Missouri
Leyes de Cuchillos en Misuri (2026): Áreas Restringidas y la Trampa de la Navaja Automática
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Misuri no tiene una prohibición estatal general sobre portar un cuchillo, abierta u ocultamente, para el porte ordinario de un adulto. RSMo § 571.010 define «cuchillo» para todo el capítulo de armas, y esa definición excluye específicamente una navaja de bolsillo ordinaria con una hoja de no más de 4 pulgadas. El porte oculto de un cuchillo se vuelve ilegal en áreas restringidas específicas, y portar uno, abierta u ocultamente, a una escuela, iglesia, recinto electoral, o edificio gubernamental está restringido por separado. Una trampa genuina también se encuentra en el estatuto de navajas automáticas: el artículo de navaja automática de RSMo § 571.020 está prohibido solo cuando poseerla, fabricarla, transportarla, repararla, o venderla también infringe la ley federal, no como una prohibición estatal de posesión independiente.
Alcance jurisdiccional: Esta página cubre únicamente la ley estatal de Misuri, principalmente RSMo §§ 571.010, 571.020, 571.030, 571.107 y 21.750. No cubre en detalle los estatutos de permiso de porte oculto de Misuri (§§ 571.101 a 571.121 y 571.205 a 571.230) ni las ordenanzas municipales locales fuera de la preferencia exclusiva de armas de fuego discutida abajo.
¿Se puede portar un cuchillo abierta u ocultamente en Misuri?
Para un cuchillo ordinario, sí, en la mayoría de los lugares. Misuri no tiene un estatuto general que prohíba el porte abierto u oculto de un cuchillo en todo el estado. RSMo § 571.010(12) define «cuchillo» para todo el capítulo de armas como «cualquier puñal, daga, estilete, o instrumento de mano con hoja que sea fácilmente capaz de infligir lesión corporal grave o la muerte al cortar o apuñalar a una persona», y la misma subdivisión excluye expresamente «cualquier navaja de bolsillo ordinaria con una hoja de no más de cuatro pulgadas de longitud» de esa definición por completo. El porte abierto de un cuchillo dentro de la definición del capítulo no está restringido en general, pero RSMo § 571.030.1(8) y (10) restringen portar uno, abierta u ocultamente, a una iglesia o lugar de culto, un recinto electoral el día de las elecciones, un edificio gubernamental, una escuela, un autobús escolar, o una función autorizada por la escuela, descrito abajo. El porte oculto está restringido por separado a una lista más larga de áreas, también descrita abajo.

Porte oculto: áreas restringidas, no una prohibición general
RSMo § 571.030.1(1) convierte en delito «portar oculto sobre o cerca de su persona un cuchillo, un arma de fuego, una cachiporra, o cualquier otra arma fácilmente capaz de uso letal a cualquier área donde las armas de fuego estén restringidas bajo la sección 571.107». El encabezado de esa subdivisión, la subsección 1, comienza con «salvo lo dispuesto de otro modo por las secciones 571.101 a 571.121 y las secciones 571.205 a 571.230», los estatutos regulares, vitalicios, y extendidos de permiso de porte oculto de Misuri, un calificativo que importa para la exención de titular de permiso discutida abajo. La infracción no prohíbe el porte oculto en todas partes, solo en las áreas que enumera RSMo § 571.107, que llegan a 17 artículos separados: una oficina o estación de policía, alguacil, o patrulla de carreteras sin el consentimiento del oficial a cargo; dentro de 25 pies de un lugar de votación el día de las elecciones; una instalación correccional, prisión, o cárcel; un juzgado ocupado por el tribunal de circuito, de apelaciones, o supremo, junto con oficinas judiciales relacionadas; una reunión de un cuerpo gobernante local o de la asamblea general o sus comités; un edificio o parte de un edificio que una unidad de gobierno ha restringido por regla u ordenanza; un bar o establecimiento con licencia para servir licor para consumo en el sitio sin el consentimiento del propietario o gerente (con una reserva para restaurantes calificados); cualquier área de un aeropuerto donde el acceso esté controlado por inspección de personas y propiedad; cualquier lugar donde la ley federal misma prohíba portar; una institución de educación superior o instalación escolar primaria o secundaria sin el consentimiento del cuerpo gobernante o un funcionario escolar o la junta escolar del distrito; una instalación de cuidado infantil sin el consentimiento del gerente; una operación de juego en barco fluvial sin el consentimiento del propietario o gerente; un parque de diversiones cercado; una iglesia o lugar de culto religioso sin el consentimiento del oficiante; propiedad privada señalizada; una arena o estadio deportivo con capacidad de 5,000 o más; y un hospital abierto al público. Portar un cuchillo oculto fuera de estas áreas enumeradas no es una infracción bajo esta subdivisión.
