South Dakota
Leyes de Retención de Registros Médicos de Dakota del Sur (Guía 2026)

Los centros de salud con licencia en Dakota del Sur deben conservar los registros médicos durante un mínimo de 10 años a partir de la fecha del servicio, conforme a ARSD 44:75:09:06. Los registros de pacientes menores de edad deben conservarse hasta que el paciente cumpla 20 años o durante 10 años desde la fecha de la visita, el periodo que sea más largo.
La ley de Dakota del Sur exige que los centros de salud con licencia conserven los registros médicos durante un mínimo de 10 años a partir de la fecha del servicio. Este requisito esta establecido en las Reglas Administrativas de Dakota del Sur (ARSD) y aplica a hospitales, hospitales de acceso crítico, centros de enfermería y otras instituciones con licencia.
Ya sea que usted sea un proveedor de salud que gestiona el cumplimiento, un paciente que busca acceder a sus registros o un administrador de consulta que planifica el almacenamiento de expedientes, entender el marco de retención de Dakota del Sur es esencial. Esta guía cubre las reglas específicas del estado, las capas federales de HIPAA y CMS, los derechos de acceso del paciente y los procedimientos adecuados de destrucción.
Requisitos de Retención de Registros Médicos de Dakota del Sur
Dakota del Sur no cuenta con una sola ley general que detalle un periodo de retención universal para todos los proveedores de salud. En cambio, el estado se apoya en reglas administrativas vinculadas a la licencia de los centros. La autoridad principal proviene de SDCL 34-12-13, que faculta al South Dakota Department of Health para promulgar las reglas necesarias para proteger la salud y la seguridad de los pacientes en los centros de salud con licencia.

Requisitos para Hospitales y Centros con Licencia
Conforme a ARSD 44:75:09:06, los hospitales, los hospitales especializados y los hospitales de acceso crítico deben conservar los registros médicos durante un mínimo de 10 años a partir de la fecha real de la visita del servicio o de la atención al paciente. Esta regla entró en vigor el 27 de noviembre de 2023.
Los detalles clave de la regla hospitalaria incluyen:
- El periodo de 10 años corre desde cada fecha individual de la visita del servicio
- Las visitas posteriores al mismo centro no reinician ni extienden el reloj de retención de los registros anteriores
- La regla aplica tanto a los registros de pacientes hospitalizados como ambulatorios
- Los requisitos de almacenamiento se abordan adicionalmente en ARSD 44:75:09:07
Requisitos para Centros de Enfermería
Los centros de enfermería en Dakota del Sur siguen una regla de retención paralela conforme a ARSD 44:73:09:06. Esta regla también exige un mínimo de 10 años a partir de la fecha en que se estableció la atención al residente. La regla para centros de enfermería entró en vigor el 11 de noviembre de 2024.
Los registros de evaluación inicial, anual y de cambio significativo del residente exigidos por ARSD 44:73:06:10 también deben conservarse durante todo el periodo de 10 años a partir de la fecha en que se estableció la atención al residente.
Centros de Vida Asistida
Los centros de vida asistida en Dakota del Sur operan bajo una ventana de retención más corta. Conforme a ARSD 44:70:08:05, estos centros deben conservar los registros de atención durante un mínimo de cinco años a partir de la fecha real de la visita de atención. Después de este periodo, los registros pueden destruirse, pero el centro primero debe preparar y mantener un índice o resumen del residente que contenga el nombre del paciente, la fecha de nacimiento, un resumen de las fechas de visita, el nombre del médico tratante o de ingreso (o del asistente médico o enfermero especializado) y el diagnóstico.
Requisitos para Consultas Médicas Privadas
El panorama de retención de Dakota del Sur para las consultas médicas privadas esta notablemente menos definido que para los centros con licencia. El estado no impone un periodo de retención legal específico a los médicos individuales o a las consultas pequeñas que operan fuera del marco de los centros con licencia.
La orientación general del South Dakota Board of Medical and Osteopathic Examiners es que los médicos deben conservar los registros de los pacientes que estén activos o cuyo paradero conozca el médico. Este estándar es deliberadamente amplio y puede dar lugar a que en algunos casos los registros se conserven de forma indefinida.
Dada esta ambigüedad, la mayoría de los abogados de salud y las organizaciones profesionales en Dakota del Sur recomiendan que los médicos privados sigan el mínimo de 10 años establecido para los centros con licencia como referencia práctica. Este enfoque brinda coherencia con el marco regulatorio del estado y ofrece mayor protección legal en caso de una demanda por negligencia médica.
