Arkansas
Leyes de Cuchillos en Arkansas (2026): Reglas de Porte Basadas en la Intención
Revisado internamente antes de su publicación. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Arkansas construyó su principal estatuto de porte de armas en torno a la intención, no a la simple posesión. Ark. Code Ann. § 5-73-120 convierte en delito portar una pistola, un cuchillo o un garrote «con el propósito de intentar emplear ilegalmente» ese objeto como arma contra una persona. Simplemente tener un cuchillo encima, de forma abierta u oculta, no es el delito; portarlo con un propósito ilegal de usarlo contra alguien sí lo es. Para este estatuto, «cuchillo» significa cualquier instrumento de mano con hoja de 3 pulgadas o más capaz de infligir lesión física grave o la muerte al cortar o apuñalar, y la ley nombra como ejemplos un puñal, un bastón espada o lanza, una navaja de afeitar, un picahielos, una estrella arrojadiza, una navaja automática y un cuchillo balisong.
Alcance jurisdiccional: Esta página cubre únicamente la ley estatal de Arkansas, principalmente Ark. Code Ann. §§ 5-73-120 y 5-73-109. No cubre el subcapítulo de licenciamiento de pistola oculta de Arkansas, que es específico para armas de fuego, ni los estatutos generales de agresión y agresión física que pueden aplicarse a un cuchillo usado como arma sin importar cómo se portaba.
¿Es legal portar un cuchillo en Arkansas?
Sí, en general. Ark. Code Ann. § 5-73-120(a) establece: «Una persona comete el delito de portar un arma si posee una pistola, un cuchillo o un garrote en su persona o cerca de ella, en un vehículo que ocupa, o de otro modo fácilmente disponible para su uso con el propósito de intentar emplear ilegalmente la pistola, el cuchillo o el garrote como arma contra una persona». El delito depende de ese propósito ilegal. Simplemente tener un cuchillo, abierto u oculto, no es ilegal por sí mismo bajo esta sección.

El estatuto define «cuchillo» para sus propios fines como «cualquier instrumento de mano con hoja de 3 pulgadas (3") o más que sea capaz de infligir lesión física grave o la muerte al cortar o apuñalar», y nombra como ejemplos que encajan en la definición un puñal, una espada o lanza en un bastón, una navaja de afeitar, un picahielos, una estrella arrojadiza, una navaja automática y un cuchillo balisong.
La subsección (c) enumera por separado diez circunstancias en las que portar un arma bajo esta sección es permisible, incluido estar en su propia vivienda, local comercial o propiedad en la que tenga un interés; ser un oficial de la ley, oficial correccional o miembro de las fuerzas armadas actuando en esa capacidad; estar en un viaje fuera del condado donde vive, salvo a través de un punto de control de seguridad de aeropuerto; y poseer una licencia válida para portar una pistola oculta mientras no esté en un lugar prohibido a los titulares de licencia bajo § 5-73-306. Una infracción de § 5-73-120 es un delito menor de Clase A.
Suministrar un cuchillo a un menor
Ark. Code Ann. § 5-73-109 convierte en delito vender, canjear, arrendar, dar, alquilar o suministrar de otro modo un arma de fuego u otra arma mortal a un menor sin el consentimiento de un padre, tutor u otra persona responsable del bienestar del menor. La definición general de Arkansas de «arma mortal», en Ark. Code Ann. § 5-1-102, abarca un arma de fuego o «cualquier cosa manifiestamente diseñada, fabricada o adaptada con el propósito de infligir la muerte o lesión física grave», o «cualquier cosa que, por la forma de su uso o uso previsto, sea capaz de causar la muerte o lesión física grave», una definición suficientemente amplia para cubrir un cuchillo según las circunstancias.

Suministrar un arma mortal a un menor es un delito menor de Clase A por defecto. Se convierte en un delito grave de Clase B solo si el objeto suministrado es una pistola, un dispositivo explosivo o incendiario, nudilleras de metal, un arma de fuego con el número de serie borrado, o «otro instrumento para infligir lesión física grave o la muerte que no sirve ningún propósito legal». Un cuchillo ordinario, que tiene usos legales ordinarios, no encajaría por sí solo en ese lenguaje de nivel de delito grave.
Lugares restringidos y ordenanzas locales
El capítulo de armas de Arkansas no contiene una lista general de lugares donde el porte de cuchillos está restringido. Ark. Code Ann. § 5-73-306 enumera lugares, como estaciones de policía, salas de tribunal, escuelas y el capitolio estatal, donde una licencia de pistola oculta no autoriza el porte, pero su texto está limitado al porte de pistola con licencia y no se extiende a los cuchillos. Por separado, Ark. Code Ann. § 5-73-131 convierte en delito grave de Clase D que una persona encarcelada use, posea, fabrique, repare, venda o comercie de otro modo con un arma que no sirve ningún propósito legal común, lo que incluye un cuchillo, sin la aprobación de la autoridad custodia.

