Colorado
Leyes de lectores de matrículas de Colorado (2026)
Revisado internamente antes de su publicación. · 6 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Colorado no tiene una ley escrita específicamente para los lectores de matrículas, y ninguna fija cómo se usan ni cuánto tiempo se conservan sus datos. Una ley general de privacidad sí limita quién puede ver los datos de matrículas: C.R.S. § 24-74-103 prohíbe que los empleados estatales y locales divulguen o pongan a disposición información personal que no sea de acceso público, que la ley define de modo que incluye el número de matrícula, incluso mediante una base de datos, para asistir en la aplicación de las leyes federales de inmigración, salvo que lo exija una ley federal o estatal o una orden judicial. La única ley de Colorado que encontramos que nombra esta tecnología es una exclusión de definición: una enmienda de 2026 a C.R.S. § 42-4-110.5 dice que el término estatal para las cámaras de tránsito «no incluye los sistemas de lectores automáticos de matrículas». Eso dice lo que los lectores de matrículas no son, y no dice qué los regula.
Información revisada el 30 de septiembre de 2026.
Para páginas relacionadas, consulte la entrada de Colorado en la comparación por estado, la guía principal de leyes de ALPR, ¿Son legales las cámaras Flock?, ¿Qué son las cámaras Flock? y nuestra guía de leyes de cámaras de vigilancia de Colorado.
¿Existe una ley de Colorado sobre los lectores de matrículas?
No existe una específica. Buscamos en el texto completo de los Colorado Revised Statutes de 2026, todos los títulos, usando los PDF oficiales de la Office of Legislative Legal Services, términos como lector, reconocimiento y escáner de matrículas, y también «automated license plate», «historical location information» y «passive surveillance». La única disposición que nombra los sistemas de lectores automáticos de matrículas es C.R.S. § 42-4-110.5(1.1)(a)(III): «"Sistema automatizado de identificación de vehículos" no incluye los sistemas de lectores automáticos de matrículas».
Esa definición está en la ley sobre cámaras de cumplimiento de las normas de tránsito. Fue agregada por SB 26-152, que el Gobernador firmó el 2 de junio de 2026 y que entró en vigor el 12 de agosto de 2026. El resumen oficial del proyecto abarca avisos, responsabilidad del propietario, sanciones y compensación de proveedores en materia de cámaras de tránsito, y no describe reglas para los lectores de matrículas. El efecto práctico es que las reglas de las cámaras de tránsito no rigen los lectores de matrículas. La disposición no dice qué los rige.
Una ley general sí alcanza a los datos de matrículas. La ley de Colorado sobre información de identificación personal, C.R.S. §§ 24-74-102 a 24-74-107, incluye «un número de matrícula» y las imágenes digitalizadas dentro de la información de identificación personal. La sección 24-74-103 dice que un empleado del gobierno estatal o local «no debe divulgar ni poner a disposición, incluso mediante una base de datos o red automatizada», esa información cuando no es de acceso público, para asistir en la aplicación de las leyes federales de inmigración, salvo lo que exija la ley federal o estatal o para cumplir una citación, orden de registro u orden emitida por un tribunal. No restringe la cooperación en otras investigaciones penales federales, pero la prohibición cubre expresamente la aplicación de los delitos federales de entrada y reentrada ilegales, 8 U.S.C. §§ 1325 y 1326. Según el § 24-74-105, una parte externa debe certificar cada año, bajo pena de perjurio, que no usará ni transmitirá los datos para la aplicación de las leyes de inmigración antes de obtener acceso a la base de datos, y el § 24-74-107 permite una orden judicial de cese y una sanción civil de hasta $50,000 por cada infracción intencional. SB 25-276 extendió estas reglas a ciudades y condados en mayo de 2025. La ley limita un solo propósito de intercambio; no fija ningún período de conservación ni reglas generales de uso. Para las empresas privadas, la Colorado Privacy Act, C.R.S. § 6-1-1301 y siguientes, fija reglas generales para los negocios que manejan los datos personales de al menos 100,000 consumidores de Colorado al año, o de 25,000 si obtienen ganancias de la venta de datos personales, y no analizamos si alcanza a las lecturas de matrículas.

