California
Leyes de lectores de matrículas (ALPR) en California (2026)
Revisado internamente antes de su publicación. · 19 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

California tiene una ley específica sobre lectores de matrículas, incorporada por la SB 34 y vigente desde el 1 de enero de 2016: Civil Code §§ 1798.90.5 a 1798.90.55. En una sola frase, el operador de un sistema ALPR debe mantener medidas razonables de seguridad y una política escrita y pública de uso y privacidad, y una agencia pública debe recibir comentarios del público antes de iniciar un programa y no puede compartir los datos salvo con otra agencia pública.
Información revisada el 30 de septiembre de 2026.
Para páginas relacionadas, consulte la entrada de California en la comparación por estado, el centro de leyes sobre ALPR, ¿Son legales las cámaras Flock?, ¿Qué son las cámaras Flock? y nuestra guía sobre las leyes de cámaras de vigilancia de California.
¿Qué exige la ley de ALPR de California a los operadores?
Los deberes del operador están en Civil Code § 1798.90.51. Un operador debe mantener medidas razonables de seguridad e implementar una política escrita y pública de uso y privacidad. Como mínimo, la política debe indicar los fines autorizados, los cargos autorizados y la capacitación, el monitoreo, las reglas sobre venta, intercambio y transferencia, el custodio oficial y las medidas de exactitud.
También debe indicar «[t]he length of time ALPR information will be retained, and the process the ALPR operator will utilize to determine if and when to destroy retained ALPR information» (el tiempo que se conservará la información de ALPR y el proceso que usará el operador para determinar si se debe destruir la información conservada y cuándo).
La ley no fija un plazo numérico de retención para todo el estado en el Title 1.81.23. El plazo de retención es el que indique la política de cada operador o usuario final, aparte de la regla de la Patrulla de Caminos de California que se describe más abajo.
El acceso se controla por separado. Conforme a § 1798.90.52, un operador que accede a información de ALPR o da acceso a ella debe llevar un registro de cada acceso, con la fecha y la hora, los datos de la matrícula o de la consulta utilizados, el nombre de usuario y la afiliación, y el propósito. También debe exigir que se use únicamente para los fines de su política. La política de un usuario final debe incluir «a process for periodic system audits» (un proceso de auditorías periódicas del sistema).
Las definiciones de la ley excluyen a algunas entidades. Una agencia de transporte sujeta a Streets and Highways Code § 31490 queda excluida tanto de la definición de operador como de la de usuario final. Las personas reguladas por la Gramm-Leach-Bliley Act y los usuarios permitidos conforme a la Driver's Privacy Protection Act, distintos de las fuerzas del orden, quedan excluidos solo de la definición de usuario final, no de la de operador.
La sección 31490 tiene sus propias reglas para los datos de peaje. Su definición de información de identificación personal incluye «travel pattern data» (datos de patrones de viaje), «license plate number» (número de matrícula) y «photograph» (fotografía), y un sistema de peaje incluye un «camera-based vehicle identification system» (sistema de identificación de vehículos basado en cámaras). Salvo lo que la sección disponga de otro modo, por ejemplo para los datos agregados y para compartir con otras agencias de transporte por razones de interoperabilidad, una agencia de transporte no puede vender ni proporcionar de otro modo esa información a otras personas o entidades. Conforme a § 31490(e), puede entregar la información a una agencia del orden público «only pursuant to a search warrant» (solo conforme a una orden de registro), con excepciones para un agente de la paz que realice una investigación penal o de un accidente de tráfico y tenga causa justificada para creer que la demora en solicitar una orden produciría un resultado adverso, y para «the date, time, and location of a vehicle license plate read» (la fecha, la hora y el lugar de una lectura de matrícula de un vehículo) que se proporcione a un agente de la paz en respuesta a una alerta incluida en una lista y que contenga el número de matrícula. La persona cuya información se venda o se proporcione a sabiendas en violación de la ley puede demandar por daños reales o $2,500 por violación, lo que sea mayor, o $4,000 por violación si ocurrió tres o más veces.

¿Qué reglas adicionales se aplican a las agencias públicas y a la CHP?