Reglas de Retención para Pacientes Menores de Edad
Dakota del Sur ofrece protecciones explícitas para los registros médicos de los menores de edad. Conforme tanto a ARSD 44:75:09:06 (hospitales) como a ARSD 44:73:09:06 (centros de enfermería), los registros de pacientes menores de edad deben conservarse hasta que el menor alcance la mayoría de edad más dos años adicionales, pero no menos de 10 años a partir de la fecha real de la visita del servicio.
En Dakota del Sur, la mayoría de edad es de 18 años. Esto significa que el periodo mínimo de retención de los registros de un menor se extiende hasta que el paciente cumple 20 años.
Como Funciona la Regla del Menor en la Práctica
| Edad del paciente en la visita | Retención mínima (regla de 10 años) | Retención mínima (mayoría de edad + 2) | Periodo de retención exigido |
|---|---|---|---|
| Recién nacido (edad 0) | 10 años después de la visita | Hasta los 20 años | Hasta los 20 años (más largo) |
| 5 años | 10 años después de la visita | Hasta los 20 años | Hasta los 20 años (más largo) |
| 10 años | 10 años después de la visita (edad 20) | Hasta los 20 años | Hasta los 20 años (igual) |
| 14 años | 10 años después de la visita (edad 24) | Hasta los 20 años | Hasta los 24 años (la regla de 10 años es más larga) |
| 17 años | 10 años después de la visita (edad 27) | Hasta los 20 años | Hasta los 27 años (la regla de 10 años es más larga) |
El efecto práctico es que, para los niños tratados antes de los 10 años, la regla de la mayoría de edad más dos extiende el periodo de retención más allá de los 10 años estándar. Para los niños tratados a los 10 años o más, la regla de 10 años ofrece la ventana de retención más larga.
Requisitos Federales que Afectan a los Proveedores de Dakota del Sur
Las reglas estatales de Dakota del Sur no operan de forma aislada. Las regulaciones federales de HIPAA y CMS crean obligaciones adicionales que los proveedores de salud deben cumplir junto con la ley estatal.
Requisitos de HIPAA
La Regla de Privacidad de HIPAA no establece un periodo de retención específico para los registros médicos. Según el U.S. Department of Health and Human Services, las leyes estatales rigen cuanto tiempo deben conservarse los registros médicos.
Sin embargo, HIPAA si exige que las entidades cubiertas conserven cierta documentación administrativa durante seis años. Conforme a 45 CFR 164.530(j), las entidades cubiertas deben conservar lo siguiente durante seis años a partir de la fecha de creación o de la fecha en que el documento estuvo vigente por última vez, lo que ocurra más tarde:
- Políticas y procedimientos de privacidad
- Avisos de prácticas de privacidad
- Disposición de quejas
- Otras acciones, actividades y designaciones que la Regla de Privacidad exige documentar
Este requisito de seis años aplica a la documentación de cumplimiento de HIPAA, no a los registros médicos de los pacientes en si.
Requisitos de CMS y Medicare
Los proveedores de salud que participan en Medicare deben cumplir con las Condiciones de Participación (CoPs) establecidas por los Centers for Medicare and Medicaid Services.
Conforme a 42 CFR 482.24, los hospitales deben conservar los registros médicos en su forma original o legalmente reproducida durante un mínimo de cinco años. Los requisitos clave de CMS incluyen:
- Deben mantenerse registros médicos de cada paciente hospitalizado y ambulatorio
- Los registros deben estar escritos con precisión, completados oportunamente, archivados y conservados adecuadamente, y ser accesibles
- El hospital debe contar con procedimientos que garanticen la confidencialidad de los registros de los pacientes
- Los registros médicos originales solo pueden divulgarse de conformidad con las leyes federales o estatales, órdenes judiciales o citaciones
Dado que el requisito estatal de 10 años de Dakota del Sur supera el mínimo federal de cinco años de CMS, los proveedores de Dakota del Sur deben seguir el estándar estatal más largo de 10 años.
Requisitos de Medicaid de Dakota del Sur
Los proveedores que facturan a South Dakota Medicaid enfrentan obligaciones adicionales de conservación de registros. Conforme al South Dakota Medicaid Billing and Policy Manual, los proveedores deben conservar los registros médicos y financieros durante al menos cinco años a partir de la fecha del último servicio prestado a un beneficiario, de conformidad con ARSD 67:16:34.
Para las agencias de atención médica domiciliaria en particular, ARSD 67:16:05:06.01 exige que los registros se conserven durante seis años y que se pongan a disposición, cuando se soliciten, del departamento estatal, la unidad de control de fraude de Medicaid de la Attorney General's Office y los representantes del U.S. Department of Health and Human Services.
