Virginia
Ley de Libertad de Información de Virginia: Quién Puede Solicitar y Cómo (2026)

La Ley de Libertad de Información de Virginia (Virginia Freedom of Information Act), Va. Code § 2.2-3700 y siguientes, abre los registros estatales y locales a los ciudadanos de la Mancomunidad (Commonwealth) y a la prensa que circula en Virginia. Los organismos públicos deben responder dentro de cinco días hábiles, y las denegaciones se hacen cumplir mediante una petición de mandamus o de medida cautelar (injunction).
La FOIA de Virginia no es la FOIA federal. Virginia eligió el mismo nombre que usa el gobierno federal, lo cual causa confusión constante. La Ley de Libertad de Información federal, 5 U.S.C. § 552, alcanza únicamente a las agencias del poder ejecutivo federal, permite solicitudes de cualquier persona en cualquier parte del mundo y funciona con un plazo de 20 días hábiles. La FOIA de Virginia alcanza a los organismos públicos estatales y locales de Virginia, limita a los solicitantes a ciudadanos de la Mancomunidad y prensa calificada, y funciona con un plazo de cinco días hábiles. Presentar la solicitud equivocada ante el organismo equivocado no le da nada. Para el proceso federal, consulte nuestra guía de solicitud de FOIA.
Quién Puede Presentar una Solicitud de FOIA en Virginia
Esta es la primera pregunta que hay que resolver, porque Virginia es inusual. Va. Code § 2.2-3704(A) establece:
«Salvo que la ley disponga expresamente lo contrario, todos los registros públicos estarán abiertos a los ciudadanos de la Mancomunidad, a los representantes de periódicos y revistas con circulación en la Mancomunidad, y a los representantes de estaciones de radio y televisión que transmiten en o hacia la Mancomunidad durante el horario regular de oficina del custodio de dichos registros.»
Por lo tanto, dos grupos tienen el derecho legal: los ciudadanos de la Mancomunidad, y los representantes de medios cuyo medio circula o transmite en o hacia Virginia. Una persona de fuera del estado sin ninguna conexión con Virginia y sin afiliación de prensa queda fuera de la clase que nombra la ley.
Esa restricción ha sido litigada al más alto nivel. En McBurney v. Young, 569 U.S. 221 (2013), personas que no eran de Virginia impugnaron el límite de solo-ciudadanos bajo la Cláusula de Privilegios e Inmunidades y la Cláusula de Comercio latente. La Corte Suprema confirmó la FOIA de Virginia por unanimidad, razonando que la Ley crea un derecho de ley estatal en lugar de restringir un privilegio fundamental de la ciudadanía nacional, y señalando que los no residentes conservaban otras vías, incluidas las disposiciones separadas de Virginia sobre registros de bienes raíces y descubrimiento de pruebas en litigios (discovery).
Consecuencias prácticas que vale la pena conocer:
- Estar fuera de la clase no es lo mismo que estar excluido del registro. Un organismo público aún puede optar por responder a un no residente, y muchos lo hacen de manera rutinaria. Simplemente no está obligado a hacerlo.
- Algunas categorías de registros están abiertas a todos bajo otras leyes. Los registros de bienes raíces, los registros judiciales y cierta información de licencias profesionales funcionan bajo sus propios regímenes.
- Los expedientes de investigación criminal cerrados tienen su propia excepción de residencia. Va. Code § 2.2-3706.1(D) exige que dichos registros se divulguen, previa solicitud, a la víctima, a los familiares inmediatos de una víctima fallecida, al padre, madre o tutor de una víctima menor de edad, y al abogado en un recurso de hábeas corpus o de inocencia real (habeas corpus/actual innocence counsel), sin importar si alguna de esas personas es ciudadana de la Mancomunidad. Vea la sección de registros policiales más abajo para la lista completa y sus condiciones.
- Un organismo público puede exigirle que proporcione su nombre y dirección legal. La FOIA de Virginia permite que un organismo confirme que el solicitante forma parte de la clase que cubre la ley.
La mayoría de los estados van en sentido contrario. Compare con Washington, cuya Ley de Registros Públicos dispone que los organismos «no distinguirán entre las personas que solicitan registros», y con Virginia Occidental, cuya FOIA otorga el derecho a «toda persona». El panorama completo de residencia en todo el país está en el centro de leyes de registros públicos por estado.
