Texas
Leyes de Cambio de Nombre en Texas: Cómo Cambiar Legalmente su Nombre

El capítulo 45 del Código de Familia de Texas divide los cambios de nombre claramente en dos subcapítulos: el Subcapítulo B para adultos (secciones 45.101 a 45.106) y el Subcapítulo A para menores (secciones 45.001 a 45.005). Ambos se presentan en el condado de residencia, y ninguno exige publicación en periódico.
Lo que Texas exige en su lugar es inusual entre los estados de este grupo. Todo peticionario adulto debe presentar una tarjeta de huellas dactilares completa, en el formato del FBI, junto con la petición, y divulgar cualquier condena por delito grave o condición de registro como agresor sexual. Una condena firme por delito grave o una obligación de registro activa impide el cambio por completo, a menos que el peticionario cumpla condiciones específicas. La recuperación por divorcio, en cambio, es casi automática y está escrita dos veces en la ley.
Información verificada por última vez el 2026-08-11. Este artículo aún no ha sido revisado por un abogado con licencia.
Cómo Cambiar Legalmente su Nombre en Texas
Un adulto presenta una petición en el condado de residencia (45.101). El Código de Familia no especifica un tipo particular de tribunal más allá de «el tribunal», y no establece un requisito explícito de duración de residencia como sí lo hacen los estatutos de Dakota del Sur o Wyoming; simplemente exige que la petición se presente en el condado de residencia del peticionario.
No hay una tarifa de presentación a nivel estatal. Como los secretarios de distrito de Texas fijan sus propias tarifas de presentación civil, los costos varían según el condado, y fuentes secundarias reportan un rango típico de entre $150 y $350; las propias instrucciones publicadas del condado de Travis mencionan $350. Existe una Declaración de Incapacidad para Pagar los Costos del Tribunal (Statement of Inability to Afford Payment of Court Costs) a nivel estatal disponible para los peticionarios que califiquen, lo cual permite exonerar la tarifa.
El requisito más distintivo es la tarjeta de huellas dactilares. La sección 45.102(a)(6) exige que la petición incluya un juego completo de las huellas dactilares del peticionario, tomadas en un formulario prescrito por el Departamento de Seguridad Pública de Texas (Texas Department of Public Safety) para su envío al DPS y al FBI. Los peticionarios normalmente lo hacen a través de un servicio como el programa «Print and Go» de IdentoGo por aproximadamente $20, un costo separado y adicional a la tarifa de presentación del tribunal. Cualquiera que suponga que un cambio de nombre en Texas es un trámite puramente de papeleo debe esperar este paso adicional y presupuestar el tiempo y el pequeño costo que implica.

Cambio de Nombre de un Menor
Un padre, un conservador administrador (managing conservator) o un tutor presenta la petición en el condado donde reside el menor (45.001). La petición debe divulgar si el menor está sujeto a la jurisdicción continua del tribunal conforme al capítulo 155 del Código de Familia y si el menor tiene una obligación de registro como agresor sexual. Si el menor tiene 10 años o más, su propio consentimiento por escrito para el cambio debe adjuntarse a la petición (45.002(b)).
El tribunal aplica el estándar del interés superior del menor (45.004(a)(1)). Específicamente para un menor sujeto al registro de agresores sexuales, el cambio también debe considerarse en el interés del público, y el peticionario debe demostrar prueba de que el menor notificó a las fuerzas del orden locales sobre el cambio propuesto.

Recuperar su Nombre Después del Divorcio
Texas repite la misma regla en dos lugares del Código de Familia, algo inusual entre los estados de este grupo. Al resolverse en definitiva un divorcio o una anulación, el tribunal DEBERÁ cambiar el nombre de la parte solicitante de vuelta a un nombre usado anteriormente, a menos que la sentencia indique una razón para negar la solicitud, y el tribunal no puede negar la solicitud únicamente porque dejaría a los miembros de la familia con apellidos distintos. La sección 6.706, en el título general de divorcio, y la sección 45.105, dentro del propio capítulo 45, repiten esta misma regla y se remiten una a la otra. La sección 45.106 permite entonces que la parte obtenga un Certificado de Cambio de Nombre (Change of Name Certificate) directamente del secretario del tribunal para usarlo al actualizar otros registros.
Como el estándar es casi obligatorio en lugar de discrecional, y no requiere presentar una tarjeta de huellas dactilares por separado como sí lo exige una petición independiente del Subcapítulo B, solicitar la recuperación dentro del propio caso de divorcio suele ser el camino más directo.

Requisitos de Publicación
Texas no tiene ningún requisito de publicación en periódico ni para una petición de adulto ni de menor, lo cual se confirmó mediante una lectura directa de las secciones 45.102 y 45.103. Texas sustituye el modelo de huellas dactilares y divulgación de antecedentes descrito anteriormente por el enfoque de aviso por publicación que usan varios otros estados de este grupo.
