Generador de escritura de renuncia (quitclaim deed)
Llene una escritura de renuncia: quién cede su interés en la propiedad, quién lo recibe, la descripción legal, la contraprestación y un reconocimiento notarial. Descargue un PDF gratis para firmar ante un notario. La escritura se genera en inglés porque se registra en un condado de EE. UU.; las explicaciones están en español. Lea las advertencias antes de usarla.
Lea antes de firmar:
- Regístrela en la oficina de registro del condado donde está la propiedad, después de firmarla y notarizarla. Una escritura no registrada puede perder frente a un comprador o prestamista posterior.
- Las reglas de registro, los derechos y los impuestos sobre la transferencia varían según el estado y el condado. Revise primero los requisitos de la oficina de registro de su condado.
- No da ninguna garantía. Transmite solo el interés que tenga el otorgante, si tiene alguno.
- Puede exigir testigos. Florida y Connecticut exigen dos testigos en una escritura (Fla. Stat. § 689.01; Conn. Gen. Stat. § 47-5(a)(4)), y la ley de registro de Florida también exige la dirección postal de cada testigo y de cada firmante (§ 695.26). La escritura trae dos bloques para testigos; en otros estados las reglas varían.
- No saca a nadie de una hipoteca. El préstamo sigue a cargo de los deudores; hable con el prestamista.
Es una plantilla de autoayuda, no asesoría legal. RecordingLaw.com no es un bufete de abogados. Para una transferencia relacionada con un divorcio, un fideicomiso, una sucesión o una hipoteca, consulte a un abogado de bienes raíces o a una compañía de títulos.
La escritura se genera en inglés porque se presenta en una oficina de registro de un condado de EE. UU. Las explicaciones de esta página y las notas están en español.
Complete todos los datos obligatorios para descargar este formulario:
- Estado
- Condado
- Nombre(s) del otorgante
- Nombre(s) del adquirente
- Descripción legal (copiada de la última escritura registrada)
Todo funciona en su navegador. Nada de lo que escribe se envía ni se guarda en nuestro servidor.
Quitclaim Deed
Recording requested by and, when recorded, return to: ______________________________
Mail tax statements to: ______________________________
This instrument was prepared by (name and post-office address): ______________________________
(Space above this line for the recorder’s use)
[GRANTOR] (“Grantor”), for good and valuable consideration, the receipt of which is acknowledged, hereby remises, releases, and quitclaims to [GRANTEE] (“Grantee”), all of Grantor’s right, title, and interest, if any, in the following real property in [COUNTY] County, [STATE]:
Legal description:
[LEGAL DESCRIPTION: COPY IT EXACTLY FROM THE LAST RECORDED DEED]
This deed is made without warranty of title of any kind, express or implied. Grantor conveys only the interest, if any, that Grantor holds on the date of this deed.
Dated: ________________
GRANTOR
Signature: ______________________________
Printed name: ______________________________
Post-office address: ______________________________
WITNESS 1 (required in some states, e.g. Fla. Stat. § 689.01, Conn. Gen. Stat. § 47-5(a)(4); leave blank only if your state does not require witnesses)
Signature: ______________________________
Printed name: ______________________________
Post-office address: ______________________________
WITNESS 2 (required in some states, e.g. Fla. Stat. § 689.01, Conn. Gen. Stat. § 47-5(a)(4); leave blank only if your state does not require witnesses)
Signature: ______________________________
Printed name: ______________________________
Post-office address: ______________________________
ACKNOWLEDGMENT (GENERIC FORM: NOT A STATE STATUTORY FORM. Your notary may complete and attach the certificate your state requires instead.)
State of [STATE]
County of [COUNTY]
On ________________ (date), before me, the undersigned notary public, personally appeared ________________, who proved to me on the basis of satisfactory evidence to be the person(s) whose name(s) is/are signed on this instrument, and acknowledged that he/she/they signed it voluntarily for its stated purpose.
Notary public signature: ______________________________
Printed name: ______________________________
My commission expires: ____________ (Seal)
Antes de firmar
REGISTRE LA ESCRITURA. Después de firmarla y notarizarla, lleve o envíe la escritura a la oficina de registro (en algunos lugares llamada registro de escrituras o secretario del condado) del condado donde está la propiedad. Mientras no se registre, el registro público sigue mostrando al dueño anterior. En California, por ejemplo, una transmisión no registrada es nula frente a un comprador o acreedor hipotecario posterior de buena fe cuya propia transmisión se registre primero (Cal. Civ. Code § 1214); cada estado tiene su propia ley de registro.