El Plazo de Cinco Días Hábiles
Va. Code § 2.2-3704(B) exige que el organismo público responda «con prontitud, pero en todos los casos dentro de cinco días hábiles de recibida la solicitud». Note lo que la ley promete: una respuesta, no necesariamente los registros. El organismo debe proporcionar los registros solicitados o dar una de cuatro respuestas por escrito:
- Los registros se están reteniendo por completo, con el volumen específico del Código de Virginia que lo autoriza;
- Los registros se están reteniendo en parte, con la misma cita, y se produce el resto;
- Los registros solicitados no pudieron encontrarse o no existen, con una remisión a otro organismo público si el organismo sabe que otro los tiene; o
- No es posible en la práctica proporcionar los registros o determinar si están disponibles dentro de cinco días hábiles, especificando las condiciones que hacen imposible una respuesta.
La cuarta respuesta compra tiempo, no silencio. Si se hace dentro de los cinco días hábiles originales, el organismo público obtiene siete días hábiles adicionales para dar una de las cuatro respuestas. Para una solicitud de expedientes de investigación criminal bajo el § 2.2-3706.1, la prórroga es de 60 días hábiles en su lugar.
El reloj cuenta días hábiles, así que los fines de semana y los días festivos no cuentan en contra del organismo. Una solicitud recibida el lunes generalmente vence el lunes siguiente.
El silencio es en sí mismo una denegación y una violación. Esta es la disposición que la mayoría de los solicitantes de Virginia nunca aprenden, y cambia lo que vale una falta de respuesta. Va. Code § 2.2-3704(E) dice que la falta de respuesta a una solicitud de registros se considerará una denegación de la solicitud y constituirá una violación de este capítulo. Un organismo público que simplemente deja pasar los cinco días hábiles no lo ha dejado a usted en el limbo esperando una respuesta. Lo ha denegado, y ha infringido la ley, y ambos hechos ya están establecidos cuando usted entra a un tribunal. Combine eso con el § 2.2-3713(E), bajo el cual cualquier incumplimiento de los procedimientos del capítulo se presume una violación, y una solicitud ignorada es un caso más sólido que una negativa razonada.
Cómo Hacer una Solicitud de FOIA en Virginia
Virginia no tiene un portal central de FOIA. Las solicitudes van al organismo público específico que tiene el registro: una agencia estatal, un condado o ciudad, una junta escolar, una oficina del alguacil (sheriff), una universidad pública o una autoridad local.
La Ley es deliberadamente informal en cuanto a la forma. La Sección 2.2-3704(B) dispone que una solicitud debe identificar los registros solicitados con especificidad razonable, y que la solicitud «no necesita hacer referencia a este capítulo para invocar las disposiciones de este capítulo». La FOIA de Virginia no exige que la solicitud sea por escrito en absoluto.
Escríbala de todas formas. Una solicitud por escrito crea un registro con fecha que fija cuándo comenzó el plazo de cinco días hábiles, que es el hecho más útil en cualquier disputa posterior.
Una solicitud eficaz en Virginia hace cinco cosas:
- Nombra al organismo público y a su oficial de FOIA. Las agencias estatales y la mayoría de las localidades publican un contacto de oficial de FOIA.
- Declara que usted es ciudadano de la Mancomunidad (o identifica su medio de prensa calificado), ya que el organismo tiene derecho a confirmarlo.
- Describe los registros con especificidad razonable. Custodio, rango de fechas, tema y tipo de registro. No «todos los documentos sobre la rezonificación».
- Fija un tope de costos. Pida que lo contacten antes de que los cargos excedan un monto que usted especifique.
- Pide entrega electrónica, lo cual evita los cargos de duplicación por página.
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Cuánto Cuesta la FOIA de Virginia
A agosto de 2026, un organismo público puede cobrar cargos razonables que no excedan el costo real incurrido en acceder, duplicar, entregar o buscar los registros solicitados. Virginia es uno de los estados que expresamente permite cobrar por el tiempo de búsqueda y revisión, lo cual hace que una solicitud amplia sea significativamente más costosa que una estrecha.
La regla del depósito es la que hay que tener presente. Cuando un organismo público determina de antemano que es probable que los cargos por producir los registros solicitados excedan los $200, puede exigir al solicitante que pague un depósito que no exceda el monto de esa determinación previa, antes de continuar procesando la solicitud.
La mecánica del cálculo estimado de costos en el § 2.2-3704(F)
El inciso (F) no es solo un tope de tarifa. Establece una secuencia con una trampa al final.
- Aviso antes de que corra el medidor. El organismo público debe notificar al solicitante por escrito que puede hacer cargos razonables, y debe ofrecer un cálculo estimado de costos si se le solicita. Un cargo que llega solo con la factura no es como está redactado el inciso.
