New Mexico
Leyes de lectores de matrículas de Nuevo México (2026)
Revisado internamente antes de su publicación. · 4 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Nuevo México tiene una ley específica sobre lectores automáticos de matrículas (ALPR), la Driver Privacy and Safety Act, vigente desde el 1 de julio de 2026. En una frase: prohíbe compartir información de ALPR para el control migratorio, las investigaciones sobre atención de salud protegida y la actividad protegida por la Constitución, exige una declaración escrita antes del acceso desde otro estado, hace confidenciales los datos y exige informes anuales. Es una ley sobre el intercambio de datos y la transparencia, no un código completo sobre retención o usos permitidos.
Información revisada el 30 de septiembre de 2026.
Para páginas relacionadas, consulte la entrada de Nuevo México en la comparación por estado, el centro de leyes sobre ALPR, ¿Son legales las cámaras Flock?, ¿Qué son las cámaras Flock? y nuestra guía de leyes sobre cámaras de vigilancia en Nuevo México.
¿Cuándo entró en vigor la ley de ALPR de Nuevo México?
El Senate Bill 40, «AN ACT RELATING TO LICENSE PLATE READERS; ENACTING THE DRIVER PRIVACY AND SAFETY ACT», fue aprobado por el Senado 32 a 8 el 12 de febrero de 2026 y por la Cámara 42 a 22 el 17 de febrero de 2026. La Gobernadora lo firmó el 4 de marzo de 2026 como Laws 2026, chapter 20. La Sección 6 fija la fecha de vigencia: «La fecha de vigencia de las disposiciones de esta ley es el 1 de julio de 2026». La página del proyecto en la legislatura registra estos pasos.
La ley está codificada en NMSA 1978, 29-22-1 a 29-22-5 (Artículo 22 del Capítulo 29, compilado aquí). La sección 29-22-1 es el título abreviado.

¿A quién cubre?
Conforme a NMSA 29-22-2, un «lector automático de matrículas» es un dispositivo electrónico capaz de registrar datos de un vehículo o de su matrícula, o de tomarles una fotografía, y de comparar los datos y las fotografías recopilados con bases de datos existentes de las fuerzas del orden con fines de investigación. La definición «incluye un dispositivo que es propiedad u opera una persona o entidad distinta de una agencia del orden público», por lo que los operadores privados están cubiertos.
Un «usuario de ALPR» es cualquier persona que es propietaria u opera un ALPR o tiene acceso a su información. La «información de ALPR» excluye la información utilizada para auditar un ALPR.
¿Qué formas de compartir datos prohíbe la ley?
La sección 29-22-3(A) dice: «Un usuario de lector automático de matrículas no venderá, compartirá, permitirá el acceso ni transferirá información de lector automático de matrículas si el usuario tiene una creencia razonable de que la información puede usarse con el fin de» una de tres cosas:
- investigar o de otro modo asistir en el control migratorio;
- investigar o enjuiciar una actividad protegida de atención de salud, es decir, la atención reproductiva o de afirmación de género, o ayudar a alguien a obtenerla; o
- identificar o imponer responsabilidad a una persona con base únicamente en su participación en actividades protegidas por la Constitución de Estados Unidos o de Nuevo México, incluidas la reunión, la petición y la expresión.
El estándar es la creencia razonable del usuario sobre el fin, no la prueba de un uso indebido.
Una ley aparte de 2025 limita la divulgación con fines migratorios de los registros de la Motor Vehicle Division, aunque nunca menciona los lectores de matrículas. El Senate Bill 36 (Laws 2025, chapter 138, vigente desde el 1 de julio de 2025) modificó NMSA 66-2-7.1 para hacer ilícito que un empleado o contratista del departamento o de la oficina divulgue «a una agencia gubernamental federal, estatal o local o a una entidad no gubernamental con el fin de hacer cumplir la Immigration and Nationality Act federal, salvo las disposiciones penales por delitos graves de esa ley, cualquier información personal sobre una persona obtenida por el departamento o la oficina en relación con» una licencia de conducir, «el título o el registro de un vehículo» o una tarjeta de identificación. Una entidad no gubernamental que contrate acceso, «incluso mediante una base de datos o una red automatizada», debe certificar por escrito que no usará ni divulgará los registros con ese fin. La infracción es un delito menor. La protección es más limitada de lo que parece: la definición de información personal del Motor Vehicle Code, tal como la modificó la Laws 2026, chapter 11, abarca elementos como el nombre, la dirección y la fotografía, pero «no incluye información sobre vehículos, propiedad de vehículos, accidentes vehiculares, infracciones de conducción ni el estatus del conductor». Esta página no dice cómo se aplica esa línea a una consulta de matrícula.