¿La ley de conservación de registros de vigilancia pasiva de Colorado cubre los lectores de matrículas?
No pudimos establecer que los cubra. C.R.S. § 24-72-113 define la «vigilancia pasiva» como el uso por una entidad gubernamental de una cámara u otro dispositivo de grabación de imágenes «colocado para captar imágenes en movimiento o fijas de la actividad humana de manera rutinaria o con fines de seguridad u otros». Dice que el custodio puede acceder a un registro después del primer aniversario y hasta el tercer aniversario solo por un aviso de reclamo o por un accidente, choque u otro incidente específico que pueda convertirlo en prueba en un procedimiento, y dice que todos los registros de vigilancia pasiva «deben destruirse después del tercer aniversario» salvo que se autorice su conservación.
El texto del § 24-72-113 no menciona los lectores de matrículas. No encontramos ningún documento oficial de Colorado que diga que rige las imágenes de matrículas, por lo que no afirmamos que se aplique. Hay un argumento plausible en ambos sentidos. La definición incluye las cámaras usadas para «monitorear o grabar el tránsito», pero excluye la «vigilancia activada por un evento o actividad determinados y que no monitorea a intervalos regulares» y «el uso de cámaras de cobro de peaje», y podría argumentarse que un lector de matrículas que registra cada vehículo que pasa encaja en cualquiera de las dos categorías. Trátelo como una pregunta abierta para un abogado o para la agencia, no como una respuesta.
¿Qué habrían hecho los proyectos de ley de 2026?
Dos proyectos de ley habrían creado reglas concretas, y ninguno fue aprobado.
SB 26-070 habría prohibido que una entidad gubernamental accediera a una base de datos que revele la información histórica de ubicación de una persona o de un vehículo, con excepciones, con aplicación a cargo del Fiscal General y exclusión de la prueba obtenida en violación de la norma. Según se informó, la versión en el calendario del Senado exigía una orden judicial para los datos de matrículas de más de 72 horas y fijaba un límite de conservación de 30 días para la mayoría de los datos, y su patrocinador dijo que el Gobernador había amenazado con vetarlo por el requisito de orden judicial. Su estado es «Lost» (perdido). El Comité Judicial del Senado lo remitió con enmiendas por votación de 5 a 2 en febrero de 2026, Asignaciones lo remitió con enmiendas el 21 de abril, y la segunda lectura en el Senado se aplazó hasta el 4 de julio de 2026.
SB 26-071, la Surveillance Accountability and Freedom Ensured (SAFE) Act, habría exigido que las fuerzas del orden, a partir del 1 de julio de 2027, usaran tecnología de vigilancia solo con fines lícitos de seguridad pública o de investigación activa, con reglas para recopilar, almacenar, compartir y destruir datos. Su estado es «Lost» (perdido). El Comité Judicial del Senado lo pospuso indefinidamente, por 6 a 1, el 6 de mayo de 2026.
Como ambos murieron, ninguna de sus disposiciones es ley de Colorado.
¿Se pueden obtener datos de lectores de matrículas mediante una solicitud de registros públicos en Colorado?
No investigamos esta pregunta a fondo. La Colorado Open Records Act, C.R.S. § 24-72-203(1)(a), dispone que «todos los registros públicos estarán abiertos a inspección por cualquier persona en horarios razonables, salvo lo dispuesto en esta parte 2 o lo que disponga la ley de otro modo». Nuestra búsqueda de texto completo en las leyes no encontró ninguna exención ni cláusula de confidencialidad específica para los ALPR. Es probable que los datos de matrículas en poder de un departamento de policía sean un «registro de justicia penal» conforme a la ley separada Colorado Criminal Justice Records Act, y C.R.S. § 24-72-304(1) deja la mayoría de esos registros abiertos solo «a discreción del custodio oficial». Por lo tanto, que se puedan obtener las lecturas de matrículas, las listas de vigilancia (hot lists), las ubicaciones de las cámaras o los registros de auditoría depende principalmente de esa ley, que no analizamos a fondo. No encontramos ninguna opinión del Fiscal General ni fallo judicial sobre el punto. No lea esta sección como si dijera que los datos de matrículas se pueden, o no se pueden, obtener.