- El reloj se detiene mientras usted decide. El plazo dentro del cual el organismo público debe responder se suspende por el tiempo que transcurre entre el aviso del cálculo estimado y la respuesta del solicitante. Así que un plazo de cinco días hábiles no sigue corriendo mientras un cálculo estimado espera en su bandeja de entrada, y el organismo no está en incumplimiento durante ese intervalo.
- Treinta días de silencio matan la solicitud. Si el organismo público no recibe respuesta del solicitante dentro de los 30 días de haber enviado el cálculo estimado, la solicitud se considerará retirada. No se le debe nada más, y el plazo de cinco días hábiles no se reanuda. Si un cálculo estimado le parece demasiado alto, responda y reduzca la solicitud en lugar de dejarla sin respuesta; una respuesta mantiene viva la solicitud, el silencio la termina.
Una regla separada limita lo que puede pedir. La Sección 2.2-3704(D), no la (F), es la disposición sobre registros que no existen: ningún organismo público está obligado a crear un nuevo registro si el registro no existe ya, aunque un organismo puede resumir o compendiar información bajo términos y condiciones acordados entre el solicitante y el organismo público. El inciso (F) es el inciso de tarifas.
Cuidado: la FOIA de Virginia no contiene la exención de tarifas por interés público que la FOIA federal ofrece en 5 U.S.C. § 552(a)(4)(A)(iii). Un periodista o una organización sin fines de lucro que solicita registros de Virginia no tiene derecho a una exención por ley. Los controles de costos realistas son un rango de fechas más estrecho, nombrar custodios específicos en lugar de un departamento entero, pedir archivos electrónicos nativos y pedir inspeccionar en lugar de comprar copias.
Si Virginia Deniega Su Solicitud
Virginia no tiene un paso de apelación administrativa ni revisión del fiscal general de las denegaciones de registros. Existe una opción sin litigio y una judicial, y vale la pena probarlas en ese orden.
El Consejo Asesor de FOIA de Virginia
Antes de presentar nada, la Asamblea General mantiene un organismo cuya función es responder exactamente este tipo de pregunta. El Consejo Asesor de Libertad de Información de Virginia (Virginia Freedom of Information Advisory Council) se establece en Va. Code §§ 30-178 y siguientes, y el § 30-179(1) le ordena proporcionar, previa solicitud, opiniones consultivas o pautas y demás información apropiada sobre la Ley de Libertad de Información de Virginia, y hacerlo de manera expedita. Las opiniones del Consejo son consultivas y no vinculantes, así que no puede ordenar a un organismo público que entregue un registro. Lo que sí puede hacer es plasmar por escrito una lectura considerada de la ley, lo cual con frecuencia termina una disputa con un organismo público que aplicaba la Ley incorrectamente en lugar de resistirse a ella. Ese es un primer movimiento mucho más económico que una petición.
Mandamus o medida cautelar bajo el § 2.2-3713
Bajo Va. Code § 2.2-3713(A), una persona a la que se le nieguen los derechos y privilegios conferidos por el capítulo puede hacerlos valer presentando una petición de mandamus o medida cautelar. La competencia recae en el tribunal de distrito general (general district court) o el tribunal de circuito (circuit court), y el tribunal de distrito general es lo que se usa en la práctica porque evita los costos de presentación del tribunal de circuito y está diseñado para litigantes que se representan a sí mismos.
Sea preciso sobre lo que dice la ley sobre representación legal, porque es más limitado de lo que a menudo se repite. La Sección 2.2-3713(B) dispone que en una acción presentada ante un tribunal de distrito general, un peticionario corporativo puede comparecer a través de su funcionario, director o agente administrador sin la asistencia de un abogado. Esa es una dispensa para entidades, que normalmente necesitarían un abogado para siquiera comparecer. Una persona individual siempre ha podido representarse a sí misma; el inciso no es lo que le da ese derecho.
Tres características del § 2.2-3713 lo hacen más fuerte de lo que parece:
- Rapidez, con una condición de notificación. La petición se escuchará dentro de siete días de la fecha en que se presente, siempre que la parte contra la cual se dirige la petición haya recibido una copia de la petición al menos tres días hábiles antes de la presentación. Si se salta ese paso, pierde la audiencia en siete días, así que notifique al organismo público primero y conserve prueba de la fecha.
