Cómo Vender un Acuerdo Estructurado: Aprobación Judicial, Impuestos y Descuentos
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Vender un acuerdo estructurado (structured settlement) significa ceder a una empresa una parte o la totalidad de sus pagos futuros del acuerdo a cambio de una suma global ahora. La Comisión Federal de Comercio (FTC) llama a esto «factoring» y advierte que «no recibirá todo el dinero que habría cobrado con el tiempo».
Dos capas de ley regulan la venta. La ley federal, 26 U.S.C. § 5891, impone un impuesto del 40 por ciento al comprador, a menos que un tribunal apruebe la transferencia por adelantado tras concluir que conviene a los intereses del vendedor, «teniendo en cuenta el bienestar y el sustento de las personas a cargo del beneficiario». Después, las leyes estatales de protección de acuerdos estructurados fijan las divulgaciones que el comprador debe hacer y las conclusiones a las que el juez debe llegar.
Alcance: Esta página cubre las reglas federales (26 U.S.C. §§ 5891 y 104) y, como ejemplos, las leyes de protección de acuerdos estructurados de California, Florida y Nueva York, según lo revisado el 28 de septiembre de 2026. La ley de su propio estado determina las divulgaciones, los plazos y la audiencia en su caso. Esto no es asesoría financiera, y RecordingLaw.com no compra acuerdos ni refiere vendedores a compradores.
Para ver cuánto valen hoy sus pagos y cómo se compara una oferta típica, pruebe nuestra calculadora de acuerdos estructurados (en inglés).
Qué significa «vender» un acuerdo estructurado
Un acuerdo estructurado paga los daños a lo largo del tiempo en lugar de una sola suma global. Cuando usted vende, una empresa (el «cesionario» en la mayoría de las leyes) le paga dinero en efectivo ahora a cambio del derecho a recibir una parte o la totalidad de esos pagos futuros.
La guía para consumidores de la FTC explica que cuando usted cede a una empresa una parte o la totalidad de los pagos de su acuerdo estructurado a cambio de una suma global, «se llama “factoring”». La ley federal define la transacción de manera amplia. Según 26 U.S.C. § 5891(c)(3), una «transacción de factoring de acuerdo estructurado» es «una transferencia de derechos de pago de un acuerdo estructurado (incluidas partes de los pagos del acuerdo estructurado) hecha a cambio de una contraprestación mediante venta, cesión, prenda u otra forma de gravamen o enajenación a cambio de una contraprestación». También quedan cubiertos una venta parcial o un préstamo garantizado con los pagos.

Ley federal: el impuesto del 40 por ciento y la orden judicial
El impuesto sobre transferencias no aprobadas
La sección 5891(a) impone «a toda persona que adquiera, directa o indirectamente, derechos de pago de un acuerdo estructurado en una transacción de factoring de acuerdo estructurado un impuesto igual al 40 por ciento del descuento de factoring».
El «descuento de factoring» se define en el § 5891(c)(4) como el exceso del «monto total sin descontar de los pagos del acuerdo estructurado que se adquieren» sobre «el monto total efectivamente pagado por el adquirente» al vendedor. En una venta de $240,000 en pagos futuros por $110,000, por ejemplo, el descuento de factoring sería de $130,000, y el impuesto del comprador sin aprobación judicial sería de $52,000. (Solo aritmética ilustrativa.)
La excepción: una orden judicial que cumple los requisitos
El impuesto «no se aplicará» cuando la transferencia «sea aprobada por adelantado en una orden que cumple los requisitos» (qualified order) (§ 5891(b)(1)). Una orden que cumple los requisitos es «una orden, sentencia o decreto final» que concluye que la transferencia:
«(i) no contraviene ningún estatuto federal o estatal ni la orden de ningún tribunal o autoridad administrativa responsable, y (ii) conviene al beneficiario, teniendo en cuenta el bienestar y el sustento de las personas a cargo del beneficiario»
La orden debe emitirse «bajo la autoridad de un estatuto estatal aplicable por un tribunal estatal aplicable», o por la autoridad administrativa con jurisdicción exclusiva sobre el caso subyacente (§ 5891(b)(2)(B)).