Los participantes en el Programa de Confidencialidad de Domicilio de Texas (Address Confidentiality Program) pueden omitir su dirección física y su motivo para el cambio de nombre de la petición, si presentan la documentación de autorización del programa (45.102(c)). Una orden de cambio de nombre concedida a un participante del Programa de Confidencialidad de Domicilio es confidencial y el tribunal no puede divulgarla (45.103(c-1)).
Restricciones: Reglas para Delitos Graves y Agresores Sexuales
Una persona con una condena firme por delito grave tiene prohibido cambiar su nombre, a menos que se cumpla una de tres condiciones: que la sentencia, incluida cualquier supervisión comunitaria, esté completa y hayan transcurrido al menos dos años desde entonces; que la persona haya sido indultada; o que el peticionario solicite cambiar al nombre principal que ya figura en su propio historial penal.
Una persona sujeta al registro de agresores sexuales queda impedida bajo la misma estructura, a menos que se aplique una de esas condiciones por delito grave, o que la persona presente prueba de que notificó a la autoridad local correspondiente de las fuerzas del orden sobre el cambio propuesto.
Para los peticionarios que no enfrentan ninguna de las dos restricciones, el estándar del tribunal es una prueba de interés público en lugar de una indagación explícita de intención fraudulenta: el cambio debe ser «en el interés o beneficio del peticionario y en el interés del público» (45.103(a)).
Cambio de Nombre Después del Matrimonio
Texas no tiene un estatuto dedicado a los cambios de nombre por matrimonio. Un cónyuge que desea adoptar un nombre nuevo al casarse lo hace de forma administrativa, presentando el acta de matrimonio ante la Administración del Seguro Social y el DMV, en lugar de presentar una petición judicial. Para conocer los pasos a nivel federal involucrados, consulte cambio de nombre después del matrimonio.
Registros Relacionados de Texas
Para el acta de matrimonio o la sentencia de divorcio que puedan respaldar una presentación de cambio de nombre, consulte registros de matrimonio y divorcio de Texas. Para saber cómo maneja el sistema judicial del estado las presentaciones y el acceso a expedientes en general, consulte registros judiciales de Texas. Para conocer el proceso de disolución más amplio del cual forma parte la recuperación del nombre, consulte leyes de divorcio de Texas. Para el proceso completo de actualización agencia por agencia una vez concedido el cambio, consulte la lista de verificación de cambio de nombre y cómo cambiar legalmente su nombre.
Aviso Legal
Este artículo proporciona información general sobre la ley de cambio de nombre de Texas. No constituye asesoría legal ni crea una relación abogado-cliente. Las tarifas, los formularios y los procedimientos de huellas dactilares varían según el condado y cambian con el tiempo; verifique los detalles actuales con el secretario de distrito de su condado o con un abogado con licencia en Texas antes de basarse en esta información para una situación específica.
Última actualización: 2026-08-11. Las tarifas y los formularios reflejan su estado publicado a agosto de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Necesito huellas dactilares para cambiar mi nombre en Texas?
Sí. Los peticionarios adultos deben presentar una tarjeta de huellas dactilares completa en el formato del DPS/FBI junto con la petición, conforme a la sección 45.102(a)(6) del Código de Familia, generalmente obtenida a través de un servicio como IdentoGo por unos $20, además de la tarifa de presentación del tribunal.
¿Puede una persona con antecedentes de delito grave cambiar su nombre en Texas?
Solo bajo condiciones específicas. Una condena firme por delito grave impide el cambio, a menos que la sentencia y cualquier supervisión comunitaria estén completas y hayan transcurrido dos años, la persona haya sido indultada, o la solicitud sea para cambiar al nombre que ya figura en el propio historial penal de la persona.
¿Cómo recupero mi apellido de soltera después de un divorcio en Texas?
Solicítelo en el propio caso de divorcio. Las secciones 6.706 y 45.105 del Código de Familia exigen que el tribunal restablezca el nombre anterior de la parte solicitante, a menos que la sentencia indique una razón para negarlo, y el tribunal no puede negarlo solo para que los apellidos familiares coincidan.
¿Texas exige publicación en periódico para un cambio de nombre?
No. Texas no tiene ningún requisito de publicación para peticiones de adultos o menores, y en su lugar sustituye ese requisito con un proceso de huellas dactilares y divulgación de antecedentes.
¿Cuánto cuesta un cambio de nombre en Texas?
