Oregon
Ley de Envases Abiertos de Oregón (2026): Estatuto y Sanción
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Oregón prohíbe tanto beber alcohol como poseer un envase abierto encima de la persona dentro de un vehículo en una carretera pública, y la prohibición cubre al conductor y a cada pasajero, bajo ORS 811.170. A partir de septiembre de 2026, esa norma fue confirmada contra el propio sitio oficial del código del estado.
Alcance jurisdiccional: Este artículo aborda la ley estatal de envases abiertos de Oregón, sobre beber y poseer por parte del conductor y los pasajeros, bajo ORS 811.170. No aborda los cargos de DUI ni las normas para embarcaciones. Para la comparación completa entre estados, consulte nuestra guía de leyes de envases abiertos. Para las sanciones de DUI de Oregón, consulte leyes de DUI de Oregón, y para las normas de polarizado de ventanas, consulte leyes de polarizado de ventanas de Oregón.
Qué Prohíbe la Ley de Envases Abiertos de Oregón
ORS 811.170 prohíbe dos cosas en una sola sección. La subsección (1)(a) prohíbe que una persona beba una bebida alcohólica mientras está en un vehículo en una carretera. La subsección (1)(b) prohíbe por separado poseer un envase de bebida alcohólica abierto encima de la persona mientras está en un vehículo en una carretera. Ambas prohibiciones se aplican ampliamente a "una persona", cubriendo al conductor y a cada pasajero, y el estatuto no distingue entre un vehículo en movimiento y uno detenido.

Oregón agrega una tercera capa en la subsección (1)(c): el propietario registrado del vehículo, o el conductor si el propietario no está en el vehículo, no puede mantener un envase abierto en ninguna parte del vehículo mientras está en una carretera. Eso va más allá de la propia conducta del conductor o de un pasajero, hasta la responsabilidad de quien sea propietario o esté conduciendo el vehículo.
La Guantera No Es un Refugio Seguro
Para efectos de la infracción de "mantener" de la (1)(c), el estatuto de Oregón trata la guantera como parte del área ocupada del vehículo en lugar de como un espacio de almacenamiento exento. Eso significa que mover un envase abierto a la guantera no lo saca de las áreas que alcanza esa infracción de "mantener" del propietario o conductor, una lectura más estricta que en estados que tratan cualquier compartimento cerrado como exento. Esta norma se limita a la (1)(c); no exime por sí sola de beber bajo la (1)(a) ni de la posesión encima de la persona bajo la (1)(b).

Exenciones
ORS 811.170(1)(c), la infracción que prohíbe al propietario registrado de un vehículo, o a su conductor si el propietario no está presente, mantener un envase abierto en cualquier parte del vehículo, no alcanza dos situaciones:

- Un envase guardado en el maletero, o, en un vehículo sin maletero, en un área que normalmente no ocupan el conductor ni los pasajeros.
- La vivienda de una casa rodante o autocaravana.
Esas dos excepciones se aplican solo a la infracción de "mantener" de la (1)(c). No eximen de beber bajo la (1)(a) ni de poseer un envase abierto encima de la persona bajo la (1)(b): una persona que bebe en la vivienda de una autocaravana en una carretera de Oregón sigue infringiendo la (1)(a).
Por separado, ORS 811.170(2) exime a la sección en su totalidad para un pasajero, pero no para el conductor, que viaje en un vehículo que sea tanto operado por un transportista público como usado principalmente para transportar pasajeros por contraprestación. Se requieren ambas condiciones; "transportista público" no es simplemente un ejemplo.
Sanción
Una infracción de ORS 811.170 es una infracción de tránsito Clase B. El monto de la multa se establece bajo el programa general de Oregón para infracciones Clase B, ORS 153.018; la cifra exacta en dólares no se indica dentro de la propia Sección 811.170 y no fue verificada de forma independiente.
Cumplimiento Federal
La ley federal, 23 U.S.C. Sección 154, condiciona una parte del financiamiento estatal de carreteras a que el estado cuente con una ley de envases abiertos que prohíba tanto la posesión como el consumo, cubra toda el área de pasajeros, alcance a todos los ocupantes y se aplique de manera primaria. Los estados que no cumplen tienen reservado el 2.5 por ciento de ciertas asignaciones federales de carreteras, que se redirige a programas de seguridad vial, bajo el aviso anual de asignación de la FHWA. El estatuto de Oregón cumple con esos elementos, por lo que Oregón no está en la lista de estados no conformes de la FHWA para el año fiscal 2026 (Aviso N4510.905 de la FHWA, con fecha del 1 de octubre de 2025).
Aviso legal: Este artículo ofrece información legal general sobre las leyes de envases abiertos en Estados Unidos a partir de septiembre de 2026. No constituye asesoría legal. Los estatutos de envases abiertos, sus exenciones y sanciones cambian; verifique el texto vigente de la ley de su estado antes de basarse en esta información, y consulte a un abogado con licencia en su estado para asesoría sobre una situación específica.
Los estatutos citados reflejan su versión vigente al 2026-09-16. Última actualización: 2026-09-17.
Preguntas frecuentes
¿Puede un pasajero beber alcohol en un automóvil en Oregón?
No. ORS 811.170(1)(a) prohíbe beber alcohol en un vehículo que esté en una carretera, y se aplica al conductor y a cada pasajero, no solo al conductor.
¿Es la guantera un lugar seguro para un envase abierto en Oregón?
No, para la infracción a la que se aplica. Oregón trata la guantera como parte del área ocupada del vehículo, no como un espacio de almacenamiento exento, para la infracción de la (1)(c) que prohíbe al propietario o conductor mantener un envase abierto en el vehículo. Eso por sí solo no exime de beber ni de la posesión encima de la persona bajo las prohibiciones separadas de la (1)(a) y la (1)(b).
¿Cuál es la multa por una infracción de envases abiertos en Oregón?
Es una infracción de tránsito Clase B bajo ORS 811.170. El monto exacto de la multa lo establece el programa general de Oregón para infracciones Clase B, ORS 153.018, y no fue verificado de forma independiente.
¿Están exentos los pasajeros de un vehículo contratado de la ley de envases abiertos de Oregón?
Sí, con límites. Un pasajero, pero no el conductor, que viaje en un vehículo que sea tanto operado por un transportista público como usado principalmente para transportar pasajeros por contraprestación, está exento de la sección en su totalidad.
Fuentes y referencias
- ORS 811.170 - Violation of open container law; penalty(oregonlegislature.gov).gov
- 23 U.S.C. Section 154(a) - Open container requirements(law.cornell.edu)
- FHWA Notice N4510.905 - FY2026 Apportionment of Federal-Aid Highway Program Funds (open container non-conforming states list)(highways.dot.gov).gov
- ORS 153.018 - Maximum fine amounts by violation classification(oregonlegislature.gov).gov