Una agencia pública que opera o pretende operar un sistema ALPR «shall provide an opportunity for public comment at a regularly scheduled public meeting of the governing body of the public agency before implementing the program» (debe ofrecer la oportunidad de comentario público en una reunión pública ordinaria del órgano de gobierno de la agencia pública antes de implementar el programa). Ese requisito está en § 1798.90.55(a).
Conforme a § 1798.90.55(b), «[a] public agency shall not sell, share, or transfer ALPR information, except to another public agency, and only as otherwise permitted by law» (una agencia pública no venderá, compartirá ni transferirá información de ALPR, salvo a otra agencia pública y solo según lo permita la ley). Los servicios de alojamiento y de remolque quedan excluidos del significado de compartir. La ley define agencia pública como el estado, las ciudades, los condados y sus agencias o subdivisiones políticas, y no menciona a las agencias de otros estados ni a las federales.
El Fiscal General de California ha abordado ese vacío en una guía. El Information Bulletin 2023-DLE-06, del 27 de octubre de 2023, afirma que «SB 34 does not permit California LEAs to share ALPR information with private entities or out-of-state or federal agencies, including out-of-state and federal law enforcement agencies» (la SB 34 no permite que las agencias del orden público de California compartan información de ALPR con entidades privadas ni con agencias de otros estados o federales, incluidas las agencias del orden público de otros estados y federales). El boletín aplica esa lectura a las bases de datos multiagencia alojadas por proveedores. Es una guía, no una decisión judicial.
Una ley separada, la California Values Act, también se relaciona con el intercambio con autoridades de inmigración, aunque nunca menciona los lectores de matrículas. Government Code § 7284.6(a)(1)(D) prohíbe que las agencias del orden público de California usen dinero o personal de la agencia para fines de control migratorio, incluido «[p]roviding personal information, as defined in Section 1798.3 of the Civil Code, about an individual, including, but not limited to, the individual's home address or work address unless that information is available to the public» (proporcionar información personal, según la define la Sección 1798.3 del Civil Code, sobre una persona, incluidos, entre otros, su domicilio o dirección de trabajo, a menos que esa información esté disponible al público). La definición de Civil Code § 1798.3, a la que remite esa disposición, no incluye los números de matrícula. La sección 7284.8(b) ordena por separado al Fiscal General que publique una guía para que «any databases operated by state and local law enforcement agencies, including databases maintained for the agency by private vendors» (las bases de datos operadas por agencias del orden público estatales y locales, incluidas las bases de datos mantenidas para la agencia por proveedores privados) limiten la disponibilidad de su información para el control migratorio «to the fullest extent practicable» (en la mayor medida posible), y dice que las agencias «are encouraged» (se las alienta) a adoptar esa guía. Esta página no revisó esa guía.
La Patrulla de Caminos de California tiene su propia ley. Conforme a Vehicle Code § 2413(b) a (e), la CHP «may retain license plate data captured by a license plate reader (LPR) for no more than 60 days» (puede conservar los datos de matrículas captados por un lector de matrículas por no más de 60 días), salvo como prueba o para investigaciones de delitos graves. No puede vender los datos, solo puede usarlos para localizar vehículos o personas de las que se sospeche razonablemente que cometieron un delito público, y debe informar sobre sus prácticas y divulgaciones de LPR en su informe anual sobre robo de automóviles.
Las cámaras automáticas de control de tráfico, que también fotografían matrículas, se rigen por reglas de confidencialidad separadas y no por la ley de ALPR. Para las cámaras de luz roja, Vehicle Code § 21455.5(f) dispone que «photographic records made by an automated traffic enforcement system shall be confidential, and shall be made available only to governmental agencies and law enforcement agencies and only for the purposes of this article» (los registros fotográficos hechos por un sistema automático de control de tráfico serán confidenciales y se pondrán a disposición solo de agencias gubernamentales y agencias del orden público y solo para los fines de este artículo). Para los programas piloto de sistemas de seguridad de velocidad, Vehicle Code § 22425 hace confidenciales los registros fotográficos y administrativos, limita el uso que las agencias públicas pueden darles a los fines de ese artículo o a evaluar los efectos del sistema, y exige que el contrato con el fabricante o proveedor del sistema le prohíba «sharing, repurposing, or monetizing collected data» (compartir, reutilizar o monetizar los datos recopilados), salvo lo que el artículo autorice específicamente. Ambas secciones también permiten que el propietario registrado, o el conductor que este identifique, revise la prueba fotográfica de la presunta infracción.