Tres límites adicionales sobre la infracción general de cuchillo oculto pueden decidir un caso real. La subsección 3 deja sin aplicar la subdivisión (1) cuando el arma se transporta en estado no funcional, o descargada con munición no fácilmente accesible, o de otro modo no fácilmente accesible, y por separado la deja sin aplicar cuando la persona tiene 19 años o más (o 18 años y está o fue dada de baja honorablemente de las Fuerzas Armadas) transportando un arma de fuego ocultable en el compartimento de pasajeros de un vehículo, o está en su propia unidad de vivienda o en propiedad que la persona posee, sobre la que tiene autoridad, o controla, o está viajando en un trayecto continuo y pacífico a través del estado. La subsección 5 deja sin aplicar las subdivisiones (3), (4), (5), (6), (7), (8), (9), y (10) para una persona que realiza un acto legal de defensa propia bajo RSMo § 563.031. La subdivisión (1), la infracción de porte oculto sobre la que trata esta sección, no está en esa lista, por lo que la excepción de defensa propia legal de la subsección 5 no alcanza la infracción de cuchillo oculto en sí.
Una infracción de la subdivisión (1) es un delito menor de clase B bajo RSMo § 571.030.8(2), salvo que portar un arma oculta a propiedad privada señalizada con un letrero de al menos 11 por 14 pulgadas, con letras de al menos 1 pulgada de alto, cambia la consecuencia a «las sanciones de la subsección 2 de la sección 571.107» en lugar del nivel de delito menor. Ese cambio es hacia un resultado más leve, no más estricto: § 571.107.2 no impone ninguna sanción por su sola presencia en el lugar; se emite una citación solo si la persona se niega a retirarse de la propiedad señalizada después de que se llame a un oficial de paz, por un monto que no exceda $100 por una primera infracción, que no exceda $200 por una segunda citación por una infracción similar dentro de seis meses, y que no exceda $500 por una tercera citación dentro de un año de la primera. Los escalones de suspensión y revocación que siguen a la segunda y tercera citación presuponen un permiso para suspender o revocar, por lo que para una persona sin uno, solo las multas pueden operar en la práctica. La oración inicial de § 571.107.2, de que portar a un lugar enumerado «no será un acto criminal», está redactada para una persona que ya posee un permiso válido de porte oculto o endoso; a un titular de permiso no lo alcanza en absoluto la sanción por propiedad señalizada, ya que RSMo § 571.030.4 (abajo) remueve por completo a un titular de permiso de la subdivisión (1). Lo que 571.030.8(2) en realidad importa para una persona sin permiso sorprendida en propiedad privada señalizada es la escala de citaciones misma, no esa despenalización. RSMo § 571.030.4 exime por completo a un titular válido de permiso de porte oculto, o al titular de un permiso o endoso calificado de otro estado, de las subdivisiones (1), (8), y (10), sin limitación en su texto a las armas de fuego; debido a que la subdivisión (1) es la infracción general de cuchillo oculto, un permiso para portar un arma de fuego oculta sí, por los propios términos del estatuto, también exime a esa persona de la restricción de cuchillo oculto en las mismas áreas restringidas.
Escuelas, iglesias, y edificios gubernamentales: una frase más amplia que «cuchillo»
Más allá de la restricción de porte oculto, RSMo § 571.030.1(8) y (10) restringen por separado portar «un arma de fuego o cualquier otra arma fácilmente capaz de uso letal» a una iglesia o lugar de culto, un recinto electoral el día de las elecciones, un edificio de propiedad u ocupado por una agencia gubernamental federal, estatal, o local, una escuela, un autobús escolar, o una función autorizada por la escuela. Las exenciones descritas arriba para la infracción de porte oculto alcanzan también a estas dos subdivisiones: la exención de la subsección 3 para un arma transportada en estado no funcional, o descargada con munición no fácilmente accesible, o de otro modo no fácilmente accesible, como un cuchillo enfundado o guardado en una bolsa o vehículo, se aplica a (8) y (10) y no solo a (1); la subsección 4 exime a un titular válido de permiso de porte oculto de (8) y (10) en los mismos términos que (1); y la exención de defensa propia legal de la subsección 5, que no alcanza a (1), sí alcanza a (8) y (10). A diferencia de la subdivisión (1), que nombra «cuchillo» explícitamente, las subdivisiones (8) y (10) usan la frase más amplia «arma fácilmente capaz de uso letal», que la propia definición de cuchillo de RSMo § 571.010(12) refleja de cerca («fácilmente capaz de infligir lesión corporal grave o la muerte»), por lo que un cuchillo que cumpla esa definición caería dentro de este lenguaje más amplio aunque el texto de (8) y (10) no nombre a los cuchillos específicamente. Infringir la subdivisión (1), (6), (7), u (8) es un delito menor de clase B; infringir la subdivisión (10) es un delito menor de clase A si «el arma de fuego» está descargada o un delito grave de clase E si está cargada, un nivel que el texto del estatuto vincula al arma de fuego y que no asigna por sí mismo a una infracción de la subdivisión (10) cometida con un arma que no sea de fuego, aunque el nivel descargado, más bajo, es la mejor lectura para un cuchillo, que no puede estar cargado. Exhibir cualquier arma fácilmente capaz de uso letal «de manera airada o amenazante» en presencia de otra persona, bajo la subdivisión (4), es una infracción separada sancionada como un delito grave de clase E, una sanción materialmente más severa que el delito menor de porte oculto.

