Kentucky
Leyes de Fuegos Artificiales de Kentucky (2026): Consumo, Exhibición, Sanciones
Revisado internamente antes de su publicación. · 9 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Kentucky permite que un minorista registrado ante el estado venda «fuegos artificiales de consumo», una categoría dividida en dispositivos chispeantes terrestres y de mano (KRS 227.702(1): bengalas, fuentes, ruedas y artículos similares) y dispositivos aéreos y terrestres audibles (KRS 227.702(2)-(3): cohetes, velas romanas, dispositivos de mina/proyectil, petardos y artículos similares). Vender cualquier fuego artificial de consumo a un comprador menor de 18 años es ilegal en todo el estado según KRS 227.715(8), pero las condiciones separadas de edad de 18 años, 200 pies y no infracción de ordenanza local del KRS 227.715(11) aplican solo a los dispositivos aéreos y audibles del KRS 227.702(2)-(3), no a las bengalas, fuentes u otros dispositivos del 227.702(1). Los «fuegos artificiales de exhibición», la categoría más grande de nivel profesional, funcionan al revés: están prohibidos para el público general por defecto, con nueve excepciones estatutarias, la más conocida siendo un permiso de exhibición pública supervisada de un jefe de bomberos local, alcalde o juez/ejecutivo de condado, según KRS 227.710. Kentucky no establece una ventana de calendario estatal para usar fuegos artificiales y deja eso, junto con el horario, a la ordenanza local.
Alcance jurisdiccional: Este artículo cubre la ley estatal de fuegos artificiales de Kentucky según KRS 227.700 al 227.752 (fuegos artificiales de consumo, fuegos artificiales de exhibición, registro, opción local) y la sanción específica de fuegos artificiales del KRS 227.990(4). No cataloga las ordenanzas individuales de cada ciudad o condado que restrinjan las fechas u horarios de uso, lo cual Kentucky deja enteramente al gobierno local; esas deben verificarse con la localidad específica.
Qué Es Legal: Fuegos Artificiales de Consumo
Kentucky define los «fuegos artificiales de consumo» mediante una lista detallada dispositivo por dispositivo con topes de gramos específicos en el KRS 227.702, dividida en dos grupos. Los dispositivos chispeantes terrestres y de mano, KRS 227.702(1), cubren bengalas de alambre o sumergidas, fuentes cilíndricas y cónicas, antorchas iluminadoras, ruedas, espirales de tierra, bengalas de destello, y dispositivos de humo de juguete. Los dispositivos aéreos y terrestres audibles, KRS 227.702(2)-(3), cubren cohetes de cielo y botella, cohetes tipo misil, helicópteros y espirales aéreos, velas romanas, dispositivos de mina y proyectil, kits de proyectiles aéreos, petardos y persecutorios. Los topes representativos para el primer grupo incluyen:

«Las bengalas pueden contener hasta cien (100) gramos de composición pirotécnica por artículo. Los dispositivos que contengan cualquier sal de perclorato o clorato no pueden exceder cinco (5) gramos de composición pirotécnica por artículo. Las bengalas de alambre que no contengan magnesio y que contengan menos de cien (100) gramos de composición por artículo no están incluidas en esta categoría, de conformidad con las regulaciones del DOT.»
KRS 227.702(1)(a)
Las fuentes cilíndricas tienen un tope de 75 gramos (hasta 200 o 500 gramos para tubos múltiples en una base común, según el espaciado de los tubos), las fuentes cónicas de 50 gramos con la misma escala multitubo, las antorchas iluminadoras de 100 gramos con la misma escala, y las ruedas de 60 gramos por impulsor y 200 gramos en total. En el grupo aéreo/audible, los cohetes de cielo y botella, los cohetes tipo misil, los helicópteros y las velas romanas tienen cada uno un tope de alrededor de 20 gramos, los dispositivos de mina/proyectil y los kits de proyectiles aéreos de alrededor de 60 gramos por proyectil, y los pequeños dispositivos de efecto audible tienen un tope separado: 50 miligramos de composición explosiva para un dispositivo a nivel del suelo como un petardo, 130 miligramos para uno usado en un dispositivo aéreo.