Qué ley estatal se aplica
La sección 5891(b)(3) remite primero al estatuto de «el estado en el que está domiciliado el beneficiario del acuerdo estructurado». Solo «si no existe un estatuto» allí, mira al estado donde el obligado del acuerdo (o su cesionario) o el emisor de la anualidad «está domiciliado o tiene su sede principal de negocios». En ese caso, un tribunal del estado de residencia del beneficiario aún puede conocer del caso (§ 5891(b)(4)(B)).
Se protege el tratamiento fiscal del acuerdo original
Una venta no deshace el tratamiento fiscal del acuerdo original para las partes que lo celebraron. La sección 5891(d)(1) dice que si se cumplieron los requisitos de las secciones 72, 104(a)(1), 104(a)(2), 130 y 461(h) cuando se celebró el acuerdo, una transacción de factoring posterior «no afectará la aplicación de las disposiciones de dichas secciones a las partes del acuerdo estructurado».

Leyes estatales de protección de acuerdos estructurados
Cada estado que tiene una ley fija su propio procedimiento. La guía de la FTC dice que casi todos los estados exigen aprobación judicial del factoring: «Por lo tanto, antes de que la transacción pueda realizarse, un juez debe decidir que le conviene». La única excepción que nombra la FTC, Nuevo Hampshire, tiene su propia ley. Desde el 9 de octubre de 2021, RSA 408-G:3 dispone que una transferencia es ineficaz «a menos que la transferencia haya sido aprobada por adelantado en una orden judicial final basada en conclusiones expresas» que incluyan el mejor interés del beneficiario.
Dondequiera que usted viva, el § 5891(b)(3) significa que un comprador que quiera evitar el impuesto del 40 por ciento necesitará una orden que cumpla los requisitos bajo el estatuto de algún estado.
Los tres estatutos siguientes muestran el patrón común y cómo varían los detalles.
California (Código de Seguros §§ 10134-10139.5)
- Momento de la divulgación: «Diez o más días antes de que el beneficiario firme un acuerdo de transferencia, el cesionario deberá entregarle al beneficiario una declaración de divulgación escrita por separado» (§ 10136).
- Qué debe mostrar: entre otros datos, los montos y las fechas de vencimiento de los pagos vendidos, su monto total, todos los gastos deducidos con un desglose, el monto neto que usted recibe, el valor presente descontado de los pagos, la tasa federal utilizada y una tasa de interés equivalente efectiva.
- Asesoría independiente, pagada por el comprador: la divulgación debe informarle que «el costo de esa asesoría, hasta mil quinientos dólares ($1,500), será pagado por el cesionario» y que el propio «contador, abogado o actuario» del comprador «no puede asesorarlo en esta transacción».
- Cancelación: usted puede cancelar «En cualquier momento antes de la fecha en que un tribunal dicte una orden final que apruebe el acuerdo de transferencia ... sin costo ni obligación adicional».
- Conclusiones del tribunal: el tribunal debe concluir, entre otras cosas, que «La transferencia conviene al beneficiario, teniendo en cuenta el bienestar y el sustento de las personas a cargo del beneficiario», y que a usted se le aconsejó por escrito obtener asesoría profesional independiente y que la obtuvo o renunció a ella por escrito (§ 10139.5).
Florida (Fla. Stat. § 626.99296)
- Momento y formato de la divulgación: al menos 10 días antes de que el beneficiario «haya contraído por primera vez una obligación con respecto a la transferencia», una divulgación «en letra negrita, de no menos de 14 puntos de tamaño» (§ 626.99296).