¿Ha intentado el estado hacer cumplir la regla sobre compartir datos?
La oficina del Fiscal General dice que sí. Su comunicado de prensa del 21 de enero de 2026 indica que el 3 de octubre de 2025 el Fiscal General presentó una demanda, California v. City of El Cajon, ante el Tribunal Superior de San Diego, por el intercambio de datos de sistemas ALPR de la ciudad con más de 100 agencias del orden público de otros estados, lo cual, según la oficina, es contrario a la ley estatal. El 21 de enero de 2026 la oficina presentó una moción para detener ese intercambio.
Esta página no puede informar cómo terminó el caso. Solo se revisó el comunicado de prensa, y no se verificó el resultado a septiembre de 2026.
¿Estas reglas alcanzan a los operadores privados y se puede demandar?
Dos decisiones publicadas de la Corte de Apelaciones de 2026 responden preguntas distintas, y aquí se describen por separado.
En Bartholomew v. Parking Concepts, Inc. (Corte de Apelaciones de California, Primer Distrito, División Quinta, resuelta el 5 de febrero de 2026), el tribunal sostuvo que la recopilación y el uso de información de matrículas por parte del operador privado de un estacionamiento, sin implementar la política de uso y privacidad exigida por la ley, constituye un daño conforme a la ley de ALPR. El tribunal revocó la desestimación de ese reclamo, mientras que los reclamos por competencia desleal y por privacidad constitucional siguieron desestimados. La opinión posterior en Mata coincidió con Bartholomew en que una mera violación de la ley no basta, dijo que era escéptica respecto de la teoría del daño basada en el «right to know» (derecho a saber) de Bartholomew, y no resolvió esa cuestión porque el operador en Mata había publicado una política de uso y privacidad.
En Mata v. Digital Recognition Network, Inc. (Corte de Apelaciones de California, Cuarto Distrito, División Uno, resuelta el 20 de julio de 2026), el tribunal sostuvo que la legitimación para demandar conforme a Civil Code § 1798.90.54 requiere un daño real. Un demandante cuyos datos fueron recopilados y almacenados, pero nunca sufrieron una brecha de seguridad ni un acceso o uso no autorizado, y que no demostró ningún otro daño, carecía de legitimación, y se confirmó la sentencia sumaria a favor del operador. La opinión también afirma que «the ALPR statute does not restrict or place limitations on a private entity's collection or use of ALPR information» (la ley de ALPR no restringe ni limita la recopilación o el uso de información de ALPR por parte de una entidad privada) (citando a Bartholomew), pero que sí restringe a las agencias públicas mediante las reglas de comentario público y de transferencia de § 1798.90.55. Informes secundarios indican que se presentó una petición de revisión ante la Corte Suprema de California; su estado no se verificó, así que compruebe si la decisión sigue vigente antes de apoyarse en ella.
El recurso privado está en § 1798.90.54. Una persona «harmed by a violation» (perjudicada por una violación) puede demandar a quien haya causado el daño a sabiendas. El tribunal puede otorgar daños reales de no menos de $2,500 como daños liquidados, daños punitivos por desprecio deliberado o temerario, honorarios de abogados y medidas de equidad. Ambas decisiones coinciden en que una mera violación no basta, pero difieren en si recopilar datos sin ninguna política de uso y privacidad es en sí mismo un daño, por lo que un lector no puede asumir que una violación técnica por sí sola sustenta un reclamo, ni que nunca lo sustenta.
¿Se pueden solicitar registros de ALPR en California?
La ley de registros públicos de California exige que una agencia justifique la negativa a entregar un registro mediante una exención expresa o demostrando que el interés público en la no divulgación supera claramente el de la divulgación. Los expedientes de investigación de la policía estatal o local están exentos de divulgación obligatoria conforme a Gov. Code § 7923.600.
