Colorado
Propiedad No Reclamada de Colorado: Cómo Buscar y Reclamar su Dinero (2026)

El programa Great Colorado Payback de Colorado tiene más de 2,000 millones de dólares en propiedad no reclamada que se debe a millones de personas y empresas, desde cuentas bancarias olvidadas hasta cheques sin cobrar. Si alguna vez vivió, trabajó o tuvo cuentas bancarias en Colorado, existe una posibilidad real de que parte de ese dinero sea suyo, y el proceso de búsqueda del propio estado es gratuito.
Información verificada por última vez el 15 de julio de 2026. Este artículo aún no ha sido revisado por un abogado con licencia.
Cómo funciona el programa de propiedad no reclamada de Colorado
La propiedad no reclamada en Colorado surge cada vez que un banco, empleador, aseguradora u otra empresa le debe dinero u otro activo a alguien y pierde contacto con esa persona durante un período determinado, llamado período de inactividad. Una vez que transcurre ese período, la Revised Uniform Unclaimed Property Act de Colorado, codificada en las secciones 38-13-101 y siguientes de los C.R.S., exige que el poseedor reporte y entregue la propiedad al administrador estatal, ubicado dentro del Departamento del Tesoro, en lugar de conservarla.
El escheatment de Colorado es de custodia, no permanente. El Tesoro conserva la propiedad en fideicomiso en nombre del propietario, y el programa protege los activos no reclamados "sin importar cuánto tiempo haya pasado", lo que significa que el estado retiene los fondos de forma indefinida hasta que se presente un reclamo válido. Colorado adoptó el marco actual de la Revised Uniform Unclaimed Property Act, vigente desde 2020, en reemplazo de la antigua Unclaimed Property Act del estado, y los legisladores lo han seguido actualizando desde entonces, más recientemente mediante una ley de modernización de 2025 que se explica más abajo.
Cómo buscar su propiedad no reclamada de Colorado
Comience en unclaimedproperty.colorado.gov, el portal oficial de búsqueda del Tesoro para el Great Colorado Payback. Colorado también participa en MissingMoney.com, la herramienta de búsqueda gratuita multiestatal administrada en nombre de la National Association of Unclaimed Property Administrators (NAUPA), por lo que una búsqueda allí también debería mostrar la propiedad que Colorado retiene junto con la de otros estados participantes. De cualquier manera, el propio sitio del Tesoro es el sistema oficial y directo de registro, y vale la pena consultarlo primero.
Consejo: Busque bajo cada nombre que haya usado, incluido su apellido de soltera, y cualquier dirección anterior en Colorado. La propiedad se registra bajo el nombre y la dirección que el poseedor tenía en sus archivos al momento de reportarla, lo cual puede estar muy desactualizado.
Si ha vivido, trabajado o tenido cuentas bancarias en otros estados, búsquelos también directamente, ya que la propiedad está vinculada a la dirección que constaba en los archivos al momento de reportarse, no necesariamente a donde vive hoy.
Cómo presentar un reclamo
Presentar un reclamo directamente con Colorado es gratis. El Tesoro no cobra por buscar en su base de datos ni por procesar y pagar un reclamo válido.

La documentación requerida generalmente aumenta según el tamaño y la complejidad del reclamo. Los reclamos sencillos, en los que usted es el único propietario actualmente registrado, suelen ser los más fáciles de respaldar con una identificación oficial con fotografía y una prueba que lo vincule con la propiedad, como un estado de cuenta bancario antiguo o un historial de direcciones. Los reclamos más grandes, y los presentados por herederos o por un patrimonio, generalmente requieren más documentación, como una firma notariada, un acta de defunción o documentos del patrimonio que establezcan la autoridad legal para reclamar.
