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Generador de acuerdo de operación de LLC

Deje por escrito cómo es la titularidad y la administración de su LLC: quiénes son los miembros, qué aportó cada uno, qué porcentaje tiene cada quien, quién dirige el negocio, cómo se vota y qué pasa cuando un miembro se va o la compañía cierra. Versiones para uno o varios miembros, PDF gratis en español o inglés. Funciona en su navegador.

Un punto de partida, no un sustituto de la ley de su estado.

La ley de LLC de su estado completa todo lo que el acuerdo no prevé, y algunas de sus reglas no se pueden cambiar por acuerdo. Es una plantilla de autoayuda, no asesoría legal. RecordingLaw.com no es un bufete de abogados.

Tipo de LLC
Compañía
Miembros y aportaciones de capital

Escriba los números con punto decimal y sin comas, por ejemplo 1500.50.

Miembro 1

Miembro 2

Total ingresado: 0%

Administración y votaciones

En este acuerdo, admitir a un nuevo miembro y modificar el acuerdo siempre requieren el consentimiento por escrito de todos los miembros.

Otras condiciones

Aún en blanco (se imprimen como espacios para completar a mano):

  • Nombre de la LLC
  • Estado de constitución
  • Nombre del miembro 1
  • Nombre del miembro 2
  • % de participación del miembro 1
  • % de participación del miembro 2

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Acuerdo de operación de [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA]

Este Acuerdo de operación (el “Acuerdo”) de [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA] (la “Compañía”), una compañía de responsabilidad limitada organizada conforme a las leyes del estado de [ESTADO], entra en vigor el [FECHA] y lo celebran sus miembros indicados en el Anexo A (cada uno, un “Miembro”).

1. Constitución

La Compañía se constituyó como compañía de responsabilidad limitada conforme a las leyes del estado de [ESTADO]. Los derechos y obligaciones de los Miembros se rigen por este Acuerdo y, en lo que este Acuerdo no prevea, por la ley de compañías de responsabilidad limitada del estado de [ESTADO] (la “Ley”). Si alguna disposición de este Acuerdo contradice una disposición de la Ley que no puede modificarse por acuerdo, prevalece la Ley.

2. Nombre, oficina y objeto

El nombre de la Compañía es [NOMBRE DE LA COMPAÑÍA]. Su oficina principal está en [DOMICILIO], o en cualquier otro lugar que designen los Miembros. El objeto de la Compañía es realizar cualquier actividad lícita para la que pueda organizarse una compañía de responsabilidad limitada.

3. Miembros y aportaciones de capital

Los Miembros y sus aportaciones de capital iniciales se indican en el Anexo A. Ningún Miembro está obligado a hacer aportaciones de capital adicionales salvo que todos los Miembros lo acuerden por escrito. Ningún Miembro gana intereses sobre una aportación de capital ni puede retirarla salvo lo que dispone este Acuerdo.

4. Porcentajes de participación

El porcentaje de participación de cada Miembro (“Porcentaje de Participación”) se indica en el Anexo A. Los Porcentajes de Participación solo cambian mediante una modificación por escrito firmada por todos los Miembros, o por una transferencia o admisión hecha conforme a este Acuerdo.

5. Administración

La Compañía es administrada por sus miembros. Los Miembros dirigen los negocios y asuntos de la Compañía. Cualquier Miembro puede actuar por la Compañía en el curso ordinario de sus negocios, pero ningún Miembro puede tomar una Decisión Importante (Sección 6) sin la votación que exige la Sección 6.

6. Votaciones y decisiones importantes

Salvo que este Acuerdo disponga otra cosa, una decisión de los Miembros requiere la aprobación de Miembros que tengan más del 50 por ciento de los Porcentajes de Participación. Las siguientes “Decisiones Importantes” requieren la aprobación por escrito de Miembros que tengan la totalidad de los Porcentajes de Participación: (a) vender, arrendar o disponer de otro modo de todos o casi todos los bienes de la Compañía; (b) fusionar o transformar la Compañía; (c) pedir dinero prestado o garantizar una deuda fuera del curso ordinario de los negocios; (d) modificar los artículos o el certificado de organización de la Compañía; y (e) disolver la Compañía. Admitir a un nuevo Miembro (Sección 10) y modificar este Acuerdo (Sección 14) no son Decisiones Importantes: cada una requiere el consentimiento por escrito de todos los Miembros. Los Miembros pueden actuar sin reunión mediante consentimiento por escrito firmado por los Miembros que tengan los Porcentajes de Participación requeridos.

7. Asignaciones y distribuciones

Las utilidades y pérdidas de la Compañía se asignan a los Miembros en proporción a sus Porcentajes de Participación. Las distribuciones de efectivo o bienes se hacen a los Miembros en proporción a sus Porcentajes de Participación, en los momentos y por los montos aprobados conforme a la Sección 6. No se puede hacer una distribución prohibida por la Ley, incluida una que deje a la Compañía sin poder pagar sus deudas a su vencimiento.

8. Cuentas de capital, libros y registros

La Compañía llevará libros y registros completos de sus negocios y una cuenta de capital para cada Miembro. El ejercicio fiscal de la Compañía termina el 31 de diciembre. Cada Miembro puede revisar y copiar los libros y registros de la Compañía en un momento razonable y con aviso razonable. La Compañía mantendrá sus fondos en cuentas a su propio nombre y no los mezclará con los fondos de ningún Miembro.