No hay una tarifa a nivel estatal; cada secretario de distrito del condado fija la suya. Fuentes secundarias reportan un rango típico de entre $150 y $350, más aproximadamente $20 por la toma de huellas dactilares.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en 8 disposiciones legales conservadas en nuestro propio registro jurídico, cada una obtenida de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Texas Family Code
§ 45.001WHO MAY FILE; VENUEVigente
A parent, managing conservator, or guardian of a child may file a petition requesting a change of name of the child in the county where the child resides.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en statutes.capitol.texas.gov
§ 45.002REQUIREMENTS OF PETITIONVigente
(a) A petition to change the name of a child must be verified and include: (1) the present name and place of residence of the child; (2) the reason a change of name is requested; (3) the full name requested for the child; (4) whether the child is subject to the continuing exclusive jurisdiction of a court under Chapter 155; and (5) whether the child is subject to the registration requirements of Chapter 62, Code of Criminal Procedure. (b) If the child is 10 years of age or older, the child's written consent to the change of name must be attached to the petition.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en statutes.capitol.texas.gov
§ 45.004ORDERVigente
(a) The court may order the name of a child changed if: (1) the change is in the best interest of the child; and (2) for a child subject to the registration requirements of Chapter 62, Code of Criminal Procedure: (A) the change is in the interest of the public; and (B) the person petitioning on behalf of the child provides the court with proof that the child has notified the appropriate local law enforcement authority of the proposed name change. (b) If the child is subject to the continuing jurisdiction of a court under Chapter 155, the court shall send a copy of the order to the central record file as provided in Chapter 108. (c) In this section, "local law enforcement authority" has the meaning assigned by Article 62.001, Code of Criminal Procedure.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en statutes.capitol.texas.gov
§ 45.101WHO MAY FILE; VENUEVigente
An adult may file a petition requesting a change of name in the county of the adult's place of residence.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en statutes.capitol.texas.gov
§ 45.102REQUIREMENTS OF PETITIONVigente
(a) A petition to change the name of an adult must be verified and include: (1) the present name and place of residence of the petitioner; (2) the full name requested for the petitioner; (3) the reason the change in name is requested; (4) whether the petitioner has been the subject of a final felony conviction; (5) whether the petitioner is subject to the registration requirements of Chapter 62, Code of Criminal Procedure; and (6) a legible and complete set of the petitioner's fingerprints on a fingerprint card format acceptable to the Department of Public Safety and the Federal Bureau of Investigation.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en statutes.capitol.texas.gov
§ 45.103ORDERVigente
(a) The court shall order a change of name under this subchapter for a person other than a person with a final felony conviction or a person subject to the registration requirements of Chapter 62, Code of Criminal Procedure, if the change is in the interest or to the benefit of the petitioner and in the interest of the public. (a-1) For purposes of Subsection (a), it is presumed that a change of name is in the interest or to the benefit of the petitioner and in the interest of the public if the petitioner provides a copy of an authorization card certifying in accordance with Article 58.059, Code of Criminal Procedure, that the petitioner is a participant in the address confidentiality program administered by the attorney general under Subchapter B, Chapter 58, Code of Criminal Procedure.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en statutes.capitol.texas.gov
§ 45.105CHANGE OF NAME IN DIVORCE SUITVigentecitada en 2 de nuestros artículos
(a) On the final disposition of a suit for divorce, for annulment, or to declare a marriage void, the court shall enter a decree changing the name of a party specially praying for the change to a prior used name unless the court states in the decree a reason for denying the change of name. The court may not deny a change of name solely to keep last names of family members the same. (b) A person whose name is changed under this section may apply for a change of name certificate from the clerk of the court as provided by Section 45.106.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en statutes.capitol.texas.gov
§ 6.706CHANGE OF NAMEVigentecitada en 2 de nuestros artículos
(a) In a decree of divorce or annulment, the court shall change the name of a party specifically requesting the change to a name previously used by the party unless the court states in the decree a reason for denying the change of name. (b) The court may not deny a change of name solely to keep the last name of family members the same. (c) A change of name does not release a person from liability incurred by the person under a previous name or defeat a right the person held under a previous name. (d) A person whose name is changed under this section may apply for a change of name certificate from the clerk of the court as provided by Section 45.106.
Texto oficial (extracto) · al 2026-07-28 · Lea la sección completa en statutes.capitol.texas.gov
Fuentes y referencias
- Código de Familia de Texas § 45.101, Petición (Cambio de Nombre de Adulto)(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Código de Familia de Texas § 45.102, Contenido de la Petición(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Código de Familia de Texas § 45.103, Orden que Concede el Cambio de Nombre de un Adulto(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Código de Familia de Texas § 45.105, Cambio de Nombre en la Sentencia(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Código de Familia de Texas § 6.706, Cambio de Nombre(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Biblioteca Jurídica del Condado de Travis, Instrucciones para Cambio de Nombre de Adulto(lawlibrary.traviscountytx.gov).gov