- Carga de la prueba. El organismo público tiene la carga de la prueba para establecer una exclusión mediante la preponderancia de la evidencia, y cualquier incumplimiento por parte del organismo público de los procedimientos establecidos por el capítulo se presume una violación.
- Recuperación de honorarios. Un peticionario que prevalece sustancialmente recupera costos razonables, incluidos los costos y honorarios de peritos, y honorarios de abogado del organismo público, salvo que circunstancias especiales hicieran injusto el otorgamiento. Esa disposición es lo que hace económicamente viable un caso de registros pequeño.
Registros Policiales y Video de Cámaras Corporales en Virginia
Los registros de aplicación de la ley funcionan bajo el Va. Code § 2.2-3706.1, que separa dos cosas que los solicitantes a menudo mezclan.
La información del incidente criminal es obligatoria. Para un delito grave (felony), el organismo público debe divulgar información básica del incidente: una descripción general de la actividad criminal reportada, la fecha y hora en que presuntamente se cometió el delito, la ubicación general, la identidad del oficial investigador y una descripción general de cualquier lesión o daño a la propiedad.
El expediente de investigación en sí está excluido de la divulgación obligatoria, con discreción para divulgarlo. Entienda bien el mecanismo, porque explica por qué dos solicitudes idénticas reciben respuestas diferentes. Los expedientes de investigación criminal se definen para incluir quejas, órdenes judiciales, memorandos, notas, diagramas, mapas, fotografías, correspondencia, informes, declaraciones de testigos y evidencia relacionada con una investigación o proceso criminal. La Sección 2.2-3706.1(C) dispone que los expedientes relacionados con una investigación o proceso en curso están excluidos de las disposiciones de divulgación obligatoria del capítulo, pero pueden ser divulgados por el custodio a su discreción, y el § 2.2-3706.1(D) dice lo mismo de los expedientes relacionados con una investigación o proceso que no está en curso. Así que la base para ambos es la misma: usted no tiene derecho al expediente, y el custodio puede entregarlo si así lo elige.
Lo que los separa es el inciso (E). Enumera las circunstancias en las que la información no se divulgará, incluido cuando la divulgación interfiera con una investigación en curso, ponga en peligro un juicio justo, constituya una invasión irrazonable de la privacidad, revele una fuente confidencial o una técnica de aplicación de la ley, o ponga en peligro la seguridad de alguien. El inciso (E) se aplica tanto a (C) como a (D), y donde entra en juego elimina por completo la discreción del custodio. El resultado práctico en un caso abierto es lo que la mayoría de los solicitantes ya espera, pero la ruta hasta allí es exclusión más una prohibición obligatoria, no una decisión discrecional sobre interferencia.
Los expedientes cerrados tienen un derecho de divulgación que ignora la residencia. Esta es la disposición más útil de la página para las personas que más probablemente la necesiten. Cuando la investigación o el proceso no está en curso, el § 2.2-3706.1(D) dispone que los registros se divulgarán, previa solicitud, a una lista definida de personas, expresamente «sin importar si alguna de esas personas es ciudadana de la Mancomunidad»:
- la víctima;
- los familiares inmediatos de la víctima, si la víctima ha fallecido y el familiar que recibe los registros no es una persona de interés ni un sospechoso;
- el padre, madre o tutor de una víctima menor de edad, bajo la misma condición de no ser sospechoso;
- un abogado que representa a un peticionario en una petición de recurso de hábeas corpus (writ of habeas corpus) o de inocencia real (writ of actual innocence) bajo el Capítulo 19.2 del Título 19.2, o en cualquier otro proceso federal o estatal posterior a la condena o de indulto; y
- únicamente para fines de inspección donde se guardan los registros, un abogado o agente que esté considerando dicha representación, un abogado que jure una declaración de que ha sido contratado para una acción civil o criminal y tiene una base de buena fe para creer que los registros son materiales para ella, y una persona que actúa por su propia cuenta (pro se) en una petición de hábeas corpus o de inocencia real.
La excepción de residencia importa porque la regla general en el § 2.2-3704(A) es lo opuesto. Un padre o madre afligido de fuera del estado, o un abogado posterior a la condena con licencia en otro lugar, no tiene que superar el obstáculo de ciudadano-de-la-Mancomunidad para acceder a un expediente de investigación criminal cerrado bajo (D). El inciso (E) sigue aplicándose, y los abogados que reciben registros bajo este inciso están sujetos a restricciones sobre su divulgación posterior.
