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Leyes de Fuegos Artificiales en Connecticut (2026): Prohibición, Excepción para Mayores de 16

Asistido por IA, verificado con fuentesPor Equipo Editorial de Recording Law11 min de lectura

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Leyes de Fuegos Artificiales en Connecticut (2026): Prohibición, Excepción para Mayores de 16

Preguntas frecuentes

¿Son legales las bengalas en Connecticut?

Sí, con límites. Una persona de 16 años o más puede vender, comprar, usar o poseer bengalas o fuentes no explosivas y no aéreas según Conn. Gen. Stat. § 29-357(a): no más de 100 gramos de mezcla pirotécnica por artículo, sin magnesio distinto de magnalio o aleación de magnesio-aluminio, no más de 5 gramos de composición de clorato o perclorato por artículo (medido por tubo en las fuentes de tubos múltiples), y no más de 200 gramos en total cuando varias fuentes comparten una base común.

¿Puedo comprar fuegos artificiales en Connecticut si soy menor de 16 años?

No. La excepción de bengalas/fuentes a la prohibición de fuegos artificiales de Connecticut se aplica únicamente a personas de 16 años o más.

¿Existe una ventana de fechas específica para comprar bengalas en Connecticut?

No. Connecticut no restringe su excepción de bengalas/fuentes a una ventana de calendario de venta o uso; la excepción se controla mediante la edad, la especificación del dispositivo y las licencias.

¿Qué pasa si traigo fuegos artificiales reales a Connecticut desde otro estado?

Sigue siendo ilegal según la propia prohibición de Connecticut, y la ley federal (18 U.S.C. § 836), por separado, lo convierte en delito, sancionable con una multa y hasta un año de prisión, transportar fuegos artificiales hacia un estado que los prohíbe, sabiendo que se usarán allí de manera ilegal.

¿Cuál es la sanción por infringir la ley de fuegos artificiales de Connecticut?

Depende de qué se infringió. Una infracción general de la prohibición es un delito menor de Clase C. Vender o poseer con intención de vender fuegos artificiales por un valor superior a $10,000, o infringir las reglas de permiso de exhibición, es un delito menor de Clase A, y una infracción de exhibición que causa la muerte o una lesión es un delito grave de Clase C. Infringir los requisitos de seguro o licencia de exhibición es un delito menor de Clase C según una sección separada, § 29-366.

Fuentes y referencias

  1. Conn. Gen. Stat. § 29-357 - Prohibición de venta, uso y posesión de fuegos artificiales; venta, uso y posesión permitidos de ciertas bengalas o fuentes; permisos de exhibición; variaciones o exenciones; sanción(cga.ct.gov).gov
  2. Conn. Gen. Stat. § 29-359 - Prueba de responsabilidad financiera; póliza de seguro de responsabilidad civil(cga.ct.gov).gov
  3. Conn. Gen. Stat. § 29-364 - Licencias; denegación, suspensión o revocación(cga.ct.gov).gov
  4. Conn. Gen. Stat. § 29-365 - Tarifas de licencia(cga.ct.gov).gov
  5. Conn. Gen. Stat. § 29-366 - Sanción (infracciones de §§ 29-359 a 29-365)(cga.ct.gov).gov
  6. 18 U.S.C. § 836 - Transporte de fuegos artificiales hacia un estado que prohíbe su venta o uso(uscode.house.gov).gov
  7. American Promotional Events, Inc. v. Blumenthal, 285 Conn. 192 (2008) - un fuego artificial cae dentro de la exención limitada de bengalas/fuentes solo si su efecto pirotécnico principal es uno que la legislatura ha permitido expresamente
  8. State v. Miscellaneous Fireworks, 132 Conn. App. 679 (2011) - el límite de composición de 5 gramos de clorato/perclorato se aplica a cada tubo en un dispositivo de fuente de tubos múltiples, no al producto en su conjunto
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