Louisiana
Leyes de lectores de matrículas en Luisiana (2026)
Revisado internamente antes de su publicación. · 9 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Nuestra búsqueda en todo el código oficial de Luisiana no encontró ninguna ley que regule cómo se usan los lectores de matrículas, por cuánto tiempo se conservan sus datos ni quién puede verlos. La única sección que nombra un lector de matrículas es La. R.S. 14:57.1, agregada en 2024, que tipifica como delito vandalizar, manipular o destruir un sistema de cámaras contra el delito, término que incluye los lectores de matrículas. Para el uso policial, la autoridad más directamente relevante que encontramos es una decisión de un tribunal federal de apelaciones: en marzo de 2026, el Quinto Circuito sostuvo que el uso de un lector de matrículas en el caso que tenía ante sí no era un registro conforme a la Cuarta Enmienda.
Información revisada el 30 de septiembre de 2026.
Para páginas relacionadas, consulte la entrada de Luisiana en la comparación por estado, el centro de leyes de ALPR, ¿Son legales las cámaras Flock?, ¿Qué son las cámaras Flock? y nuestra guía de leyes de cámaras de vigilancia de Luisiana.
¿Tiene Luisiana una ley sobre lectores de matrículas?
No una que regule el uso de los datos. El 30 de septiembre de 2026 ejecutamos la búsqueda de texto completo de leyes de la Legislatura en todos los cuerpos de leyes que abarca: los Revised Statutes, el Código Civil, el Código de Procedimiento Civil, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Menores, el Código de Evidencia y la Constitución.
- «License plate reader» y «plate reader» arrojaron cada una exactamente una sección, la R.S. 14:57.1.
- «License plate recognition» no arrojó ninguna.
- «License plate» arrojó 359 secciones. Leímos las cuatro páginas de resultados por título. Son abrumadoramente matrículas especiales, además de disposiciones sobre registro, registros de delincuentes sexuales, seguros, remolque, transporte por aplicación y funcionarios protegidos. Solo la R.S. 14:57.1 menciona un lector de matrículas.
- «Geolocation» arrojó 7 secciones y «location data» 3, incluidas disposiciones sobre rastreo celular. Ninguna trata de lectores de matrículas.
La búsqueda abarcó solo leyes, y la base de datos de leyes de la Legislatura indica que está actualizada hasta la Primera Sesión Extraordinaria de 2025, por lo que para 2026 nos basamos en la búsqueda de texto de proyectos descrita más abajo. No buscamos en el Código Administrativo de Luisiana, en las políticas sobre lectores de matrículas de la Policía Estatal, el Departamento de Transporte y Desarrollo ni las autoridades de peaje, en las órdenes ejecutivas ni en las opiniones del Procurador General, por lo que no se descartan reglas en esas fuentes.

¿Qué dice la R.S. 14:57.1?
La. R.S. 14:57.1 hace ilegal «que cualquier persona vandalice, manipule o destruya intencionalmente un sistema de cámaras contra el delito» al causar daño funcional o cosmético, ajustar o modificar su ubicación, posición, orientación, enfoque o funcionalidad, manipular su rendimiento, funciones o características, o dejarlo inoperable de forma temporal o permanente.
El inciso B define el equipo protegido:
Para los fines de esta Sección, un «sistema de cámaras contra el delito» incluye cualquier cámara o lector de matrículas erigido o instalado con el fin de observar o disuadir actividad ilegal ...
La definición continúa con las luces, los postes de montaje, el software, las carcasas, los micrófonos, el hardware de conectividad de datos y otras partes necesarias para que el sistema funcione.
Conforme al inciso C, un infractor «será encarcelado, con o sin trabajos forzados, por no más de dos años o podrá ser multado con no más de dos mil dólares, o ambas penas». La nota de fuente de la sección es Acts 2024, No. 343, § 1.
La sección regula el daño al equipo, no lo que el dueño de la cámara hace con los datos de matrículas. Es la razón por la que Luisiana aparece en nuestra página de comparación como un estado con una disposición limitada y no como un estado sin ninguna.
¿Por cuánto tiempo puede conservar Luisiana los datos de lectores de matrículas?
Ninguna ley que encontramos fija un plazo, limita quién puede buscar en los datos ni controla el intercambio con otras agencias. Cualquier término de ese tipo provendría de la política de la propia agencia o de su contrato con el proveedor, y para esta página no revisamos la política de ninguna agencia de Luisiana.
¿Son públicos los registros de lectores de matrículas de Luisiana?