Dos puntos de tiempo importan para cualquiera que solicite material policial en Virginia. Primero, la prórroga para expedientes de investigación criminal es de 60 días hábiles en lugar de los siete habituales, así que una solicitud que toca un expediente de investigación puede legalmente tomar mucho más tiempo que una rutinaria. Segundo, las secciones de la Ley de Registros Públicos no crean una vía de divulgación dedicada de cámaras corporales del tipo que Washington codificó en RCW 42.56.240(14), así que el material de video se analiza bajo el marco del § 2.2-3706.1 y las exclusiones generales, junto con cualquier política que el departamento individual haya adoptado.
Si su objetivo es saber si existen cargos u órdenes de arresto en lugar de obtener el expediente, los tribunales suelen ser la vía más rápida. Vea búsqueda de órdenes de arresto en Virginia.
Registros que la FOIA de Virginia No Alcanza
Registros vitales. Las actas de nacimiento, defunción y matrimonio no son solicitudes de FOIA. Provienen del Departamento de Salud de Virginia, División de Registros Vitales, bajo reglas de elegibilidad que limitan las copias certificadas a familiares y representantes específicos. Vea actas de defunción de Virginia.
Registros de bienes raíces. Las escrituras, hipotecas y gravámenes se registran ante el secretario del tribunal de circuito (circuit court clerk) de cada localidad y se buscan allí. Vea registros de propiedad de Virginia. Esta categoría importa para la pregunta de residencia, porque los registros de bienes raíces están abiertos bajo su propia ley y no bajo el § 2.2-3704, un punto en el que se basó la Corte Suprema en McBurney.
Audio de llamadas de emergencia. Si una grabación al 911 es divulgable depende del estado y de si una investigación está abierta. Vea ¿son las llamadas al 911 registros públicos?.
Este artículo es información legal general sobre la Ley de Libertad de Información de Virginia a agosto de 2026. No es asesoramiento legal, y RecordingLaw.com no es un bufete de abogados. Las leyes, las prácticas de tarifas y las políticas de las agencias cambian. Consulte a un abogado con licencia en Virginia sobre una disputa de registros específica.
Preguntas frecuentes
¿La FOIA de Virginia es lo mismo que la FOIA federal?
No. La FOIA de Virginia es una ley estatal de Virginia, Va. Code § 2.2-3700 y siguientes, y se aplica a los organismos públicos estatales y locales de Virginia. La Ley de Libertad de Información federal, 5 U.S.C. § 552, se aplica a las agencias del poder ejecutivo federal. Difieren en quién puede solicitar, el plazo (cinco días hábiles frente a 20 días hábiles), las reglas de tarifas y los recursos legales. Virginia simplemente eligió el mismo nombre.
¿Puede un no residente presentar una solicitud de FOIA en Virginia?
La ley no le otorga el derecho a los no residentes. Va. Code § 2.2-3704(A) abre los registros a los ciudadanos de la Mancomunidad y a representantes de periódicos, revistas y radiodifusoras que circulan en Virginia o hacia Virginia. La Corte Suprema confirmó ese límite en McBurney v. Young, 569 U.S. 221 (2013). Un organismo público aún puede optar por responder a un no residente, y leyes separadas abren los registros de bienes raíces y los registros judiciales a todos.
¿Cuánto tiempo tiene un organismo público de Virginia para responder?
Cinco días hábiles a partir de la recepción. Si dentro de ese plazo el organismo responde que no es posible en la práctica proporcionar los registros o determinar su disponibilidad, obtiene siete días hábiles adicionales, o 60 días hábiles para una solicitud de expedientes de investigación criminal bajo el § 2.2-3706.1.
¿Una solicitud de FOIA en Virginia tiene que ser por escrito?
No. La Sección 2.2-3704(B) exige únicamente que la solicitud identifique los registros con especificidad razonable, y expresamente dice que la solicitud no necesita hacer referencia al capítulo de la FOIA. Escribirla sigue siendo la mejor práctica, porque documenta la fecha en que comenzó el plazo de cinco días hábiles.
¿Cuánto puede cobrar Virginia por los registros?
Tarifas razonables que no excedan el costo real incurrido en acceder, duplicar, entregar o buscar los registros, lo cual en Virginia incluye el tiempo de búsqueda del personal. Si el organismo determina de antemano que los cargos probablemente excederán los $200, puede exigir un depósito hasta ese monto antes de continuar procesando.
¿Existe una exención de tarifas para periodistas bajo la FOIA de Virginia?