- Qué debe mostrar: los pagos y sus fechas de vencimiento, su total, «El valor presente descontado de los pagos, junto con la tasa de descuento utilizada», el monto bruto pagadero, una lista detallada de comisiones y cargos, el monto neto y una tasa de interés anual efectiva expresada así: «usted estará, en efecto, pagándonos intereses a una tasa de por ciento anual».
- Conclusiones del tribunal: entre otras, que la transferencia conviene a sus intereses, que usted recibió o renunció por escrito a asesoría profesional independiente «respecto de las implicaciones legales, fiscales y financieras de la transferencia», y que «el monto neto pagadero al beneficiario es justo, equitativo y razonable en las circunstancias existentes en ese momento».
Nueva York (Ley de Obligaciones Generales §§ 5-1701 a 5-1709)
- Momento de la divulgación: «No menos de diez días antes de la fecha en que el beneficiario firme un acuerdo de transferencia», por correo de primera clase y certificado o por correo prioritario (§ 5-1703).
- Qué debe mostrar: incluye el valor presente descontado, la tasa federal utilizada para calcularlo y el monto bruto del adelanto con «la tasa de descuento anual, capitalizada mensualmente, utilizada para determinar dicha cifra».
- Cancelación: «el beneficiario tiene derecho a cancelar el acuerdo de transferencia, sin penalidad ni obligación adicional, a más tardar el tercer día hábil posterior a la fecha en que el beneficiario firme el acuerdo».
- Conclusiones del tribunal: las conclusiones expresas del tribunal abarcan si la transferencia conviene al beneficiario «y si la transacción, incluida la tasa de descuento utilizada para determinar el monto bruto del adelanto y los cargos y gastos utilizados para determinar el monto neto del adelanto, es justa y razonable» (§ 5-1706).
Los tres lado a lado
| California | Florida | Nueva York | |
|---|---|---|---|
| Plazo de la divulgación | 10 o más días antes de firmar | Al menos 10 días antes de quedar obligado por primera vez | Al menos 10 días antes de firmar |
| Derecho de cancelación | Hasta la orden final del tribunal | Ninguno indicado en el § 626.99296 | Hasta el tercer día hábil posterior a la firma |
| Asesoría independiente | El tribunal debe concluir que se le aconsejó obtenerla; el comprador paga hasta $1,500 | El tribunal debe concluir que la recibió o renunció a ella por escrito | Forma parte de las conclusiones del tribunal |
| Equidad del precio | El tribunal evalúa si los términos financieros, incluidos la tasa de descuento y los costos, son «justos y razonables» (§ 10139.5(b)) | El monto neto debe ser «justo, equitativo y razonable» | Las conclusiones abordan si la tasa de descuento y los cargos son «justos y razonables» |
Tasas de descuento: qué significan los números de la divulgación
Un dólar que se paga dentro de 15 años vale menos que un dólar hoy. El «valor presente» de sus pagos es lo que valen hoy después de descontar cada uno por la espera. Cuanto mayor es la tasa de descuento, menor es el valor presente.
Las divulgaciones estatales usan una tasa de referencia fijada por el IRS. California define el «valor presente descontado» usando «la tasa federal aplicable publicada más recientemente para determinar el valor presente de una anualidad, según la emita el Servicio de Impuestos Internos de los Estados Unidos» (§ 10134), y Florida la vincula con la sección 7520 del Código de Rentas Internas. El IRS publica esa tasa cada mes: «la tasa de interés de un mes en particular es la tasa que equivale al 120 por ciento de la tasa federal aplicable a mediano plazo (capitalizada anualmente) del mes en que cae la fecha de valuación».
El comprador usa su propia tasa, más alta, para fijar el precio. La divulgación exigida en California explica la consecuencia: «El precio de compra pagadero a usted es menor que el valor presente de los pagos futuros indicados arriba porque la tasa de descuento de su transacción es mayor que la tasa utilizada por el Servicio de Impuestos Internos». La diferencia entre esas dos cifras es el costo de recibir el dinero antes.