El estatuto de navaja automática: una prohibición condicionada a la ley federal, no una prohibición estatal plana
RSMo § 571.020.1 establece que una persona comete una infracción si «posee, fabrica, transporta, repara, o vende a sabiendas ... (6) Cualquiera de los siguientes en infracción de la ley federal: (a) Una ametralladora; (b) Un rifle o escopeta de cañón corto; (c) Un silenciador de arma de fuego; o (d) Una navaja automática». Leer este encabezado con cuidado importa: el artículo de navaja automática está agrupado con la ametralladora, el arma de fuego de cañón corto, y los artículos de silenciador bajo el mismo calificativo «en infracción de la ley federal». Misuri no prohíbe independientemente poseer, fabricar, transportar, reparar, o vender una navaja automática como cuestión de ley estatal por sí sola; la infracción estatal existe solo cuando esa conducta también infringe la ley federal. Debido a que la ley federal misma no prohíbe que un individuo ordinario posea o porte una navaja automática dentro de un estado (vea la sección federal abajo), una persona que simplemente posee una navaja automática fuera de un enclave federal, sin infringir las restricciones de comercio interestatal u otra disposición federal, no comete una infracción bajo este estatuto de Misuri. Dentro de un enclave federal en Misuri, como un terreno bajo la jurisdicción marítima y territorial especial de los Estados Unidos, la simple posesión de una navaja automática infringe 15 U.S.C. § 1243 y también activaría esta infracción de Misuri.
RSMo § 571.010(21) define «navaja automática» para este propósito como «cualquier cuchillo que tenga una hoja que se pliega o cierra dentro del mango o funda, y: (a) Que se abre automáticamente mediante presión aplicada a un botón u otro dispositivo ubicado en el mango; o (b) Que se abre o libera del mango o funda por la fuerza de la gravedad o por la aplicación de fuerza centrífuga». Esta definición es más amplia que la federal, alcanzando tanto los cuchillos de apertura por gravedad y fuerza centrífuga (una categoría a veces llamada «navaja de gravedad») como los automáticos de liberación por botón.
Una infracción bajo la subdivisión (6), cuando se aplica, es un delito grave de clase D bajo RSMo § 571.020.3. Las excepciones enumeradas en RSMo § 571.020.2, para servicio militar y de las fuerzas del orden oficial, transacciones comerciales legales, uso industrial, exhibición en museo, y representaciones dramáticas, se aplican solo «si su conducta involucró alguno de los artículos en las subdivisiones (1) a (5) de la subsección 1», lo que por sus propios términos excluye al artículo de navaja automática en la subdivisión (6); esas excepciones enumeradas no se extienden a una navaja automática.
¿Misuri impide las ordenanzas locales sobre cuchillos?
Solo para las armas de fuego, y solo parcialmente incluso ahí. RSMo § 21.750.1 establece que «la asamblea general por la presente ocupa y preempta todo el campo de la legislación que toque de cualquier manera las armas de fuego, componentes, municiones, y suministros con exclusión completa de cualquier orden, ordenanza, o regulación por cualquier subdivisión política de este estado». Su texto operativo nombra armas de fuego, componentes, municiones, y suministros; no menciona los cuchillos. RSMo § 21.750.3(1) permite una ordenanza local que «se conforme exactamente con cualquiera de las disposiciones de las secciones 571.010 a 571.070», un rango que resulta incluir las definiciones de cuchillo (§ 571.010) y las infracciones de navaja automática y uso ilegal de armas (§§ 571.020, 571.030) discutidas arriba, pero esa cláusula es una disposición de salvaguarda reservada dentro de la preferencia de armas de fuego en las subsecciones 1 y 2, que permite que una ordenanza local refleje esas secciones sin ser anulada por 21.750; no limita lo que una ciudad o condado puede hacer respecto a los cuchillos. No es en sí misma una preferencia estatal independiente sobre cuchillos: Misuri preempta el campo para las armas de fuego, no para los cuchillos, y ningún estatuto estatal impide que una subdivisión política regule los cuchillos, por lo que una ciudad o condado de Misuri puede establecer reglas sobre cuchillos más estrictas que la ley estatal.