En ACLU Foundation of Southern California v. Superior Court (Cal. 31 de agosto de 2017), la Corte Suprema de California sostuvo que el escaneo de ALPR «does not produce records of investigations, because the scans are not conducted as part of a targeted inquiry into any particular crime or crimes» (no produce registros de investigaciones, porque los escaneos no se realizan como parte de una indagación dirigida sobre algún delito o delitos en particular). El tribunal también sostuvo que el interés público en la no divulgación de los datos de escaneo sin procesar superaba claramente el de la divulgación conforme a la prueba de balance residual. Devolvió el caso para determinar si los datos podían anonimizarse o editarse de modo que se exigiera su divulgación.
La opinión cita la numeración anterior, Gov. Code §§ 6254(f) y 6255(a). Las secciones vigentes son 7923.600 y 7922.000. En la práctica, esta decisión significa que los datos de escaneo sin procesar son difíciles de obtener, mientras que una política, un contrato o un acta de reunión son solicitudes más realistas.
¿Qué han dicho los tribunales sobre la Cuarta Enmienda y los datos de ALPR?
No se encontró ninguna decisión de apelación de California que determine que la recopilación de datos de ALPR es o no es una búsqueda conforme a la Cuarta Enmienda. En People v. Gonzalez (Cal. Ct. App. 5 de diciembre de 2019), el acusado alegó que admitir un informe de una base de datos de ALPR del Área de la Bahía violaba la Cuarta Enmienda. El tribunal dijo: «We need not decide whether, as the parties dispute, appellant forfeited this challenge or had a reasonable expectation of privacy in the license plate data» (no necesitamos decidir si, como discuten las partes, el apelante renunció a este planteamiento o tenía una expectativa razonable de privacidad en los datos de matrículas), y sostuvo que cualquier error fue inofensivo más allá de toda duda razonable. Esa parte de la opinión (Parte I) no fue certificada para publicación, por lo que no es precedente y, en general, no puede citarse ante los tribunales de California.
¿Qué encontró el Auditor del Estado sobre las políticas de las agencias?
El Informe 2019-118 del Auditor del Estado de California, del 13 de febrero de 2020, revisó cuatro agencias: el Departamento de Policía de Fresno, el Departamento de Policía de Los Ángeles, el Alguacil del Condado de Marin y el Alguacil del Condado de Sacramento. Concluyó que «the law enforcement agencies we reviewed must better protect individuals' privacy through ensuring that their policies reflect state law» (las agencias del orden público que revisamos deben proteger mejor la privacidad de las personas asegurándose de que sus políticas reflejen la ley estatal). También encontró debilidades en la seguridad de los datos, en las decisiones sobre compartir información y en la supervisión de los usuarios. El informe es anterior al boletín del Fiscal General de 2023 y a las decisiones judiciales de 2026 mencionadas arriba.
¿Qué decisiones locales se han registrado?
Los registros que siguen provienen de las fuentes indicadas, con las fechas que esas fuentes dan. La lista no está completa, y un estado que aquí se muestra puede cambiar.
- Mountain View: el concejo municipal terminó el contrato de cámaras de matrículas del departamento de policía, un estado al 24 de febrero de 2026.
- Oakland: una votación del concejo del 16 de diciembre de 2025 sobre la red del departamento de policía se registra como una aprobación.
- San Francisco: el Boletín 24-052 del departamento de policía, del 20 de marzo de 2024, es el registro de su programa activo.
- Berkeley: una decisión del 7 de mayo de 2026 se registra como una aprobación para el departamento de policía.
- Santa Cruz: el concejo municipal votó para terminar su contrato el 13 de enero de 2026.
- Fresno: una acción legislativa del 22 de febrero de 2024 se registra como una aprobación.
- Hayward: una acción legislativa del 20 de mayo de 2025 se registra como una aprobación.
- Santa Clara: una acción legislativa del 3 de diciembre de 2024 se registra como una aprobación.
¿Hay algún proyecto de ley de ALPR pendiente en California?