¿Qué han dicho los tribunales de Colorado?
No encontramos ninguna decisión de tribunales estatales o federales de Colorado sobre datos de lectores de matrículas. Una búsqueda en CourtListener de tribunales estatales y federales de Colorado arrojó dos resultados, ambos casos de inmigración en los que «LPR» significaba residente permanente legal. No revisamos la jurisprudencia de Colorado sobre privacidad constitucional conforme al Artículo II, sección 7. Que algo no aparezca en una búsqueda no prueba que no exista un fallo. En un caso pendiente, dos residentes de Boulder según se informó presentaron una demanda colectiva ante el Tribunal de Distrito del Condado de Boulder el 27 de mayo de 2026, alegando que las cámaras Flock de la ciudad violan la protección de la Constitución de Colorado contra los registros sin orden judicial y, en el caso de uno de los demandantes, solicitando los datos de su propio vehículo conforme a la Criminal Justice Records Act. Se trata de alegaciones, no de conclusiones, y no verificamos el estado actual del caso.
¿Dónde se informa del uso de lectores de matrículas en Colorado?
Esta lista no es completa, y solo leímos los titulares y las notas de estado de estas dos entradas.
- Boulder. Un aviso de la ciudad de Boulder con fecha 10 de septiembre de 2026 se titula que la ciudad pausa la selección de proveedor de lectores de matrículas para permitir un debate de políticas más amplio. Nuestros registros marcan el programa de Boulder como activo a esa fecha.
- Denver. Un reportaje de Colorado Politics del 31 de marzo de 2026 se titula que el concejo de Denver aprobó por estrecho margen un acuerdo con Axon. Según el reportaje, el concejo votó 7 a 6 para aprobar un contrato de un año y $150,000 con Axon para 50 cámaras de lectura de matrículas, y las cámaras Flock de la ciudad se retiraron el mismo día en que terminó ese contrato. Denver cambió de proveedor; no dejó de usar lectores de matrículas.
¿Cómo puedo revisar el sistema de mi localidad?
Como ninguna ley sobre lectores de matrículas fija las reglas, los documentos útiles son sobre todo locales, aunque también puede preguntar si los usuarios externos del sistema firmaron la certificación sobre aplicación de las leyes de inmigración que exige el C.R.S. § 24-74-105. Pida al departamento de policía o a la ciudad su política escrita sobre lectores de matrículas, su calendario de conservación, su contrato con el proveedor y cualquier registro del concejo que apruebe la compra. Para conocer la tecnología en sí, consulte ¿Qué son las cámaras Flock?.
Las citas de fuentes en inglés son traducciones nuestras.
Preguntas frecuentes
¿Tiene Colorado una ley sobre lectores de matrículas?
Ninguna ley está escrita para los lectores de matrículas. Una exclusión de 2026 dice que el término de las cámaras de tránsito no incluye los sistemas de lectores automáticos de matrículas, y una ley general de privacidad, C.R.S. § 24-74-103, prohíbe que los empleados estatales y locales compartan información personal no pública, incluidos los números de matrícula, para la aplicación de las leyes federales de inmigración. No encontramos ninguna ley sobre el uso ni la conservación de los datos de los lectores de matrículas.
¿Qué hace la enmienda de 2026 de Colorado sobre los lectores de matrículas?
