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Acuerdo salarial PPL CDPAP: pago automático, sin reclamo

Por Equipo Editorial de Recording Law15 min de lectura

Preguntas frecuentes

¿Necesito presentar una reclamación para recibir el pago del acuerdo de PPL CDPAP?

No. Hasta julio de 2026, este acuerdo no tiene formulario de reclamación. Si usted está dentro de la definición del grupo, se espera que el pago sea automático con base en los registros de nómina de PPL, y no necesita presentar comprobantes de sus horas.

¿Quién está cubierto por el acuerdo Calderon v. Public Partnerships?

El grupo cubre a los asistentes personales pagados a través de PPL por servicios de CDPAP realizados en la ciudad de Nueva York, el condado de Nassau, el condado de Suffolk o el condado de Westchester entre el 1 de marzo de 2025 y el 30 de abril de 2026. No cubre a los trabajadores de CDPAP en otras partes del estado de Nueva York.

¿Cuánto dinero recibiré del acuerdo de PPL?

Hasta julio de 2026 no hay una cifra confirmada por persona. El pago inicial garantizado del acuerdo es de $157.5 millones, con un segundo pago adicional de $4.5 millones o más que depende de una contabilidad posterior y que podría no llegar por completo al grupo. Primero se descuentan, sujetos a la aprobación del tribunal, los honorarios de abogados de hasta el 15% del fondo, los costos de litigio y administración, y las compensaciones de servicio de $15,000 para cada uno de los cuatro representantes del grupo. Se espera que los pagos individuales se calculen luego con una fórmula que incluye las horas trabajadas, la elegibilidad para el bono de contratación y las asignaciones de beneficios, no un monto fijo para todos.

¿Cuándo se enviarán realmente los pagos del acuerdo de PPL?

Hasta julio de 2026 no se ha fijado ninguna fecha de pago. El acuerdo todavía necesita la aprobación final del tribunal en una audiencia programada para el 10 de noviembre de 2026, y los pagos no pueden comenzar antes de que concluya esa audiencia.

¿Cuál es la diferencia entre la fecha límite para excluirse y la fecha límite para objetar?

Ambas caen el 19 de septiembre de 2026, pero hacen cosas opuestas. Excluirse lo saca del acuerdo y preserva su derecho a demandar a PPL individualmente, mientras que objetar lo mantiene en el grupo y elegible para el pago mientras le pide al juez que cambie o rechace parte del acuerdo.

¿Qué es un intermediario fiscal en el CDPAP, y por qué importa para esta demanda?

Un intermediario fiscal es la empresa que legalmente emplea a un asistente personal de CDPAP, procesando su pago, impuestos y beneficios, aunque el consumidor de Medicaid dirige el cuidado real. PPL se convirtió en el único intermediario fiscal estatal de Nueva York en 2025, y esta demanda alega que esa transición causó faltantes salariales y de beneficios para los cuidadores que asumió.

Trabajé horas de CDPAP a través de PPL fuera de NYC, Nassau, Suffolk o Westchester. ¿Estoy cubierto?

No, bajo este acuerdo tal como está definido actualmente. El grupo se limita a los asistentes personales del sur del estado en esos cuatro condados/distritos por trabajo realizado entre el 1 de marzo de 2025 y el 30 de abril de 2026. Los trabajadores de otras partes de Nueva York no forman parte de este grupo.

¿El pago del acuerdo de PPL CDPAP es gravable?

Depende de qué parte del pago representa salarios atrasados frente a otros montos, y el IRS trata esos casos de manera distinta. Esta página no constituye asesoría fiscal; consulte a un profesional de impuestos y conserve cualquier formulario fiscal que PPL o el administrador del acuerdo le envíen.

¿Dónde puedo consultar el estado actual del acuerdo Calderon v. Public Partnerships?

El sitio web oficial del acuerdo es la fuente autorizada para conocer actualizaciones sobre las fechas límite del 19 de septiembre de 2026 para excluirse u objetar, y sobre la audiencia de aprobación final del 10 de noviembre de 2026. Hasta julio de 2026, el caso solo cuenta con aprobación preliminar.

Cómo saber si un aviso de acuerdo es real

Compare el nombre del caso, el número de caso y el tribunal con el sitio oficial del acuerdo. Vaya directamente a ese sitio en lugar de hacer clic en un enlace de un correo electrónico o mensaje de texto. Nadie legítimo le llamará, escribirá ni enviará un correo de la nada para pedirle su número de Seguro Social, cuenta bancaria o datos de su tarjeta, y nadie le cobrará por presentar la reclamación. Denuncie a quien lo haga en ReportFraud.ftc.gov.

Solo información. No es asesoramiento legal, fiscal ni financiero, y no estamos afiliados a ningún acuerdo.

RecordingLaw.com es un editor independiente de información legal. No somos un bufete de abogados, no somos administradores de acuerdos y no estamos afiliados, respaldados ni actuamos en nombre de ningún tribunal, agencia gubernamental, demandado o administrador de reclamaciones descrito en esta página. Leer esta página no crea una relación abogado-cliente.

No procesamos reclamaciones y nunca recopilamos la información de su reclamación. No puede presentar una reclamación en RecordingLaw.com. Para presentar, excluirse, objetar o consultar su estado, use únicamente el administrador oficial del acuerdo identificado arriba. Enlazamos a él para su comodidad.

Presentar una reclamación legítima es gratis. Ningún acuerdo o administrador legítimo le cobrará una tarifa por presentarla, ni le pedirá su número de Seguro Social ni datos bancarios o de su tarjeta mediante una llamada, mensaje o correo no solicitado. Si alguien lo hace, probablemente sea una estafa. Denúncielo en ReportFraud.ftc.gov.

Los plazos, las cantidades y el estado de aprobación cambian y los fija el tribunal. Verificamos con el administrador oficial y los registros judiciales, pero confirme los detalles actuales en el sitio oficial antes de actuar. Nada aquí garantiza elegibilidad, un pago ni cantidad alguna. Los pagos de acuerdos pueden estar sujetos a impuestos. Consulte la IRS Publication 4345. y consulte a un profesional de impuestos. Para obtener asesoramiento sobre su situación específica, consulte a un abogado con licencia en su estado. Divulgación de afiliados.

Fuentes y referencias

  1. Resumen del Programa de Asistencia Personal Dirigida por el Consumidor (CDPAP), Departamento de Salud del Estado de Nueva York(health.ny.gov).gov
  2. Actualización de CDPAP: el Departamento de Salud del estado ofrece datos sobre la transición al intermediario fiscal estatal, Departamento de Salud del Estado de Nueva York(health.ny.gov).gov
  3. Tasas de salario mínimo de Nueva York por región, incluidos los auxiliares de cuidado de salud en el hogar, Departamento de Trabajo del Estado de Nueva York(dol.ny.gov).gov
  4. Publicación 4345 del IRS, Acuerdos, Tributación(irs.gov).gov
  5. Calderon v. Public Partnerships, LLC, sitio web oficial del acuerdo (Atticus Administration)(publicpartnershipssettlement.com)
  6. Calderon v. Public Partnerships, LLC, Aviso de Formato Extenso de la Demanda Colectiva (desglose del fondo del acuerdo, solicitud de honorarios de abogados y compensaciones de servicio)(publicpartnershipssettlement.com)
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