Por ley, una vez que un reclamo está completo, el estado tiene hasta 90 días para aprobarlo o denegarlo y notificarle la decisión por escrito, conforme a C.R.S. 38-13-904(2). Si el reclamo es aprobado, C.R.S. 38-13-905(1) le da al administrador hasta 30 días más para pagar o entregar la propiedad, o hasta 45 días si la propiedad es un valor bursátil. Si no ocurre nada dentro de ese plazo de 90 días, el reclamo se considera denegado, y usted puede presentar un reclamo enmendado o acudir a los tribunales. Los reclamos más simples y bien documentados suelen resolverse mucho antes de esos plazos.
Vale la pena conocer un límite específico de Colorado antes de presentar su reclamo. Antes de pagar cualquier reclamo superior a $600, el administrador debe compensar el monto contra ciertas deudas que tenga el reclamante: obligaciones de manutención infantil, atrasos y costos relacionados bajo C.R.S. 38-13-902.1; restitución, multas, tarifas, costos o recargos ordenados por un tribunal bajo C.R.S. 38-13-902.2; e impuestos estatales atrasados, penalidades o intereses bajo C.R.S. 38-13-902.3. La manutención infantil se aplica primero, luego la restitución y las obligaciones judiciales, y después los impuestos estatales. C.R.S. 38-13-905(2) exige que la compensación se realice antes de entregar la propiedad, y 38-13-905(3) permite que el administrador haga consultas periódicas a las agencias estatales incluso cuando no se haya presentado ningún reclamo. El efecto práctico es que un propietario verificado que deba una de esas deudas puede recibir un pago reducido, o nada en absoluto, y el saldo se envía en su lugar a la agencia estatal correspondiente.
A veces Colorado le paga sin necesidad de un reclamo
Uno de los avances más útiles para los residentes de Colorado es la Proactive Check Campaign del Tesoro, mediante la cual el estado identifica a propietarios que puede verificar de forma positiva y les envía un cheque automáticamente, sin necesidad de formulario de reclamo ni papeleo adicional. Solo entre abril y junio de 2026, el Tesoro reportó haber enviado casi 88,000 cheques por un total de más de 27.7 millones de dólares de esta manera. Si usted recibe uno de estos cheques, significa que el estado ya confirmó su propiedad y le devolvió los fondos directamente.
Las cartas legítimas de la Proactive Check Campaign provienen del Departamento del Tesoro de Colorado, División de Propiedad No Reclamada, y los cheques legítimos se emiten a través de la Office of the State Controller con las firmas estatales requeridas. Si algo en un cheque o una carta le parece sospechoso, verifíquelo directamente con el Tesoro en lugar de usar la información de contacto que aparece en la propia carta.
La actualización legal de 2025
El House Bill 25-1224, vigente desde el 4 de junio de 2025, actualizó la Revised Uniform Unclaimed Property Act de Colorado en varios aspectos relevantes para los residentes. Estableció reglas claras y un plazo de reporte para la moneda virtual no reclamada, y aclaró cuándo se presume abandonada una cuenta de jubilación con impuestos diferidos, generalmente tres años después de que se vuelve pagadera o distribuible al propietario.
El único cambio de tarifas de la ley es más limitado de lo que a menudo se describe. La Sección 14 de la ley modificó C.R.S. 38-13-1304(1)(b)(IV), que regula los acuerdos para recuperar un sobrante de ejecución hipotecaria (foreclosure overbid) no reclamado, y redujo la compensación máxima del veinte por ciento del sobrante al diez por ciento. No modificó lo que puede cobrar un buscador común de propiedad no reclamada. Esas tarifas están limitadas por reglamento del administrador bajo C.R.S. 38-13-1302(3), una disposición que la ley no tocó. Colorado tampoco otorga licencias a los agentes de recuperación. En cambio, el Artículo 13 hace que un acuerdo que no cumpla los requisitos sea inaplicable, anula cualquier acuerdo firmado durante los 24 meses posteriores a que la propiedad llega al estado, y convierte en un delito menor de clase 2 el inducir a alguien a firmar un acuerdo que no cumpla los requisitos de la ley. La actualización no modificó el período estándar de inactividad de tres años que se aplica desde que Colorado adoptó la RUUPA.
