Wyoming
Leyes de Difamación en Wyoming: Libelo y Calumnia (2026)

En Wyoming, la difamación es una reclamación civil que abarca tanto el libelo como la calumnia, y generalmente se tiene un año para demandar conforme a la Sección 1-3-105(a)(v)(A) de los Estatutos de Wyoming. Wyoming no tiene un estatuto anti-SLAPP, y un capítulo separado del código, Título 1, Capítulo 29, aborda el libelo y la calumnia en transmisiones y limita los daños en algunos casos de transmisión.
Esta guía forma parte de nuestra serie Leyes de Difamación por Estado. Para los fundamentos de la reclamación, consulte qué significa la difamación de carácter.
¿Qué constituye difamación en Wyoming?
La difamación en Wyoming es una declaración falsa de hecho que perjudica la reputación de una persona, y el demandante generalmente debe probar una declaración falsa y difamatoria sobre el demandante, una publicación no privilegiada a una tercera persona, el grado de culpa requerido, y ya sea daños especiales o que la declaración sea accionable en su faz. La verdad es una defensa completa, porque una declaración verdadera no puede satisfacer el elemento de falsedad. Las declaraciones de opinión pura que no pueden probarse verdaderas o falsas están protegidas, aunque una opinión que implica hechos falsos no divulgados puede todavía ser accionable. La declaración debe razonablemente entenderse como referida al demandante, y debe llegar al menos a una persona que no sea el demandante. Wyoming sigue el marco general del common law para la difamación, basándose en los principios del Restatement que sus tribunales han aplicado para desestimar reclamaciones que no logran demostrar falsedad, culpa o significado difamatorio. Dado que la reclamación gira en torno a una afirmación de hecho probablemente falsa, aislar la declaración exacta y demostrar que es falsa es el primer paso en cualquier caso de Wyoming.
Libelo vs calumnia en Wyoming
Wyoming trata el libelo y la calumnia como las dos formas de difamación, distinguidas por cómo se comunica la declaración. El libelo es la difamación en una forma fija o duradera, como la escritura, la impresión, una imagen o una publicación en línea, mientras que la calumnia es la difamación hablada que es transitoria. Ambas formas comparten el mismo plazo de prescripción de un año conforme a la Sección 1-3-105(a)(v)(A) de los Estatutos de Wyoming, que enumera expresamente el libelo y la calumnia juntos. El contenido en línea, incluida una reseña difamatoria, una publicación en redes sociales, un correo electrónico o un comentario en un blog, generalmente se trata como libelo en Wyoming porque está registrado en una forma fija. La forma todavía importa para analizar los daños: históricamente la calumnia requería prueba de daños especiales salvo que encajara en una categoría per se reconocida, mientras que el libelo era más fácilmente tratado como accionable en su faz. Wyoming también tiene un capítulo dedicado a la transmisión, Título 1, Capítulo 29, que aborda la difamación en transmisiones de radio y televisión y limita los daños en algunos de esos casos, por lo que el medio de publicación puede afectar tanto el análisis como los daños recuperables.

| Característica | Libelo | Calumnia |
|---|---|---|
| Forma | Escritura, impresión, imagen, publicación en línea | Palabras habladas |
| Ejemplos típicos | Artículos, reseñas, correos, publicaciones en redes sociales | Comentarios en persona, discursos, llamadas telefónicas |
| Plazo de prescripción | Un año (Wyo. Stat. 1-3-105) | Un año (Wyo. Stat. 1-3-105) |
| Regla de transmisión | El Capítulo 29 limita algunos daños por transmisión | El Capítulo 29 limita algunos daños por transmisión |
Difamación per se en Wyoming
Wyoming reconoce la difamación per se, lo que significa que algunas declaraciones son tan inherentemente perjudiciales que el daño a la reputación se presume sin prueba específica de pérdida. Las categorías generalmente seguidas por los tribunales de Wyoming, consistentes con la tradición del common law, son declaraciones que atribuyen un delito, declaraciones que atribuyen una enfermedad repugnante o contagiosa, declaraciones que atribuyen falta de castidad o conducta sexual indebida, y declaraciones que perjudican al demandante en su negocio, oficio, profesión o cargo. Cuando una declaración encaja en una de estas categorías, el demandante ordinariamente no necesita probar una cifra económica precisa para establecer el daño a la reputación. Las declaraciones que no encajan en una categoría per se, a veces denominadas per quod, requieren que el demandante alegue y pruebe daños reales y especiales, como ingresos perdidos o negocios perdidos. Las reglas constitucionales de Gertz v. Robert Welch, Inc. todavía aplican, por lo que donde un demandado de medios y un asunto de interés público están involucrados, la disponibilidad de los daños presuntos puede restringirse en ausencia de la demostración de culpa requerida. Encuadrar la declaración en una categoría reconocida, por lo tanto, determina tanto lo que el demandante debe probar como qué daños pueden estar disponibles.