SB 26-152, vigente desde el 12 de agosto de 2026, agregó C.R.S. § 42-4-110.5(1.1)(a)(III), que dice que un sistema automatizado de identificación de vehículos no incluye los sistemas de lectores automáticos de matrículas. Evita que las reglas de las cámaras de tránsito se apliquen a los lectores de matrículas y no dice qué reglas sí se aplican.
¿Cuánto tiempo puede conservar la policía de Colorado los datos de lectores de matrículas?
No encontramos ninguna ley que fije un período de conservación para los lectores de matrículas. C.R.S. § 24-72-113 fija un límite de tres años para los registros de vigilancia pasiva, pero no menciona los lectores de matrículas y no pudimos confirmar que se les aplique.
¿Aprobó Colorado en 2026 algún proyecto de ley sobre vigilancia policial o datos de ubicación?
No. SB 26-070 sobre información histórica de ubicación y SB 26-071, la SAFE Act, murieron ambos en la sesión de 2026.
¿Puedo solicitar datos de lectores de matrículas de Colorado mediante la Open Records Act?
No lo investigamos a fondo. La ley hace públicos los registros públicos salvo que se aplique una excepción, y no encontramos ninguna exención específica para los ALPR, pero es probable que los datos de matrículas en poder de la policía se rijan por la ley separada Criminal Justice Records Act, que deja la mayoría de esos registros a discreción del custodio, y no la analizamos a fondo.
¿Usan cámaras Flock las ciudades de Colorado?
Nuestros registros muestran que Boulder pausó la selección de su proveedor de lectores de matrículas en septiembre de 2026 y que Denver reemplazó sus cámaras Flock por un contrato de lectores de matrículas con Axon en marzo de 2026, según un reportaje de prensa. La lista no es completa.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Colorado Revised Statutes, Title 24: Government - State
§ 24-74-103Personal identifying information shared by state agencies or political subdivisions - limitation - responsibilities - state agency or political subdivision employeeVigente
(1) A state agency employee or political subdivision employee shall not disclose or make accessible, including through a database or automated network, personal identifying information that is not publicly available information for the purpose of investigating for, participating in, cooperating with, or assisting in federal immigration enforcement, including enforcement of civil immigration laws and 8 U.S.C. sec. 1325 or 1326, except as required by federal or state law, including student visa sponsorship requirements for public institutions of higher education or requirements that are necessary to perform state agency or political subdivision duties, or as required to comply with a court-issued subpoena, warrant, or order. (2) This article 74 shall not interfere with criminal investigations or proceedings that are authorized by judicial process or to restrict a state agency employee or political subdivision employee from fully investigating, participating in, cooperating with, or assisting federal law enforcement agencies in criminal investigations.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
§ 24-74-102DefinitionsVigente
As used in this article 74, unless the context otherwise requires: (1) Personal identifying information means information that may be used, along or in conjunction with any other information, to identify a specific individual, including but not limited to a name; a date of birth; a place of birth; a social security number or tax identification number; a password or pass code; an official government-issued driver's license or identification card number; information contained in an employment authorization document; information contained in a permanent resident card; vehicle registration information; a license plate number; a photograph, electronically stored photograph, or digitized image; a fingerprint; a record of a physical feature, a physical characteristic, a behavioral characteristic, or handwriting; a government passport number; a health insurance identification number; an employer, student, or military identification number; a financial transaction device; a school or educational institution attended; a source of income; medical information; biometric data; financial and tax records; home or work addresses or other contact information; family or emergency contact…
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
§ 24-72-113Limit on retention of passive surveillance records - definitionVigentecitada en 3 de nuestros artículos