Períodos de inactividad
Según la Revised Uniform Unclaimed Property Act de Colorado, el período estándar de inactividad, es decir, cuánto tiempo puede pasar un poseedor sin contacto del propietario antes de tener que reportar la propiedad al estado, es de tres años para la mayoría de los tipos de propiedad. Los salarios y los cheques de nómina deben reportarse antes, generalmente después de un año. Algunas categorías más nuevas, incluida la moneda virtual, siguen sus propios plazos establecidos por la actualización de 2025 descrita anteriormente. Como en todos los estados, el período de inactividad solo determina cuándo una empresa debe reportar la propiedad, no cuándo termina su derecho a reclamarla al estado.

Cómo evitar estafas de propiedad no reclamada
Dos cosas distintas suelen agruparse bajo el término "estafas de dinero no reclamado". La primera es un servicio pago de "búsqueda" o recuperación que localiza propiedad no reclamada y presenta un reclamo a cambio de un porcentaje de lo recuperado. Estos servicios generalmente son legales, y Colorado limita lo que pueden cobrar, mediante reglamento del administrador para los acuerdos comunes bajo C.R.S. 38-13-1302(3) y por ley al diez por ciento para las recuperaciones de sobrantes de ejecución hipotecaria, pero nunca son necesarios, ya que el propio proceso del estado en unclaimedproperty.colorado.gov es completamente gratuito.
La segunda es el fraude directo. La Comisión Federal de Comercio (FTC) advierte que los estafadores se hacen pasar por agencias gubernamentales mediante llamadas, mensajes de texto y correos electrónicos no solicitados, afirmando que el destinatario tiene fondos no reclamados esperándolo. Las señales de alerta constantes son que le pidan información personal o financiera confidencial sin motivo aparente, que lo presionen para pagar una tarifa de "procesamiento" o "liberación" por adelantado, o que le digan que un reclamo está por vencer.
Atención: La verdadera Proactive Check Campaign de Colorado nunca le pide pagar una tarifa ni proporcionar información financiera para recibir un cheque que ya está en camino. Si una llamada o un mensaje de texto le pide un pago antes de liberar dinero que el estado supuestamente le debe, así no funciona el programa legítimo.
Si sospecha de un fraude, denúncielo en ReportFraud.ftc.gov.
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Aviso legal
Este artículo ofrece información general sobre cómo funciona el programa de propiedad no reclamada de Colorado a partir de la fecha de verificación indicada arriba. No constituye asesoría legal ni crea una relación abogado-cliente. Las reglas del programa, los umbrales en dólares y los tiempos de procesamiento pueden cambiar; verifique los detalles actuales directamente con el Departamento del Tesoro de Colorado antes de basarse en cualquier cifra aquí mencionada.
Última actualización: 15 de julio de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Realmente es gratis buscar y reclamar propiedad no reclamada en Colorado?
Sí. El Departamento del Tesoro de Colorado no cobra por buscar en unclaimedproperty.colorado.gov ni por procesar y pagar un reclamo válido presentado directamente ante el estado.
¿Colorado participa en MissingMoney.com?
Sí, Colorado participa en la herramienta de búsqueda multiestatal MissingMoney.com. El propio sitio del Tesoro, unclaimedproperty.colorado.gov, es la base de datos oficial y directa, y también vale la pena consultarla.
¿Hay una fecha límite para reclamar propiedad retenida por Colorado?
No. El programa Great Colorado Payback conserva la propiedad no reclamada de forma indefinida, por lo que un propietario o sus herederos generalmente pueden presentar un reclamo en cualquier momento.
¿Puede Colorado quitarme parte de mi propiedad no reclamada para pagar una deuda que tengo?