Acceso del Paciente a los Registros Médicos en Dakota del Sur
La ley de Dakota del Sur establece derechos claros para que los pacientes accedan a sus registros médicos.
Derecho a Obtener Copias
Dakota del Sur codificó anteriormente una regla de derecho del paciente a obtener copias en SDCL 36-2-16, pero esa sección ha sido derogada y esta página no pudo confirmar una disposición de reemplazo vigente. Los lectores no deben confiar en SDCL 36-2-16 como ley vigente de Dakota del Sur. Los pacientes todavía tienen derechos de acceso federales conforme a HIPAA (vea la sección de Derechos de Acceso bajo HIPAA más abajo), y deben confirmar las reglas específicas vigentes de Dakota del Sur con el South Dakota Department of Health o un abogado con licencia antes de basarse en un derecho de copias conforme a la ley estatal.
Tarifas por Copias
La ley de Dakota del Sur permite a los proveedores cobrar tarifas razonables por las copias de registros médicos:
- Históricamente se permitió a los proveedores exigir que el paciente pagara el gasto real de reproducción y envío antes de entregar las copias conforme a SDCL 36-2-16, pero esa sección ha sido derogada; confirme las reglas de tarifas vigentes con el South Dakota Department of Health antes de basarse en esta cifra
- Para copias impresas de radiografías, resonancias magnéticas u otras imágenes médicas, la tarifa no puede exceder $10 (SDCL 36-2-16.4)
- Para copias electrónicas de imágenes, la tarifa no puede exceder $15 (SDCL 36-2-16.4)
- Los proveedores también pueden cobrar el costo de franqueo, envio e impuesto aplicable
Excepciones para Pacientes Indigentes
Dakota del Sur exige que los hospitales proporcionen los registros médicos sin cargo a los pacientes indigentes que necesitan los registros para respaldar un reclamo o una apelación bajo cualquier disposición del Social Security Act. La solicitud debe ir acompañada de una copia de una solicitud reciente de beneficios del Seguro Social o de una decisión que los denegó. Se presume que los pacientes representados por organizaciones de asistencia legal o abogados que participan en un programa pro bono afiliado son indigentes.
Derechos de Acceso bajo HIPAA
Además de la ley estatal, la Regla de Privacidad de HIPAA otorga a los pacientes el derecho de acceder y obtener copias de su información de salud protegida en poder de las entidades cubiertas. Conforme a la ley federal, las entidades cubiertas deben responder a las solicitudes de acceso dentro de 30 días (con una posible extensión de 30 días).
Destrucción Adecuada de los Registros Médicos
Una vez satisfecho el periodo de retención, los proveedores de Dakota del Sur pueden destruir los registros médicos, pero deben seguir procedimientos específicos.
Requisitos Estatales para la Destrucción
Conforme a ARSD 44:70:08:05, antes de destruir los registros, un centro debe preparar y mantener un índice o resumen permanente del residente que contenga:
- Nombre del paciente
- Fecha de nacimiento
- Resumen de las fechas de visita
- Nombre del médico tratante o de ingreso, asistente médico o enfermero especializado
- Diagnóstico
El centro debe destruir el registro de atención de una manera que mantenga la confidencialidad.
Estándares de Destrucción de HIPAA
La Regla de Privacidad de HIPAA exige que las entidades cubiertas implementen salvaguardas razonables al eliminar la información de salud protegida. La Regla de Seguridad de HIPAA exige además políticas que aborden la disposición final del PHI electrónico y del hardware o los medios electrónicos en los que se almacena.
Los métodos de destrucción aceptables incluyen:
Registros en papel:
- Trituración de corte cruzado
- Incineración
- Reducción a pulpa
- Pulverización
El objetivo es dejar el PHI "esencialmente ilegible, indescifrable y de manera que no pueda reconstruirse".
Registros electrónicos:
- Borrado (sobrescribir los medios con datos no sensibles usando software certificado)
- Purga (desmagnetización o exposición de los medios a un campo magnético fuerte)
- Destrucción física (desintegración, pulverización, fundición, incineración o trituración de los medios)
Las entidades cubiertas pueden contratar a un socio comercial para gestionar la destrucción de registros, pero debe existir un Acuerdo de Socio Comercial adecuado.