(1) As used in this section, passive surveillance means the use by a government entity of a digital video camera, video tape camera, closed circuit television camera, film camera, photo radar recorder, or other image recording device positioned to capture moving or still pictures or images of human activity on a routine basis or for security or other purposes, including monitoring or recording traffic, weather conditions, office activities, transit facilities, parking garages, sports venues, schools, day care centers, hospitals or other medical facilities, recreational facilities, playgrounds, swimming pools, or utility facilities. Passive surveillance does not include surveillance triggered by a certain event or activity and that does not monitor at regular intervals. Passive surveillance does not include the use of toll collection cameras.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
También citada en: Leyes de lectores de matrículas por estado: comparación 2026
§ 24-72-203Public records open to inspectionVigentecitada en 2 de nuestros artículos
(1) (a) All public records shall be open for inspection by any person at reasonable times, except as provided in this part 2 or as otherwise provided by law, but the official custodian of any public records may make such rules with reference to the inspection of such records as are reasonably necessary for the protection of such records and the prevention of unnecessary interference with the regular discharge of the duties of the custodian or the custodian's office. Except as otherwise required by section 24-72-204 (3.5)(g), and except when a record requested is confidential and accessible only on the basis that the requester is the person in interest, a custodian of public records shall not require a requester to provide the custodian with any form of identification to request or inspect records pursuant to this part 2.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-02 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
Citada en 6 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2024
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Brown v. Whitman (District Court, D. Colorado 2009, 651 F. Supp. 2d 1216)“…sions or another source of Colorado law exempts disclosure. Colo. Rev.Stat. § 24-72-203. The term “public *1222…”
- Morrison v. City & County of Denver (District Court, D. Colorado 1978, 80 F.R.D. 289)“…provision is made in the wording of the statute itself. ’73 C.R.S. 24-72-203 provides: (1) All public records s…”
- Daines v. Harrison (District Court, D. Colorado 1993, 838 F. Supp. 1406)“…ords Act creates a presumption of access to public records. Colo.Rev.Stat. § 24-72-203 (1988 Repl.Vol.). Refusal of access can…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 24-72-304Inspection of criminal justice recordsVigentecitada en 2 de nuestros artículos
(1) Except for records of official actions which must be maintained and released pursuant to this part 3, all criminal justice records, at the discretion of the official custodian, may be open for inspection by any person at reasonable times, except as otherwise provided by law, and the official custodian of any such records may make such rules and regulations with reference to the inspection of such records as are reasonably necessary for the protection of such records and the prevention of unnecessary interference with the regular discharge of the duties of the custodian or his office. (2) If the requested criminal justice records are not in the custody or control of the person to whom application is made, such person shall forthwith notify the applicant of this fact in writing, if requested by the applicant. In such notification, he shall state, in detail to the best of his knowledge and belief, the reason for the absence of the records from his custody or control, their location, and what person then has custody or control of the records.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
Citada en 1 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2016
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Al-Turki v. Department of Justice (District Court, D. Colorado 2016, 175 F. Supp. 3d 1153)“…under the Colorado Criminal Justice Records Act [“CCJRA”], Colo. Rev. Stat. § 24-72-304 (1). The CCJRA is broad and requires op…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 24-74-105Access to state agency or political subdivision records - limitationsVigente
(1) Beginning January 1, 2022, to be granted access to personal identifying information through a database or automated network that is not publicly available information, a third party must have, within the past year, certified under penalty of perjury that: (a) The third party will not use personal identifying information obtained from the database or automated network for the purpose of investigating for, participating in, cooperating with, or assisting in federal immigration enforcement, including enforcement of civil immigration laws and 8 U.S.C. sec. 1325 or 1326, unless required by federal or state law or to comply with a court-issued subpoena, warrant, or order; and (b) The third party will not disclose personal identifying information obtained from the database or automated network to individuals or entities engaged in investigating for, participating in, cooperating with, or assisting in federal immigration enforcement, including enforcement of civil immigration laws and 8 U.S.C. sec. 1325 or 1326, unless required by federal or state law or to comply with a court-issued subpoena, warrant, or order.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