Vender cualquier fuego artificial de consumo, de cualquiera de los dos grupos, a un comprador menor de 18 años es ilegal en todo el estado. El KRS 227.715(8) dispone:
«Ninguna persona o negocio dará, ofrecerá en venta, o venderá ningún fuego artificial de consumo enumerado en el KRS 227.702 a ninguna persona menor de dieciocho (18) años.»
Un conjunto separado y más limitado de condiciones de uso aplica solo a los dispositivos aéreos y audibles del KRS 227.702(2) y (3), no a los dispositivos chispeantes terrestres y de mano del 227.702(1). El KRS 227.715(11) establece:
«Una persona que posea legalmente fuegos artificiales de consumo, según se definen en el KRS 227.702(2) y (3), puede usar esos artículos si: (a) Tiene al menos dieciocho (18) años de edad; (b) Los fuegos artificiales no se encienden dentro de doscientos (200) pies de cualquier estructura, vehículo, o cualquier otra persona; y (c) El uso de los fuegos artificiales no lo coloca en violación de ninguna ordenanza local legalmente promulgada.»
Por lo tanto, una persona que enciende una bengala, fuente, rueda u otro dispositivo del 227.702(1) está sujeta a la prohibición de venta a menores de 18 y a cualquier ordenanza local que aplique en general, pero no a este trío específico de edad de 18/200 pies/no infracción de ordenanza. Una persona que usa un cohete, vela romana, dispositivo de mina/proyectil, petardo u otro dispositivo del 227.702(2)-(3) debe tener 18 años o más, mantener el encendido a al menos 200 pies de cualquier estructura, vehículo u otra persona, y cumplir con la ordenanza local, las tres cosas a la vez.
Por separado, las cápsulas de juguete, los cohetes modelo y sus motores, y las cargas propulsoras hechas de azufre, carbón y salitre están excluidos por completo de la definición de «fuegos artificiales», por lo que no están regulados en absoluto por este estatuto.
Qué Está Prohibido: Fuegos Artificiales de Exhibición
Los fuegos artificiales de exhibición, el término de Kentucky para la pirotecnia grande de nivel profesional, están prohibidos para el público general por defecto, sujetos a nueve excepciones estatutarias. El KRS 227.710 establece:
«Ninguna persona, empresa, sociedad o corporación ofrecerá en venta, exhibirá para la venta, venderá al por menor, mantendrá con intención de vender, poseerá, usará, o explotará ningún fuego artificial de exhibición, excepto como sigue: (1)(a) En las ciudades, el jefe del departamento de bomberos, o el alcalde, o un funcionario similar donde no haya departamento de bomberos, y en los condados fuera de las ciudades, el juez/ejecutivo del condado, pueden otorgar permisos para exhibiciones públicas supervisadas de fuegos artificiales por municipios, asociaciones de ferias, parques de diversiones y otras organizaciones o grupos de personas.»
Esa estructura de prohibición por defecto con excepciones optativas es lo opuesto a cómo funciona la mayor parte de la regla de fuegos artificiales de consumo de Kentucky: en lugar de ser ampliamente legal con una excepción local más limitada, los fuegos artificiales de exhibición son ampliamente ilegales a menos que aplique una de las excepciones del estatuto. La más conocida es el permiso local de exhibición supervisada mencionado arriba: en una ciudad, el jefe de bomberos o el alcalde (o un funcionario similar donde no haya departamento de bomberos) puede otorgarlo; en un condado, el juez/ejecutivo del condado tiene la autoridad equivalente. La solicitud de permiso debe presentarse ante el Comisionado Estatal de Bomberos con al menos 15 días de anticipación, y la propia exhibición debe ser dirigida por un operador de exhibición competente con licencia de la ATF que haya asistido en al menos cinco exhibiciones públicas previas, conforme a la NFPA 1123.