Mejores Prácticas para la Destrucción
Los proveedores de salud en Dakota del Sur deben seguir estos pasos al destruir registros:
- Verificar que el periodo de retención aplicable haya expirado por completo
- Confirmar que no haya litigios, auditorías o investigaciones pendientes que requieran los registros
- Crear el índice o resumen permanente requerido antes de la destrucción
- Mantener un registro de destrucción que documente el nombre del paciente, el identificador del expediente, la fecha de destrucción y el nombre de la persona que realiza o presencia la destrucción
- Usar un proveedor de destrucción certificado o métodos internos verificados
- Conservar el registro de destrucción de forma permanente
Cierre de Consulta y Transferencia de Propiedad
Las reglas administrativas de Dakota del Sur abordan lo que debe suceder con los registros médicos cuando un centro de salud cierra o cambia de propietario.
Requisitos de Cierre
Conforme a ARSD 44:73:09:09 (centros de enfermería) y las disposiciones paralelas para hospitales, los centros deben tomar los siguientes pasos:
- Notificar al South Dakota Department of Health por escrito con al menos 60 días de anticipación al cierre
- Incluir disposiciones para la conservación segura de los registros médicos y la ubicación de dichos registros
- Publicar un aviso en el periódico legal más cercano o en el sitio web del centro que describa la ubicación y los arreglos de disposición de los registros médicos
Opciones para la Disposición de Registros
Cuando un centro cierra, puede gestionar los registros mediante cualquiera de estos métodos:
- Transferir a otro centro de la misma clasificación de licencia para su almacenamiento continuo
- Transferir a otro proveedor a solicitud del paciente o de su representante legal
- Entregar los registros directamente al paciente o a su representante legal
- Organizar el almacenamiento seguro con un tercero que ofrezca almacenamiento seguro de registros de salud
Transferencia de Propiedad
Si la propiedad de un centro se transfiere a un nuevo propietario, el nuevo propietario debe conservar los registros médicos de conformidad con todas las reglas de retención aplicables. La transferencia de propiedad no reinicia ni acorta los periodos de retención exigidos.
Interacción con el Plazo de Prescripción
El plazo de prescripción por negligencia médica de Dakota del Sur es una consideración importante para la planificación de la retención de registros. Conforme a SDCL 15-2-14.1, una acción por negligencia médica debe presentarse dentro de dos años a partir de la fecha en que ocurrió la presunta negligencia.
Dakota del Sur aplica una regla de ocurrencia en lugar de una regla de descubrimiento. El reloj comienza a correr en la fecha en que se cometió el error, no en la fecha en que el paciente descubrió la lesión. La South Dakota Supreme Court ha confirmado de forma constante esta interpretación.
Este plazo de limitación de dos años esta muy dentro de la ventana de retención de registros de 10 años. Sin embargo, los proveedores deben saber que existen excepciones de suspensión para casos que involucran ocultamiento fraudulento o tratamiento continuo, lo que podría extender el plazo de presentación.
Dadas estas posibles extensiones, el periodo de retención de 10 años ofrece un margen de seguridad sustancial para fines de defensa por negligencia.
Tabla Resumen: Periodos de Retención de Dakota del Sur por Tipo de Proveedor
| Tipo de proveedor | Periodo mínimo de retención | Autoridad |
|---|---|---|
| Hospitales y hospitales de acceso crítico | 10 años desde la fecha del servicio | ARSD 44:75:09:06 |
| Centros de enfermería | 10 años desde la fecha en que se estableció la atención | ARSD 44:73:09:06 |
| Centros de vida asistida | 5 años desde la fecha de atención | ARSD 44:70:08:05 |
| Consultas médicas privadas | Sin ley especifica (10 años como mejor práctica) | Orientación del SDBMOE |
| Registros de pacientes menores (hospitales/enfermería) | 10 años o hasta los 20 años, el que sea más largo | ARSD 44:75:09:06, ARSD 44:73:09:06 |
| Proveedores de Medicaid | 5 años desde la fecha del último servicio | ARSD 67:16:34 |
| Agencias de atención domiciliaria (Medicaid) | 6 años | ARSD 67:16:05:06.01 |
| Hospitales de Medicare (federal) | 5 años (la ley estatal prevalece) | 42 CFR 482.24 |
| Documentos de cumplimiento de HIPAA | 6 años desde la creación o la última fecha de vigencia | 45 CFR 164.530(j) |
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tienen que guardar los hospitales en Dakota del Sur los registros médicos?
Los hospitales de Dakota del Sur deben conservar los registros médicos durante un mínimo de 10 años a partir de la fecha real de la visita del servicio o de la atención al paciente, conforme a ARSD 44:75:09:06. Esta regla aplica a hospitales, hospitales especializados y hospitales de acceso crítico con licencia del South Dakota Department of Health. Para los pacientes menores de edad, los registros deben conservarse hasta que el paciente cumpla 20 años (la mayoría de edad más dos años) o durante 10 años desde la visita, el periodo que sea más largo.