El estatuto general de preempción local de Arkansas, Ark. Code Ann. § 14-16-504, prohíbe que una ciudad, pueblo o condado regule «la propiedad, transferencia, transporte, porte o posesión de armas de fuego, municiones para armas de fuego o componentes de armas de fuego». Ese texto solo abarca las armas de fuego, las municiones y los componentes de armas de fuego; no menciona los cuchillos, por lo que no establece una preempción estatal sobre cuchillos.
Ley federal: qué abarca y qué no abarca
La ley federal no prohíbe que una persona posea o porte una navaja automática. La Ley Federal de Navajas Automáticas, 15 U.S.C. §§ 1241 a 1245, en cambio regula el comercio interestatal de navajas automáticas, prohibiendo su fabricación, venta, transporte o introducción en el comercio interestatal, y, en 15 U.S.C. § 1245, convierte en delito federal poseer, fabricar, vender o importar a sabiendas un cuchillo balístico en el comercio interestatal, o que lo afecte, o dentro de la jurisdicción territorial federal. Las Secciones 1242 y 1243, los dos delitos federales, no se aplican a ciertos cuchillos ni a ciertas personas según 15 U.S.C. § 1244. Una enmienda de 2009, § 1244(5), exime de esas prohibiciones a cualquier cuchillo con un resorte, retén u otro mecanismo de cierre por sesgo que requiera el esfuerzo de la mano, la muñeca o el brazo sobre la hoja misma para vencer el sesgo y ayudar a abrirlo, que es lo que mantiene legales en el comercio interestatal a las navajas plegables modernas de apertura asistida. Una excepción aparte, § 1244(4), cubre a una persona con un solo brazo que posee o porta una navaja automática con una hoja de 3 pulgadas o menos. Nada de esto cambia lo que Arkansas permite para el porte ordinario; la ley estatal rige esa cuestión dentro de Arkansas.
Aviso legal: Este artículo ofrece información legal general sobre las leyes de cuchillos de Arkansas a partir de septiembre de 2026. No constituye asesoramiento legal. Consulte a un abogado con licencia en Arkansas para obtener asesoramiento sobre una situación específica. Debido a que el estatuto de porte de Arkansas depende de la intención, los hechos de un encuentro específico, no solo el cuchillo portado, determinan si ocurrió un delito.
Para ver una comparación estado por estado, consulte leyes de cuchillos por estado. Los estatutos de legítima defensa de Arkansas se cubren por separado en la página de leyes de legítima defensa de Arkansas.
Los estatutos citados reflejan el Código de Arkansas tal como está codificado. El texto oficial del código de Arkansas se publica a través de un portal con licencia; consulte una copia oficial y actualizada del Código de Arkansas para conocer las enmiendas promulgadas después de esta codificación antes de confiar en la redacción exacta citada aquí. Última actualización: 2026-09-18.
Preguntas frecuentes
¿Es legal portar un cuchillo en Arkansas?
Sí, en general. El estatuto de porte de armas de Arkansas solo convierte en delito portar un cuchillo, abierto u oculto, cuando se porta con el propósito de intentar emplearlo ilegalmente como arma contra una persona. Simplemente tener un cuchillo encima no es por sí mismo el delito.
¿Qué cuenta como «cuchillo» bajo la ley de porte de armas de Arkansas?
Ark. Code Ann. 5-73-120 define cuchillo como cualquier instrumento de mano con hoja de 3 pulgadas o más capaz de infligir lesión física grave o la muerte al cortar o apuñalar, y nombra como ejemplos un puñal, un bastón espada o lanza, una navaja de afeitar, un picahielos, una estrella arrojadiza, una navaja automática y un cuchillo balisong.
¿Es legal portar una navaja automática en Arkansas?
Una navaja automática está nombrada en la definición estatutaria de cuchillo, por lo que está cubierta por la misma regla basada en la intención que cualquier otro cuchillo calificado: portarla solo es ilegal si se porta con el propósito de emplearla ilegalmente como arma contra una persona.
¿Arkansas tiene una ley estatal de preempción sobre cuchillos?
El estatuto general de preempción local de Arkansas, Ark. Code Ann. 14-16-504, prohíbe que una ciudad, pueblo o condado regule la propiedad, transferencia, transporte, porte o posesión de armas de fuego, municiones o componentes de armas de fuego. Ese texto solo abarca las armas de fuego y no menciona los cuchillos, por lo que no establece una preempción estatal sobre cuchillos.
Fuentes y referencias
- Ark. Code Ann. 5-73-120 - Portar un arma (elemento de intención, definición de cuchillo, excepciones de porte permisible, delito menor de Clase A)(law.justia.com)
- Ark. Code Ann. 5-73-306 - Lugares prohibidos (solo titulares de licencia de pistola oculta)(law.justia.com)
- Ark. Code Ann. 5-73-109 - Suministrar un arma mortal a un menor(law.justia.com)
- Ark. Code Ann. 5-1-102 - Definiciones (arma mortal)(law.justia.com)
- Ark. Code Ann. 1-4-136 - Cuchillo estatal (designación oficial del cuchillo Bowie)(law.justia.com)
- Ark. Code Ann. 5-73-131 - Posesión o uso de armas por personas encarceladas (delito grave de Clase D)(law.justia.com)
- Ark. Code Ann. 14-16-504 - Regulación por unidad de gobierno local (preempción local limitada a armas de fuego, municiones y componentes de armas de fuego; sin lenguaje sobre cuchillos)(law.justia.com)
- 15 U.S.C. 1241-1245 - Ley Federal de Navajas Automáticas, alcance del comercio interestatal e importación(law.cornell.edu)
- 15 U.S.C. 1244 - excepciones, incluida la excepción de 2009 para apertura asistida y la excepción de una sola extremidad(law.cornell.edu)