Las ocho excepciones restantes del § 227.710 cubren situaciones más limitadas que el proceso de permiso no alcanza: venta al por mayor de fuegos artificiales de exhibición a un titular de permiso, de conformidad con las regulaciones de la ATF; venta al por menor de fuegos artificiales de exhibición bajo una licencia emitida por la ATF; venta y uso de emergencia de dispositivos de señalización pirotécnica y señales de socorro para uso marítimo, de aviación y de carretera; uso de mechas y torpedos ferroviarios por parte de ferrocarriles; venta y uso de cartuchos de fogueo para un espectáculo teatral, o con fines de señal o ceremoniales en atletismo o deportes; uso de cualquier dispositivo pirotécnico por una organización militar; uso de fuegos artificiales con fines agrícolas bajo la supervisión directa del Departamento del Interior de EE. UU. o una agencia equivalente o local; y una cláusula de salvedad que confirma que nada en el § 227.710 restringe la venta, posesión o uso de fuegos artificiales de consumo que sea legal de otra manera según el KRS 227.702 y 227.715.
Sin Prohibición Estatutaria Estricta de Fecha de Venta
Kentucky no establece una ventana de calendario que prohíba la venta de fuegos artificiales de consumo fuera de ella. En cambio, las fechas del 10 de junio al 7 de julio y del 26 de diciembre al 4 de enero que aparecen en el estatuto definen una categoría de registro, no una restricción de venta. El KRS 227.715(3) establece:
«"Minoristas de temporada" se definirá como cualquier persona, empresa, sociedad, entidad sin fines de lucro, o corporación que tenga la intención de vender "fuegos artificiales de consumo" entre el 10 de junio y el 7 de julio, o entre el 26 de diciembre y el 4 de enero de cada año o ambos, e incluirá negocios permanentes, negocios temporales, tiendas, puestos o carpas.»
Un minorista que se registra como negocio principal de todo el año, en lugar de como minorista de temporada, puede vender fuegos artificiales de consumo en cualquier época del año. Las dos ventanas de calendario determinan en qué nivel de registro y tarifa cae un minorista, no si la venta está permitida en una fecha determinada.
Sin Regla Estatal de Fecha de Uso u Horario
El estatuto de Kentucky no establece una ventana de fecha de calendario ni una restricción de horario para cuándo una persona puede realmente usar fuegos artificiales de consumo que haya comprado legalmente, para ninguno de los dos grupos de dispositivos. El § 227.715(11) fija las condiciones de edad, distancia y ordenanza local citadas arriba para los dispositivos aéreos/audibles, sin ninguna limitación de fecha propia, y los dispositivos del 227.702(1) no tienen ninguna condición de uso comparable en absoluto en el estatuto. Cualquier restricción de fecha de uso u horario que exista en Kentucky proviene de la propia ordenanza de un gobierno local, según la cláusula de salvedad de opción local que se analiza a continuación, no del propio estatuto estatal.

Edad
Kentucky establece una línea uniforme de edad 18 en el lado de la venta, pero una más limitada en el lado del uso. El KRS 227.715(8) prohíbe dar, ofrecer en venta o vender cualquier fuego artificial de consumo, de cualquiera de los dos grupos de dispositivos, a un comprador menor de 18 años:
«Ninguna persona o negocio dará, ofrecerá en venta, o venderá ningún fuego artificial de consumo enumerado en el KRS 227.702 a ninguna persona menor de dieciocho (18) años.»
La condición de uso de edad 18 del § 227.715(11)(a), citada arriba, alcanza solo a los dispositivos aéreos y audibles del KRS 227.702(2) y (3); el estatuto de Kentucky no establece por separado una edad mínima de uso para una bengala, fuente o rueda del 227.702(1) una vez vendida legalmente. Por separado, el KRS 227.715(9) prohíbe emplear a cualquier persona menor de 18 años en una instalación de distribución o fabricación de fuegos artificiales, y prohíbe que una persona menor de 18 años venda fuegos artificiales de consumo en una instalación minorista registrada a menos que esté supervisada por un padre o tutor.