Un proyecto anterior, el SB 274, fue aprobado por ambas cámaras en 2025, pero el Gobernador lo vetó el 1 de octubre de 2025. El Senate Bill 1013 (2025-26), que trata de límites a los ALPR, fue enmendado en la Asamblea hasta el 27 de agosto de 2026, y la última anotación dice «Ordered to third reading» (ordenado a tercera lectura). El historial legislativo, consultado el 29 de septiembre de 2026, no muestra aprobación en la Asamblea, inscripción ni promulgación, por lo que no es ley. No se vio una anotación formal de que el proyecto haya muerto.
El 31 de agosto de 2026 fue el último día para que cada cámara aprobara proyectos en esta sesión (Cal. Const. art. IV, § 10(c)), y el historial vuelto a revisar el 30 de septiembre de 2026 sigue sin mostrar aprobación en la Asamblea ni inscripción, por lo que el SB 1013 no fue aprobado en la sesión 2025-26.
¿Cómo puede revisar un sistema local?
La ley hace de varios documentos el punto de partida. Pida a la agencia o al operador su política escrita de uso y privacidad, que el operador debe hacer pública, y compruebe que indique un plazo de retención y reglas para compartir datos. Si se trata de una agencia pública, busque la agenda y las actas del órgano de gobierno que muestren la oportunidad de comentario público exigida antes del inicio del programa. En cuanto a compartir datos, compare la política con el boletín del Fiscal General de 2023. Existen requisitos de registros de acceso conforme a § 1798.90.52, pero la decisión de la ACLU sugiere que es poco probable que se entreguen los datos de escaneo sin procesar.
Última actualización: 30 de septiembre de 2026. Las leyes y decisiones citadas reflejan las versiones y presentaciones revisadas el 29 de septiembre de 2026. Las citas de fuentes en inglés son traducciones nuestras.
Preguntas frecuentes
¿California tiene una ley de ALPR?
Sí. Las secciones 1798.90.5 a 1798.90.55 del Civil Code regulan a los operadores y usuarios finales de ALPR, con vigencia desde el 1 de enero de 2016. Los operadores deben mantener medidas de seguridad y una política pública de uso y privacidad.
¿Por cuánto tiempo pueden las agencias de California conservar los datos de matrículas?
La ley no fija un plazo numérico para todo el estado para las agencias locales; cada política debe indicar el suyo. La Patrulla de Caminos de California puede conservar los datos de lectores de matrículas por no más de 60 días, salvo como prueba o para investigaciones de delitos graves.
¿Puede la policía compartir datos de ALPR con otros estados o con agencias federales?
La sección 1798.90.55(b) permite transferencias solo a otra agencia pública y solo según lo permita la ley. El boletín del Fiscal General de 2023 interpreta esto en el sentido de que prohíbe compartir datos con agencias de otros estados o federales.
¿Puedo demandar por una violación relacionada con ALPR?
La ley permite que una persona perjudicada por una violación demande a quien haya causado el daño a sabiendas. En Mata (julio de 2026), la Corte de Apelaciones sostuvo que la legitimación requiere un daño real. Antes, en Bartholomew (febrero de 2026), otro panel sostuvo que recopilar datos de matrículas sin implementar ninguna política de uso y privacidad es en sí mismo un daño, una postura que Mata cuestionó pero no resolvió.
¿El proyecto SB 1013 es ley?