¿Qué ocurre con las agencias de otros estados y los proveedores?
Los incisos (B) y (C) agregan dos límites más.
- El acceso de un tercero de otro estado o de una agencia del orden público de fuera de Nuevo México requiere primero obtener una declaración escrita que afirme que la información no se usará en violación del inciso (A). Sin una declaración firmada, no se comparte.
- El inciso (C) dice: «Un usuario de lector automático de matrículas no venderá, compartirá, permitirá el acceso, transferirá ni pondrá de otro modo a disposición información de lector automático de matrículas a agentes o agencias que no sean de las fuerzas del orden». Un usuario aún puede poner información a disposición de su propio proveedor de ALPR «con el fin de prestar el servicio de lector automático de matrículas al usuario».
¿Es confidencial la información de ALPR de Nuevo México?
Sí. Sección 29-22-3(D): «La información de lector automático de matrículas es confidencial y no se considera registro público para los efectos de la Inspection of Public Records Act [14-2-1 a 14-2-12 NMSA 1978]».
Eso abarca la información recopilada por un ALPR o creada a partir de su análisis. El texto revisado no resuelve si ese lenguaje alcanza a las ubicaciones de las cámaras, los contratos o los registros de auditoría, y esta página no indica cómo se aplica la Inspection of Public Records Act a ellos. El inciso (E) agrega que la información capturada por una entidad privada solo puede venderse, compartirse, transferirse o divulgarse con el consentimiento expreso de la entidad privada o conforme a una orden judicial válida.
¿Qué informes exige la ley?
Conforme a NMSA 29-22-4, «una agencia del orden público que use un sistema de lector automático de matrículas informará al Department of Public Safety a más tardar el 1 de abril de cada año sobre el año calendario anterior». El informe abarca:
- las cámaras propias o arrendadas, móviles frente a fijas;
- las bases de datos con las que se comparan las lecturas;
- el número de consultas y sus fines;
- otras agencias a las que se otorgó acceso;
- el uso no autorizado identificado conforme a la política de auditoría de la agencia;
- citaciones, órdenes judiciales y solicitudes de terceros;
- solicitudes de otros estados; y
- agencias de otros estados que consultaron los datos.
El Department of Public Safety «agregará los datos de los informes y los pondrá a disposición del público a más tardar el 1 de julio de cada año». Como la ley entró en vigor el 1 de julio de 2026 y el texto dice «año calendario anterior» sin una regla para el primer año, se espera que los primeros informes se presenten el 1 de abril de 2027 y la primera agregación pública el 1 de julio de 2027, pero ese calendario no es seguro.
¿Cómo se aplica la ley?
NMSA 29-22-5 permite que el Fiscal General, un fiscal de distrito y el Department of Public Safety hagan cumplir la ley. En una acción de cumplimiento, el tribunal «podrá otorgar el remedio apropiado, incluida una medida cautelar temporal, preliminar o permanente», y «también podrá imponer una sanción civil por una violación intencional de la Sección 3 de la Driver Privacy and Safety Act por la cantidad de diez mil dólares ($10,000) o los daños reales resultantes de cada violación, la que sea mayor».
Una agencia que no cumpla puede perder los privilegios de intercambio de datos y el acceso a los sistemas de ALPR administrados por el estado. Un proveedor que no cumpla puede enfrentar medidas correctivas, la suspensión o la terminación del acceso. El texto no establece un derecho de acción privado.
¿Qué deja fuera la ley?
La ley no tiene un período de retención, ni una lista de fines permitidos, ni un requisito de orden judicial para las consultas de ALPR. Leímos todas las secciones operativas del Capítulo 29, Artículo 22 y revisamos todo el Capítulo 29 de NMSA en busca de «license plate» y «plate reader». Solo coincidieron el Artículo 22 y un elemento del registro de delincuentes sexuales (datos de registro que incluyen la matrícula de un vehículo).