Impuestos sobre sus pagos y sobre una venta
Los pagos estructurados de un caso de lesiones físicas suelen comenzar exentos de impuestos. Según 26 U.S.C. § 104(a)(2), el ingreso bruto no incluye los daños (que no sean daños punitivos) recibidos «(ya sea por demanda o por acuerdo y ya sea como sumas globales o como pagos periódicos) por lesiones físicas personales o enfermedad física».
El efecto fiscal de vender esos pagos es una pregunta aparte, y los estatutos federales citados arriba no la responden para el vendedor.
La FTC advierte: «Recibir una suma global considerable por la venta de los pagos de su acuerdo estructurado podría colocarlo en un tramo impositivo más alto, según las circunstancias. En cambio, sus pagos regulares del acuerdo estructurado por su lesión o discapacidad están exentos de impuestos. Antes de firmar cualquier cosa, consúltelo con alguien de su confianza o con un asesor fiscal».
La ley de Florida también pregunta si usted recibió asesoría independiente sobre las implicaciones «fiscales» de la transferencia.
Antes de firmar: una lista de verificación
- Obtenga cada cifra por escrito. La FTC dice: «Obtenga por escrito todos los costos y cargos. Pregunte el porcentaje o la tasa de descuento que el comprador aplicará para darle la suma global».
- Compare el monto neto con el valor presente. La divulgación de su estado debería mostrar ambos. Nuestra calculadora puede darle primero una estimación independiente aproximada.
- Conozca su plazo de cancelación. Va desde tres días hábiles después de la firma (Nueva York) hasta la orden final del tribunal (California). La FTC sugiere obtener «una copia escrita de la política de cancelación de la empresa de factoring».
- Obtenga asesoría independiente. Varios estados exigen que el tribunal concluya que se le aconsejó hacerlo, y California obliga al comprador a pagar hasta $1,500 del costo.
- Considere vender menos. La ley federal cubre expresamente las transferencias de «partes de los pagos del acuerdo estructurado», por lo que una venta parcial es posible.
- Trate como señal de alerta cualquier oferta de saltarse el tribunal. La FTC advierte: «Si una empresa de factoring le ofrece dinero rápido por sus pagos y formas de evitar el proceso judicial, puede estar atrayéndolo a una estafa y es posible que la suma global no sea real».
Cómo estima el valor nuestra calculadora
La calculadora de acuerdos estructurados (en inglés) es un estimador, no una oferta ni una cotización. Usted ingresa el monto del pago, con qué frecuencia se paga (mensual, trimestral, cada seis meses o anual), cuántos años dura, cualquier aumento anual por costo de vida, cuántos años faltan para que comiencen los pagos y una suma global futura opcional.
Luego muestra cuatro cifras:
- Total de pagos futuros, sin descontar.
- Valor presente a la tasa de descuento que usted elija. El valor predeterminado es 4.5 por ciento, y un control deslizante va del 1 al 20 por ciento. Para aproximar lo que mostraría una divulgación estatal, puede ajustar el control deslizante al valor más cercano a la tasa actual de la sección 7520 del IRS, de la página del IRS enlazada arriba (el control se mueve en pasos de medio punto).
- Una oferta típica de comprador, calculada con una tasa efectiva supuesta del 12 por ciento, con un rango del 9 al 18 por ciento. Esas tasas son supuestos de modelado de la calculadora, no datos de mercado publicados ni un estándar legal; su oferta real constará en su declaración de divulgación.
- El valor al que usted renunciaría, es decir, el valor presente a la tasa que elija menos la oferta típica. Esto no es lo mismo que el «descuento de factoring» federal, que compara el precio del comprador con el total sin descontar.
El cálculo trata cada pago como si llegara al final de su período y aplica cualquier aumento una vez al año, así que una anualidad real con una fecha de aumento distinta diferirá un poco. Si está evaluando una venta que surgió de un reclamo por lesiones, nuestra calculadora de acuerdos por lesiones personales (en inglés) y nuestra guía sobre las leyes de muerte por negligencia por estado explican cómo se llega a esos acuerdos en primer lugar.
