California
Cómo Obtener un Reporte de Policía en California (2026): Reportes de Accidentes e Incidentes

La agencia que investigó su accidente determina cómo solicita una copia en California. La California Highway Patrol (CHP) cubre las carreteras estatales y las áreas bajo su jurisdicción, usando su propio formulario y su propia tabla de tarifas. Un accidente en una calle de la ciudad, en cambio, se tramita a través del departamento de policía de esa ciudad conforme a la California Public Records Act (CPRA).
Las reglas de acceso a bodycam de California también tienen dos niveles. El Código Penal 832.7, promulgado a través de SB 1421 y enmiendas posteriores, determina qué categorías de video deben divulgarse. Un estatuto separado rige cuándo debe divulgarse. Leer solo uno de los dos da un panorama incompleto, así que ambos se cubren a continuación.
Información verificada por última vez el 2026-08-11. Este artículo aún no ha sido revisado por un abogado con licencia.
Cómo Obtener un Reporte de Accidente en California
Accidentes investigados por CHP: Use el Formulario 190 de CHP, «Application for Release of Information», disponible en la propia página de CHP. Envíelo en persona en cualquier oficina de CHP, o por correo postal a la oficina que presentó el reporte. La página de CHP no muestra una opción de envío en línea; trate cualquier fuente secundaria que describa un canal en línea de CHP como no confirmada hasta que lo verifique con la oficina específica.
Tarifa: Escalonada por número de páginas, confirmado directamente en la propia página de CHP: $10.00 por 1-25 páginas, $20.00 por 26-50, $30.00 por 51-75, $40.00 por 76-100, más $10.00 por cada 25 páginas adicionales más allá de 100. Por correo postal, CHP solo acepta cheque personal o giro postal, sin efectivo y sin tarjetas de crédito o débito.
Quién puede obtener una copia: Conductor, pasajero, propietario de la propiedad, propietario del vehículo, padre o madre de un menor, o tutor legal, además de compañías de seguros, abogados, forenses y Caltrans, según la propia lista de elegibilidad de CHP. Esto refleja el Código Vehicular de California 20012, que hace que los reportes de accidentes sean confidenciales para el uso propio del departamento, mientras exige la divulgación del reporte completo, incluidos nombres, direcciones, descripciones de vehículos, diagramas y declaraciones de testigos, a «cualquier persona que pueda tener un interés legítimo en él».
Accidentes de agencias locales: Si un departamento de policía municipal investigó (en lugar de CHP), presente una solicitud bajo la California Public Records Act a la unidad de registros de ese propio departamento.
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Cómo Obtener un Reporte de Incidente Policial en California
Un reporte de incidente por un arresto, robo u otro delito que no sea un accidente se tramita mediante una solicitud estándar bajo la California Public Records Act (CPRA) a la agencia local que investigó.

La exención de las fuerzas del orden de la CPRA, el Código de Gobierno 7923.600 (renumerado en 2023 a partir del antiguo Código de Gobierno 6254(f)), no exige la divulgación de «registros de quejas presentadas a, o investigaciones realizadas por, o registros de información de inteligencia o procedimientos de seguridad de» ninguna agencia policial estatal o local, ni de los expedientes de investigación o seguridad que compile. Como en la mayoría de los estados, esto es discrecional y se evalúa caso por caso, en lugar de ser una prohibición general; las agencias comúnmente divulgan los hechos básicos del «blotter» (registro diario) de un arresto mientras retienen el detalle narrativo de investigación durante un caso activo.
Como ejemplo de una gran ciudad, el Los Angeles Police Department acepta solicitudes bajo la CPRA a través de su Discovery Section, Records and Identification Division. Confirme la tabla de tarifas actual de LAPD y cualquier exención de tarifa específica para víctimas directamente con esa oficina, ya que las cifras específicas que circulan sobre LAPD no se confirmaron de forma independiente contra la propia página del departamento durante esta investigación.
Video de Bodycam de la Policía de California
El marco de acceso a bodycam de California funciona mediante dos estatutos en conjunto, no uno solo.