Sí. En cualquier reclamo superior a $600, el administrador debe compensar primero el monto contra las obligaciones de manutención infantil y atrasos del reclamante, la restitución, multas, tarifas, costos o recargos ordenados por un tribunal, y los impuestos estatales atrasados, penalidades o intereses, aplicados en ese orden de prioridad conforme a C.R.S. 38-13-902.1 a 38-13-902.3. C.R.S. 38-13-905(2) exige que la compensación se realice antes de entregar la propiedad, por lo que un propietario verificado que deba una de esas deudas puede recibir un pago reducido o nada en absoluto.
¿Qué es la Proactive Check Campaign de Colorado?
Es un programa del Tesoro que envía cheques automáticamente a los propietarios que puede verificar de forma positiva, sin necesidad de un formulario de reclamo. Entre abril y junio de 2026, el Tesoro envió casi 88,000 cheques por un valor de más de 27.7 millones de dólares de esta manera.
¿Cuánto tiempo tarda en procesarse un reclamo de propiedad no reclamada en Colorado?
C.R.S. 38-13-904(2) le da al Tesoro hasta 90 días para aprobar o denegar un reclamo completo y notificarle la decisión. Una vez aprobado el reclamo, C.R.S. 38-13-905(1) le da al administrador hasta 30 días más para pagar o entregar la propiedad, o hasta 45 días si se trata de un valor bursátil. Los reclamos más simples suelen resolverse más rápido.
¿Cuándo se vuelve reportable la propiedad ante Colorado?
La mayoría de los tipos de propiedad se presumen abandonados después de tres años de inactividad según la Revised Uniform Unclaimed Property Act de Colorado, mientras que los salarios y los cheques de nómina deben reportarse después de un año.
¿Qué cambió con la actualización legal de propiedad no reclamada de Colorado en 2025?
El House Bill 25-1224, vigente desde el 4 de junio de 2025, agregó reglas para la moneda virtual, aclaró cuándo se presume abandonada una cuenta de jubilación con impuestos diferidos, y redujo del veinte al diez por ciento la tarifa máxima por recuperar un sobrante de ejecución hipotecaria no reclamado, conforme a C.R.S. 38-13-1304(1)(b)(IV). No modificó el límite de tarifas para los buscadores comunes de propiedad no reclamada, que se establece por reglamento del administrador bajo C.R.S. 38-13-1302(3).
¿Debería pagarle a una empresa que ofrece encontrar mi dinero no reclamado a cambio de una tarifa?
Nunca es necesario. El propio proceso de búsqueda y reclamo de Colorado es gratuito, por lo que un servicio pago de búsqueda es, a lo sumo, una conveniencia, nunca un requisito. Colorado también limita estas tarifas: el reglamento del administrador limita la compensación en los acuerdos comunes de recuperación, y la ley estatal limita al diez por ciento las tarifas por recuperación de sobrantes de ejecución hipotecaria.
Actualizaciones
Se corrigió el plazo de 90 días para reflejar que el Tesoro tiene 90 días para aprobar o denegar un reclamo y hasta 30 días más (45 para valores bursátiles) para pagarlo, se limitó el cambio de tarifas del House Bill 25-1224 a las recuperaciones de sobrantes de ejecución hipotecaria y se eliminó la referencia incorrecta a agentes de recuperación con licencia, y se agregó la compensación obligatoria por manutención infantil, restitución judicial e impuestos estatales atrasados que aplica a cualquier reclamo superior a $600.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Colorado Revised Statutes, Title 38: Property - Real and Personal
§ 38-13-201When property presumed abandonedVigente
(1) Subject to section 38-13-210, the following property is presumed abandoned if it is unclaimed by the apparent owner during the period specified in this section: (a) A traveler's check, fifteen years after issuance; (b) A money order, seven years after issuance; (c) A state or municipal bond, a bearer bond, or an original-issue-discount bond, three years after the earliest of the date the bond matures or is called or the obligation to pay the principal of the bond arises; (d) A debt of a business association, three years after the obligation to pay arises; (e) Repealed.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-03 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
§ 38-13-904When administrator must honor claim for propertyVigente