TESTIGOS. Algunos estados exigen que el otorgante firme ante testigos, y la escritura trae dos bloques de firma para testigos. Florida exige que una transmisión de un inmueble se firme en presencia de dos testigos que también firmen (Fla. Stat. § 689.01) y, para registrarla, exige el nombre en letra de molde y la dirección postal de cada persona que firmó, de cada testigo y de quien preparó la escritura (Fla. Stat. § 695.26(1)). Connecticut exige que las transmisiones de inmuebles estén firmadas por dos testigos de su puño y letra y que incluyan la dirección postal actual del adquirente (Conn. Gen. Stat. § 47-5). Las reglas de otros estados varían; revise las del suyo antes de firmar.
LAS REGLAS DE REGISTRO Y LOS IMPUESTOS VARÍAN SEGÚN EL ESTADO Y EL CONDADO. Las oficinas de registro pueden tener sus propias reglas de formato, derechos y formularios que deben acompañar la escritura, y puede aplicarse un impuesto sobre la transferencia. California, por ejemplo, permite a cada condado cobrar un impuesto documental sobre ciertas transferencias (Cal. Rev. & Tax. Code § 11911). Consulte el sitio web de la oficina de registro de su condado o llame antes de firmar, y ajuste el formato si se lo piden.
LA ESCRITURA DE RENUNCIA (QUITCLAIM) NO DA NINGUNA GARANTÍA. Esta escritura transfiere solo el interés que el otorgante tenga en la fecha de la escritura, si tiene alguno. No promete que el otorgante sea dueño, que el título esté libre ni que no haya gravámenes. La ley de Washington, por ejemplo, dice que una escritura de renuncia transmite todos los derechos legales y de equidad que el otorgante tenga en ese momento y que no se extiende a un título adquirido después salvo que la escritura lo diga (RCW 64.04.050).
NO SACA A NADIE DE UNA HIPOTECA. Renunciar a su interés en la propiedad no termina su responsabilidad por un préstamo a su nombre. Como explica el centro de autoayuda del Sistema Judicial de Alaska, la escritura de renuncia no afecta la hipoteca ni ningún préstamo sobre la propiedad. Hable con el prestamista antes de firmar.
COPIE LA DESCRIPCIÓN LEGAL EXACTAMENTE como aparece en la última escritura registrada de la propiedad (la oficina de registro del condado le puede dar una copia). No la sustituya por la dirección ni por un resumen. Una sola palabra o número equivocado puede describir otro terreno.
Una transferencia puede tener consecuencias tributarias (por ejemplo, en el impuesto predial, el impuesto sobre donaciones o el impuesto sobre la renta). Hable antes con un profesional de impuestos o un abogado de bienes raíces, sobre todo si la transferencia es entre familiares o sale de un fideicomiso o una sucesión.
La forma en que los nuevos dueños tengan el título (por ejemplo, como copropietarios con derecho de acrecer o en copropiedad sin ese derecho) puede afectar lo que pasa con la propiedad cuando fallece un dueño. Si no está seguro de qué escribir en ese campo, déjelo en blanco y consulte a un abogado.
La escritura se genera en inglés porque se presenta en una oficina de registro de EE. UU. En California, por ejemplo, la ley indica a la oficina de registro que no acepte un documento otorgado total o parcialmente en otro idioma, salvo excepciones (Cal. Gov. Code § 27293).
Qué hace una escritura de renuncia
Una escritura de renuncia (quitclaim deed) transfiere el interés que tenga el otorgante en una propiedad, si tiene alguno, sin prometer nada sobre el título. El formulario legal de Washington muestra cómo funciona: una escritura en esa forma transmite todos los derechos legales y de equidad que el otorgante tenga en ese momento sobre la propiedad, pero no se extiende a un título adquirido después salvo que se agreguen palabras que expresen esa intención (RCW 64.04.050). La escritura que redacta esta herramienta dice que se otorga sin garantía de título.
Como no promete nada sobre el título, una escritura de renuncia no protege a un adquirente que necesite la seguridad de que el otorgante es realmente dueño de lo que transfiere. Una compañía de títulos o un abogado de bienes raíces puede explicarle las alternativas.
Lo más importante es la descripción legal. La oficina de avalúos de Maryland la define como la descripción de la propiedad tal como aparece en la escritura (Maryland SDAT). Cópiela exactamente de la última escritura registrada, que puede pedir en la oficina de registro del condado.
Registro, impuestos y formato
Firmar la escritura no es el último paso. Registrarla en la oficina del condado la incorpora al registro público. En California, una transmisión no registrada es nula frente a un comprador o acreedor hipotecario posterior que actuó de buena fe, pagó un valor y registró primero (Civil Code § 1214). Otros estados tienen sus propias leyes de registro.