9. Transferencias de participaciones

Ningún Miembro puede vender, ceder, donar, dar en garantía ni transferir de otro modo toda o parte de su participación sin el consentimiento por escrito de todos los demás Miembros. Antes de transferir una participación a alguien que no sea Miembro, el Miembro que transfiere debe ofrecerla primero por escrito a los demás Miembros al mismo precio y en las mismas condiciones. Los demás Miembros tienen 30 días desde que reciben la oferta para aceptarla, en proporción a sus Porcentajes de Participación o como acuerden entre ellos. Si no la aceptan en su totalidad, el Miembro que transfiere puede transferir la participación al comprador propuesto en condiciones que no sean más favorables para el comprador, sujeto al consentimiento que exige esta Sección. Un adquirente que no sea admitido como Miembro conforme a la Sección 10 recibe solo el derecho a recibir las distribuciones que habría recibido quien transfirió, y no tiene derecho a votar ni a participar en la administración, salvo que la Ley disponga otra cosa. Una transferencia que infrinja esta Sección es nula en la medida en que la Ley lo permita.

10. Nuevos miembros

Solo se puede admitir a un nuevo Miembro con el consentimiento por escrito de todos los Miembros, en las condiciones (incluida cualquier aportación de capital y los Porcentajes de Participación resultantes) indicadas en una modificación por escrito del Anexo A firmada por todos los Miembros, incluido el nuevo Miembro.

11. Retiro, fallecimiento o incapacidad de un miembro

Un Miembro puede retirarse de la Compañía solo con el consentimiento por escrito de los demás Miembros. Si un Miembro fallece, queda legalmente incapacitado o se retira, la Compañía continúa salvo que los Miembros restantes decidan disolverla conforme a la Sección 12. Los Miembros restantes y el Miembro que sale (o su representante legal) negociarán de buena fe cualquier compra de su participación; hasta que se complete la compra, el sucesor del Miembro que sale tiene solo el derecho a recibir distribuciones, salvo que la Ley disponga otra cosa.

12. Disolución y liquidación

La Compañía se disolverá con la aprobación por escrito de Miembros que tengan la totalidad de los Porcentajes de Participación, o por cualquier hecho que exija la disolución conforme a la Ley. Al disolverse, los Miembros (o los Gerentes, si la Compañía es administrada por gerentes) liquidarán los asuntos de la Compañía: cobrar sus bienes, pagar o prever razonablemente el pago de sus deudas y obligaciones, incluidas las deudas con Miembros que sean acreedores, y luego distribuir los bienes restantes a los Miembros según los saldos positivos de sus cuentas de capital y luego en proporción a sus Porcentajes de Participación. La Compañía presentará los artículos o el certificado de disolución o cancelación que exija la Ley.

13. Responsabilidad limitada e indemnización

Ningún Miembro ni Gerente es personalmente responsable de una deuda, obligación o responsabilidad de la Compañía solo por ser Miembro o Gerente, salvo lo que disponga la Ley o lo que esa persona acuerde en un documento aparte firmado. En la medida en que la Ley lo permita, la Compañía indemnizará y mantendrá indemne a cada Miembro y Gerente frente a pérdidas y gastos derivados de actos realizados de buena fe en nombre de la Compañía, salvo actos que impliquen fraude, dolo, una violación consciente de la ley o un incumplimiento de este Acuerdo.

14. Disposiciones generales

Este Acuerdo es el acuerdo completo de los Miembros sobre la Compañía y sustituye cualquier acuerdo anterior sobre el mismo tema. Solo puede modificarse por escrito con la firma de todos los Miembros. Se rige por las leyes del estado de [ESTADO]. Si alguna disposición se considera inaplicable, el resto de este Acuerdo sigue vigente. Este Acuerdo obliga y beneficia a los Miembros y a sus sucesores y cesionarios permitidos. Puede firmarse en varios ejemplares.

Anexo A: Miembros, aportaciones de capital y porcentajes de participación

Miembro | Domicilio | Aportación de capital inicial | Porcentaje de Participación

[MIEMBRO 1] | ____________ | no indicada | ____%

[MIEMBRO 2] | ____________ | no indicada | ____%

MIEMBRO 1

Firma: ______________________________ Fecha: ____________

Nombre en letra de molde: ______________________________

 

MIEMBRO 2

Firma: ______________________________ Fecha: ____________

Nombre en letra de molde: ______________________________

 

Antes de firmar

Este acuerdo es un punto de partida pensado para una compañía pequeña. La ley de compañías de responsabilidad limitada de su estado aporta las reglas para todo lo que el acuerdo no cubre, y algunas reglas de esa ley no se pueden cambiar por acuerdo. Lea la ley de su estado, o pida a un abogado que revise el acuerdo, antes de confiar en él.

Guarde el acuerdo firmado con los registros de la compañía.

Impuestos: este acuerdo no hace ninguna elección tributaria. El IRS indica que, salvo que la LLC elija otra cosa, una LLC con un solo miembro se trata como una entidad que no se considera separada de su dueño para efectos del impuesto sobre la renta, y una LLC nacional con al menos dos miembros se clasifica como sociedad (partnership) (irs.gov, página Limited Liability Company). Hable con un profesional de impuestos antes de hacer o no una elección.

Si elige administración por gerentes, verifique si los artículos o el certificado de organización de su estado deben indicarlo, y mantenga ambos documentos coherentes.

Todos los miembros deben firmar. Guarde una copia firmada con los registros de la compañía y entregue una copia a cada miembro. Actualice el Anexo A cada vez que cambie la participación.

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