Registro y Tarifas
Vender fuegos artificiales de consumo al por menor requiere registro anual ante el Comisionado Estatal de Bomberos, con el tope de tarifa dependiendo del tipo de vendedor. El KRS 227.715(1) requiere que cualquiera que venda los dispositivos chispeantes terrestres y de mano definidos en el KRS 227.702(1) se registre, con una tarifa que el Comisionado de Bomberos «puede fijar» de no más de $25 por sitio; Kentucky no tiene una categoría separada de «novedad», por lo que este nivel cubre las bengalas, fuentes, ruedas y artículos similares ordinarios, no una clase de novedad distinta. Ese mismo inciso exime a un negocio permanente de todo el año del propio requisito de registro, no solo de la tarifa, cuando la venta de fuegos artificiales es accesoria a su línea principal de negocio. El KRS 227.715(2) entonces limita a ese establecimiento accesorio a vender solo dispositivos del 227.702(1), a menos que cumpla por separado con la definición de minorista de temporada de abajo. Un minorista de temporada que vende dentro de las ventanas del 10 de junio al 7 de julio o del 26 de diciembre al 4 de enero se registra según el KRS 227.715(3), tarifa de hasta $250 por sitio; un minorista que no sea de temporada que vende dispositivos aéreos/audibles del KRS 227.702(2)-(3) como su negocio principal se registra según el KRS 227.715(4), tarifa de hasta $500 por sitio. El registro debe llegar al Comisionado Estatal de Bomberos al menos 15 días antes de que un sitio comience a vender, o aplica una tarifa adicional de $100 por registro tardío. Un permiso de fuegos artificiales de exhibición sigue el proceso separado de funcionario local descrito arriba en lugar de este cronograma de registro.
Opción Local
La cláusula de opción local de Kentucky para fuegos artificiales es amplia y sin restricciones. El KRS 227.750(4) establece:

«Nada en el KRS 227.700 al 227.750 restringirá a un gobierno local de promulgar ordenanzas que afecten la venta o el uso de fuegos artificiales dentro de su jurisdicción.»
Esa facultad local es separada de, y más amplia que, el mecanismo de permiso de exhibición del jefe de bomberos municipal o del juez/ejecutivo de condado del § 227.710: permite que un gobierno local regule o restrinja la venta o el uso de fuegos artificiales de consumo en general, además de lo que de otra manera permita el estatuto estatal, y el uso legal según el § 227.715(11)(c) está en sí mismo expresamente condicionado a no infringir cualquier ordenanza local que aplique.
Regulaciones
Los sitios de venta minorista de fuegos artificiales en Kentucky deben cumplir con estándares de código de construcción y contra incendios más allá del propio requisito de registro. El KRS 227.715(7) establece:
«Cada sitio en el que se ofrezcan fuegos artificiales en venta cumplirá con todas las disposiciones aplicables del Código Internacional de Construcción, con las Enmiendas de Kentucky (edición adoptada), y de la NFPA 1124 (Asociación Nacional de Protección Contra Incendios) - Código para la Fabricación, Transporte, Almacenamiento y Venta Minorista de Fuegos Artificiales y Artículos Pirotécnicos (edición adoptada).»
El comisionado del Departamento de Vivienda, Edificios y Construcción, actuando por recomendación del Comisionado Estatal de Bomberos, adopta regulaciones administrativas según el Capítulo 13A del KRS que rigen el proceso de permiso de exhibición descrito arriba.
Capa Federal
La ley federal establece un piso debajo de las reglas de Kentucky. Los fuegos artificiales de consumo vendidos en cualquier parte del país deben cumplir con los estándares de construcción y etiquetado de la Comisión de Seguridad de Productos de Consumo de EE. UU. para dispositivos Clase 1.4G del DOT (16 CFR Partes 1500.17 y 1507). Por separado, 27 CFR 555.141(a)(7) exime la importación, distribución y almacenamiento de fuegos artificiales de consumo, aunque no su fabricación, de los requisitos federales de licencia de explosivos que de otra manera aplicarían. Es un delito federal según 18 U.S.C. § 836 transportar fuegos artificiales, fuera del curso del transporte interestatal continuo a través de un estado, a cualquier estado cuya ley prohíba o regule específicamente el uso de fuegos artificiales, sabiendo que serán entregados, poseídos, almacenados, transbordados, distribuidos, vendidos o tratados de otra manera de un modo o para un uso prohibido por la ley de ese estado; una infracción es sancionable con multa o hasta un año de prisión, o ambos. El estatuto exime a los transportistas comunes y contratados, a los transportistas acuáticos internacionales o nacionales dedicados al comercio interestatal, y al transporte hacia un estado para las propias operaciones de agencias federales. La Publicación 52 del USPS § 341.22 clasifica por separado todos los fuegos artificiales como explosivos no aptos para envío postal.