La Ley de Registros Públicos (Public Records Law) de Luisiana no tiene una disposición sobre lectores de matrículas. La excepción general para los registros de las fuerzas del orden, La. R.S. 44:3(A), dice que nada en el capítulo exige divulgar los registros en poder de las oficinas enumeradas, incluidos el procurador general, los fiscales de distrito, los sheriffs, los departamentos de policía y el Departamento de Seguridad Pública y Correcciones, que sean:
«Registros relativos a litigios penales pendientes o a cualquier litigio penal que pueda preverse razonablemente, hasta que dicho litigio haya sido finalmente resuelto o concluido de otro modo»
Leímos solo el comienzo del § 44:3, y no analizamos si las lecturas masivas de matrículas, los registros de búsquedas o las listas de coincidencias caen dentro de alguna de sus categorías.
Otra ley, la R.S. 44:11.2, permite que personas protegidas, como jueces, fiscales de distrito, legisladores y funcionarios estatales, exijan que un organismo público o un tercero no publique su información personal, la cual incluye el «número de matrícula o identificador único de un vehículo». Eso es un derecho de esas personas a que se retire su información de la publicación. No hace que los datos de lectores de matrículas sean confidenciales en general.
¿Qué han dicho los tribunales sobre los lectores de matrículas en Luisiana?
La autoridad principal que encontramos es federal. En United States v. Porter, No. 25-60163 (5th Cir. 17 de marzo de 2026), una opinión publicada en una apelación del Distrito Sur de Misisipi, el Quinto Circuito sostuvo que el uso de un sistema de lectores de matrículas no era un registro conforme a la Cuarta Enmienda: «Como el uso de un LPR no constituyó un registro, no se requería una orden judicial». El tribunal también consideró que la detención estaba respaldada por sospecha razonable.
Los hechos importan para determinar el alcance del caso. Los datos del lector de matrículas allí mostraban la ubicación periódica del vehículo en diez cámaras fijas, y el agente no sabía por cuánto tiempo el sistema conservaba sus datos. Como decisión publicada del Quinto Circuito, Porter obliga a los tribunales federales de Luisiana. Su holding se basa en la Cuarta Enmienda; no interpreta ninguna ley de Luisiana.
Los tribunales estatales de apelación de Luisiana han mencionado los lectores de matrículas en aproximadamente 28 opiniones de 2016 a 2026, que revisamos solo mediante extractos de búsqueda. En esos extractos, los lectores aparecen como contexto de la investigación. No encontramos ninguna que resuelva un desafío conforme a la Cuarta Enmienda, a la constitución estatal o a los registros públicos sobre el uso de lectores de matrículas, aunque esa revisión no fue exhaustiva.
¿Está considerando Luisiana un proyecto de ley sobre lectores de matrículas?
Ningún proyecto de 2026 propuso reglas para los lectores de matrículas. La búsqueda de texto de proyectos de la Legislatura para la Sesión Ordinaria de 2026 no arrojó ningún instrumento que contenga «license plate reader». La frase «license plate» apareció en 42 instrumentos, ninguno de los cuales usó la palabra reader. En la Sesión Ordinaria de 2025, la frase license plate reader apareció en un instrumento, HB 460 (Act 461), una ley de asignaciones suplementarias. Asigna fondos generales del estado para sistemas de lectores de matrículas para los departamentos de policía de Many, Zwolle y Florien, y para cámaras de reconocimiento de matrículas y cámaras corporales para el Departamento de Policía de Kenner. La ley de asignaciones suplementarias de 2026, HB 312 (Act 961), vuelve a enumerar $500,000 para el Departamento de Policía de Kenner para cámaras de reconocimiento de matrículas y cámaras corporales. Esas partidas financian equipo; no fijan reglas para su uso, y no verificamos si alguna de ellas fue vetada.
KNOE informó el 13 de agosto de 2026 que un representante estatal estaba redactando una ley para prohibir en todo el estado las cámaras lectoras de matrículas. No encontramos un número de proyecto, por lo que cualquier proyecto de ese tipo tendría que presentarse en una sesión posterior. No verificamos cuándo se reúne la próxima sesión.
Luisiana consideró un programa estatal hace una década. El Senate Bill 54 de 2016 habría creado un programa piloto estatal de identificación de robo de vehículos y conductores sin seguro (Statewide Motor Vehicle Theft and Uninsured Motorists Identification Program) con dispositivos de reconocimiento de matrículas. Su historial oficial termina con «Involuntarily deferred in House and Governmental Affairs-Considered 5/24/16» (aplazado involuntariamente en el comité de la Cámara). Nunca se convirtió en ley.
¿Cómo puedo revisar mi sistema local?