Tenga en cuenta: La Sección 1-29-103 de los Estatutos de Wyoming limita la recuperación a los daños reales por difamación realizada como parte de una transmisión visual o sonora, salvo que se alegue y pruebe culpa adicional. La etiqueta per se no anula ese límite legal sobre la difamación por transmisión.
El plazo de prescripción para demandar por difamación en Wyoming
El plazo de prescripción para la difamación en Wyoming es de un año, establecido por la Sección 1-3-105(a)(v)(A) de los Estatutos de Wyoming, que establece que una acción por libelo o calumnia debe interponerse dentro de un año. Este es uno de los plazos más cortos del país, por lo que actuar con prontitud es esencial. El plazo generalmente comienza a correr cuando se publica la declaración difamatoria, es decir, cuando se comunica a una tercera persona. Para el contenido de medios masivos y en línea, el principio de publicación única generalmente trata una edición, transmisión o publicación como una única causa de acción que se acumula en la primera publicación en lugar de reiniciarse con cada nueva visualización. Dado que Wyoming solo otorga a los demandantes un año, y porque el capítulo de transmisión y la ausencia de un estatuto anti-SLAPP añaden sus propias complicaciones, cualquier persona que considere una reclamación de difamación en Wyoming debe preservar la evidencia de inmediato, identificar la fecha de publicación y evitar asumir que el plazo se reinicia cada vez que se visualiza una publicación. Perder el plazo de un año ordinariamente impedirá la reclamación independientemente de sus méritos.
La ley anti-SLAPP de Wyoming
Wyoming no tiene un estatuto anti-SLAPP. Un SLAPP, o demanda estratégica contra la participación pública, es una demanda sin fundamento interpuesta para silenciar o castigar el discurso protegido, y muchos estados otorgan a los demandados una moción especial para desestimar tales demandas de manera anticipada y recuperar los honorarios de abogado. Wyoming no proporciona tal herramienta legal, lo que significa que un demandado que es demandado por hablar sobre un asunto de interés público no puede presentar una moción especial expedita, no puede apoyarse en una suspensión automática del descubrimiento, y generalmente no puede recuperar los honorarios de abogado obligatorios simplemente por prevalecer. En cambio, los demandados de Wyoming deben defenderse en cuanto al fondo utilizando recursos procesales ordinarios como una moción de desestimación o una moción de sentencia sumaria, junto con defensas sustantivas como la verdad, la opinión, el privilegio y el estándar constitucional de malicia real para demandantes que son figuras públicas. Wyoming sigue siendo uno de un pequeño grupo de estados sin ninguna ley anti-SLAPP. Los legisladores han considerado la legislación anti-SLAPP en sesiones recientes, y una comisión legislativa ha trabajado en la redacción de un proyecto de ley, pero ningún estatuto anti-SLAPP se ha convertido en ley en Wyoming a partir de 2026.

Figuras públicas y malicia real
El estatus de un demandante como figura pública o privada controla el estándar de culpa, y esta regla proviene del derecho constitucional federal que se aplica de la misma manera en Wyoming. Conforme a New York Times Co. v. Sullivan, 376 U.S. 254 (1964), un funcionario público que demanda por declaraciones sobre su conducta oficial debe probar malicia real, lo que significa que el demandado sabía que la declaración era falsa o actuó con temerario desprecio por si era verdadera. Gertz v. Robert Welch, Inc., 418 U.S. 323 (1974), extendió el requisito de malicia real a las figuras públicas, personas que han alcanzado fama general o que han ingresado voluntariamente en una controversia pública. Los particulares son tratados de manera más favorable. Los tribunales de Wyoming generalmente exigen que un demandante privado pruebe que el demandado fue al menos negligente respecto a la veracidad de la declaración, un umbral más bajo que la malicia real. Determinar a qué categoría pertenece el demandante es frecuentemente la disputa central en un caso de Wyoming, porque establece con qué dificultad el demandante debe probar la culpa y si los daños punitivos están realísticamente disponibles.