Los condados también pueden cobrar impuestos sobre las transferencias. California permite que la junta de supervisores de cada condado cobre un impuesto documental sobre ciertas transmisiones (Revenue and Taxation Code § 11911). Las oficinas de registro fijan sus propias reglas de página, márgenes y portada y sus derechos, y algunas exigen otros formularios junto con la escritura. La escritura deja espacio arriba para la oficina de registro, pero no puede conocer las reglas de su condado; consulte a la oficina antes de firmar.
El reconocimiento notarial
Para California, Florida, Nueva York y Texas, la escritura imprime textualmente el formulario legal de reconocimiento individual de ese estado:
- Cal. Civ. Code § 1189(a)(3)
- Fla. Stat. § 695.25(1)
- N.Y. Real Prop. Law § 309-a(1)
- Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 121.008(b)(1)
California exige que el aviso al inicio de su certificado esté dentro de un recuadro (Civil Code § 1189(a)(1)); el PDF marca ese aviso para que usted o el notario lo encierren en un recuadro. Para cualquier otro estado, la escritura imprime un reconocimiento genérico que indica que no es un formulario legal del estado. Su notario puede preferir adjuntar su propio certificado.
Lo que esta escritura no hace
- No registra la escritura, no paga ningún impuesto sobre la transferencia y no prepara declaraciones de transferencia ni formularios de cambio de titularidad.
- No revisa el título ni la descripción legal.
- No saca a nadie de una hipoteca. El Sistema Judicial de Alaska dice que la escritura de renuncia no afecta la hipoteca ni ningún préstamo sobre la propiedad (autoayuda del Sistema Judicial de Alaska).
- No da asesoría tributaria. Una transferencia puede tener consecuencias en el impuesto predial, el impuesto sobre donaciones o el impuesto sobre la renta.
Para buscar una escritura o al dueño actual, empiece con nuestra guía de registros de propiedad por estado. Nuestra página de registros de propiedad de California también explica el fraude con escrituras falsificadas y el programa de avisos del condado.
Aviso: Información legal general, no asesoría legal.
Preguntas frecuentes
¿Qué transfiere una escritura de renuncia (quitclaim deed)?
Solo el interés que tenga el otorgante, si tiene alguno, sin prometer que el otorgante sea dueño ni que el título esté libre. La ley de Washington, por ejemplo, dice que una escritura de renuncia transmite todos los derechos legales y de equidad que el otorgante tenga en ese momento y que no se extiende a un título adquirido después salvo que la escritura lo diga.
¿Una escritura de renuncia me saca de la hipoteca?
No. El centro de autoayuda del Sistema Judicial de Alaska lo explica claramente: la escritura de renuncia quita su interés en la propiedad, pero no su responsabilidad por una hipoteca a su nombre, y no afecta la hipoteca ni ningún préstamo sobre la propiedad. La misma guía dice que la única forma de quitar su nombre de la hipoteca es refinanciarla a nombre de otra persona.
¿Tengo que registrar la escritura?
El registro pone la transferencia en el registro público de la oficina del condado. Sin él, el adquirente puede perder frente a un comprador posterior. En California, por ejemplo, una transmisión no registrada es nula frente a un comprador o acreedor hipotecario posterior de buena fe cuya propia transmisión se registre primero (Civil Code § 1214). Revise las reglas de formato, los derechos y los formularios que exige la oficina de registro de su condado antes de registrar.
¿Dónde encuentro la descripción legal?
En la última escritura registrada de la propiedad. La oficina de avalúos de Maryland, por ejemplo, define la descripción legal como la descripción de la propiedad tal como aparece en la escritura. Cópiela palabra por palabra; no use la dirección en su lugar.
¿Por qué la escritura está en inglés?
Porque se registra en un condado de EE. UU. La ley de registro de California, por ejemplo, indica a la oficina de registro que no acepte un documento otorgado total o parcialmente en otro idioma, salvo excepciones (Government Code § 27293). Esta página y las notas que acompañan al PDF están en español.
¿Se guarda lo que escribo?
No. La escritura se arma en su navegador y el PDF se crea en su dispositivo. Nada de lo que escribe se envía ni se guarda en nuestro servidor.
Fuentes (en inglés)
- Revised Code of Washington 64.04.050
- California Civil Code § 1214
- California Revenue and Taxation Code § 11911
- California Government Code § 27293
- Cal. Civ. Code § 1189(a)(3)
- Fla. Stat. § 695.25(1)
- N.Y. Real Prop. Law § 309-a(1)
- Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 121.008(b)(1)
- Alaska Court System Self-Help Center: Divide Property and Debt
- Maryland State Department of Assessments and Taxation: Real Property definitions
- Florida Statutes § 689.01
- Florida Statutes § 695.26
- Connecticut General Statutes § 47-5
Leído en las fuentes anteriores el 27 de septiembre de 2026.
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