Aviso legal: Esta página ofrece información legal general sobre la ley federal y las leyes de protección de acuerdos estructurados de California, Florida y Nueva York al 28 de septiembre de 2026. No constituye asesoría legal, fiscal ni financiera, y no es una oferta de compra de pagos. Las reglas de su estado pueden diferir. Antes de vender cualquier pago de un acuerdo, consulte a un abogado independiente y a un profesional fiscal o financiero que no esté vinculado con el comprador.
Preguntas frecuentes
¿Necesito aprobación judicial para vender mi acuerdo estructurado?
En la práctica, sí. La ley federal grava al comprador con el 40 por ciento del descuento de factoring a menos que un tribunal apruebe la transferencia por adelantado en una orden que cumpla los requisitos (26 U.S.C. § 5891), y las leyes estatales de protección exigen que un juez concluya que la venta conviene a sus intereses. La FTC dice que casi todos los estados exigen aprobación judicial, y Nuevo Hampshire, la única excepción que nombra, adoptó una ley de aprobación judicial en 2021.
¿Quién paga el impuesto federal del 40 por ciento?
El comprador. La sección 5891(a) impone el impuesto a toda persona que adquiera derechos de pago de un acuerdo estructurado en una transacción de factoring, y solo se aplica si la transferencia no fue aprobada por adelantado en una orden que cumpla los requisitos.
¿Cuánto recibiré si vendo?
Menos que el total de sus pagos y menos que su valor presente a la tasa del IRS que se usa en las divulgaciones estatales. La divulgación exigida en California indica que el precio es menor porque la tasa de descuento de la transacción es mayor que la tasa del IRS. Su declaración de divulgación mostrará el monto neto, el valor presente y una tasa de interés efectiva; compárelos antes de firmar.
¿Puedo echarme atrás después de firmar?
A menudo, por un tiempo limitado. California le permite cancelar en cualquier momento antes de la orden final del tribunal, y Nueva York hasta el tercer día hábil después de firmar. Revise la ley de su estado y la política de cancelación por escrito del comprador.
¿Tributa el dinero de la venta de mi acuerdo estructurado?
Los pagos periódicos de un acuerdo por lesiones físicas personales están excluidos del ingreso conforme a 26 U.S.C. § 104(a)(2). Los estatutos federales revisados aquí no dicen cómo se grava la suma global del vendedor, y la FTC advierte que podría colocarlo en un tramo impositivo más alto según las circunstancias. Obtenga asesoría fiscal antes de firmar.
¿Puedo vender solo una parte de mis pagos?
Sí, la definición federal de transacción de factoring abarca las transferencias de partes de los pagos, y una venta parcial puede dejar parte del ingreso intacto. Se aplican las mismas reglas de aprobación judicial.
Actualizaciones
Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas
Fuentes y referencias
- Comisión Federal de Comercio (FTC): Qué saber antes de vender los pagos de su discapacidad(consumer.ftc.gov).gov
- 26 U.S.C. § 5891, Transacciones de factoring de acuerdos estructurados(law.cornell.edu)
- Código de Seguros de California, § 10136(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- Código de Seguros de California, § 10139.5(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- Estatutos de Florida § 626.99296, Protección de acuerdos estructurados(leg.state.fl.us).gov
- Ley de Obligaciones Generales de Nueva York, § 5-1703(nysenate.gov).gov
- Ley de Obligaciones Generales de Nueva York, § 5-1706(nysenate.gov).gov
- Código de Seguros de California, § 10134(leginfo.legislature.ca.gov).gov
- IRS: Tasas de interés de la sección 7520(irs.gov).gov
- 26 U.S.C. § 104, Compensación por lesiones o enfermedad(law.cornell.edu)
- N.H. RSA 408-G:3, Aprobación de transferencias de derechos de pago de acuerdos estructurados(gc.nh.gov).gov