No enumeramos el Código de Vehículos de Motor (Capítulo 66), el Código Penal (Capítulo 30), el texto de la propia Inspection of Public Records Act ni las disposiciones de privacidad de la constitución estatal, por lo que esta página no indica si agregan reglas. Tampoco localizamos reglamentos de implementación ni orientación del Department of Public Safety.
¿Han aplicado los tribunales la ley?
No encontramos ninguna decisión de un tribunal de Nuevo México que la aplique. Esa búsqueda se hizo solo en la web, por lo que no prueba que no exista ninguna.
¿Qué están haciendo las agencias de Nuevo México?
La lista siguiente no es completa, y las decisiones locales no son reglas estatales.
- Bernalillo County Sheriff's Office: terminó su acuerdo con Flock y anunció un cambio a un sistema de lectores de matrículas de Axon, según el Albuquerque Journal del 8 de septiembre de 2026. El periódico informó que la oficina esperaba poner en funcionamiento el nuevo sistema antes de fin de año y que actualmente conserva los datos de matrículas por 30 días.
- Ciudad de Grants: figura como terminando su programa, con fecha de estado del 27 de agosto de 2026, según el Albuquerque Journal.
¿Cómo puede revisar su sistema local?
- Pregunte al departamento de policía o a la oficina del alguacil si usa ALPR y si tiene una política sobre los límites de intercambio de datos de la sección 29-22-3.
- Pregunte si una agencia de otro estado ha recibido acceso y si se obtuvo una declaración escrita.
- Busque el informe del 1 de abril de la agencia al Department of Public Safety y los datos públicos del 1 de julio del Departamento una vez que se publiquen.
- Recuerde que los datos de matrículas en sí son confidenciales conforme a la sección 29-22-3(D).
Preguntas frecuentes
Esta guía ofrece información jurídica general según la revisión del 30 de septiembre de 2026. No es asesoramiento jurídico. Consulte a un abogado autorizado en Nuevo México sobre una situación concreta.
Última actualización: 30 de septiembre de 2026. Las citas de fuentes en inglés son traducciones nuestras.
Preguntas frecuentes
¿Tiene Nuevo México una ley sobre lectores de matrículas?
Sí. La Driver Privacy and Safety Act, Laws 2026, ch. 20, codificada en NMSA 1978, 29-22-1 a 29-22-5, entró en vigor el 1 de julio de 2026.
¿Pueden compartirse los datos de ALPR de Nuevo México para el control migratorio?
No, si el usuario tiene una creencia razonable de que la información puede usarse para investigar o de otro modo asistir en el control migratorio. La sección 29-22-3(A) prohíbe venderla, compartirla, permitir el acceso o transferirla.
¿Puede la policía de otro estado acceder a los datos de ALPR de Nuevo México?
Solo después de obtener una declaración escrita que afirme que la información no se usará en violación del inciso (A). Sin una declaración firmada, no se permite compartirla.
¿Son registros públicos los datos de lectores de matrículas de Nuevo México?
La sección 29-22-3(D) dice que la información de ALPR es confidencial y no se considera registro público para los efectos de la Inspection of Public Records Act.
¿Limita Nuevo México el tiempo que pueden conservarse los datos de ALPR?
La Driver Privacy and Safety Act no contiene un período de retención, ni una lista de fines permitidos, ni un requisito de orden judicial para las consultas. No se revisaron por completo otras leyes de Nuevo México, los calendarios de conservación de registros ni las políticas de las agencias, y algunas agencias fijan sus propios límites.
¿Qué informes exige Nuevo México?
Las agencias del orden público que usan sistemas de ALPR informan al Department of Public Safety a más tardar el 1 de abril de cada año sobre el año calendario anterior, y el Departamento pone a disposición del público los datos agregados a más tardar el 1 de julio.
¿Cuál es la sanción por violar la ley?
Un tribunal puede otorgar medidas cautelares y, por una violación intencional de la sección sobre intercambio de datos, una sanción civil de $10,000 o los daños reales por violación, la cantidad que sea mayor. Las agencias y los proveedores también pueden perder el acceso.
¿Puede el lector de matrículas de un negocio privado quedar bajo la ley?