(1) The administrator shall pay or deliver property to a claimant under section 38-13-903 if the administrator receives evidence sufficient to establish to the satisfaction of the administrator that the claimant is the owner of the property. The general assembly recognizes and reaffirms that the administrator may require a claimant to provide any documents that are necessary to establish ownership before making payment, including but not limited to nonpublic or nonredacted documents. (2) Not later than ninety days after a claim is filed under section 38-13-903, the administrator shall allow or deny the claim and give the claimant notice of the decision in a record. If the claim is denied: (a) The administrator shall inform the claimant of the reason for the denial and specify what additional evidence, if any, is required for the claim to be allowed; (b) The claimant may file an amended claim with the administrator or commence an action under section 38-13-906; and (c) The administrator shall consider an amended claim filed under subsection (2)(b) of this section as an initial claim.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
§ 38-13-905Allowance of claim for propertyVigente
(1) Not later than thirty days after a claim is allowed under section 38-13-904 (2) or, in the case of a security, not later than forty-five days after the claim is allowed under section 39-13-904 (2), the administrator shall pay or deliver to the owner the property or pay to the owner the net proceeds of a sale of the property, together with income or gain to which the owner is entitled under section 38-13-606. (2) Before delivery or payment to an owner under subsection (1) of this section of property or payment to the owner of net proceeds of a sale of the property, the administrator first shall apply the property or net proceeds in accordance with sections 38-13-902.2 to 38-13-902.4. The administrator shall pay the amount to the appropriate state agency and notify the owner of the payment. (3) The administrator may make periodic inquiries of state agencies in the absence of a claim filed under section 38-13-903 to determine whether an apparent owner included in the unclaimed property records of this state has an enforceable debt described in sections 38-13-902.2 to 38-13-902.4.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
§ 38-13-1302When agreement to locate property void - rulesVigente
(1) Subject to subsection (2) of this section, an agreement under section 38-13-1301 is void if it is entered into during the period beginning on the date the property was paid or delivered by a holder to the administrator and ending twenty-four months after the payment or delivery. (2) If a provision in an agreement described in subsection (1) of this section applies to mineral proceeds for which compensation is to be paid to the other person based in whole or in part on a part of the underlying minerals or mineral proceeds not then presumed abandoned, the provision is void regardless of when the agreement was entered into. (3) The administrator shall adopt rules governing the maximum compensation in an agreement under subsection (1) of this section. An agreement that provides for compensation in an amount that exceeds the maximum amount established by rule is unenforceable except by the apparent owner. An apparent owner or the administrator, acting on behalf of an apparent owner, or both, may file an action in the district court for the city and county of Denver to reduce the compensation to the maximum amount.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
§ 38-13-1304Agreements to locate reported property - overbids from foreclosure salesVigente
(1) Notwithstanding any provision of section 38-13-1303 to the contrary, an agreement to pay compensation to recover or assist in recovering an unclaimed overbid transferred to the administrator under section 38-38-111 is: (a) Not enforceable unless entered into at least two years after the date of the transfer; (b) Enforceable if: (I) The agreement is in writing and signed by the owner, as defined in section 38-38-111 (5); (II) The agreement describes the property and the date of the foreclosure sale from which the overbid was derived; (III) The agreement sets forth the nature of the services to be provided; (IV) The compensation to be paid under the terms of the agreement does not exceed ten percent of the amount of the overbid if entered into at least two years after the date of the transfer; and (V) States that the apparent owner may directly file a claim for property with the administrator, who in Colorado is the state treasurer, without being charged a fee by the administrator.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
§ 38-13-902.1Claims offset for child supportVigente