No, según el historial legislativo consultado el 29 de septiembre de 2026, que no muestra aprobación en la Asamblea ni inscripción.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
California Civil Code
§ 1798.90.51Vigentecitada en 6 de nuestros artículos
An ALPR operator shall do all of the following: (a) Maintain reasonable security procedures and practices, including operational, administrative, technical, and physical safeguards, to protect ALPR information from unauthorized access, destruction, use, modification, or disclosure. (b) (1) Implement a usage and privacy policy in order to ensure that the collection, use, maintenance, sharing, and dissemination of ALPR information is consistent with respect for individuals’ privacy and civil liberties. The usage and privacy policy shall be available to the public in writing, and, if the ALPR operator has an Internet Web site, the usage and privacy policy shall be posted conspicuously on that Internet Web site. (2) The usage and privacy policy shall, at a minimum, include all of the following: (A) The authorized purposes for using the ALPR system and collecting ALPR information. (B) A description of the job title or other designation of the employees and independent contractors who are authorized to use or access the ALPR system, or to collect ALPR information.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leginfo.legislature.ca.gov
También citada en: ¿Son legales las cámaras Flock? Leyes y límites judiciales, Leyes de lectores de matrículas por estado: comparación 2026
§ 1798.90.55Vigentecitada en 6 de nuestros artículos
Notwithstanding any other law or regulation: (a) A public agency that operates or intends to operate an ALPR system shall provide an opportunity for public comment at a regularly scheduled public meeting of the governing body of the public agency before implementing the program. (b) A public agency shall not sell, share, or transfer ALPR information, except to another public agency, and only as otherwise permitted by law. For purposes of this section, the provision of data hosting or towing services shall not be considered the sale, sharing, or transferring of ALPR information.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leginfo.legislature.ca.gov
§ 1798.90.53Vigentecitada en 5 de nuestros artículos
An ALPR end-user shall do all of the following: (a) Maintain reasonable security procedures and practices, including operational, administrative, technical, and physical safeguards, to protect ALPR information from unauthorized access, destruction, use, modification, or disclosure. (b) (1) Implement a usage and privacy policy in order to ensure that the access, use, sharing, and dissemination of ALPR information is consistent with respect for individuals’ privacy and civil liberties. The usage and privacy policy shall be available to the public in writing, and, if the ALPR end-user has an Internet Web site, the usage and privacy policy shall be posted conspicuously on that Internet Web site. (2) The usage and privacy policy shall, at a minimum, include all of the following: (A) The authorized purposes for accessing and using ALPR information. (B) A description of the job title or other designation of the employees and independent contractors who are authorized to access and use ALPR information. The policy shall identify the training requirements necessary for those authorized employees and independent contractors.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leginfo.legislature.ca.gov
§ 1798.90.52Vigentecitada en 6 de nuestros artículos
If an ALPR operator accesses or provides access to ALPR information, the ALPR operator shall do both of the following: (a) Maintain a record of that access. At a minimum, the record shall include all of the following: (1) The date and time the information is accessed. (2) The license plate number or other data elements used to query the ALPR system. (3) The username of the person who accesses the information, and, as applicable, the organization or entity with whom the person is affiliated. (4) The purpose for accessing the information. (b) Require that ALPR information only be used for the authorized purposes described in the usage and privacy policy required by subdivision (b) of Section 1798.90.51.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leginfo.legislature.ca.gov
§ 1798.90.54Vigentecitada en 5 de nuestros artículos
(a) In addition to any other sanctions, penalties, or remedies provided by law, an individual who has been harmed by a violation of this title, including, but not limited to, unauthorized access or use of ALPR information or a breach of security of an ALPR system, may bring a civil action in any court of competent jurisdiction against a person who knowingly caused the harm. (b) The court may award a combination of any one or more of the following: (1) Actual damages, but not less than liquidated damages in the amount of two thousand five hundred dollars ($2,500). (2) Punitive damages upon proof of willful or reckless disregard of the law. (3) Reasonable attorney’s fees and other litigation costs reasonably incurred. (4) Other preliminary and equitable relief as the court determines to be appropriate.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leginfo.legislature.ca.gov
§ 1798.90.5Vigentecitada en 7 de nuestros artículos