Qué debe divulgarse, Código Penal 832.7: Según fue enmendado por SB 1421 (2018) y legislación posterior, los registros de personal de los oficiales de paz son confidenciales por defecto, pero categorías específicas «no serán confidenciales y estarán disponibles para inspección pública» bajo la CPRA. Esas categorías, confirmadas directamente contra el texto del estatuto, incluyen un registro relacionado con un incidente que involucra el disparo de un arma de fuego contra una persona por parte de un oficial, un uso de fuerza que resulta en muerte o lesiones corporales graves, y hallazgos confirmados de fuerza irrazonable o excesiva, y hallazgos confirmados de agresión sexual, deshonestidad directamente relacionada con una investigación penal, conducta sesgada, o un arresto o cateo ilegal. Los registros que deben divulgarse incluyen reportes de investigación y «evidencia fotográfica, de audio y de video».
Cuándo debe divulgarse, AB 748: Confirmado directamente en la propia página del texto del proyecto de ley de la California Legislature, la ventana base de divulgación para el video y audio de un incidente crítico es de 45 días calendario después de que la agencia supo o razonablemente debió haber sabido del incidente. Una agencia puede extender esa ventana si la divulgación «interferiría sustancialmente con la investigación», reevaluando y documentando la justificación aproximadamente cada 30 días, con la retención continua limitada a un año desde el incidente. Más allá de un año, la agencia debe demostrar con evidencia clara y convincente que la divulgación interferiría con la investigación para continuar reteniéndolo.
Una agencia puede redactar un registro divulgado solo por razones específicas, como eliminar información de identificación personal, proteger el anonimato de un denunciante o testigo, o abordar un riesgo genuino a la seguridad de un oficial, no como una edición discrecional general. Vea California Police Bodycam Laws y nuestra guía para solicitar video de cámara corporal para conocer con más detalle la mecánica de los plazos de divulgación.
Correcciones y Notas Prácticas
No se encontró un proceso estatutario específico de California para corregir un error factual en un reporte de accidente; comuníquese directamente con la agencia que investigó (CHP o el departamento local).

Una solicitud de copia de un reporte de accidente de California «deberá ir acompañada del pago de una tarifa», conforme al Código Vehicular 20012, que limita esa tarifa al costo real de la agencia para proporcionar la copia, una cifra útil de conocer si una tabla de tarifas parece inflada.
Para conocer las consecuencias de un accidente más allá del reporte en sí, vea Leyes de Accidentes Automovilísticos de California. Para el marco general de registros públicos, vea Leyes de Registros Públicos de California y Registros Judiciales de California. Para el proceso general de presentar o leer un reporte, vea Cómo Presentar un Reporte de Policía y Cómo Leer un Reporte de Policía.
Aviso Legal
Este artículo proporciona información legal general sobre cómo obtener un reporte de accidente policial, un reporte de incidente o video de cámara corporal en California, verificada al 2026-08-11. No constituye asesoría legal ni crea una relación abogado-cliente. Los lectores con una disputa específica sobre registros, o que necesiten asesoría sobre un incidente particular, deben consultar a un abogado con licencia en California.

Última actualización: 2026-08-11. Las tarifas y portales reflejan su estado publicado a partir de agosto de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta un reporte de accidente en California?
Para un accidente investigado por CHP, las tarifas del Formulario 190 están escalonadas por número de páginas: $10 por 1-25 páginas, hasta $40 por 76-100 páginas, más $10 por cada 25 páginas adicionales. Para un accidente de una agencia local, comuníquese con ese departamento para conocer su propia tabla de tarifas bajo la California Public Records Act.
¿Qué formulario uso para un reporte de accidente de la California Highway Patrol?
El Formulario 190 de CHP, «Application for Release of Information». Envíelo en persona en cualquier oficina de CHP o por correo postal a la oficina que presentó el reporte. La propia página de CHP no muestra una opción de envío en línea.
¿Cómo obtengo un reporte de incidente policial en California?
Presente una solicitud bajo la California Public Records Act a la unidad de registros de la agencia local que investigó. La exención de las fuerzas del orden de la CPRA, el Código de Gobierno 7923.600, permite que las agencias retengan expedientes de investigación, generalmente caso por caso durante un caso activo.