Daños que puede recuperar en Wyoming
Los daños en un caso de difamación en Wyoming se clasifican en categorías familiares, con un límite legal notable para las transmisiones. Los daños especiales son pérdidas económicas específicas y comprobables, como salarios perdidos, clientes perdidos u oportunidades de negocio perdidas. Los daños generales o presuntos compensan el daño a la reputación y el sufrimiento emocional, y para las declaraciones que encajan en una categoría per se, el daño a la reputación puede presumirse sin prueba de una cifra precisa. Los daños punitivos o ejemplares pueden estar disponibles cuando el demandante demuestra la culpa elevada que la ley de Wyoming exige para tales adjudicaciones, y están sujetos a los límites generales de Wyoming sobre los daños punitivos. El capítulo de transmisión añade un límite importante: la Sección 1-29-103 de los Estatutos de Wyoming generalmente limita a la parte demandante a los daños reales alegados y probados por difamación publicada o expresada como parte de una transmisión visual o sonora, salvo que se demuestre culpa adicional. Los tribunales generalmente han sostenido que el daño reclamado debe estar conectado con la declaración difamatoria en sí misma y no con circunstancias no relacionadas, por lo que la causalidad sigue siendo una cuestión activa incluso cuando los daños son presuntos.
Cómo demandar por difamación en Wyoming
Presentar una reclamación de difamación en Wyoming generalmente sigue una secuencia, aunque cada situación es diferente y esto es información general, no asesoramiento jurídico. Un primer paso habitual es una carta de cese y desistimiento o una solicitud de corrección que identifique la declaración falsa y pida su eliminación o una rectificación. Preservar la evidencia es esencial: guarde la declaración, la fecha de publicación, las URL, capturas de pantalla, los nombres de cualquier persona que la haya visto y cualquier registro de perjuicio económico. El demandante presenta luego una demanda ante el tribunal de distrito de Wyoming correspondiente dentro del plazo de un año en la Sección 1-3-105(a)(v)(A) de los Estatutos de Wyoming, indicando las declaraciones falsas, la base para la culpa, el perjuicio y los fundamentos de la jurisdicción. Si la declaración fue parte de una transmisión de radio o televisión, el demandante debe tener en cuenta los límites de daños en la Sección 1-29-103 de los Estatutos de Wyoming. Dado que Wyoming no tiene un estatuto anti-SLAPP para trasladar los honorarios, y porque el plazo de un año es corto, muchos demandantes y demandados consultan a un abogado con licencia en Wyoming de manera temprana para evaluar la reclamación y las defensas disponibles.

Cómo Demandar por Difamación de Carácter en Wyoming
Para presentar una reclamación por difamación de carácter en Wyoming, el demandante generalmente debe presentar la demanda dentro de un año de la declaración conforme a Wyo. Stat. 1-3-105(a)(v), que enumera el libelo y la calumnia entre las acciones de un año. Las demandas de difamación se presentan ante el tribunal de distrito del condado donde vive el demandado o donde ocurrió el perjuicio; el tribunal de circuito tramita reclamaciones menores de hasta $6,000, aunque la difamación generalmente necesita una presentación civil regular. Los elementos que debe probar y las defensas disponibles, incluidas la verdad, la opinión y el privilegio, siguen las reglas nacionales estándar de difamación cubiertas en nuestra guía principal.
- Plazo de prescripción: 1 año (Wyo. Stat. 1-3-105(a)(v))
- Dónde presentar la demanda: Tribunal de distrito (las reclamaciones menores del tribunal de circuito son hasta $6,000)
- Daños: No hay límite legal específico para la difamación; daños compensatorios estándar y, cuando corresponda, daños punitivos
- Anti-SLAPP: Ninguno. Wyoming no tiene un estatuto anti-SLAPP, por lo que un demandado que enfrenta una demanda sin fundamento sobre discurso protegido debe apoyarse en mociones ordinarias de desestimación en lugar de una moción especial de trámite rápido.