La FOIA de Virginia no tiene exención de tarifas por interés público o de prensa comparable a la FOIA federal. A agosto de 2026 los controles de costos efectivos son reducir la solicitud, nombrar custodios específicos y rangos de fechas, pedir archivos electrónicos nativos e inspeccionar en lugar de comprar copias.
¿Qué hago si una agencia de Virginia deniega o ignora mi solicitud?
Ser ignorado es en sí mismo una denegación. Va. Code § 2.2-3704(E) establece que la falta de respuesta a una solicitud de registros se considerará una denegación y constituirá una violación del capítulo. Un primer paso gratuito es pedir al Consejo Asesor de Libertad de Información de Virginia una opinión consultiva bajo Va. Code § 30-179(1). La vía judicial es una petición de mandamus o medida cautelar bajo el § 2.2-3713, que puede presentarse en el tribunal de distrito general. La petición se escuchará dentro de siete días de la fecha en que se presente, siempre que el organismo público haya recibido una copia de la petición al menos tres días hábiles antes de la presentación. El organismo público tiene la carga de establecer una exclusión mediante la preponderancia de la evidencia, un incumplimiento procesal por parte del organismo se presume una violación, y un peticionario que prevalece sustancialmente recupera costos razonables y honorarios de abogado.
¿Qué pasa si ignoro un cálculo estimado de costos en Virginia?
La solicitud desaparece. Bajo Va. Code § 2.2-3704(F), el plazo dentro del cual el organismo público debe responder se suspende por el tiempo entre el aviso del cálculo estimado y su respuesta, y si el organismo público no recibe respuesta del solicitante dentro de los 30 días de haber enviado el cálculo estimado, la solicitud se considerará retirada. Si un cálculo estimado le parece demasiado alto, responda y reduzca la solicitud en lugar de dejarla vencer.
¿Puede un no residente obtener un expediente de investigación policial cerrado de Virginia?
A veces, y esta es una excepción real a la regla de residencia. Va. Code § 2.2-3706.1(D) dispone que los expedientes de investigación criminal relacionados con una investigación o proceso que no está en curso se divulgarán, previa solicitud, a la víctima, a los familiares inmediatos de una víctima fallecida, al padre, madre o tutor de una víctima menor de edad, y a un abogado que represente a un peticionario en una petición de hábeas corpus o de inocencia real u otro proceso posterior a la condena o de indulto, sin importar si alguna de esas personas es ciudadana de la Mancomunidad. Se aplican condiciones, incluido que el familiar o el padre o madre no sea una persona de interés o sospechoso, y las causales obligatorias de no divulgación del inciso (E) siguen controlando.
¿Puedo obtener video de cámaras corporales policiales en Virginia?
No existe una disposición dedicada de divulgación de cámaras corporales en la FOIA de Virginia. El material de video vinculado a una investigación criminal se analiza bajo Va. Code § 2.2-3706.1, donde la información del incidente criminal para un delito grave debe divulgarse, pero el expediente de investigación en sí está excluido de la divulgación obligatoria bajo los incisos (C) y (D) y solo puede divulgarse a discreción del custodio. El inciso (E) entonces elimina esa discreción cuando la divulgación interferiría con una investigación en curso o encajaría dentro de las otras causales enumeradas. Los departamentos individuales también pueden tener sus propias políticas de divulgación.
Actualizaciones
Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas
Fuentes y referencias
- Registros públicos abiertos a inspección, procedimiento para solicitar registros y responder, Va. Code § 2.2-3704(law.lis.virginia.gov).gov
- Divulgación de registros criminales y expedientes de investigación criminal, Va. Code § 2.2-3706.1(law.lis.virginia.gov).gov
- Procedimientos para el cumplimiento del capítulo, mandamus y medida cautelar, carga de la prueba y honorarios de abogado, Va. Code § 2.2-3713(law.lis.virginia.gov).gov
- Consejo Asesor de Libertad de Información de Virginia, creación y membresía, Va. Code § 30-178(law.lis.virginia.gov).gov
- Facultades y deberes del Consejo Asesor de FOIA, incluida la provisión de opiniones consultivas y pautas previa solicitud, Va. Code § 30-179(law.lis.virginia.gov).gov
- Consejo Asesor de Libertad de Información de Virginia, servicios del Consejo(foiacouncil.dls.virginia.gov).gov
- Ley de Libertad de Información de Virginia, Capítulo 37 del Título 2.2, Código de Virginia(law.lis.virginia.gov).gov
- Ley de Libertad de Información federal, 5 U.S.C. § 552 (para la distinción entre estatal y federal)(uscode.house.gov).gov