Sí. La definición de lector automático de matrículas incluye un dispositivo que es propiedad u opera una persona o entidad distinta de una agencia del orden público.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
New Mexico Statutes Annotated 1978, Chapter 29
§ 29-22-3Automated license plate readers; limitations on sharingVigentecitada en 3 de nuestros artículos
A. An automated license plate reader user shall not sell, share, allow access to or transfer automated license plate reader information if the automated license plate reader user has reasonable belief that the automated license plate reader information may be used for the purpose of: (1) investigating or otherwise assisting in immigration enforcement; (2) investigating or prosecuting a protected health care activity; or (3) efforts to identify or impose civil or criminal liability upon a person or an entity based solely on the person's or entity's participation in activities protected by the United States constitution or the constitution of New Mexico, including assembly, petitioning and speech. B.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-30 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en nmonesource.com
También citada en: Leyes de lectores de matrículas por estado: comparación 2026
§ 29-22-2DefinitionsVigentecitada en 3 de nuestros artículos
As used in the Driver Privacy and Safety Act: A. "automated license plate reader" means an electronic device that is capable of recording data on or taking a photograph of a vehicle or the vehicle's license plate and comparing the collected data and photographs to existing law enforcement databases for investigative purposes and includes a device that is owned or operated by a person or an entity other than a law enforcement agency; B. "automated license plate reader information" means information gathered by an automated license plate reader or created from the analysis of data generated by an automated license plate reader, excluding information used for the purpose of auditing an automated license plate reader; C. "automated license plate reader user" means a person or an entity that owns or operates an automated license plate reader or has access to automated license plate reader information; D.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-30 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en nmonesource.com
§ 29-22-4Automated license plate readers; reportingVigentecitada en 3 de nuestros artículos
A. A law enforcement agency that uses an automated license plate reader system shall report to the department of public safety by April 1 of each year regarding the preceding calendar year. The report shall include: (1) the total number of cameras owned or leased, categorized by mobile or stationary placement; (2) a list of all state and federal databases with which the system data was compared; (3) the total number of times the system was queried, including the purposes for the queries; (4) a list of other law enforcement agencies granted access to the system data; (5) the number of identified instances of unauthorized use or access to the system as determined by the respective agency's audit policy; (6) the number of subpoenas, search warrants and third-party requests received for system data or audit trails, including whether data was provided; (7) the number of requests for automated license plate reader information from out-of-state third parties; and (8) a list of all out-of-state agencies that queried automated license plate reader data. B.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-30 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en nmonesource.com
§ 29-22-5Enforcement; penaltiesVigentecitada en 3 de nuestros artículos
A. The attorney general or a district attorney is authorized to enforce the provisions of the Driver Privacy and Safety Act. B. In an action to enforce the Driver Privacy and Safety Act, the court may award appropriate relief, including temporary, preliminary or permanent injunctive relief. The court may also assess a civil penalty for an intentional violation of Section 3 [29-22-3 NMSA 1978] of the Driver Privacy and Safety Act in the amount of ten thousand dollars ($10,000) or actual damages resulting from each violation, whichever is greater. C. The department of public safety is authorized to enforce the provisions of the Driver Privacy and Safety Act. D. A law enforcement agency that fails to comply with the Driver Privacy and Safety Act may have that law enforcement agency's automated license plate reader data sharing privileges revoked and access to the state-managed automated license plate reader systems restricted. E. A vendor of automated license plate readers that fails to comply with the Driver Privacy and Safety Act or department of public safety rules may be subject to corrective action, suspension of authorization or termination of access.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-30 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en nmonesource.com
§ 29-22-1Short titleVigente
This act [29-22-1 to 29-22-5 NMSA 1978] may be cited as the "Driver Privacy and Safety Act".
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-30 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en nmonesource.com
Fuentes y referencias
- Página del proyecto SB 40 (2026) de Nuevo México(nmlegis.gov).gov
- NMSA 1978, Capítulo 29, Artículo 22 (compilación)(nmonesource.com).gov
- Albuquerque Journal: BCSO recurre a un nuevo proveedor de vigilancia (8 de septiembre de 2026)(abqjournal.com)
- Albuquerque Journal: el alguacil del condado de Bernalillo terminará los contratos con Flock(abqjournal.com)
- Senate Bill 36(nmlegis.gov).gov
- Laws 2026, chapter 11(nmlegis.gov).gov