Ley federal: qué alcanza y qué no
La ley federal no prohíbe que un individuo ordinario posea o porte una navaja automática dentro de un estado. La Ley Federal de Navajas Automáticas (Federal Switchblade Act), 15 U.S.C. §§ 1241 a 1245, restringe el comercio interestatal de navajas automáticas, prohibiendo su fabricación para, o su introducción, transporte y venta en, el comercio interestatal. Por separado, 15 U.S.C. § 1243 prohíbe fabricar, vender, o poseer una navaja automática dentro de cualquier territorio o posesión de los Estados Unidos, dentro de territorio indígena, o dentro de la jurisdicción marítima y territorial especial de los Estados Unidos, una prohibición de posesión plana que alcanza esos enclaves federales en lugar de una restricción de comercio interestatal. 15 U.S.C. § 1245 por separado convierte en delito federal poseer, fabricar, vender, o importar a sabiendas una navaja balística dentro o que afecte el comercio interestatal o dentro de la jurisdicción territorial federal. Las secciones 1242 y 1243 no se aplican a ciertos cuchillos y personas, enumerados como excepciones en 15 U.S.C. § 1244. Una enmienda de 2009, § 1244(5), exime cualquier cuchillo con un resorte, retén, u otro mecanismo de cierre por resorte que requiera esfuerzo de la mano, muñeca o brazo sobre la propia hoja para vencer el sesgo y asistir la apertura, la excepción que mantiene legales en el comercio interestatal las navajas plegables modernas de apertura asistida. Una exención separada, § 1244(4), cubre a una persona con un solo brazo que posea o porte una navaja automática con una hoja de tres pulgadas o menos. Debido a que la disposición de navaja automática de RSMo § 571.020 solo alcanza la conducta que ya infringe la ley federal, estas exenciones federales importan directamente a si el propio estatuto de Misuri se aplica en absoluto.
Aviso legal: Este artículo ofrece información legal general sobre las leyes de cuchillos de Misuri a partir de septiembre de 2026. No constituye asesoramiento legal. Consulte a un abogado con licencia en Misuri para obtener asesoramiento sobre una situación específica. Debido a que el estatuto de preferencia de Misuri alcanza a las armas de fuego, no a los cuchillos, las ordenanzas locales pueden añadir restricciones más allá de las reglas estatales descritas aquí.
Para una comparación estado por estado, consulte leyes de cuchillos por estado. Los estatutos de legítima defensa de Misuri se cubren por separado en la página de leyes de legítima defensa de Misuri.
Los estatutos citados reflejan su versión vigente al 2026-09-18. Última actualización: 2026-09-18.
Preguntas frecuentes
¿Es legal portar un cuchillo oculto en Misuri?
Generalmente sí, fuera de las áreas restringidas específicas. Misuri no tiene una prohibición estatal general sobre cuchillos ocultos. RSMo 571.030.1(1) convierte en ilegal el porte oculto de un cuchillo solo cuando se lleva a un área donde las armas de fuego están restringidas bajo RSMo 571.107, una lista de 17 artículos que incluye estaciones de policía, juzgados, lugares de votación dentro de 25 pies, instalaciones correccionales, ciertas reuniones gubernamentales, propiedad privada señalizada, bares, áreas seguras de aeropuertos, escuelas e instalaciones de educación superior, instalaciones de cuidado infantil, y varias otras. Una persona con un permiso válido de porte oculto está completamente exenta de esta restricción bajo RSMo 571.030.4, y se aplican varias otras excepciones, incluido transportar el arma descargada e inaccesible, estar en la propia vivienda o en propiedad que uno controla, o viajar en un trayecto continuo y pacífico a través del estado.
¿Qué tamaño de navaja de bolsillo es legal portar en Misuri?
Una navaja de bolsillo ordinaria con una hoja de no más de 4 pulgadas no es un «cuchillo» bajo la definición de RSMo 571.010(12) en absoluto, por lo que queda completamente fuera de las restricciones específicas de cuchillo del capítulo de armas. Un puñal, daga, estilete, u otro instrumento con hoja fácilmente capaz de infligir lesión corporal grave o la muerte, sin importar esa cifra de 4 pulgadas, sí está cubierto.