Colorado Revised Statutes, Title 42: Vehicles and Traffic
§ 42-4-110.5Automated vehicle identification systems - school buses - exceptions to liability - penalty - contracting - limits on use of photographs and video - rules - legislative declaration - definitionsVigentecitada en 4 de nuestros artículos
(1) The general assembly hereby finds and declares that the enforcement of traffic laws through the use of automated vehicle identification systems under this section is a matter of statewide concern and is an area in which uniform state standards are necessary. (1.1) As used in this section, unless the context otherwise requires: (a) (I) Automated vehicle identification system means a system whereby: (A) A machine is used to automatically detect a violation of a traffic regulation and simultaneously record a photograph of the vehicle and the license plate of the vehicle; and (B) A notice of violation or civil penalty assessment notice may be issued to the registered owner of the motor vehicle. (II) Automated vehicle identification system includes a system used to detect a violation of part 11 of this article 4 or a local speed ordinance; a system used to detect violations of traffic restrictions imposed by traffic signals or traffic signs; a system used to detect the overtaking of a stopped school bus with actuated visual signal lights in violation of section 42-4-1903 (1)(a); and a system used to detect violations of bus lane or bicycle lane restrictions.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-14 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
Colorado Revised Statutes, Title 6: Consumer and Commercial Affairs
§ 6-1-1301Short titleVigentecitada en 10 de nuestros artículos
The short title of this part 13 is the Colorado Privacy Act.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
United States Code Title 8
§ 1325Improper entry by alienVigente
Any alien who (1) enters or attempts to enter the United States at any time or place other than as designated by immigration officers, or (2) eludes examination or inspection by immigration officers, or (3) attempts to enter or obtains entry to the United States by a willfully false or misleading representation or the willful concealment of a material fact, shall, for the first commission of any such offense, be fined under title 18 or imprisoned not more than 6 months, or both, and, for a subsequent commission of any such offense, be fined under title 18, or imprisoned not more than 2 years, or both. Any alien who is apprehended while entering (or attempting to enter) the United States at a time or place other than as designated by immigration officers shall be subject to a civil penalty of— at least $50 and not more than $250 for each such entry (or attempted entry); or twice the amount specified in paragraph (1) in the case of an alien who has been previously subject to a civil penalty under this subsection. Civil penalties under this subsection are in addition to, and not in lieu of, any criminal or other civil penalties that may be imposed.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en uscode.house.gov
Citada en 900 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Almendarez-Torres v. United States (Supreme Court of the United States 1998, 523 U.S. 224)“…amending 8 U. S. C. § 1282 (c)); § 543(b)(2)(C) (amending 8 U. S. C. § 1325 ); § 543(b)(4) (amending 8 U. S. C. §…”
- Immigration & Naturalization Service v. Lopez-Mendoza (Supreme Court of the United States 1984, 468 U.S. 1032)“…Act makes it a crime to enter the United States illegally. 8 U. S. C. § 1325 . 3 The first offense constitutes a mi…”
- Flores-Figueroa v. United States (Supreme Court of the United States 2009, 556 U.S. 646)“…mes, namely, entering the United States without inspection, 8 U. S. C. §1325(a), and misusing immigration documents,…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Fuentes y referencias
- C.R.S. § 42-4-110.5 (C.R.S. de 2026, Título 42)(olls.info).gov
- Página del proyecto de ley SB 26-152 de Colorado(leg.colorado.gov).gov
- C.R.S. §§ 24-72-113, 24-72-203, 24-72-304 y 24-74-102 a -107 (C.R.S. de 2026, Título 24)(olls.info).gov
- Página del proyecto de ley SB 26-070 de Colorado(leg.colorado.gov).gov
- Página del proyecto de ley SB 26-071 de Colorado(leg.colorado.gov).gov
- Aviso de la ciudad de Boulder (10 de sept. de 2026)(bouldercolorado.gov).gov
- Reportaje de Colorado Politics sobre el concejo de Denver y Axon (31 de marzo de 2026)(www.coloradopolitics.com)
- Reportaje de Boulder Reporting Lab sobre la demanda en Boulder (28 de mayo de 2026)(boulderreportinglab.org)