¿Es la difamación un delito en Wyoming? No. Wyoming no tiene un estatuto general de difamación penal, por lo que la difamación se persigue únicamente como reclamación civil.
Para el proceso paso a paso completo, consulte Cómo Demandar por Difamación de Carácter.
Redacte su Carta
Use nuestro generador gratuito de cartas de cese y desistimiento por difamación para redactar una carta para Wyoming. Preselecciona Wyoming y muestra su plazo de prescripción y estado anti-SLAPP mientras escribe.
Preguntas frecuentes
¿Puedo demandar por difamación en Wyoming?
Sí. Wyoming reconoce las reclamaciones por libelo y calumnia. Debe probar una declaración falsa y no privilegiada sobre usted, publicada a una tercera persona, con la culpa requerida y ya sea daños especiales o una declaración accionable en su faz, y debe presentar la demanda dentro de un año conforme a la Sección 1-3-105 de los Estatutos de Wyoming.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar por difamación en Wyoming?
Un año. La Sección 1-3-105(a)(v)(A) de los Estatutos de Wyoming establece un plazo de prescripción de un año para el libelo y la calumnia, generalmente medido desde la fecha de publicación.
¿Es Wyoming un estado con plazo de un año para la difamación?
Sí. El libelo y la calumnia se enumeran en la categoría de un año conforme a la Sección 1-3-105(a)(v)(A) de los Estatutos de Wyoming, haciendo de Wyoming uno de los estados con plazos más cortos para la difamación.
¿Qué es la difamación per se en Wyoming?
La difamación per se cubre declaraciones tan inherentemente perjudiciales que se presume el daño a la reputación, generalmente atribuyendo un delito, una enfermedad repugnante, falta de castidad o perjuicio al negocio, oficio o profesión del demandante. Las declaraciones fuera de estas categorías requieren prueba de daños reales y especiales.
¿Tiene Wyoming una ley anti-SLAPP?
No. Wyoming no tiene un estatuto anti-SLAPP, por lo que los demandados no pueden presentar una moción especial de desestimación anticipada ni recuperar honorarios obligatorios de abogado por prevalecer. Deben defenderse en cuanto al fondo utilizando la verdad, la opinión, el privilegio y el estándar constitucional de malicia real.
¿Puedo demandar por una mala reseña en línea en Wyoming?
Posiblemente. Una reseña que afirme un hecho falso sobre usted puede ser difamatoria y generalmente se trata como libelo porque está en una forma fija. Una reseña que transmita solo una opinión honesta está protegida, y usted todavía tendría que probar los demás elementos y presentar la demanda dentro de un año.
¿Es la verdad una defensa frente a la difamación en Wyoming?
Sí. La verdad es una defensa completa. La falsedad es un elemento de la reclamación, por lo que una declaración que sea sustancialmente verdadera no puede ser difamatoria en Wyoming.
¿Cuál es la diferencia entre libelo y calumnia en Wyoming?
El libelo es la difamación en una forma fija como la escritura, una imagen o una publicación en línea, mientras que la calumnia es hablada. Ambos comparten el plazo de un año conforme a la Sección 1-3-105 de los Estatutos de Wyoming, pero la forma puede afectar el análisis de daños, y las transmisiones están sujetas al límite de daños en la Sección 1-29-103.
Fuentes y referencias
- Plazo de prescripción de difamación en Wyoming, Sección 1-3-105(a)(v)(A) de los Estatutos de Wyoming (un año para libelo y calumnia), Título 1(wyoleg.gov).gov
- Transmisiones de libelo y calumnia y límite de daños en Wyoming, Secciones 1-29-101 a 1-29-103 de los Estatutos de Wyoming, Título 1, Capítulo 29 (la difamación por transmisión se limita a los daños reales alegados y probados)(wyoleg.gov).gov
- Wyoming no tiene estatuto anti-SLAPP (guía anti-SLAPP del Reporters Committee for Freedom of the Press)(rcfp.org)
- New York Times Co. v. Sullivan, 376 U.S. 254 (1964)(law.cornell.edu)
- Gertz v. Robert Welch, Inc., 418 U.S. 323 (1974)(law.cornell.edu)