¿Cuánto tiempo toma obtener el video de bodycam de California de un incidente crítico?
AB 748 establece una ventana base de 45 días calendario después de que la agencia supo o debió haber sabido del incidente. Una agencia puede extender esa ventana si la divulgación interferiría sustancialmente con la investigación, hasta un año, y más allá de un año solo con evidencia clara y convincente de interferencia continua.
¿Qué video de bodycam de California debe divulgarse bajo SB 1421?
El Código Penal 832.7 exige la divulgación de registros relacionados con un oficial que dispara un arma de fuego contra una persona, un uso de fuerza que causa la muerte o lesiones corporales graves, y hallazgos confirmados de fuerza excesiva, agresión sexual, deshonestidad vinculada a una investigación penal, conducta sesgada, o un arresto o cateo ilegal.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en 3 disposiciones legales conservadas en nuestro propio registro jurídico, cada una obtenida de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
California Government Code
§ 7923.600Vigentecitada en 2 de nuestros artículos
(a) Except as provided in Sections 7924.510, 7924.700, and 7929.610, this division does not require the disclosure of records of complaints to, or investigations conducted by, or records of intelligence information or security procedures of, the office of the Attorney General and the Department of Justice, the Office of Emergency Services and any state or local police agency, or any investigatory or security files compiled by any other state or local police agency, or any investigatory or security files compiled by any other state or local agency for correctional, law enforcement, or licensing purposes. (b) A customer list that an alarm or security company provides to a state or local police agency at the agency’s request is a record subject to this article.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en leginfo.legislature.ca.gov
California Penal Code
§ 832.7Vigentecitada en 3 de nuestros artículos
(a) Except as provided in subdivision (b), the personnel records of peace officers and custodial officers and records maintained by a state or local agency pursuant to Section 832.5, or information obtained from these records, are confidential and shall not be disclosed in any criminal or civil proceeding except by discovery pursuant to Sections 1043 and 1046 of the Evidence Code. This section does not apply to investigations or proceedings concerning the conduct of peace officers or custodial officers, or an agency or department that employs those officers, conducted by a grand jury, a district attorney’s office, the Attorney General’s office, or the Commission on Peace Officer Standards and Training, or a civilian oversight board or commission for a law enforcement agency established pursuant to subdivision (a) of Section 25303.7 of the Government Code or other duly enacted municipal or county ordinance.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en leginfo.legislature.ca.gov
California Vehicle Code
§ 20012Vigente
All required accident reports, and supplemental reports, shall be without prejudice to the individual so reporting and shall be for the confidential use of the Department of Motor Vehicles and the Department of the California Highway Patrol, except that the Department of the California Highway Patrol or the law enforcement agency to whom the accident was reported shall disclose the entire contents of the reports, including, but not limited to, the names and addresses of persons involved or injured in, or witnesses to, an accident, the registration numbers and descriptions of vehicles involved, the date, time and location of an accident, all diagrams, statements of the drivers involved or occupants injured in the accident and the statements of all witnesses, to any person who may have a proper interest therein, including, but not limited to, the driver or drivers involved, or the guardian or conservator thereof, the parent of a minor driver, the authorized representative of a driver, or to any named person injured therein, the owners of vehicles or property damaged thereby, persons who may incur civil liability, including liability based upon a breach of warranty arising out of the…
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en leginfo.legislature.ca.gov
Fuentes y referencias
- Cal. Vehicle Code § 20012 (confidencialidad y divulgación de reportes de accidentes)(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- Cal. Penal Code § 832.7 (registros de personal de oficiales de paz; categorías de divulgación de SB 1421)(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- California AB 748 (2018), plazo de divulgación de video y audio de incidentes críticos(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- California Highway Patrol, Reporte de Colisión (CHP 190)(chp.ca.gov).gov
- Cal. Gov't Code § 7923.600 (California Public Records Act, exención de registros de investigación de las fuerzas del orden)(leginfo.legislature.ca.gov).gov