(1) Before paying a claim pursuant to section 38-13-905 in an amount exceeding six hundred dollars, the administrator shall offset against the amount of the claim the claimant's obligations to pay current child support, child support debt, retroactive child support, child support arrearages, child support costs, or child support when combined with maintenance. The administrator may enter into a memorandum of understanding with the department of human services to implement this section and section 26-13-118.5. (2) (a) If a claimant owes current child support, child support debt, retroactive child support, child support arrearages, child support costs, or child support when combined with maintenance, and also owes restitution or fines, fees, costs, or surcharges as described in section 38-13-902.2, delinquent state taxes, penalties, or interest as described in section 38-13-902.3, or both, the unclaimed property offset against the current child support, child support debt, retroactive child support, child support arrearages, child support costs, or child support when combined with maintenance takes priority and shall be applied first.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
§ 38-13-902.2Claims offset for judicial restitution, fines, fees, costs, or surchargesVigente
(1) Before paying a claim pursuant to section 38-13-905 in an amount exceeding six hundred dollars, the administrator shall offset against the amount of the claim the claimant's outstanding court fines, fees, costs, or surcharges or restitution. The administrator may enter into a memorandum of understanding with the judicial department to implement this section and sections 16-11-101.6 (6) and 16-18.5-106.7. (2) If a claimant owes fines, fees, costs, or surcharges or restitution as described in this section and also owes current child support, child support debt, retroactive child support, child support arrearages, child support costs, or child support when combined with maintenance as described in section 38-13-902.1, delinquent state taxes, penalties, or interest as described in section 38-13-902.3, or both, the unclaimed property offsets shall be applied in accordance with the priority set forth in section 38-13-902.1 (2).
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
§ 38-13-902.3Claims offset for state tax delinquenciesVigente
(1) Before paying a claim pursuant to section 38-13-905 in an amount exceeding six hundred dollars, the administrator shall compare the social security number or federal employer identification number of the claimant with the numbers certified by the department of revenue for the purpose of the unclaimed property offset as provided in section 39-21-121. (2) If the social security number or federal employer identification number of a claimant appears among the numbers certified by the department of revenue pursuant to section 39-21-121, the administrator shall suspend the payment of the claim until the requirements of section 39-21-121 are met. If, after consulting with the department, the administrator determines that the claimant is obligated to pay the amounts certified under section 39-21-121, the administrator shall withhold from the amount of the unclaimed property paid to the claimant an amount equal to the amount of delinquent state taxes, penalties, or interest. If the amount of the unclaimed property is less than or equal to the amount of delinquent state taxes, penalties, or interest, the administrator shall withhold the entire amount of the unclaimed property.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en olls.info
Explore la ley
Este artículo también se apoya en estas leyes y capítulos (abriendo en su primera sección): Colorado Revised Statutes, Title 38: Property - Real and Personal § 38-1-101 (Compensation - public use - commission - jury - court - prohibition on elimination of nonconforming uses or nonconforming property design by amortization - limitation on extraterritorial condemnation by municipalities - definitions)
Leyes relacionadas para lectura adicional; no forman parte de las citas de este artículo.
Fuentes y referencias
- Departamento del Tesoro de Colorado, portal de búsqueda y reclamo de propiedad no reclamada Great Colorado Payback(unclaimedproperty.colorado.gov).gov
- Departamento del Tesoro de Colorado, Proactive Check Campaign(treasury.colorado.gov).gov
- Departamento del Tesoro de Colorado, resumen del programa de propiedad no reclamada(treasury.colorado.gov).gov
- Asamblea General de Colorado, HB25-1224, modificaciones a la Revised Uniform Unclaimed Property Act(leg.colorado.gov).gov
- Colorado Revised Statutes, Título 38, Artículo 13, Revised Uniform Unclaimed Property Act(leg.colorado.gov).gov
- FTC Consumer Advice, cómo manejar llamadas inesperadas sobre fondos no reclamados(consumer.ftc.gov).gov
- Estatutos Revisados de Colorado 2025, Título 38, Artículo 13 (Revised Uniform Unclaimed Property Act), secciones 38-13-902.1 a 38-13-902.3, 38-13-904, 38-13-905, 38-13-1302 y 38-13-1304(olls.info)
- Asamblea General de Colorado, texto de la ley promulgada del House Bill 25-1224 (Sección 14, que modifica C.R.S. 38-13-1304(1)(b)(IV))(leg.colorado.gov)