¿Son ilegales las navajas automáticas en Misuri?
Solo cuando poseer, fabricar, transportar, reparar, o vender una también infringe la ley federal. RSMo 571.020.1(6)(d) prohíbe una navaja automática solo bajo ese encabezado condicionado a la ley federal, junto con una ametralladora, arma de fuego de cañón corto, y silenciador de arma de fuego; no es una prohibición estatal de posesión independiente. «Navaja automática» se define ampliamente bajo RSMo 571.010(21) para incluir tanto los cuchillos de liberación por botón como los de apertura por gravedad o fuerza centrífuga.
¿Se puede llevar un cuchillo a un juzgado o edificio gubernamental de Misuri?
No oculto, a menos que se aplique una excepción. Un juzgado y varias otras ubicaciones gubernamentales son áreas restringidas bajo RSMo 571.107, por lo que portar un cuchillo oculto a una de ellas infringe RSMo 571.030.1(1), a menos que la persona posea un permiso válido de porte oculto, que RSMo 571.030.4 exime de esta restricción, o se aplique otra excepción estatutaria. Portar un arma de fuego u otra arma fácilmente capaz de uso letal, categoría que puede incluir un cuchillo, a un edificio de propiedad gubernamental está restringido por separado bajo RSMo 571.030.1(8).
¿Un permiso de porte oculto permite portar un cuchillo a un área restringida en Misuri?
Sí. RSMo 571.030.4 establece que las subdivisiones (1), (8), y (10) de la subsección 1, que incluyen la infracción general de cuchillo oculto, «no se aplicarán a ninguna persona que posea un permiso válido de porte oculto emitido conforme a las secciones 571.101 a 571.121 o las secciones 571.205 a 571.230, un endoso válido de porte oculto emitido antes del 28 de agosto de 2013, o un permiso o endoso válido para portar armas de fuego ocultas emitido por otro estado o subdivisión política de otro estado». El texto se aplica a toda la subdivisión, no solo a su conducta relacionada con armas de fuego, por lo que un permiso válido, incluido un permiso vitalicio o extendido, también exime a una persona de la restricción de cuchillo oculto.
¿Misuri impide las ordenanzas locales sobre cuchillos?
No. RSMo 21.750 preempta el campo para las armas de fuego, no para los cuchillos, y su texto no alcanza las ordenanzas sobre cuchillos. Permite una ordenanza local que se conforme exactamente con RSMo 571.010 a 571.070, un rango que incluye los estatutos sobre cuchillos, pero esa cláusula es una disposición de salvaguarda reservada dentro de la preferencia de armas de fuego, no un límite sobre la regulación de cuchillos. Debido a que los cuchillos quedan fuera del campo preemptado, una subdivisión política de Misuri puede regular los cuchillos de manera más estricta que la ley estatal.
Fuentes y referencias
- RSMo 571.010 - Definiciones (cuchillo: puñal/daga/estilete/instrumento con hoja, excluye navaja de bolsillo ordinaria de 4 pulgadas o menos; se define la navaja automática)(revisor.mo.gov).gov
- RSMo 571.020 - Posesión, fabricación, transporte, reparación, venta de ciertas armas como delito, excepciones, sanciones (la navaja automática está prohibida solo en infracción de la ley federal)(revisor.mo.gov).gov
- RSMo 571.030 - Uso ilegal de armas, excepciones, sanciones (cuchillo oculto en áreas restringidas, escuelas/iglesias/edificios gubernamentales, blandir; exención de permiso en la subsección 4; exenciones de transporte/vivienda/viaje en la subsección 3)(revisor.mo.gov).gov
- RSMo 571.107 - Áreas donde un permiso de porte oculto no autoriza armas de fuego, lista de 17 artículos (referenciada por 571.030.1(1)); la escala de citaciones de la subsección 2 para propiedad privada señalizada, cuya oración inicial de «no será un acto criminal» está delimitada a los titulares de permiso(revisor.mo.gov).gov
- RSMo 21.750 - Preferencia sobre armas de fuego (armas de fuego, componentes, municiones, suministros; reserva restringida de ordenanza espejo que referencia 571.010-571.070)(revisor.mo.gov).gov
- 15 U.S.C. 1241-1245 - Ley Federal de Navajas Automáticas, comercio interestatal, prohibición de posesión en territorio federal (1243), y alcance de navajas balísticas(law.cornell.edu)
- 15 U.S.C. 1244 - excepciones, incluida la excepción de apertura asistida de 2009 y la excepción de un solo brazo(law.cornell.edu)