multa Fix-It)
En muchos casos, los oficiales emiten una citacion de CVC 26708 como una infraccion corregible. Esto significa que usted puede:
- Retirar el material u objeto infractor
- Hacer que la correccion sea verificada por un oficial de la ley o una estacion autorizada
- Pagar una tarifa de desestimacion reducida (por lo general $25) en lugar de la multa completa
No todas las citaciones de CVC 26708 se emiten como corregibles. Que reciba una multa fix-it depende de la discrecion del oficial y de la naturaleza de la infraccion.
Impactos en el Seguro
Aunque CVC 26708 no agrega puntos del DMV, una condena aun puede aparecer en su historial de conduccion. Algunas companias de seguros pueden tener en cuenta las infracciones de equipamiento en el calculo de las primas con el tiempo.
Consejos Practicos para el Montaje Legal en el Parabrisas
Seguir estas pautas le ayudara a mantenerse dentro de la ley:
- Mida sus zonas de montaje. Use una cinta metrica para confirmar que su GPS, camara de tablero (dashcam) u otro dispositivo cabe dentro de las areas designadas de 7 o 5 pulgadas cuadradas.
- Verifique la ubicacion de las bolsas de aire. Los dispositivos montados en la esquina inferior del lado del conductor deben estar fuera de la zona de despliegue de la bolsa de aire. Consulte el manual del propietario de su vehiculo.
- Coloque avisos de camara de tablero. Si usa cualquier tipo de grabadora de eventos de video, coloque un aviso claramente visible dentro del vehiculo que indique que las conversaciones pueden ser grabadas.
- Mantenga los documentos medicos en el vehiculo. Si depende de una exencion medica para la proteccion solar, siempre lleve la carta firmada por el medico o el optometrista.
- Retire los dispositivos cuando no esten en uso. Las unidades de GPS y las camaras de tablero montadas con ventosa son mas faciles de defender legalmente si son portatiles y removibles.
- No apile dispositivos. Montar un GPS y una camara de tablero en la misma zona del parabrisas puede hacer que exceda el area permitida.
Mas Leyes de California
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- Leyes de California sobre Accidentes con Fuga detalla las multas y los requisitos de reporte despues de un accidente.
Preguntas frecuentes
Puedo poner un GPS en el parabrisas en California?
Si, pero solo en zonas designadas. El Codigo Vehicular de California 26708(b)(12) permite un GPS portatil en un cuadrado de 7 pulgadas en la esquina inferior del lado del pasajero o un cuadrado de 5 pulgadas en la esquina inferior del lado del conductor (fuera de la zona de despliegue de la bolsa de aire). El GPS debe usarse unicamente para navegacion de puerta a puerta.
Son legales las camaras de tablero en California?
Si. California permite las grabadoras de eventos de video (camaras de tablero) en tres zonas del parabrisas: un cuadrado de 7 pulgadas en la esquina inferior del lado del pasajero, un cuadrado de 5 pulgadas en la esquina inferior del lado del conductor, o un cuadrado de 5 pulgadas en la parte superior central del parabrisas. Debe colocar un aviso visible de que las conversaciones de los pasajeros pueden ser grabadas.
Cuanto cuesta una multa de CVC 26708 en California?
La multa base es de $35, pero el sistema de recargos de California eleva el total a aproximadamente $197 a $250, segun el condado. No se aplican puntos del DMV. La multa puede emitirse como una infraccion corregible (fix-it), lo que reduce el costo a alrededor de $25 si retira la obstruccion y la hace verificar.
Puedo colgar algo de mi espejo retrovisor en California?
Los objetos colgados del espejo retrovisor no estan especificamente exentos conforme a CVC 26708(b). Si un oficial determina que un objeto colgante obstruye o reduce su vision clara a traves del parabrisas, puede ser citado conforme a CVC 26708(a)(2). Los elementos pequenos y livianos pueden tolerarse en la practica, pero existe riesgo legal.
Que cambio con el SB 506 para vehiculos comerciales en 2026?
El Proyecto de Ley del Senado 506, vigente desde el 1 de enero de 2026, reemplazo la estrecha excepcion de camara de tablero para vehiculos comerciales con una exencion mas amplia para la tecnologia de seguridad vehicular. Los vehiculos comerciales que califican, con mas de 10,000 libras de GVWR, ahora pueden montar dispositivos como advertencias de salida de carril, camaras del conductor, sistemas de prevencion de colisiones y unidades de GPS en el parabrisas conforme a las regulaciones federales (49 CFR 393.60), las cuales permiten el montaje hasta 8.5 pulgadas por debajo del borde superior del area barrida por los limpiaparabrisas.
Fuentes y referencias
- Codigo Vehicular de California, Seccion 26708(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- SB 506, Proyecto de Ley Omnibus de Transporte (2025-2026)(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- Regla Final de la FMCSA: Montaje en el Parabrisas de Tecnologia de Seguridad Vehicular (49 CFR 393.60)(federalregister.gov).gov
- Codigo Vehicular de California, Seccion 26708.2 (Estandares de Proteccion Solar)(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- Codigo Vehicular de California, Seccion 26708.5 (Polarizado de Ventanas)(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- Codigo Vehicular de California, Seccion 34500 (Definiciones de Vehiculos Comerciales)(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- 49 CFR 393.5, Definicion de Tecnologia de Seguridad Vehicular(ecfr.gov).gov
- Tablas Uniformes de Fianzas y Multas de California 2025(courts.ca.gov).gov