The following definitions shall apply for purposes of this title: (a) “Automated license plate recognition end-user” or “ALPR end-user” means a person that accesses or uses an ALPR system, but does not include any of the following: (1) A transportation agency when subject to Section 31490 of the Streets and Highways Code. (2) A person that is subject to Sections 6801 to 6809, inclusive, of Title 15 of the United States Code and state or federal statutes or regulations implementing those sections, if the person is subject to compliance oversight by a state or federal regulatory agency with respect to those sections. (3) A person, other than a law enforcement agency, to whom information may be disclosed as a permissible use pursuant to Section 2721 of Title 18 of the United States Code. (b) “Automated license plate recognition information,” or “ALPR information” means information or data collected through the use of an ALPR system. (c) “Automated license plate recognition operator” or “ALPR operator” means a person that operates an ALPR system, but does not include a transportation agency when subject to Section 31490 of the Streets and Highways Code.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leginfo.legislature.ca.gov
California Vehicle Code
§ 2413Vigente
(a) The Commissioner of the California Highway Patrol is designated as the Statewide Vehicle Theft Investigation and Apprehension Coordinator. The commissioner may establish vehicle theft prevention, investigation, and apprehension programs. The commissioner may assist local, state, and federal law enforcement agencies by coordinating multijurisdictional vehicle theft investigations and may establish programs to improve the ability of law enforcement to combat vehicle theft. (b) The Department of the California Highway Patrol may retain license plate data captured by a license plate reader (LPR) for no more than 60 days, except in circumstances when the data is being used as evidence or for all felonies being investigated, including, but not limited to, auto theft, homicides, kidnaping, burglaries, elder and juvenile abductions, Amber Alerts, and Blue Alerts. (c) The Department of the California Highway Patrol shall not sell LPR data for any purpose and shall not make the data available to an agency that is not a law enforcement agency or an individual who is not a law enforcement officer.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leginfo.legislature.ca.gov
California Government Code
§ 7923.600Vigentecitada en 3 de nuestros artículos
(a) Except as provided in Sections 7924.510, 7924.700, and 7929.610, this division does not require the disclosure of records of complaints to, or investigations conducted by, or records of intelligence information or security procedures of, the office of the Attorney General and the Department of Justice, the Office of Emergency Services and any state or local police agency, or any investigatory or security files compiled by any other state or local police agency, or any investigatory or security files compiled by any other state or local agency for correctional, law enforcement, or licensing purposes. (b) A customer list that an alarm or security company provides to a state or local police agency at the agency’s request is a record subject to this article.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leginfo.legislature.ca.gov
Citada en 11 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- City of Fresno v. Superior Court (California Court of Appeal 2026)“…stigatory records exemption set forth in subdivision (a) of Government Code section 7923.600, and subdivision (b) of Government Code…”
- First Amendment Coalition v. Super. Ct. (California Court of Appeal 2023)“…sure exemptions codified in the CPRA, with the exception of Government Code section 7923.600, which section 832.7(b)(1) expressly ov…”
- City of Vallejo v. Super. Ct. (California Court of Appeal 2025)“…quirement of disclosure. (Gov. Code, § 6254, subd. (f) [now Gov. Code, §§ 7923.600–7923.630]. . . .)” (Becerra, supra, 44…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
California Streets and Highways Code
§ 31490Vigente
(a) Except as otherwise provided in this section, a transportation agency may not sell or otherwise provide to any other person or entity personally identifiable information of any person who subscribes to an electronic toll or electronic transit fare collection system or who uses a toll bridge, toll lane, or toll highway that employs an electronic toll collection system. (b) A transportation agency that employs an electronic toll collection or an electronic transit fare collection system shall establish a privacy policy regarding the collection and use of personally identifiable information and provide to subscribers of that system a copy of the privacy policy in a manner that is conspicuous and meaningful, such as by providing a copy to the subscriber with the transponder, electronic transit pass, or other device used as an electronic toll or transit fare collection mechanism, or, if the system does not use a mechanism, with the application materials. A transportation agency shall conspicuously post its privacy policy on its internet website.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leginfo.legislature.ca.gov
Fuentes y referencias
- Cal. Civ. Code §§ 1798.90.5 a 1798.90.55 (Title 1.81.23)(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- Boletín informativo 2023-DLE-06 del DOJ de California (27 oct. 2023)(oag.ca.gov).gov
- Cal. Veh. Code § 2413 (datos de matrículas de la CHP)(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- Cal. Sts. & Hwy. Code § 31490(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- Cal. Gov. Code § 7923.600(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- ACLU Foundation of Southern California v. Superior Court, No. S227106 (Cal. 31 ago. 2017)(www.courts.ca.gov).gov
- Mata v. Digital Recognition Network, Inc., No. D084781 (Cal. Ct. App. 20 jul. 2026)(courts.ca.gov).gov
- Bartholomew v. Parking Concepts, Inc., No. A171546 (Cal. Ct. App. 5 feb. 2026)(storage.courtlistener.com)
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- Informe 2019-118 del Auditor del Estado de California (13 feb. 2020)(auditor.ca.gov).gov
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