Sanciones
La sanción específica de fuegos artificiales de Kentucky se encuentra dentro del KRS 227.990, una sección compartida con varios temas no relacionados; su inciso de fuegos artificiales es el (4):
«Cualquier persona que infrinja las disposiciones del KRS 227.702 al 227.750, las regulaciones emitidas bajo ellas, o cualquier orden emitida bajo ellas, o que a sabiendas induzca a otra persona, directa o indirectamente, a infringir las disposiciones de esas secciones, será multada con no más de mil dólares ($1,000), o encarcelada en la cárcel del condado por no más de treinta (30) días, o ambos.»
KRS 227.990(4)
En resumen, infringir el estatuto de fuegos artificiales de Kentucky, ya sea vendiendo fuegos artificiales de exhibición sin permiso, vendiendo a un comprador menor de edad, encendiendo dentro de 200 pies de una estructura o persona, o infringiendo una ordenanza local, es un delito menor sancionable con hasta $1,000 de multa, hasta 30 días en la cárcel del condado, o ambos. El estatuto no gradúa la sanción entre una primera infracción y las subsiguientes.
Para ver cómo se compara la regla de Kentucky con el resto del país, vea leyes de fuegos artificiales por estado. Kentucky también tiene su propia ley de recipientes abiertos de Kentucky que cubre una regla diferente relacionada con vehículos.
Aviso legal: Este artículo ofrece información legal general sobre las leyes de fuegos artificiales en Estados Unidos, vigente a partir de septiembre de 2026. No constituye asesoría legal. Los estatutos, regulaciones, ordenanzas locales, ventanas de venta/uso, y sanciones sobre fuegos artificiales cambian con frecuencia y a menudo están más restringidos por ordenanzas de ciudad o condado más allá de lo que exige la ley estatal; verifique la regla vigente para su ciudad y condado específicos antes de comprar, vender o usar fuegos artificiales, y consulte a un abogado con licencia en su estado para obtener asesoría sobre una situación específica.
Los estatutos citados reflejan su versión vigente al 2026-09-17. Última actualización: 2026-09-17.
Preguntas frecuentes
¿Son legales los fuegos artificiales en Kentucky?
Los fuegos artificiales de consumo son legales en todo el estado. Vender cualquiera de ellos a un comprador menor de 18 años es ilegal según el KRS 227.715(8). Una regla separada de edad de 18 años, 200 pies y no infracción de ordenanza local del KRS 227.715(11) rige el uso de los dispositivos aéreos y audibles del KRS 227.702(2)-(3), cohetes, velas romanas, petardos y artículos similares, pero no los dispositivos chispeantes terrestres/de mano del 227.702(1), como bengalas y fuentes. Los fuegos artificiales de exhibición, la categoría profesional más grande, están prohibidos para el público general por defecto, con nueve excepciones estatutarias, la más común siendo el permiso de exhibición pública supervisada de un funcionario local.
¿Cuándo se pueden comprar fuegos artificiales en Kentucky?
Kentucky no establece una prohibición estricta de fecha de venta. Un minorista registrado como negocio principal de todo el año puede vender fuegos artificiales de consumo en cualquier época del año; las fechas del 10 de junio al 7 de julio y del 26 de diciembre al 4 de enero en el KRS 227.715(3) solo definen la categoría de registro separada de minorista de temporada.
¿Hay una fecha u hora específica en la que se permite encender fuegos artificiales en Kentucky?
El estatuto de Kentucky no establece una restricción estatal de fecha de calendario u horario sobre el uso, para ninguno de los dos grupos de dispositivos. Cualquier límite de fecha u horario proviene de la propia ordenanza de la ciudad o condado específico, según la cláusula de opción local del KRS 227.750(4).
¿Cuál es la edad mínima para comprar o usar fuegos artificiales en Kentucky?