¿Tiene Dakota del Sur una ley de retención de registros médicos para los consultorios de médicos privados?
Dakota del Sur no impone un periodo de retención legal específico a las consultas médicas privadas que operan fuera del marco de los centros con licencia. El South Dakota Board of Medical and Osteopathic Examiners ofrece orientación general de que los médicos deben conservar los registros de los pacientes activos o de los pacientes cuyo paradero conocen. Como este estándar es vago, la mayoría de los abogados de salud recomiendan que las consultas privadas sigan el mínimo de 10 años establecido para los centros con licencia como mejor práctica.
¿Puede un paciente de Dakota del Sur obtener copias de sus registros médicos?
Dakota del Sur garantizaba anteriormente este derecho conforme a SDCL 36-2-16, pero esa sección ha sido derogada y esta página no pudo confirmar su reemplazo vigente. Los pacientes todavía tienen derechos de acceso federales conforme a HIPAA, y deben confirmar las reglas específicas vigentes de Dakota del Sur con el South Dakota Department of Health o un abogado con licencia. Los pacientes indigentes que solicitan o apelan beneficios del Seguro Social pueden ser elegibles para recibir copias sin cargo conforme a las disposiciones de Dakota del Sur para pacientes indigentes; verifique los requisitos vigentes antes de basarse en esto.
¿Qué sucede con los registros médicos cuando un centro de salud de Dakota del Sur cierra?
Cuando un centro de salud de Dakota del Sur cierra, debe notificar al Department of Health por escrito con al menos 60 días de anticipación al cierre y publicar un aviso en un periódico legal o en el sitio web del centro sobre la disposición de los registros. El centro puede transferir los registros a otro centro del mismo tipo de licencia, transferirlos a otro proveedor a solicitud del paciente, entregarlos directamente al paciente u organizar un almacenamiento seguro con un tercero. Si la propiedad se transfiere a una nueva entidad, el nuevo propietario debe conservar los registros de conformidad con todas las reglas de retención aplicables.
¿Exige HIPAA un periodo específico de retención de registros médicos en Dakota del Sur?
No. La Regla de Privacidad de HIPAA no establece un periodo de retención para los registros médicos. Según el U.S. Department of Health and Human Services, las leyes estatales rigen cuanto tiempo deben conservarse los registros médicos. HIPAA si exige que las entidades cubiertas conserven cierta documentación de cumplimiento (políticas de privacidad, registros de quejas y documentos relacionados) durante seis años. HIPAA también exige salvaguardas adecuadas al eliminar la información de salud protegida, incluida la trituración de registros en papel y el borrado o la destrucción de los medios electrónicos.
Actualizaciones
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
SDCL 36-2-16, el estatuto que este artículo citaba para el derecho del paciente a obtener copias de sus registros médicos (y una sanción de delito menor de Clase 2 por incumplimiento), ha sido derogado; esos pasajes y la entrada correspondiente en Fuentes ahora indican la derogación en lugar de presentar ley derogada como vigente.
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Fuentes y referencias
- ARSD 44:75:09:06 - Retención de registros médicos (Hospitales)(law.cornell.edu)
- ARSD 44:73:09:06 - Retención de registros médicos (Centros de Enfermería)(law.cornell.edu)
- ARSD 44:70:08:05 - Destrucción de registros de atención (Vida Asistida)(law.cornell.edu)
- ARSD 67:16:05:06.01 - Registros médicos (Medicaid de Atención Domiciliaria)(law.cornell.edu)
- SDCL 34-12-13 - Reglas para proteger la salud y seguridad de los pacientes(sdlegislature.gov).gov
- SDCL 15-2-14.1 - Plazo de prescripción por negligencia médica(sdlegislature.gov).gov
- HHS - Exige HIPAA que las entidades cubiertas conserven los registros médicos?(hhs.gov).gov
- HHS - Resumen de la Regla de Privacidad de HIPAA(hhs.gov).gov
- 42 CFR 482.24 - Condiciones de Participación: Servicios de Registros Médicos(govinfo.gov).gov
- Manual de Facturación de Medicaid de Dakota del Sur - Documentación y Registros(dss.sd.gov).gov
- South Dakota Department of Health - Estatutos y Reglas(doh.sd.gov).gov
- South Dakota Board of Medical and Osteopathic Examiners(sdbmoe.gov).gov