Como ninguna ley estatal fija reglas sobre los datos, los documentos que rigen son los de la propia agencia. Pida a la agencia que opera el sistema su política escrita sobre lectores de matrículas, su configuración de conservación, quién puede buscar en los datos y si se comparten, y su contrato con el proveedor. Una solicitud de registros públicos de datos de matrículas se decidiría conforme a la excepción general de las fuerzas del orden descrita arriba.
Nuestros registros de despliegue no incluyen ninguna entrada de Luisiana. Las leyes de asignaciones descritas arriba financian equipo de lectores de matrículas para varios departamentos de policía, pero no muestran si esos sistemas están en uso ni cómo. Para saber cómo funciona la tecnología, consulte ¿Qué son las cámaras Flock?.
Última actualización: 30 de septiembre de 2026. Esta página refleja las leyes y los registros descritos arriba según los revisamos; es información legal general, no asesoría legal. Las citas de fuentes en inglés son traducciones nuestras.
Preguntas frecuentes
¿Es legal usar un lector de matrículas en Luisiana?
Nuestra búsqueda en todos los cuerpos de leyes de Luisiana el 30 de septiembre de 2026 no encontró ninguna ley que prohíba, autorice o regule el uso de lectores de matrículas ni de sus datos. La única sección que nombra un lector de matrículas, La. R.S. 14:57.1, trata del daño al equipo. No buscamos en políticas de agencias, reglas administrativas ni opiniones del Procurador General.
¿Es un delito dañar o mover una cámara lectora de matrículas en Luisiana?
Sí. La. R.S. 14:57.1 hace ilegal vandalizar, manipular o destruir intencionalmente un sistema de cámaras contra el delito, incluido ajustar su orientación o posición o dejarlo inoperable. Un sistema de cámaras contra el delito incluye cualquier cámara o lector de matrículas instalado para observar o disuadir actividad ilegal. La pena es de hasta dos años de prisión, una multa de hasta $2,000, o ambas.
¿Por cuánto tiempo puede conservar la policía de Luisiana los datos de lectores de matrículas?
No encontramos ninguna ley que fije un plazo de conservación. Cualquier límite provendría de la política de la propia agencia o de su contrato, que no revisamos.
¿Requiere una orden judicial el uso policial de un lector de matrículas en Luisiana?
Ninguna ley de Luisiana lo aborda. En United States v. Porter (5th Cir. 17 de marzo de 2026), una decisión publicada que obliga a los tribunales federales de Luisiana, el tribunal sostuvo que el uso de un lector de matrículas en ese caso no era un registro conforme a la Cuarta Enmienda, por lo que no se requería una orden judicial. Los datos allí mostraban ubicaciones periódicas en diez cámaras fijas.
¿Puedo solicitar registros de lectores de matrículas de Luisiana?
La Ley de Registros Públicos no tiene una regla específica para lectores de matrículas. La R.S. 44:3 permite que las agencias de las fuerzas del orden enumeradas retengan registros relativos a litigios penales pendientes o razonablemente previsibles. No analizamos cómo se aplica eso a los datos de lectores de matrículas.
¿Va a prohibir Luisiana los lectores de matrículas?
Reportajes de agosto de 2026 dijeron que un representante estatal estaba redactando una prohibición estatal, pero ningún instrumento de la Sesión Ordinaria de 2026 contenía la frase license plate reader. Cualquier proyecto de ese tipo se presentaría en una sesión posterior, y nada de lo propuesto es ley.
Fuentes y referencias
- Legislatura de Luisiana, búsqueda de texto completo de las leyes de Luisiana (todos los cuerpos de leyes)(legis.la.gov).gov
- La. R.S. 14:57.1, vandalizar, manipular o destruir un sistema de cámaras contra el delito(legis.la.gov).gov
- La. R.S. 44:3, registros de las agencias de procesamiento, investigación y fuerzas del orden(legis.la.gov).gov
- La. R.S. 44:11.2, información personal de personas protegidas(legis.la.gov).gov
- United States v. Porter, No. 25-60163 (5th Cir. 17 de marzo de 2026) (opinión publicada)(www.ca5.uscourts.gov).gov
- Legislatura de Luisiana, búsqueda de proyectos, Sesión Ordinaria de 2026(legis.la.gov).gov
- KNOE, Lawmaker proposes license plate detecting cameras (13 de agosto de 2026)(www.knoe.com)
- S.B. 54, Sesión Ordinaria de 2016, historial del proyecto(legis.la.gov).gov
- HB 460 (Sesión Ordinaria de 2025), Act 461, texto promulgado(legis.la.gov).gov
- HB 312 (Sesión Ordinaria de 2026), Act 961, texto promulgado(legis.la.gov).gov