18 años para comprar, para cualquier fuego artificial de consumo, según el KRS 227.715(8). 18 años para usar un dispositivo aéreo o audible (cohetes, velas romanas, petardos y artículos similares del KRS 227.702(2)-(3)) según el § 227.715(11)(a); el estatuto de Kentucky no establece una edad mínima de uso separada para una bengala, fuente u otro dispositivo del 227.702(1) una vez vendido legalmente.
¿Qué tan cerca de un edificio se pueden encender fuegos artificiales en Kentucky?
Para los dispositivos aéreos y audibles del KRS 227.702(2)-(3), cohetes, velas romanas, petardos y artículos similares, el encendido debe mantenerse a al menos 200 pies de cualquier estructura, vehículo u otra persona, según el KRS 227.715(11)(b). El estatuto no establece esa misma regla de distancia para los dispositivos chispeantes terrestres y de mano como las bengalas y fuentes (227.702(1)), aunque una ordenanza local sí podría.
¿Cuál es la sanción por infringir la ley de fuegos artificiales de Kentucky?
Un delito menor sancionable con una multa de hasta $1,000, hasta 30 días en la cárcel del condado, o ambos, según el KRS 227.990(4). Esto aplica a las infracciones del KRS 227.702 al 227.750 y cualquier regulación u orden emitida bajo esas secciones.
¿Se pueden vender fuegos artificiales de exhibición en Kentucky sin un permiso de exhibición pública?
En circunstancias limitadas, sí. El KRS 227.710 enumera nueve excepciones a la prohibición por defecto: además del permiso local de exhibición supervisada, cubre la venta mayorista y minorista con licencia de la ATF, señales de socorro marítimas/de aviación/de carretera, torpedos ferroviarios, cartuchos de fogueo teatrales o deportivos, uso militar, y uso agrícola supervisado.
Fuentes y referencias
- KRS 227.702 - Definición de fuegos artificiales de consumo, incluyendo topes de gramos por dispositivo(apps.legislature.ky.gov).gov
- KRS 227.710 - Prohibida la venta o el uso de fuegos artificiales de exhibición; nueve excepciones incl. permiso local de exhibición pública, venta mayorista/minorista con licencia de la ATF, señales de socorro marítimas/de aviación/de carretera, torpedos ferroviarios, cartuchos de fogueo teatrales/deportivos, uso militar, uso agrícola(apps.legislature.ky.gov).gov
- KRS 227.715 - Registro de minorista de fuegos artificiales de consumo (topes de tarifa, no precios fijos) y definición de minorista de temporada; la prohibición de venta a menores aplica a TODOS los fuegos artificiales de consumo; las condiciones de uso de edad/200 pies/ordenanza local aplican SOLO a los dispositivos aéreos/audibles del 227.702(2)-(3); restricción de empleo de menores; cumplimiento del código de construcción del sitio(apps.legislature.ky.gov).gov
- KRS 227.750 - Facultad de ordenanza del gobierno local sobre la venta o el uso de fuegos artificiales preservada(apps.legislature.ky.gov).gov
- KRS 227.990(4) - Inciso de sanción específico de fuegos artificiales de la sección de sanciones compartida del Capítulo 227, hasta $1,000 de multa y/o 30 días en la cárcel del condado(apps.legislature.ky.gov).gov
- 16 CFR 1500.17 / 1507 - Normas de construcción y seguridad de la CPSC para fuegos artificiales de consumo (1.4G)(ecfr.gov).gov
- 27 CFR 555.141(a)(7) - Exención federal de licencia de explosivos para la importación, distribución y almacenamiento de fuegos artificiales de consumo(ecfr.gov).gov
- 18 U.S.C. § 836 - Delito federal transportar fuegos artificiales a cualquier estado cuya ley prohíba o regule específicamente el uso de fuegos artificiales; multa o hasta un año de prisión; excepciones para transportistas, transportistas acuáticos, agencias federales y uso agrícola(uscode.house.gov).gov
- Publicación 52 del USPS § 341.22 - Los fuegos artificiales están clasificados como explosivos no aptos para envío postal(pe.usps.com).gov